<![CDATA[EL PAÍS]]>https://elpais.comThu, 05 Sep 2024 05:19:18 +0000es-ES1hourly1<![CDATA[El PSOE pide al Supremo que condene al PP por delito fiscal ante nuevas pruebas del ‘caso Bárcenas’]]>https://elpais.com/espana/2024-09-05/el-psoe-pide-al-supremo-que-condene-al-pp-por-delito-fiscal-ante-nuevas-pruebas-del-caso-barcenas.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-09-05/el-psoe-pide-al-supremo-que-condene-al-pp-por-delito-fiscal-ante-nuevas-pruebas-del-caso-barcenas.htmlThu, 05 Sep 2024 03:40:00 +0000La acusación popular que ejerce el PSOE en el caso de la caja b que financió al PP durante casi 20 años (1990-2009) envió un escrito el pasado 19 de agosto al Tribunal Supremo en el que solicita que estudie la documentación que obra en poder de un juzgado de Tarragona sobre las supuestas maniobras del ministerio de Hacienda, dirigido entonces por Cristóbal Montoro, para enfrentarse al juez Pablo Ruz ―instructor del caso Bárcenas― y evitar así al PP una condena por delito fiscal. Mientras que el juez Ruz pedía a los peritos de Hacienda que le informasen de la cuantía del fraude del PP por no tributar por las donaciones ilegales que ingresó; los responsables de Hacienda discreparon del juez para defender que esas donaciones ilegales no tenían obligación de declararse en el impuesto de Sociedades.

El órgano dependiente del Ministerio de Hacienda elaboró ese dictamen exigido por Ruz aclarando que su criterio era “absolutamente contrario al utilizado por expreso mandato de la autoridad judicial”, según dejó escrito la inspectora jefa de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), Margarita García-Valdecasas. El informe arrojó el resultado de una cuota impagada de 220.167 euros, por encima del mínimo que la ley fija (120.000 euros) para acusar por delito fiscal.

El escrito de la acusación popular que ejerce el PSOE llega al Supremo cuando este órgano supuestamente ya deliberó hace seis meses los recursos presentados contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó al extesorero del PP, Luis Bárcenas, y al despacho de arquitectura que se encargó de la reforma de la sede del partido conservador, por pagar y cobrar con dinero negro esos trabajos. De paso, la sentencia consideró acreditado que el PP se financió con donaciones ilegales y condenó al partido como responsable civil subsidiario del delito cometido por el que fue su tesorero. “Bárcenas gestionó los fondos en metálico aportados al Partido Popular como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela —contabilidad B— de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni, por tanto, fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”, señala el fallo de la Audiencia Nacional.

Pese a que el Supremo deliberó hace seis meses los recursos presentados contra esa sentencia, aún no se conoce cuando hará publica su decisión. El PSOE pide ahora al Supremo que reclame al juzgado de Tarragona los correos electrónicos incautados al entorno del ministro Montoro para que, tras analizarlos, acuerde anular la sentencia de la caja b y devolver la causa a la Audiencia Nacional para que su enjuiciamiento le corresponda a una sala con composición distinta. No obstante, el PSOE renuncia a esta petición si el Supremo acuerda, como pidió la acusación popular en su primer recurso, condenar por delito fiscal al Partido Popular al no declarar el impuesto de sociedades correspondiente a los ingresos recibidos a través de donaciones ilegales.

El PSOE entiende que los correos electrónicos incautados por el juzgado de Tarragona demuestran la falta de objetividad de los peritos de Hacienda “y su falta de servicio a los intereses generales para defender unos intereses particulares, los del partido (PP) al que se exoneraba de responsabilidad fiscal”.

Tres de los correos incautados que figuran en el sumario abierto en Tarragona, donde se investiga por posible tráfico de influencias a la consultora Equipo Económico fundada en 2006 por el exministro Cristóbal Montoro, detallan como se gestionaba dentro del ministerio la amenaza judicial contra el PP.

29 de enero de 2015: “Sin consecuencias tributarias”. “Ministro, para la reunión de las 9.30 (...). En el primer anexo de la nota viene descrito por qué el importe de la financiación (sea superior o tenga unas condiciones diferentes a lo que prevé la Ley de financiación de partidos políticos) no tiene consecuencias tributarias, a efectos del Impuesto de Sociedades. El informe estará listo para remitir al juez la próxima semana (...). El juez ha pedido expresamente a los funcionarios que se pronuncien si habría delito en el partido si todo el importe de la financiación que no cumpliese con lo previsto en la Ley de Financiación de partidos políticos no se considerase exento a efectos del Impuesto sobre Sociedades. La Agencia Tributaria considera que el incumplimiento de la Ley de Financiación de Partidos Políticos debe sancionarse administrativamente y no tiene consecuencias tributarias de ningún tipo. La AEAT no va a cuantificar el impacto”.

11 de febrero de 2015 “Argumentos creíbles, ausencia de delito”. “Los funcionarios de la AEAT han dado argumentos creíbles de ausencia de delito en el PP por la financiación del partido. El carácter irregular de la financiación no cambia el régimen tributario de los ingresos recibidos por el partido, que deben considerarse exentos a efectos del Impuesto sobre Sociedades. El fiscal ha quedado convencido y la opinión del Abogado del Estado es que esta vía de acusación ha quedado cerrada”.

26 de marzo de 2015. “Si preguntan, no hay delito en el PP”. “Si le preguntan, la Agencia Tributaria mantiene su criterio, no hay delito en el Partido Popular, sí en UNIFICA [empresa que acometió las obras de reforma de la sede del PP y cobró parte del servicio en dinero negro]. A su vez, Justicia se está planteando la posibilidad de que la Abogacía del Estado plantee un recurso al auto del juez [ordenando una informe sobre el fraude fiscal del PP al no pagar el impuesto de sociedades por las donaciones ilegales recibidas en 2008]. En este caso, también se solicitarían argumentos a la AEAT para fundamentar el recurso. Decidiría la sala de la Audiencia Nacional que ya en anteriores ocasiones ha considerado que una donación ilegal no debería de estar exenta de tributación en el Impuesto sobre Sociedades...”. El juez Pablo Ruz y tres magistrados de la sección cuarta de la Audiencia Nacional sostuvieron que las donaciones ilegales eran un ingreso extraordinario del PP al no cumplir con lo establecido por la Ley de Financiación de Partidos y por eso defendían el criterio de que la formación conservadora debería haber pagado el impuesto de sociedades correspondiente.



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<![CDATA[El Supremo dirime si el dinero negro que financió al PP está libre de impuestos]]>https://elpais.com/espana/2024-08-07/el-supremo-dirime-si-el-dinero-negro-que-financio-al-pp-esta-libre-de-impuestos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-08-07/el-supremo-dirime-si-el-dinero-negro-que-financio-al-pp-esta-libre-de-impuestos.htmlWed, 07 Aug 2024 03:40:00 +0000El Tribunal Supremo deliberó el pasado 10 de abril los recursos presentados contra la sentencia del caso Bárcenas —la financiación ilegal del PP y el pago con dinero negro de parte de las obras de reforma de la sede nacional en la calle Génova—, pero casi cuatro meses después aún tiene pendiente la publicación de la sentencia. Los magistrados tendrán que determinar en el fallo si el PP está exento del pago de impuestos por las donaciones ilegales con las que se financió —como resolvió el tribunal de la Audiencia Nacional encargado de juzgar este caso— o si, por el contrario, debe abonar el impuesto de sociedades por esos ingresos extraordinarios que incumplían la Ley de Financiación de Partidos Políticos, lo que provocaría una condena al PP por delito fiscal en este proceso.

El recurso presentado por la acusación popular del PSOE reclama la condena al PP por delito fiscal tras no abonar el impuesto de sociedades por los donativos ilegales recibidos en 2008 (1.055.000 euros), único ejercicio que aún no estaba prescrito cuando se abrió la causa en 2013. La cuota defraudada superaría los 120.000 euros y, por tanto, sería delito fiscal.

La Fiscalía Anticorrupción y la Agencia Tributaria defendieron la tesis de que el dinero negro ingresado por el PP en la caja b que gestionaba Luis Bárcenas, entonces tesorero del partido, estaba exento de tributación. Pero el juez instructor, Pablo Ruz, exigió a la Agencia Tributaria que hiciera un informe sobre el fraude fiscal del PP por impago del impuesto de sociedades. El órgano dependiente del Ministerio de Hacienda elaboró ese dictamen aclarando que su criterio era “absolutamente contrario al utilizado por expreso mandato de la autoridad judicial”, según dejó escrito la inspectora jefa de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), Margarita García-Valdecasas. El informe reclamado por el juez Ruz arrojó el resultado de una cuota impagada de 220.167 euros, por encima del mínimo que la ley fija (120.000 euros) para acusar por delito fiscal.

Los correos internos que se cruzaron altos cargos del ministerio en aquellas fechas demuestran la insistencia de la Agencia Tributaria en desvincular al PP del delito fiscal al considerar que el dinero negro con el que se financió está libre de impuestos. Esos correos internos, que adelantó El Periódico de España, forman parte del sumario abierto por un juzgado de Tarragona donde se investiga por posible tráfico de influencias a la consultora Equipo Económico, fundada en 2006 por el exministro Cristóbal Montoro.

La documentación incluye correos remitidos supuestamente a Montoro, entonces ministro de Hacienda, por su jefe de gabinete, Felipe Martínez, con las novedades de la instrucción, donde le adelanta la respuesta que la Agencia Tributaria va a dar a los distintos requerimientos del juez.

Lo que sigue resume cuatro correos electrónicos del jefe de gabinete del ministro de Hacienda a Montoro y uno, de 21 de marzo de 2015, entre técnicos de la Dirección General de Tributos:

29 de enero de 2015: “Sin consecuencias tributarias”. “Ministro, para la reunión de las 9.30 (...). En el primer anexo de la nota viene descrito por qué el importe de la financiación (sea superior o tenga unas condiciones diferentes a lo que prevé la Ley de financiación de partidos políticos) no tiene consecuencias tributarias, a efectos del Impuesto de Sociedades. El informe estará listo para remitir al juez la próxima semana (...). El juez ha pedido expresamente a los funcionarios que se pronuncien si habría delito en el partido si todo el importe de la financiación que no cumpliese con lo previsto en la Ley de Financiación de partidos políticos no se considerase exento a efectos del Impuesto sobre Sociedades. La Agencia Tributaria considera que el incumplimiento de la Ley de Financiación de Partidos Políticos debe sancionarse administrativamente y no tiene consecuencias tributarias de ningún tipo. La AEAT no va a cuantificar el impacto”.

11 de febrero de 2015 “Argumentos creíbles, ausencia de delito”. “Los funcionarios de la AEAT han dado argumentos creíbles de ausencia de delito en el PP por la financiación del partido. El carácter irregular de la financiación no cambia el régimen tributario de los ingresos recibidos por el partido, que deben considerarse exentos a efectos del Impuesto sobre Sociedades. El fiscal ha quedado convencido y la opinión del Abogado del Estado es que esta vía de acusación ha quedado cerrada”.

21 de marzo de 2015. “Que den explicaciones del criterio divergente”. Entre los correos incorporados al sumario del juzgado de Tarragona, también existen algunos que se cruzaron técnicos de la Dirección General de Tributos, un departamento que contestó afirmativamente a una consulta del grupo UPyD sobre si las donaciones ilegales tenían que pagar impuestos. Sin embargo, la Agencia Tributaria informó en sentido contrario y el técnico de tributos se quejaba a un compañero a través de un correo fechado el 21 de marzo de 2015: “Creo que nuestro criterio es limpio hasta decir basta y concordante con la finalidad de la norma (...). Deberían ser ellos [Agencia Tributaria] los que diesen explicaciones sobre su criterio, divergente del de la Dirección General de Tributos”.

26 de marzo de 2015. “Si preguntan, no hay delito en el PP”. “Si le preguntan, la Agencia Tributaria mantiene su criterio, no hay delito en el Partido Popular, sí en UNIFICA [empresa que acometió las obras de reforma de la sede del PP y cobró parte del servicio en dinero negro]. A su vez, Justicia se está planteando la posibilidad de que la Abogacía del Estado plantee un recurso al auto del juez [ordenando una informe sobre el fraude fiscal del PP al no pagar el impuesto de sociedades por las donaciones ilegales recibidas en 2008]. En este caso, también se solicitarían argumentos a la AEAT para fundamentar el recurso. Decidiría la sala de la Audiencia Nacional que ya en anteriores ocasiones ha considerado que una donación ilegal no debería de estar exenta de tributación en el Impuesto sobre Sociedades...”. El juez Pablo Ruz y tres magistrados de la sección cuarta de la Audiencia Nacional sostuvieron que las donaciones ilegales eran un ingreso extraordinario del PP al no cumplir con lo establecido por la Ley de Financiación de Partidos y por eso defendían el criterio de que la formación conservadora debería haber pagado el impuesto de sociedades correspondiente.

9 de abril de 2015. “El fiscal no acusará por donaciones ilegales”. “Ministro, sobre el delito fiscal del partido. Me comenta David que según la conversación con su compañero de la Audiencia Nacional, el fiscal del caso (fiscal Romeral) va a acusar de delito fiscal al Partido por la parte de UNIFICA, pero no por las donaciones ilegales. Considera el fiscal que, sin meterse a valorar si las donaciones deberían estar exentas o no en el impuesto sobre Sociedad, el delito fiscal no está concretado (el auxilio de la AEAT ha dejado abiertas opciones en su informe en las que no hay cuota superior a los 120.000 euros). Lo único concreto es el delito fiscal en el caso del estudio de arquitectos y ahí es donde va a centrar la acusación”.

La sentencia de la Audiencia Nacional sobre la caja b del PP condenó en 2021 al extesorero Luis Bárcenas a dos años de cárcel y consideró responsable civil subsidiario al partido conservador. Bárcenas “gestionó los fondos en metálico aportados al Partido Popular como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela —contabilidad B— de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni, por tanto, fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”, señala la sentencia.

“Tan solo indirectamente”, añade, “parte de esos ingresos accedieron a la contabilidad del partido a través de las cuentas de donativos anónimos, y nominativos en un caso, mediante ingresos en efectivo fraccionados a fin de no superar los límites establecidos en la Ley de Financiación de los Partidos Políticos vigente en cada momento, de 10 millones de pesetas (60.000 euros) bajo la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, y de 100.000 euros bajo la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio”.

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<![CDATA[“Me están ofreciendo la cuenta del Errejón con la condición de que salga en uno de los dos periódicos”]]>https://elpais.com/espana/2024-07-31/me-estan-ofreciendo-la-cuenta-del-errejon-con-la-condicion-de-que-salga-en-uno-de-los-dos-periodicos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-31/me-estan-ofreciendo-la-cuenta-del-errejon-con-la-condicion-de-que-salga-en-uno-de-los-dos-periodicos.htmlWed, 31 Jul 2024 03:30:00 +0000La Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez Santiago Pedraz que incorpore a su investigación sobre el espionaje ilegal del Ministerio del Interior a Podemos los mensajes que se intercambiaron en 2015 el entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, y el número tres del Ministerio y director adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino. Esos mensajes revelan el espionaje ilegal que la cúpula de Interior durante el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) puso en marcha contra Podemos para desacreditar a sus dirigentes, recién elegidos diputados, mediante la fabricación de noticias falsas y su difusión a través de diversos medios de comunicación.

La Sala de lo Penal dictó el pasado 22 de julio un auto en el que admitía que no debían incorporarse a la causa abierta por el magistrado Pedraz “todas las comunicaciones, conversaciones y archivos que obren en el terminal móvil del querellado [Francisco Martínez]” pero sí aquellas “existentes durante el tiempo en el que el querellado estuvo en el ejercicio de su cargo como Secretario de Estado de Interior (hasta el 18 de noviembre de 2016)”. De esta manera, la Sala de la Audiencia Nacional ordena incorporar a la investigación judicial diversas conversaciones entre Martínez y Pino donde se revela una estrategia dirigida a buscar datos que permitieran desacreditar a dirigentes de Podemos mediante su difusión en determinados medios de comunicación. Lo que sigue es un resumen de las transcripciones de esas conversaciones a través de whatsapps que ahora deberá investigar el juez Pedraz.

“POR INTERÉS DE LA OPOSICIÓN VENEZOLANA HA DE DARSE A LA PRENSA”.

Eugenio Pino. Es necesario, según nuestras fuentes, que si ha de darse a la prensa, por interés de la Oposición Venezolana, que sea El Mundo o El País, por una plataforma mediática y televisiva. Lo exigen para seguir colaborando

Francisco Martínez. Por eso no habría ningún problema. Descuida. La cuestión es que tengo que despachar el asunto con calma con el ministro....

Eugenio Pino: Jefe ya me están ofreciendo la cuenta del [Íñigo] Errejón. Pero con la condición hablada esta mañana, que salga en uno de los dos periódicos

Francisco Martínez. Eso no será problema...

EL PAÍS no publicó informaciones filtradas por Interior sobre revelaciones de dirigentes de la oposición venezolana contra Podemos.


LA CUENTA FALSA DE IGLESIAS EN LAS ISLAS GRANADINAS.

Ok Diario publicó el 6 de mayo de 2016 que “el gobierno de Maduro pagó 272.000 dólares a Pablo Iglesias en el paraíso fiscal de Granadinas en 2014″. La información resultó ser falsa. El banco desmintió el ingreso y el documento que supuestamente lo acreditaba. Ese mismo día, Pino y Martínez conversaron por whatsapp a las 19.30.

Eugenio Pino. Copia del depósito es = el cheque. Henry Ramos es el presidente de la Asamblea Nacional. Están buscando el cheque

Francisco Martínez. Pues mejor xq empiezan a decir los periodistas q es chungo(...). ¿Tú sigues convencido de que es bueno?

Eugenio Pino. Totalmente. No lo dudes...

UN ARGUMENTARIO PARA COLAR EL ESPIONAJE ILEGAL. Pino intentó contrarrestar las informaciones que acusaban a la policía de una persecución política a Podemos con argumentos que trasladó a Martínez en sus conversaciones por whatsapp.

Eugenio Pino. Buenos días, Jefe: Estoy leyendo las declaraciones de Pablo Iglesias a propósito de la noticia de nuestra ida a Nueva York a tomar declaración al exministro de economía venezolano [Rafael] Isea y no doy crédito... Nosotros le tomamos declaración por la publicación en un medio de comunicación de una noticia que podía tener tintes de que una persona o personas que regentaban una fundación hubieran cometido hechos presuntamente delictivos, pero no se investiga a ningún partido político, sencillamente porque en la fecha de los hechos denunciados PODEMOS NO EXISTÍA. Nosotros estamos investigando la denuncia de que estas personas percibieron unos ingresos que constituyen incrementos patrimoniales por “presuntos” rendimientos del trabajo (porque Isea dijo que no sabía si existían los informes por los que se pagaba, que más bien era por diseminación de propaganda política revolucionaria) que No han sido declarados. Eso es lo delictivo y lo investigado... (Y lo que ningún Juez puede negarse a investigar para no cometer prevaricación). Lo que nos dicen los venezolanos que nos están ayudando, es que se han llevado el dinero de los venezolanos y aquí, no lo han declarado, utilicen en lo que lo utilicen con posterioridad. Eso es lo que alguien debería decir, que se investiga a unas personas no por formar parte de un partido político, sino por no tributar por lo que han percibido. Un saludo, Jefe.

Francisco Martínez: Estoy de acuerdo en todo, pero debemos dejar que hablen y hablen... Porque acabarán metiendo la pata... Y el argumento de la tributación es bueno para [Eduardo] Inda [director de Ok diario], etc...

“FOTO TOMADA EN EL ÚLTIMO VIAJE DE ZAPATERO A VENEZUELA”.

Eugenio Pino. Según la fuente, estos son [José Luis Rodríguez] Zapatero y el asesor económico de Podemos. Foto tomada en el último viaje de Zapatero a Venezuela.

Francisco Martínez. De espaldas no se distingue bien… Seguro que es ZP??

Eugenio Pino. La empresa VIU que aparece en el documento es de [Juan Carlos] Monedero

Francisco Martínez. Todo queda en casa...

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Paco Campos
<![CDATA[El juez del ‘caso Begoña Gómez’ evitó interrogar a un testigo sobre el delito investigado e impidió que lo hiciera el fiscal]]>https://elpais.com/espana/2024-06-05/el-juez-del-caso-begona-gomez-evito-interrogar-a-un-testigo-clave-sobre-el-delito-investigado-e-impidio-que-lo-hiciera-el-fiscal.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-05/el-juez-del-caso-begona-gomez-evito-interrogar-a-un-testigo-clave-sobre-el-delito-investigado-e-impidio-que-lo-hiciera-el-fiscal.htmlWed, 05 Jun 2024 10:10:57 +0000El juez Juan Carlos Peinado, que ha imputado por supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios a Begoña Gómez, la esposa del presidente Pedro Sánchez, olvidó en su primera diligencia de investigación interrogar a un testigo por las pruebas del delito denunciado en la querella de la organización ultraderechista Manos Limpias. Acto seguido, impidió que la Fiscalía lo hiciera, según recoge el sumario del caso, cuyo secreto levantó el instructor hace días y al que ha tenido acceso EL PAÍS.

El elemento principal en el que Manos Limpias basaba su querella por tráfico de influencias eran las cartas de recomendación que Begoña Gómez firmó como codirectora de una cátedra de la Universidad Complutense a favor de Innova Next, firma propiedad de Carlos Barrabés. Este empresario aragonés había sido antes profesor en los cursos que dirigía Gómez. Las cartas de recomendación de la esposa del presidente del Gobierno fueron incluidas, junto a otras 31 similares de distintas empresas y entidades públicas, en las ofertas que Innova Next presentó a tres concursos convocados por Red.es, organismo público dependiente del Ministerio de Economía cuando ocurrieron los hechos. La firma de Barrabés, una UTE con la compañía The Valley, consiguió ganar los tres concursos gracias a la puntuación obtenida en la valoración subjetiva de las ofertas, donde las cartas de recomendación sumaban ocho puntos sobre 100.

El juez citó el pasado 17 de mayo a Nacho Cardero, director de El Confidencial, el medio digital que había publicado informaciones sobre las relaciones, supuestamente sospechosas, de Begoña Gómez con empresarios que lograron ayudas públicas del Gobierno. El instructor preguntó al periodista, sin entrar en más detalles, si conocía a directivos de las empresas con las que se relacionó Gómez o a miembros de los órganos que adjudicaron contratos a esas empresas. Cuando Cardero amagó con detallar el contenido de las cartas de recomendación publicadas por su medio de comunicación, el juez le interrumpió: “Sobre el resultado, la trascendencia, la relevancia o la incidencia que haya podido tener esa carta, luego le preguntaré”. Pero el interrogatorio del instructor Peinado terminó sin que hiciera la pregunta sobre la supuesta incidencia de la carta.

A continuación, el juez dio la palabra al fiscal, quien interrogó al periodista acerca precisamente del asunto que había olvidado retomar Peinado: “Sobre las cartas, ¿en su investigación se ha revelado si fueron determinantes o el grado de influencia que pudieron alcanzar?”. Pero el juez no dejó que Cardero respondiera: “No, no. No conteste a esa pregunta, que es de contenido jurídico y el testigo viene a manifestar sobre los hechos que ha conocido con sus sentidos [sic] sin perjuicio de que se reserve el derecho a no facilitar las fuentes”, terció el magistrado.

El abogado de Begoña Gómez preguntó también a Cardero si en las informaciones publicadas por El Confidencial, donde daban cuenta de las cartas que ella firmó a favor de la empresa de Barrabés, también señalaban que había más cartas similares de otras empresas. El juez censuró esta pregunta porque, según interpretó, era confusa y él ya había preguntado por esas cartas, aunque era inexacto.

El interrogatorio a Cardero y a otro periodista se celebró tres días después de que el juez Juan Carlos Peinado recibiera el informe que había pedido a la Guardia Civil sobre los hechos denunciados por Manos Limpias. El trabajo de los investigadores policiales destacó que una parte de la querella que el juez había admitido a trámite estaba basada en informaciones falsas; sobre la otra parte, la Guardia Civil no hallaba indicios del delito de tráfico de influencias.

La investigación encargada por el juez se había centrado en conocer los detalles de los concursos en los que el empresario recomendado por Begoña Gómez había logrado los contratos, sin que la Guardia Civil hallara el mínimo rastro de tráfico de influencias de Gómez: ni en el pliego de condiciones ni en la valoración subjetiva de las ofertas ni en los componentes de la mesa de contratación.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el delito de tráfico de influencias señala que “la influencia debe ser entendida como presión moral eficiente sobre la voluntad de quien ha de resolver para alterar el proceso motivador de aquel, introduciendo en su motivación elementos ajenos a los intereses públicos, que debieran ser los únicos ingredientes de su análisis, previo a la decisión, de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida”.

El fiscal logró preguntar, tanto a Nacho Cardero como a Francisco Mercado (colaborador del medio digital es.diario y citado también como testigo por el juez), si habían conocido o publicado noticias de presiones ejercidas sobre los funcionarios que adjudicaron el contrato. Ambos lo negaron.

En ambos interrogatorios, el juez Peinado no hizo ni una sola pregunta tendente a recabar pruebas sobre el delito de tráfico de influencias que investiga. Pese a que en el sumario todavía no existe ningún indicio que avale la querella de Manos Limpias, el instructor ha decidido citar para dentro de un mes, el 5 de julio, a Begoña Gómez como investigada. La Audiencia Provincial de Madrid advirtió al juez de que si, una vez “verificadas las comprobaciones e investigaciones precisas, la hipótesis [de la comisión de ambos delitos] se diluye, procederá acordar el archivo inmediato”.

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<![CDATA[Cien días de instrucción bajo sospecha sin hallar aún pruebas de delito contra Begoña Gómez]]>https://elpais.com/espana/2024-07-23/cien-dias-de-instruccion-bajo-sospecha-sin-hallar-aun-pruebas-de-delito-contra-begona-gomez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-23/cien-dias-de-instruccion-bajo-sospecha-sin-hallar-aun-pruebas-de-delito-contra-begona-gomez.htmlTue, 23 Jul 2024 03:40:00 +0000El pasado 8 de abril, la organización ultraderechista Manos Limpias presentó una denuncia contra Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por un supuesto delito de tráfico de influencias. La denuncia se basaba en recortes de noticias de prensa, algunas de ellas falsas y la mayoría sin pruebas del tráfico de influencias que sugerían.

El juez Juan Carlos Peinado García, titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, abrió diligencias, las declaró secretas, pidió un informe a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil y citó como testigos a los responsables de los dos medios de comunicación que habían publicado las noticias en que se basaba la denuncia.

Cien días después, la investigación judicial de Peinado está bajo sospecha —hay múltiples recursos pendientes en la Audiencia Provincial por trámites que vulneran la ley y generan indefensión a la principal investigada, más una querella por revelación de secretos sin contestar en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid—.

De la investigación conocida hasta ahora, de los informes periciales solicitados y de las pruebas testificales practicadas por el instructor, no se ha hallado ni una sola prueba del tráfico de influencias y la corrupción en los negocios que el juez busca. Pese a ello, Peinado ha imputado ya al empresario Juan Carlos Barrabés cuatro días después de tomarle declaración como testigo y pese a que la Guardia Civil descarta en dos informes la existencia de irregularidades en las contrataciones bajo sospecha analizadas.

También ha imputado al rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, tras tomarle declaración y descubrir que se reunió en Moncloa con Gómez para tratar sobre su cátedra y que la universidad madrileña admite profesores en sus cursos de formación continua sin titulación académica. Además, ha citado como testigo al presidente Pedro Sánchez, tras una petición de la acusación popular representada por Vox.

Estos son los hitos principales de una vertiginosa investigación sin resultados conocidos.

Sin rastro del tráfico de influencias a favor de Barrabés. La Guardia Civil entregó al juez su primer informe sobre el caso el 14 de mayo, un mes después de que abriera diligencias. Ese informe descartaba el tráfico de influencias en los contratos que Red.es —dependiente del ministerio de Economía cuando ocurrieron los hechos— adjudicó a Innova Next, empresa propiedad de Juan Carlos Barrabés, uno de los profesores del curso de la cátedra que dirigía Begoña Gómez en la Complutense. Gómez había firmado una de las 32 cartas de apoyo de instituciones y empresas con las que Barrabés se presentó al concurso. Esas cartas suponían el 8% de la puntuación en el concurso y los funcionarios que informaron sobre el mismo solo hicieron referencia a las misivas de empresas tecnológicas. Los periodistas de los medios que denunciaron estos hechos aseguraron al juez que nunca supieron si las adjudicaciones eran consecuencia de la influencia que Gómez ejerció sobre los funcionarios que firmaron la contratación. Ni una sola evidencia señala la existencia de presiones a los funcionarios para adjudicar el contrato a Barrabés. El empresario también logró contratos millonarios del Ayuntamiento de Madrid presidido por José Luis Martínez-Almeida (PP). Y fue uno de los expertos tecnológicos invitados por el PP de Pablo Casado a alguno de sus congresos.

Sin pruebas de delito en el rescate de Air Europa. El informe de la Guardia Civil señaló que el único elemento que puede vincular a Gómez con Globalia (grupo propietario de Air Europa) es el hecho de que coincidiera con Javier Hidalgo (consejero delegado entonces) en dos eventos que tuvieron lugar en 2020 en los que participaba la sociedad Wakalua (filial de Globalia). “No se tiene constancia de que estos hitos, pudieran estar vinculados a la decisión ministerial del rescate a Air Europa”. Los principales países europeos rescataron en pandemia a sus aerolíneas con cantidades que llegaron a quintuplicar lo concedido por el Gobierno español a Air Europa. La Audiencia Provincial consideró que la tesis de que Air Europa hubiera sido favorecida por el Gobierno gracias a las amistades que mantenía Begoña Gómez con Javier Hidalgo eran una “simple conjetura”.

La contratación en la Complutense sin título académico. Pese a que el juez Peinado nunca motivó en sus múltiples resoluciones una investigación sobre las actividades de Gómez en la Universidad Complutense, sus últimas diligencias van encaminadas a buscar si hubo tráfico de influencias en la contratación de la mujer del presidente para dirigir una cátedra extraordinaria y si es posible dar clases en ese centro sin disponer de titulación académica. El rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, declaró al juez que fue Gómez quien le propuso crear esa cátedra extraordinaria y que la comisión de seguimiento creada para estos fines aceptó el proyecto. El presidente de esa comisión, entonces vicerrector Juan Carlos Doadrio, señaló que fue el rector quien le dijo que había que crear la cátedra dirigida por Gómez, pero que no vio ninguna irregularidad. El rector también aclaró al juez que es posible dar clases en la Complutense sin tener titulación académica.

Un ‘sotfware’ que Gómez nunca puso a su nombre. La propia universidad ha pedido al juez que investigue si Gómez se apropió indebidamente del software que ella misma encargó para crear una plataforma tecnológica de uso gratuito donde las pequeñas y medianas empresas pudieran consultar determinados aspectos relacionados con su actividad. Gómez ha acreditado que no ha registrado el software a su nombre. La Universidad Complutense ya lo sabe.

Una revelación de secretos del juez instructor que analiza el Tribunal Superior. El juez, según los hechos acreditados en el sumario, se saltó el secreto que él mismo había decretado al ordenar la difusión de una nota en la que informaba sobre la investigación a Gómez y, fundamentalmente, porque facilitó una parte del sumario secreto a una acusación popular cuando ni siquiera lo tenía el abogado de la persona imputada. El pasado 30 de mayo, el periodista Máximo Pradera presentó una querella contra el juez Peinado con todos los hitos cronológicos de esta supuesta revelación de secretos. Casi dos meses después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid aún no ha contestado. El mismo órgano judicial tardó apenas un mes en admitir la querella por revelación de secretos contra la fiscalía provincial de Madrid de Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso y defraudador fiscal confeso.



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Claudio Álvarez
<![CDATA[Una causa interminable contra Begoña Gómez sin delito a la vista]]>https://elpais.com/espana/2024-07-28/una-causa-interminable-contra-begona-gomez-sin-delito-a-la-vista.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-28/una-causa-interminable-contra-begona-gomez-sin-delito-a-la-vista.htmlSun, 28 Jul 2024 03:40:00 +0000Juan Carlos Peinado dirige el juzgado de instrucción número 41 de Madrid desde hace siete años. Cumplirá 70 en septiembre y el Consejo General del Poder Judicial lo autorizó en enero pasado a seguir trabajando hasta los 72. Tras haber ejercido como secretario de ayuntamiento, accedió a la judicatura con 40 años por el llamado cuarto turno (por concurso de méritos y experiencia, sin pasar una oposición). Es padre de una concejal del PP en Pozuelo de Alarcón (Madrid). El pasado 9 de abril llegó a su mesa de trabajo en el juzgado de Plaza de Castilla una denuncia firmada por la organización ultraderechista Manos Limpias contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. El escrito tenía “un contenido deslavazado”, según la Audiencia Provincial de Madrid. Se basaba en recortes de prensa con noticias, algunas de ellas falsas y otras sin pruebas sólidas sobre el tráfico de influencias denunciado en las informaciones.

Peinado estudió los papeles y resolvió en apenas una semana abrir causa contra Gómez. Desde entonces, cada paso del juez es recurrido por la defensa y aplaudido por el PP, partido que se apoya en la instrucción para exigir la dimisión del presidente del Gobierno y la convocatoria de elecciones. Vox, que pide lo mismo, está personado en la causa como acusación popular.

La Audiencia Provincial halló en la denuncia de Manos Limpias “un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos” y señaló que vincular a Gómez con un tráfico de influencias para favorecer el rescate de Air Europa a través de un préstamo de 475 millones concedido por el Gobierno era “una simple conjetura más allá de coincidencias temporales y personales”. Pero también añadió que las cartas de apoyo firmadas por Gómez a favor del empresario Juan Carlos Barrabés, quien las incluyó junto a otras 31 misivas en su oferta ganadora de dos concursos del organismo público Red.es, entonces dependiente del Ministerio de Economía, eran datos objetivos para abrir una investigación. La Audiencia entendió que de esas cartas firmadas por Gómez se podía deducir “que existen indicios acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo, la intermediación en la concesión de subvenciones”, y dejó que el juez Peinado siguiera adelante con la causa por ese único motivo.

Cuando se conoció esta resolución judicial, la Guardia Civil había terminado ya su primer análisis de los contratos adjudicados a Barrabés sin encontrar ni una sola prueba de esa “intermediación en la concesión de subvenciones” a la que aludía la Audiencia Provincial para justificar que la investigación siguiera adelante.

Cien días después de que se abriera la causa contra Gómez, ya se acumulan más de 2.000 folios con diversa documentación repartidos en cinco tomos del sumario y se han celebrado ocho interrogatorios a presuntos implicados. Dos de ellos —Barrabés y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache— resultaron imputados de manera sorpresiva unos días después de declarar como testigos (por tanto, con obligación de decir la verdad).

Cien días después, no existen autos o providencias del juez Peinado donde se detallen los indicios que tiene para seguir investigando los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios por los que abrió la causa.

Cien días después, los tribunales acumulan una querella contra el juez por revelación de secretos (aún pendiente de contestar dos meses después de presentada) y varios recursos de apelación de la defensa de Gómez y de la Fiscalía que la Audiencia Provincial ha decidido contestar... no antes de dos meses.

El juez Juan Carlos Peinado, en las inmediaciones de los juzgados de Madrid el pasado 24 de junio.

Mientras tanto, el juez Peinado tiene la intención, insólita en democracia, de interrogar el próximo martes en el Palacio de La Moncloa al presidente del Gobierno como testigo del supuesto tráfico de influencias que investiga. Para justificar sus intenciones sin vulnerar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que el jefe del Ejecutivo tiene derecho a responder por escrito, el juez cita el artículo 412.3 de la norma —“Si fuera conveniente recibir declaración sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo, se tomará la misma en su domicilio o despacho oficial”—, que le permite preguntar y grabar el testimonio de Sánchez en La Moncloa.

Expertos juristas consultados por EL PAÍS consideran que el juez Peinado se arriesga a que alguien presente una querella contra él por prevaricación al dictar a sabiendas una resolución injusta: la que obliga a Sánchez a contestar en su presencia sobre unas cuestiones que solo puede conocer en su condición de presidente.

Cien días después de que el juez abriera una investigación por tráfico de influencias y corrupción en los negocios contra Begoña Gómez, la causa amenaza con prolongarse durante muchos meses sin que de los informes solicitados y los interrogatorios realizados aparezcan delitos a la vista.

Un tráfico de influencias sin influencia conocida

Las informaciones de El Confidencial en las que basó Manos Limpias su denuncia señalaban que la empresa Innova Next, propiedad de Juan Carlos Barrabés, profesor en la cátedra extraordinaria de la Universidad Complutense que codirigía Begoña Gómez, logró entre julio y agosto de 2021 dos contratos millonarios de Red.es (dependiente entonces del Ministerio de Economía) tras presentar ofertas en las que se incluía una carta de apoyo de dicha universidad firmada por la esposa del presidente. Esa carta de apoyo acompañaba a otras 31 de empresas tecnológicas y de entidades públicas, como el Ayuntamiento de Madrid. Ese bloque de cartas acompañaba un apartado que suponía el 8% del total de los puntos que podía sumar la oferta. El juez Peinado encargó a la UCO de la Guardia Civil una investigación sobre el caso. Y apenas un mes después, el informe llegó a su mesa con varias conclusiones:

— La Guardia Civil recuerda que las empresas de Barrabés han recibido hasta 28 contratos de la Administración pública a lo largo de los últimos años, uno de ellos del Ayuntamiento de Madrid bajo gobierno del PP (casi cuatro millones de euros). En cuanto a las adjudicaciones logradas en los concursos de Red.es (10 millones de euros a repartir a medias con la empresa The Valley), el informe destaca que son las más cuantiosas de la historia de esta firma. Los agentes investigaron la composición de la mesa de contratación y analizaron la participación de dos de sus componentes en las valoraciones subjetivas de las ofertas. El informe concluye que no se encontraron vinculaciones entre esas personas y Gómez. La UCO tampoco encontró elementos diferenciadores entre el sistema de valoración de las ofertas del concurso ganado por Barrabés y el resto de expedientes “en lo que se refiere a los criterios dependientes de juicios de valor”. El juez llegó a citar a esos trabajadores y a cargos de Red.es que participaron en la adjudicación, pero acabó suspendiendo la declaración. Hasta hoy.

— En cuanto al millonario rescate que el Gobierno realizó en 2020 a Air Europa, la UCO no ha podido comprobar ni tiene datos que permitan acreditar la influencia de Gómez. El único elemento que puede vincular a Gómez con Globalia, grupo propietario de la aerolínea, es el hecho de que coincidiera con Javier Hidalgo, uno de sus principales directivos, en dos eventos que tuvieron lugar en 2020 y en los que participaba la sociedad Wakalua, filial del mismo grupo. “No se tiene constancia de que estos hitos pudieran estar vinculados a la decisión ministerial del rescate a Air Europa”, sostiene la UCO.

— La Guardia Civil concluyó también que Begoña Gómez no ha recibido ninguna subvención pública y recordó que la noticia que Manos Limpias incluyó en su denuncia, titulada por The Objective “El Gobierno oculta el importe de una subvención a nombre de Begoña Gómez” e ilustrada con una fotografía de la esposa de Pedro Sánchez, es falsa.

 El empresario Carlos Barrabés.

Las visitas a La Moncloa como supuesta prueba

El empresario Barrabés acudió a declarar como testigo ante el juez pese a que, según la denuncia, era el beneficiado principal del tráfico de influencias supuestamente ejercido por Gómez. Lo habitual en una investigación judicial, según los expertos consultados por EL PAÍS, es citar como investigado al principal beneficiario del delito. Barrabés admitió en su declaración como testigo que había visitado el Palacio de La Moncloa en numerosas ocasiones, la mayoría para reunirse con Gómez, codirectora de la cátedra donde daba clases. Aclaró que una de esas visitas obedeció a que había sido citado por el Gabinete de Presidencia del Gobierno junto a otros empresarios especialistas en innovación. Barrabés explicó que en una de sus citas con Gómez coincidió con Pedro Sánchez, pero solo unos minutos, pues el presidente se ausentó para contestar a una llamada de teléfono.

Cuatro días después de esta declaración, el juez decidió imputar a Barrabés basándose en los informes de la Guardia Civil, que descartan cualquier irregularidad en los contratos, y en el testimonio como testigo del empresario, que tenía obligación de decir la verdad y no respondió nada que pudiera incriminarlo. Javier Sánchez Junco, abogado del rey emérito y ahora de Barrabés, ha presentado un recurso de reforma contra la citación del empresario como investigado, prevista para este lunes.

La Fiscalía Europea reclama el caso sin determinar si hay corrupción

Cuando la Fiscalía Europea Anticorrupción reclamó para sí la investigación de los contratos de Red.es adjudicados a Barrabés, el PP consideró que ese hecho demostraba que la causa abierta contra la esposa del presidente era un claro caso de corrupción. Sin embargo, la Fiscalía Europea no afirmó nada sobre el supuesto contenido delictivo de lo que había pedido investigar. Lo único que certificó es que esos contratos bajo sospecha en un juzgado de Madrid habían sido pagados con fondos europeos y, por consiguiente, la investigación correspondía a la Fiscalía Europea. Nada se sabe de los avances de esa investigación. En lo actuado por el juez Peinado no hay todavía una sola prueba del supuesto tráfico de influencias.

Investigación al Ayuntamiento de Madrid, sin resultados

Tras conocer por el informe de la Guardia Civil que los contratos adjudicados por Red.es a Barrabés no contenían irregularidades ni había rastro de la supuesta influencia ejercida por Gómez, el juez pidió investigar otros contratos ganados por Barrabés en concursos convocados por otras entidades, como el Ayuntamiento de Madrid. Barrabés ha sido contratista de esta administración desde la etapa de gobierno de Manuela Carmena hasta la de José Luis Martínez-Almeida. Aunque las posibilidades de que Begoña Gómez influyera en un contrato adjudicado por el Gobierno municipal del PP son remotas, el juez pidió un informe a la UCO sobre esas adjudicaciones. El resultado fue similar. La Guardia Civil no halló irregularidades: “Sin perjuicio del resultado del preceptivo análisis de los expedientes que realice la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), seguidamente se destacan los siguientes aspectos. En líneas generales, en base a la información observada en los expedientes, la preparación, inicio, tramitación, licitación, adjudicación, formalización y ejecución de los contratos —algunos de ellos vigentes actualmente— se habría desarrollado, aparentemente, con normalidad y bajo los principios que rigen la contratación pública”.

La Audiencia pone límites, el juez los evita

La Audiencia Provincial de Madrid determinó que el juez Peinado solo podía centrar la investigación de la causa abierta contra Begoña Gómez en los 10 millones de euros que logró Barrabés en dos concursos de Red.es a los que presentó ofertas que incluían 32 cartas de apoyo, una de ellas firmada por la esposa del presidente como codirectora de un máster de la Complutense donde el empresario dio clases. Tras esta decisión de la Audiencia Provincial y después de que la Fiscalía Europea se quedara con la causa de los contratos adjudicados por Red.es a Barrabés, el abogado de Begoña Gómez preguntó al juez qué asuntos investigaba. Y Peinado contestó que los hechos de su competencia “son todos los que constan en las actuaciones” a excepción de aquellos cuyo conocimiento ha sido avocado “en favor de la Fiscalía Europea”.

Todos los hechos “que constan en las actuaciones” incluían el rescate a Air Europa, algo que la Audiencia Provincial había descartado investigar al considerar que las noticias que ponían bajo sospecha esa operación eran “simples conjeturas”. Pero, además de esos hechos, el juez Peinado ha comenzado a investigar hace apenas dos semanas todo lo relacionado con la contratación de Gómez como codirectora de una cátedra extraordinaria en la Complutense, así como sus tres años de gestión en la universidad. El abogado de Gómez protestó citando el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que “toda persona a quien se atribuya un hecho punible” tiene derecho a ser informada “sin demora injustificada” de “cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados”.

La contratación de Gómez por la Complutense

El juez Peinado, que abrió la causa por un supuesto tráfico de influencias cometido por Gómez en los concursos adjudicados por Red.es al empresario Barrabés, ha citado como investigado al rector de la Complutense, Joaquín Goyache, tras declarar como testigo unos días antes. Goyache explicó al juez que se reunió en La Moncloa con la esposa del presidente y esta le propuso crear una cátedra extraordinaria sobre responsabilidad social corporativa para ayudar a pequeñas y medianas empresas a aumentar su competitividad. El rector remitió la propuesta a una comisión de seguimiento, que aceptó la creación de la cátedra, financiada por Reale Seguros y la Fundación La Caixa. La misma comisión aceptó nombrar a Gómez codirectora junto a un profesor de la propia universidad.

El juez Peinado se mostró extrañado de que Gómez pudiera codirigir una cátedra sin tener titulación académica. El rector le dijo que era posible y que el reglamento de creación de cátedras extraordinarias aprobado por el consejo de Gobierno de la Universidad Complutense en diciembre de 2015, cuando él no ocupaba ese cargo, no lo impedía. La Complutense tiene activas más de 50 cátedras de temáticas diversas, que en la mayoría de los casos no dirigen catedráticos, sino profesores, habitualmente financiadas por empresas privadas y asignadas a distintas facultades. La única que depende de la Escuela de Gobierno de la Universidad es la que codirige Gómez. El reglamento vigente desde hace nueve años establece los siguientes requisitos sobre cátedras extraordinarias.

— “Cátedras Extraordinarias: Constituyen una forma de colaboración de la Universidad con otras entidades (fundaciones, asociaciones, centros de investigación, administraciones públicas y, en general, cualesquiera entidades públicas o privadas) para la realización de actividades relacionadas con los fines estatutarios de nuestra Universidad, especialmente de docencia e investigación. Las Cátedras Extraordinarias se establecerán por un período de tiempo determinado (mínimo de 3 años) y con una dotación económica anual mínima de 30.000 euros”.

— “Excepcionalmente, la propuesta de creación de la cátedra podrá ser efectuada por profesores Eméritos UCM, personal en Comisión de Servicios, una o más empresas (nacionales o internacionales), Centros de Investigación o Instituciones públicas o privadas de reconocido prestigio, u otras Universidades. En este caso, el Vicerrectorado competente valorará la oportunidad de la propuesta presentada y su pertinencia, en función de las actuaciones a realizar que justifiquen su creación”.

— “El Rector, excepcionalmente y por causas justificadas, podrá designar como Director/a de la Cátedra a alguien sin vinculación laboral con la Universidad (incluyendo PDI en Comisión de Servicios, en excedencia, Eméritos o PAS en excedencia). En ese caso, se designará un/a Co-director/a con vinculación laboral con la UCM que estará sometido al mismo régimen que el/la directora/a”.

La inexistente apropiación indebida de un ‘software’

El convenio para la creación de la cátedra codirigida por Gómez establecía el siguiente compromiso: “A lo largo de los dos primeros años se pondrá en marcha una plataforma digital concebida como herramienta para la medición del impacto social que facilite la generación de nuevas oportunidades e inversiones”. Google, Telefónica (la SEPI compró el pasado marzo el 3% de la compañía) e Indra (con un 28% en manos del Estado) invirtieron dinero gracias a las gestiones de Gómez para crear esta plataforma digital de uso gratuito y propiedad de la Universidad Complutense. Gómez inscribió a su nombre el dominio de internet donde se iba a alojar la plataforma, pero lo hizo por indicación de la propia universidad. Además, Gómez creó a finales de 2023 una sociedad a su nombre para facturar sus servicios profesionales a la que puso un nombre parecido al de la cátedra que codirigía, lo que según la Complutense genera confusión. La universidad envió un informe al juez donde aseguraba que abrió una investigación interna por estos hechos sin llegar a ninguna conclusión, pero que, si la indagación del juez acreditaba una “apropiación indebida” por parte de Gómez, pediría personarse en la causa como perjudicada.

Gómez no ha inscrito a su nombre el software que fabricaron para la universidad las empresas Google, Telefónica e Indra. Cuando la esposa del presidente del Gobierno intentó aportar en la comisión de seguimiento de la Complutense, órgano supervisor de su cátedra, la documentación con la memoria económica y de actividades de 2023, el vicerrector que preside ese órgano se lo impidió “por prudencia”, con el argumento de que un juez investigaba esos hechos. En esa reunión, Gómez anunció que solicitará la renovación por otros cuatro años de la cátedra extraordinaria con el patrocinio de la Fundación La Caixa y la patronal Conpymes.

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Jaime Villanueva
<![CDATA[“La condena a Griñán y Martínez Aguayo era injusta. No conocieron que se estaba cometiendo fraude”]]>https://elpais.com/espana/2024-07-20/la-condena-a-grinan-y-martinez-aguayo-era-injusta-no-conocieron-que-se-estaba-cometiendo-fraude.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-20/la-condena-a-grinan-y-martinez-aguayo-era-injusta-no-conocieron-que-se-estaba-cometiendo-fraude.htmlSat, 20 Jul 2024 03:30:00 +0000Manuel Gómez fue Interventor General de la Junta de Andalucía entre 2000 y 2010, los años del escándalo de los ERE -las ayudas públicas a empresas en dificultades aprobadas por los gobiernos socialistas de Manuel Chaves y José Antonio Griñán que desencadenaron un fraude multimillonario-. Emitió informes que alertaron sobre el inadecuado mecanismo aprobado para conceder las ayudas por la imposibilidad de llevar a cabo el necesario control del gasto. Esas alertas se convirtieron en la clave de las acusaciones tanto de la juez instructora, como de la Fiscalía y los tribunales que juzgaron los hechos (Audiencia Provincial y Tribunal Supremo) para condenar a la cúpula del Gobierno socialista andaluz.

Gómez estuvo procesado y la fiscalía llegó a pedir seis años de prisión para el exinterventor general por malversación. Pero salió absuelto desde el primer juicio. Ahora reflexiona para EL PAÍS sobre todo lo ocurrido.

Pregunta ¿Cuándo se utilizó la fórmula de la transferencia de financiación para ayudar a empresas en crisis y no se decidió abrir una línea de subvenciones... nadie le pidió opinión al interventor general de la Junta de Andalucía? ¿Y usted, al enterarse de que esa otra fórmula se había aprobado, hizo algún tipo de informe recomendando no utilizarla y utilizar la de las subvenciones, que era la adecuada?

Respuesta. Efectivamente, nadie le pidió opinión a la Intervención General de la Junta de Andalucía sobre el modelo para financiar las ayudas de los ERE mediante transferencias de financiación. Ni se le comunicó en el momento de ponerlo en práctica. Tomamos conciencia del modelo a partir de 2003, a través de las auditorías que hacíamos del Instituto de Fomento de Andalucía, que era la caja pagadora. Desde el principio advertimos de que se trataba de un modelo inadecuado, así como de algunas de las consecuencias que podría acarrear este modelo con controles muy debilitados o inexistentes, y plasmamos esas conclusiones en las auditorías que comunicamos a sus destinatarios, entre ellos, tres miembros del Gobierno de la Junta.

P.. Lo que no pudieron saber en ningún momento es que esa línea de ayudas pese a utilizar un instrumento inadecuado para adjudicarlas estaba provocando fraudes y causando menoscabo a los fondos públicos de la Junta de Andalucía...

R. La gestión de las ayudas de los ERE quedó fuera de las competencias de la Intervención General. Por eso no pudimos saber si se estaban produciendo fraudes.

P.. Durante la investigación del caso, un magistrado instructor llegó a decir que si el interventor general no puso en ningún informe que se estaba produciendo un fraude es porque temía contradecir y poner en problemas a sus jefes políticos que habían ideado este programa de ayudas.

R. Sí, eso dijo el instructor del Supremo, Alberto Jorge Barreiro. Pero eso no es verdad. Y yo se lo expliqué muy detalladamente cuando declaré. Debo decirle que el Interventor General goza de autonomía legalmente reconocida, frente a los órganos a los que fiscaliza y que en los 10 años que ejercí el cargo nunca vi violentada esa autonomía por presiones de mis superiores.

P. Una parte de la fundamentación jurídica de las acusaciones contra Griñán como consejero de Hacienda o Carmen Martínez Aguayo, su viceconsejera de Hacienda se basaba en esos informes que usted hizo alertando de que el instrumento elegido dejaba el gasto sin control y no hicieron nada para evitarlo. Por eso les acusaron y condenaron por malversación...

R. Tengo que advertir, en primer lugar, que no soy especialista en Derecho penal. Yo mismo fui acusado de malversación…

P. Y salió absuelto...

R. Eso es. Las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y del Tribunal Supremo vienen a decir que, de los indicios que se plasmaban en los informes de la IGJA, ambos debían haberse hecho una composición de lugar y haberse imaginado que dichos indicios podían conducir a un uso fraudulento de los recursos públicos. Es decir, que fueron condenados por lo que se llama en Derecho penal dolo eventual. Se trata de una cuestión muy especializada del ámbito penal y yo no tengo una opinión, acerca de si en las personas por las que usted me ha preguntado, concurrió la intencionalidad mediante dolo eventual que le imputan las sentencias que ahora anula el Tribunal Constitucional. Lo que sí le puedo decir es que, ni en la sentencia de la Audiencia Provincial, ni en la del Tribunal Supremo existe una explicación mínimamente detallada, sobre la concurrencia del dolo eventual. Ambas sentencias se limitan a decir, más o menos, que los condenados aceptaron la eventualidad de que se produjera un resultado fraudulento, pero nos quedamos sin saber por qué.

P. ¿Qué pensó al conocer que condenaban a seis años de cárcel a Griñán y a Martínez Aguayo con ese juicio de intenciones?

R. Antes de responder a esta pregunta debo decirle que mi relación con estas dos personas a lo largo de toda la causa de los ERE fue muy tirante. Tanto ellos, como sus abogados y sus peritos se esforzaron denodadamente en tratar de desviar sus responsabilidades, del tipo que fueran, hacia mí mismo personalmente, como Interventor General de la Junta. Algo que nunca he aceptado y que nunca olvidaré.

Pregunta. Diciendo que usted no hizo informes de actuación denunciando que había fraude...

Respuesta. Diciendo eso e imputándome otras muchas cosas, sí. Pero todas estas acusaciones parten de un error de base completamente interesado. Porque la cuestión no es quién tenía los medios para detectar el fraude. La cuestión es quién tenía los medios para evitarlo. Y es evidente que los medios los tenían los responsables políticos, a través de las reformas legales y presupuestarias oportunas y no el interventor. Empeñarse en lo contrario a estas alturas no es ignorancia, es mala fe. Dejando eso de lado y respondiendo ya a su pregunta, quiero serle particularmente franco. En este sentido, debo decirle que la condena de Griñán y Martínez Aguayo, por quienes usted me pregunta, me produjo una gran consternación. Porque no la esperaba y porque creo que es injusta. Y es injusta, porque estoy seguro de que ellos no conocían que en el empleo de esa partida presupuestaria se estaba cometiendo fraude. Tengo un conocimiento suficiente de los mecanismos internos de la administración y experiencia suficiente sobre su funcionamiento como para saber que ni un consejero de Economía y Hacienda, como lo fueron ellos y, mucho menos, un Presidente, tienen conocimiento de esos pormenores de la gestión administrativa de otra consejería, como era la de Empleo. Es más, estoy convencido de que, fuera del ámbito de la Consejería de Empleo, ninguna de las personas condenadas tenía conocimiento del fraude. Otra cosa es que las decisiones que se adoptaron sobre el diseño del modelo y su puesta en práctica fueran imprudentes y que podrían haber sido otras más adecuadas. Y que esto mereciera una censura y una responsabilidad política. Por cierto, ya suficientemente expiada. El propio Presidente Griñán lo reconoció públicamente. Pero, desde mi punto de vista, no hay sustancia penal en la conducta de las personas por las que usted me pregunta. Mi opinión es que las responsabilidades de los ERE nunca debieron salir del ámbito de la Consejería de Empleo. Y parte de la culpa de que el asunto desbordara dicho ámbito se encuentra en la incalificable estrategia de las altas autoridades de la Junta y del Partido Socialista, que pretendieron reducir el impacto del escándalo ofreciendo dos cabezas de turco, que fuimos el Director General de Trabajo y yo mismo, como Interventor General. Esta estrategia era tan ridícula que pronto saltó por los aires y acabó colocando una bomba debajo de la mesa del Consejo de Gobierno de la Junta.

Pregunta. ¿Qué le parece el argumento de las sentencias respecto al acto prevaricador de la cúpula política del Gobierno andaluz al elaborar cada año unos presupuestos que incluían el instrumento para el fraude?

Respuesta. Siempre he sostenido que la partida de las transferencias de financiación que se incluía en los presupuestos no era ilegal porque no podía ser ilegal. La afirmación de que puede ser ilegal una partida de un presupuesto aprobado y no impugnado, cuya ley está en vigor y no ha sido anulada, ya ha sido calificada en términos jurídicos por el Tribunal Constitucional en las sentencias que se han conocido. Mire, por no abundar en tecnicismos, yo solo puedo añadir que esa afirmación es simplemente una tontería.

Pregunta. Una tontería que llegó a convertirse en argumento para muchas condenas...

Respuesta. Y no solo eso, sino que algunos de los que combaten al TC con este asunto, empezando por los votos discrepantes de las sentencias, pretenden ennoblecer su causa envueltos en la capa de la lucha contra las inmunidades del poder. Se viene a decir: si admitimos que la partida de los ERE no es ilegal es porque estamos a favor de que no se controle al poder, de que el poder tenga áreas inmunes. Esta postura parte de un error esencial. El error consiste en no distinguir entre el contenido de un proyecto de ley y el procedimiento para su aprobación. El contenido de un proyecto de ley nunca puede ser ilegal, y mucho menos si ese contenido luego lo aprueba el Parlamento como ley. Otra cosa es el procedimiento para la aprobación de los proyectos de ley. En este ámbito sí es imaginable que puedan cometerse ilegalidades. Y que esas ilegalidades puedan llegar a ser calificadas como prevaricadoras. Pero, en la causa de los ERE no se ha condenado por la infracción de normas de procedimiento en la elaboración de los presupuestos. Las condenas se han producido porque los tribunales sentenciadores han entendido que la partida para financiar las ayudas de los ERE era ilegal. La cuestión clave aquí es que las partidas de un presupuesto forman parte del contenido de la ley del presupuesto, hasta el punto de que tienen rango de ley. Siendo así las cosas, ninguna ilegalidad puede haber en que cualquier gobierno prepare un proyecto de presupuesto, en el que incluya una partida, que hasta ese día tenía un destino concreto, y decida que a partir de ahora va a tener otro destino diferente, en este caso, financiar las ayudas de los ERE.

Pregunta. El Partido Popular repite estos días que estamos ante el mayor caso de corrupción de la democracia porque desde el Gobierno de la Junta robaron 680 millones de euros destinados a los parados. El juez del Supremo que investigó el caso llegó a escribir: “Hay que partir de la premisa de que un porcentaje de las subvenciones ilegalmente concedidas habría que concederlo también en el caso de que se hubiera seguido el procedimiento legal exigible para su concesión”. Hay 6.500 parados que recibieron esas ayudas. ¿Cree que las hubieran recibido igual si se hubiera hecho a través de un programa de subvenciones?

Respuesta. Es lamentable, pero a estas alturas no lo podemos saber. Cuando el poder punitivo del Estado se enfrentó a la causa de los ERE, planteó una estrategia procesal que se ha demostrado errada. A los jueces y fiscales que instruyeron e investigaron les pareció más sugestivo mirar hacia la cúpula de la Junta de Andalucía, elaborando esa teoría de la trama para defraudar, que seguir el rastro del dinero, como suele decirse. Tengo que recordar esos autos de la instrucción de la causa, que ya entonces me parecieron obscenos, en los que se hablaba con verdadera delectación de que el juzgado iba escalando una pirámide y que ya se encontraba cerca de la cúspide. En lugar de investigar cada una de las ayudas, se prefirió mirar hacia arriba, culpando a toda la superestructura institucional de la Junta de haber diseñado un sistema para defraudar. Todo este entramado procesal es el que ha derribado el Constitucional y lo ha hecho dándole apenas un pequeño empujón, porque estaba cimentado sobre bases muy débiles. Y ahora, más de 20 años después de que ocurriera una buena parte de los hechos enjuiciados, va a ser muy difícil recomponer una nueva estrategia punitiva. Esto puede producir determinadas impunidades, por razones que sería muy largo describir. Pero esas posibles impunidades no serán responsabilidad del TC. Los responsables de ese resultado serán quienes se dejaron llevar por la fascinación de empapelar a varios gobiernos de la Junta de Andalucía, quienes les dejaron hacer y quienes los jalearon.

Pregunta. ¿Quiénes son y cuánto se ha defraudado?

Respuesta. Como podrá usted deducir de lo ya dicho, a estas alturas no sabemos cuál es el importe realmente defraudado. Lo que sí sabemos es que no son los 680 millones de los que tanto se habla. Y no lo sabemos por lo que le acabo de decir, porque la estrategia punitiva de jueces y fiscales no fue poner el foco en las ayudas concedidas y en las cantidades pagadas, sino en la supuesta trama para defraudar. Hay un asunto del que rara vez se habla que es el siguiente: hubo dos ERE de las ayudas que financió la Junta, que fueron cofinanciadas por el Gobierno central. De hecho, hay unas diligencias abiertas, languideciendo en los juzgados de Sevilla, contra el Secretario General de Empleo y un director general, ambos del Ministerio de Trabajo, a los que acusan de subvencionar a 55 presuntos intrusos en el ERE de la Faja Pirítica de Huelva. En las ayudas estatales al ERE de la Faja Pirítica tuvo un papel destacado el que era entonces Delegado del Gobierno en Andalucía, Juan Ignacio Zoido, que, por cierto, nunca ha sido molestado por la Justicia. En relación con este asunto hubo un momento clave en el proceso, que fue cuando los peritos de la Intervención General del Estado se personaron para ratificar sus informes en el juzgado. Algunos abogados defensores pretendieron preguntar a los peritos su opinión sobre las ayudas a los ERE abonadas por el Gobierno central. Todas estas preguntas fueron declaradas impertinentes y no se pudieron formular. Y, por tanto, nos quedamos sin saber por qué, si en las ayudas estatales se habían producido intrusos y sobrecomisiones, el juzgado no había imputado al Presidente del Gobierno, a los ministros de Hacienda y de Trabajo, a los subsecretarios, al Interventor General del Estado, al Jefe de la Abogacía del Estado, y, por qué no, al Delegado del Gobierno en Andalucía, como habían sido imputados sus homólogos de la Junta de Andalucía. Esta veladura de las ayudas estatales a los ERE durante todo el proceso benefició claramente al señor Zoido, que, por aquel entonces, paradójicamente, actuaba como acusador particular en la causa en nombre del PP.

Pregunta. ¿Lo que a usted no le cabe ninguna duda es que en este programa de ayudas a empresas privadas se produjo un fraude masivo en el sentido de que hubo un descontrol total, no?

Respuesta. Sí, sí, totalmente. O sea, no se tramitó de modo regular ninguna de las ayudas.

Pregunta. Y eso facilitó el fraude.

Respuesta. El escándalo de los ERE no se puede blanquear. Una cosa es que el Constitucional haya atemperado la extrema ferocidad con la que el poder punitivo del Estado se enfrentó al escándalo. Y otra cosa es que se trate de ocultar que con la partida de los ERE se defraudaron varios millones de euros y que, para la Junta de Andalucía resultó un auténtico fiasco y un descrédito que ha afectado también a la imagen y el prestigio de Andalucía. De modo que, efectivamente, lo que usted dice es indudable. El cómo se gestionó esta partida facilitó el fraude. La cuestión es si eso es un delito. Bueno, pues los tribunales entendieron que sí y las sentencias del Constitucional lo han puesto en cuestión, parcialmente.

Pregunta. El Constitucional ha corregido muchas de esas sentencias, pero el PP descalifica este veredicto por entender que los siete magistrados que no han visto malversación y prevaricación están indultando a los culpables cumpliendo las órdenes que les dio el Gobierno socialista que los puso en el Tribunal. ¿Qué le parece?

Pregunta. A mí, como ciudadano, me apena la situación en la que se encuentra el Tribunal Constitucional y su desprestigio. Yo creo que la culpa la tienen, efectivamente, los partidos que se han estado repartiendo por cuotas a los magistrados. De todas formas, lo que me parece realmente erróneo es cargar las tintas sobre la mayoría [progresista] y no sobre la minoría [conservadora]. Porque no deja de ser curioso que los juristas no parezcan votar como juristas, porque, si votaran como juristas, unas veces el resultado sería 7 a 4 y otras 4 a 7, 6 a 5 o 9 a 2 o los magistrados de ambas corrientes se mezclarían en sus posicionamientos. Pero, tal y como se están produciendo las votaciones, si uno critica a la mayoría, pues, con la misma razón tendría que criticar a la minoría. Eso, por un lado. Y, por otro lado, qué quiere que le diga: la verdad es la verdad, dígala Agamenón o su porquero. Hay otra cuestión atinente al TC que también se viene ventilando con brocha gorda. Es la que dice que el Tribunal Constitucional no puede corregir al Tribunal Supremo. Se suelta esa especie en medios que todos tenemos por serios y todo el mundo la cree. Pero, yo me pregunto, si una sentencia del Supremo es recurrible ante el Constitucional, será porque este Tribunal podrá anularla, ¿no? Y aquí entramos en el meollo de este asunto, que es otra cuestión de alto calado jurídico, de la que yo no estoy en condiciones de darle ni siquiera mi opinión. Y es sobre si el Constitucional se ha extralimitado o no en este caso concreto. Como le digo, es una cuestión superespecializada, que en los medios se suele ventilar con gran frivolidad. Pero ¿Qué pasa, que las sentencias del Supremo, por ser del Supremo no pueden ser completamente erradas? Yo creo que podrían serlo. Y, entonces, ¿el sistema exige que el Constitucional se quede callado? Parece que eso es lo que sostienen algunos. Yo no lo comparto.

Pregunta. ¿Se alegra de estas resoluciones del Tribunal Constitucional?

Respuesta. Me alegro, en primer lugar y más importante, por las personas, a las que ya me he referido, que fueron injustamente condenadas. Pero me alegro, también, por la parte que me toca. Aunque fui absuelto, me acusaron de algunas de las cosas que el Tribunal Constitucional ha dicho que eran infundadas y que yo tuve la suerte de que se me reconocieran en la primera instancia de la audiencia provincial. Y, si me permite una confidencia, le diré que la inclemente persecución penal que sufrí durante nueve larguísimos años hace que me alegre de que el Constitucional haya dejado en ridículo las tesis, que yo tanto combatí en el proceso, de los culpables de dicha persecución, a quienes Dios confunda.





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<![CDATA[Begoña Gómez intentó entregar las memorias de su cátedra pero la Complutense se negó a examinarlas]]>https://elpais.com/espana/2024-07-19/gomez-intento-entregar-las-memorias-de-su-catedra-pero-la-complutense-se-nego-a-examinarlas.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-19/gomez-intento-entregar-las-memorias-de-su-catedra-pero-la-complutense-se-nego-a-examinarlas.htmlFri, 19 Jul 2024 03:40:00 +0000Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acudió el pasado 2 de julio a la reunión de la comisión mixta de seguimiento de la cátedra que dirige en la Universidad Complutense desde 2020. Gómez llevó a esa cita toda la documentación correspondiente a la memoria económica y de actividades de la cátedra en 2023 para su aprobación. Pero el vicerrector de la Complutense y presidente de la comisión de seguimiento, José María Coello de Portugal, se negó a examinar las memorias y, por tanto, a aprobarlas, argumentando un principio de prudencia: “Debemos ser prudentes no aprobando lo que está siendo objeto de diligencias judiciales. Habiéndose constatado la incidencia de una actuación externa a la Universidad, debe esperarse a que tal actuación se resuelva para ejercitar en cuanto al fondo las competencias administrativas de la comisión, dada la preferencia o prevalencia de aquellas diligencias sobre la materia administrativa”.

El 2 de julio, cuando se celebró la reunión de la comisión de seguimiento, nada en la causa judicial abierta contra Gómez hacía referencia a las actividades de la cátedra de la Complutense. Tan solo se investigaba si unas cartas de recomendación firmadas por Gómez habían influido en la adjudicación de contratos públicos de la Administración central a un empresario que había dado clases en esa cátedra. Un día antes de la reunión de la comisión de seguimiento, la Universidad Complutense remitió al juez que instruye la causa contra Gómez un informe donde señalaba que, tras abrir una investigación interna sobre el funcionamiento de la cátedra, no había llegado a ninguna conclusión. En ese informe, la Complutense pedía personarse en la causa como acusación particular si, de los hechos relatados, el juez instructor descubriera una “apropiación indebida” por parte de Gómez.

Pese a ese informe remitido el 1 de julio donde se denunciaba la “falta de colaboración de determinados intervinientes” para aclarar los hechos, la comisión de seguimiento reunida el 2 de julio no pidió a la directora de la cátedra ningún tipo de información, ni la informó del escrito remitido al juez que tanto la afectaba y además se negó a examinar la memoria económica y de actividades que llevó la propia Begoña Gómez para su aprobación.

El informe de la Complutense denunciaba que “sin conocimiento ni participación de la Universidad, Begoña Gómez constituyó una sociedad inscrita en el Registro Mercantil denominada Transforma TSC S.L., lo que podría dar lugar, como mínimo, a confusión con el contenido y promotores del convenio para la creación de la cátedra”. La mujer del presidente del Gobierno constituyó esa sociedad limitada en noviembre de 2023 para facturar sus servicios profesionales con un nombre parecido al de la cátedra.

También registró Gómez, según la investigación de la universidad, un dominio de internet bajo la denominación www.TransformaTSC.org. El informe de la universidad obvia que Gómez consultó cómo registrar un dominio de internet y que le respondieron que no se podía hacer desde la propia Complutense.

La cátedra dirigida por Gómez inició sus trabajos en octubre de 2020 y entre los compromisos adquiridos en la reunión de la comisión de seguimiento figuraba “el desarrollo de una plataforma tecnológica de medición de impacto compatible para la gran y pequeña empresa”. Para ese desarrollo de la plataforma tecnológica era necesario inscribir el dominio en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual. La Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad Complutense informó a Begoña Gómez el 7 de septiembre de 2022 a través de un correo electrónico que ese departamento nunca había realizado ese tipo de trámites pero le enviaron “un enlace” sobre cómo registrar un dominio.

El rector de la Complutense, Joaquín Goyache, testificó el 5 de julio ante el juez Juan Carlos Peinado. Aunque su universidad había enviado cuatro días antes el informe donde planteaba sospechas sobre una apropiación indebida de Gómez por registrar a su nombre una marca con la misma denominación de la cátedra, el rector no hizo referencia a ese escrito en su declaración ni las partes preguntaron por esa circunstancia ya que ese día ignoraban el documento enviado por la Complutense.

En la declaración de Goyache, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el rector desmonta algunas de las sospechas que la acusación popular y el propio juez airearon durante el interrogatorio.

La exigencia académica para dar clases: “Ninguna”

El juez insistió en preguntar por qué tipo de requisitos académicos se necesitan para dirigir una cátedra en la Universidad Complutense.

Juez. Le pregunto por la exigencia de titulación académica para pasar a formar parte del personal docente de la Universidad Complutense de Madrid.

Rector. No se le puede considerar como personal docente porque estamos en una formación continuada.

Juez. Discúlpeme, cuando hablo de personal docente, lo hablo en el concepto amplio, docente frente a discente. No como personal docente como alguien con un contrato supervisado por la Universidad Complutense de Madrid. Cualquier persona que transmite algún tipo de enseñanza se le considera un docente. A eso me refiero con la pregunta.

Rector. O es académico o simplemente tiene experiencia sobre el tema a tratar por ese...

Juez. Le repito, no le pregunto por la experiencia sino por la titulación.

Rector. Ninguna.

Juez. ¿No se exige ninguna titulación?

Rector. En algunos casos, ninguna.

Creación de la cátedra: experiencia en el sector y vínculos con la universidad

Gómez pudo dirigir la cátedra sobre Transformación Social Competitiva por su experiencia en el sector y por su vinculación con la Universidad Complutense, según el rector.

Juez. Para montar una cátedra extraordinaria, ¿cuáles son las exigencias?

Rector. Hace falta un mínimo de financiación a lo largo de tres años, un mínimo de 30.000 euros al año, y que sea una cuestión de interés para la universidad, en su vertiente académica, de investigación o de transferencia de conocimiento.

Juez. ¿Qué criterios se tienen en consideración para encomendar la dirección de la cátedra?

Rector. Hay varios. Se busca que sea personal docente investigador de la UCM pero con las condiciones necesarias y bajo la recomendación de la comisión de seguimiento de esa determinada cátedra puede ser una persona, un académico ajeno a la universidad o un experto relacionado con el tema.

Juez. ¿Cuál es el criterio que se tuvo en consideración para asignar a Begoña Gómez la condición de directora de la cátedra?

Rector. Tengo el documento que dio el vicerrector Juan Carlos Doadrio donde se hablaba de la relación académica de la señora Gómez Fernández con la Universidad Complutense en aspectos de codirección de títulos propios, denominación de antes y ahora formación continuada, y su experiencia en lo que es el sector empresarial y el trabajo con las pymes.

La contratación del ‘software’: “La Universidad recurre a veces a agentes externos para hacer proyectos”

El rector de la Complutense explicó que el desarrollo de un software vinculado a las actividades de la cátedra fue idea de Begoña Gómez y que se contrató con empresas privadas externas como se hace muchas veces en la Universidad.

Rector. Tenemos servicios informáticos muy potentes pero nadie nos solicitó... tenemos capacidad hasta donde yo sé de desarrollar un software de este tipo, que por cierto no se hizo con los medios de la Complutense según indican los medios de comunicación.

Acusación popular. Es habitual hacer una externalización de servicios en las cátedras, tanto de profesorado como de desarrollo de medios técnicos...

Rector. Sí, la universidad recurre a veces a agentes externos para desarrollar proyectos para los que no tenemos capacidad. No porque no tengamos capacidad técnica sino porque la gestión, el desarrollo de temas técnicos, informáticos y de otro tipo de obras de mantenimiento somos incapaces de dar salida a estos temas.

Abogado de Begoña Gómez. ¿Sabe si, dadas las características técnicas del software, el departamento de la Universidad Complutense estaba en condiciones de hacerlo?

Rector. Tenemos unos servicios informáticos extraordinarios, pero como desconozco cuál era el software no le puedo decir.

Una investigación abierta: “Salvo error, los títulos funcionan correctamente y con normalidad”

La acusación popular preguntó por la investigación interna abierta en la Complutense sobre la cátedra dirigida por Begoña Gómez. El rector no contó ni los resultados de esa investigación ni que le habían pedido al juez que investigase si había existido apropiación indebida. Lo único que dijo es que los títulos funcionaron “correctamente”.

Acusación popular. ¿Se ha abierto un expediente por esta cátedra en la Universidad Complutense?

Rector. Hemos hecho una investigación interna para recabar información sobre las actividades de la cátedra. En principio y salvo error u omisión, los títulos de formación continúa funcionan correctamente. Hemos tenido aquellos problemas de pagos con una empresa de gestión externa, pero todo lo demás se ha desarrollado con normalidad.










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Europa Press News
<![CDATA[La ‘policía patriótica’ del PP espió a 69 diputados de Podemos a través de las bases de datos de Interior]]>https://elpais.com/espana/2024-07-10/la-policia-patriotica-del-pp-espio-a-69-diputados-de-podemos-a-traves-de-las-bases-de-datos-de-interior.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-10/la-policia-patriotica-del-pp-espio-a-69-diputados-de-podemos-a-traves-de-las-bases-de-datos-de-interior.htmlWed, 10 Jul 2024 14:21:31 +0000Las pruebas documentales de un supuesto espionaje ilegal a los 69 diputados que Podemos logró en las elecciones de diciembre de 2015 han llegado a la Audiencia Nacional, donde el juez Santiago Pedraz investiga las maniobras de la denominada policía patriótica durante el mandato del Partido Popular contra sus adversarios políticos. El rastreo masivo que hicieron los agentes con cientos de consultas en bases de datos policiales entre 2015 y 2016 afectó al menos a 55 parlamentarios recién elegidos de Podemos, entre ellos Pablo Iglesias, Yolanda Díaz, Ione Belarra o Irene Montero.

La operación policial, ahora documentada, se enmarca dentro del interés del por entonces número dos de Interior, Francisco Martínez, en sus conversaciones de enero de 2016 con el comisario jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo, Enrique García Castaño, en buscar datos que dañaran la reputación de los recién elegidos diputados de Podemos. Así se deduce de los mensajes de WhatsApp intercambiados entre el político y el mando policial que fueron extraídos del teléfono móvil requisado a Martínez durante la investigación del caso Kitchen, el supuesto espionaje policial ilegal al extesorero del PP Luis Bárcenas, para sustraerle documentación sobre la financiación bajo sospecha de la formación conservadora.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz abrió una investigación judicial este febrero a raíz de una querella presentada por Podemos donde denunciaba haber sido víctima de las maniobras de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior en época del Gobierno de Mariano Rajoy. La Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional ha remitido ahora al juez el informe sobre el uso de bases de datos policiales en 2015 y 2016 para investigar distintos aspectos de la vida de los 69 parlamentarios de Podemos.

El exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, consultado por este diario, ha señalado: “La noticia que dais confirma algo que venimos diciendo desde hace tiempo, tenemos una democracia limitada, en la que hay poderes del Estado, en este caso policías, altos mandos policiales, que se toman la justicia por su mano y que llevan a cabo una investigación prospectiva ilegal contra quien consideran un adversario político sin tener competencias para considerarlo”. “Lo que reforzaría nuestra democracia es que esos policías acabaran en prisión, creo que eso es muy difícil que ocurra con una derecha judicial tan legitimada después del acuerdo del PSOE con el PP de repartirse el Consejo General del Poder Judicial, temo que esto va a quedar en la impunidad y que se va a seguir normalizando que en este país hay poderes impunes, poderes ajenos al derecho, que son los que realmente mandan más allá de lo que decidan los ciudadanos”, ha agregado.

“Mirar a los 69 de Podemos se saca, pero deja rastro”

Así fue dicha conversación entre Martínez y Castaño el 30 de enero de 2016:

Francisco Martínez: De aquellos de Podemos que tenían antecedentes... ¿Pudiste confirmar algo?

García Castaño: Pues lo pedí y voy a llamar porque no volví a preguntar. Se me pasó.

Martínez: Sería muy interesante saberlo... Y si han estado en temas abertzales, temas de extremismo violento, etc.

García Castaño: Josetxu Arrieta, el único que tiene pertenencia a ETA.

Martínez: ¿Estuvo condenado?

García Castaño: Sí.

Martínez: ¿Y los demás nada?

García Castaño: ¿Nada?

Martínez: ¿Digo que si los demás están limpios? ¿Tampoco violencia callejera, anarcas, etc.?

García Castaño: Lo vuelvo a mirar, pero creo que no.

Martínez: Cagüenlaputa (…) Alguno tiene que ser chungo.

García Castaño: Vamos a ver.

Francisco Martínez: Mira con ojos atentos.

García Castaño: Te parece poco todo lo que tienen, Castiñeira [Jefe de la Brigada Provincial de Información] tiene que tener lo que haya, porque los trabajó mucho tiempo. (…) Le pregunto.

Francisco Martínez: Y de los otros, ¿qué? No me mandas nada....

García Castaño: El cabrón de Germán me dice que esta tarde, porque mirar los 69, se saca, pero hay que mirar uno a uno y, claro, deja rastro.

Ese “rastro” figura en el informe fechado el pasado 8 de julio que la policía ha enviado al juez Santiago Pedraz, donde se detallan cientos de consultas sobre los 69 diputados de Podemos en bases de datos policiales (Argos, Sidenpol y otras). Consultas sin ningún motivo aparente y sin amparo judicial. Esas bases de datos permitían conocer los antecedentes policiales de las personas investigadas, el contenido de las diligencias policiales que afectaran a los espiados, sus viajes, alojamientos o vehículos y otro tipo de información. Era un espionaje destinado a rastrear en la vida de los 69 parlamentarios de Podemos.

Diputados espiados

En algunos casos apenas se trata de media docena de consultas; en otros son decenas o cientos. Entre los diputados supuestamente espiados figuran la vicepresidenta Yolanda Díaz, el actual ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy; el exlíder de Podemos, Pablo Iglesias, la secretaria general de esta formación, Ione Belarra; la exministra Irene Montero, o el actual portavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón.

Pablo Iglesias. Las búsquedas al por entonces líder del Podemos fueron 121, repartidas homogéneamente entre el 7 de enero de 2015 al 29 de diciembre de 2016, los dos años completos de registros que solicitó el juez a la Policía. El análisis señala que 39 usuarios diferentes ejecutaron el rastreo de información en cuatro bases de datos diferentes (según aparece en el documento al que ha tenido acceso EL PAÍS), la mayoría en Argos (59) y Personas (46). En las palabras de búsqueda destacan las palabras “hospederías”, “joyas” y referentes a viajes en avión o barcos.

Íñigo Errejón. El entonces diputado de Podemos y hoy portavoz de Sumar en el Congreso aparece en el informe policial con 34 búsquedas a tres bases de datos diferentes por 10 usuarios de la Policía. Las fechas de las consultas van del 14 de enero de 2015 al 11 de diciembre de 2016.

Yolanda Díaz. La actual vicepresidenta del Gobierno y ministra de Trabajo era bastante desconocida cuando se desencadenó el supuesto espionaje ilegal a diputados de Podemos. Pese a ello, es de las diputadas que más consultas en bases de datos sufrió: 401 entre el 2 de enero de 2015 y el 30 de diciembre de 2016. Al menos 230 usuarios rastrearon a Díaz, en su mayoría en la base de datos Sindepol.

Irene Montero: La exministra de Igualdad, por entonces diputada, fue espiada por 18 usuarios de la Policía a través de 28 búsquedas, en las bases de datos policiales Argos y Sindepol, entre el 13 de enero de 2015 y el 27 de julio de 2016.

Ione Belarra. La entonces diputada de Podemos por Navarra en el Congreso y ahora secretaria general del partido fue investigada al menos en 13 ocasiones por la Policía Nacional durante el periodo de tiempo de entre enero de 2015 al 10 de octubre de 2016, aunque se intensificaron a partir de febrero de ese último año, donde la exministra de Asuntos Sociales fue rastreada hasta en siete ocasiones.

Pablo Bustinduy. El actual ministro de Asuntos Sociales fue espiado mientras formaba parte del equipo de Podemos en 2016. Era entonces ideólogo de la formación morada y portavoz de la Comisión de Asuntos Exteriores y diputado en el Congreso en 2016. Bustinduy fue rastreado en 13 ocasiones; un año antes habían sido consultados sus datos seis veces.

Joan Baldoví. El portavoz de Compromís en Valencia también figura en el listado de los diputados investigados por Interior. Baldoví fue cabeza de lista en las generales de 2015 con la coalición Compromís-Podemos por Valencia para el Congreso de los Diputados. Su nombre aparece registrado en 15 ocasiones, todas las búsquedas se efectuaron desde enero de 2016 hasta diciembre de ese año.

Operación de descrédito

La recopilación y el uso de datos personales con fines policiales es un delito contra el derecho a la vida privada y familiar de una persona, así como de su domicilio y correspondencia, según el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos humanos, que especifica que “no podrá haber injerencia de la autoridad pública” a menos que esta sea “necesaria para la seguridad nacional, la seguridad pública, el bienestar económico del país, la defensa del orden y la prevención de las infracciones penales”. El análisis de estas búsquedas reflejan una desproporcionalidad, tanto por el tiempo en el que se ejecutó este espionaje como por la cantidad de búsquedas realizadas en diferentes bases de datos.

Aquella operación policial, supuestamente ilegal, se desencadenó cuando el PP temía perder el Gobierno tras las elecciones de diciembre de 2015, por una posible alianza de PSOE y Podemos junto a otras fuerzas minoritarias con las que podrían sumar los 176 diputados necesarios. Para neutralizar esa posibilidad, desde el Ministerio del Interior se planificó una operación consistente en desacreditar a los diputados de Podemos mediante la búsqueda de algún elemento en sus vidas que pudiera ser motivo de reproche social.


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Mariscal
<![CDATA[“En la instrucción judicial contra Begoña Gómez se producen cosas que no había visto nunca” ]]>https://elpais.com/espana/2024-07-06/en-la-instruccion-judicial-contra-begona-gomez-se-producen-cosas-que-no-habia-visto-nunca.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-06/en-la-instruccion-judicial-contra-begona-gomez-se-producen-cosas-que-no-habia-visto-nunca.htmlSat, 06 Jul 2024 03:40:00 +0000Antonio Camacho (60 años) lleva una década de abogado; antes fue diputado socialista (2011-2014), ministro del Interior (2011), secretario de Estado de Seguridad (2004-2010) y fiscal. Mientras se desempeña cada día en la Audiencia Nacional en un caso de fraude fiscal de enorme repercusión mediática, estudia la causa abierta a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, para defenderla en el juzgado.

P. Ayer se aplazó la declaración de su cliente. Hay quien puede pensar desde el PSOE que el juez alarga innecesariamente una causa que ni siquiera se tuvo que abrir, pero el aplazamiento lo pidió usted ¿Qué pasó?

R. El juez dictó hace tres días un auto donde se decía que el objeto del procedimiento era la denuncia inicial de Manos Limpias relacionado con todos los actos, conductas y comportamientos de mi representada desde que su marido es presidente de Gobierno. Nos hemos presentado en el juzgado y en el momento en que mi representada ha dicho que no conocía exactamente los hechos que se estaban investigando, el juez le ha comentado la existencia de una querella que había sido admitida pero nunca se notificó a la defensa que se había admitido y que por lo tanto, no teníamos constancia de esa admisión. Hemos pedido que se suspendiera porque se trataba de un hecho nuevo. Nunca había visto que un juez intentara tomar declaración a alguien contándole que había una querella cuya admisión no le había notificado todavía. Nadie puede prestar declaración cuando le cuentan que hay una querella que ha sido admitida y que no te han notificado.

P. ¿Cuándo y cómo acabará este proceso judicial?

R. Eso no lo puedo adelantar, pero lo que sí puedo decir es que tras la lectura de la documentación que se nos han notificado, en esta causa no hay contenido penal. ¿Cómo va a terminar? No lo sé. Depende del juez y de los recursos que se interpongan. Pero tengo una profunda confianza en que el sistema que está establecido al final funcione.

P. Tras suspender la declaración de Begoña Gómez, el juez tomó declaración al rector de la Universidad Complutense sobre unos hechos que en principio no formaban parte de la causa. ¿Cómo reaccionó ante ese interrogatorio?

R. Pedí la suspensión porque se nos había comunicado la existencia de una querella admitida una hora antes y creo que no tenía sentido que se tomara esa declaración cuando se había modificado el objeto del procedimiento por parte del juez. Hace dos siglos a la gente se la juzgaba sin contarle cuál era el motivo por el cual estaban siendo juzgados. Eso era la Inquisición. Afortunadamente, en dos siglos hemos avanzado en garantías y lo que es necesario es que esas garantías sean aseguradas en el seno del procedimiento. Y es el titular del Juzgado el que debe garantizar que esas garantías sean efectivas, que no sean una mera formalidad.

P. ¿La declaración del rector suponía vulnerar alguna de las garantías de su cliente porque le hicieron preguntas que versaban sobre la segunda querella cuya admisión no les habían notificado?

R. Había una parte que versaba sobre esa segunda querella, porque la primera no se hacía referencia en ningún momento a los temas relativos a la Universidad Complutense.

P. ¿Cuál es el delito que se investiga en relación con la Universidad Complutense. ¿Un tráfico de influencias para que se contratara a Begoña Gómez porque citó al rector en La Moncloa?

R. No citó al rector en Moncloa. Habló con el rector y le dijo si tenía algún problema en que se reunieran en Moncloa. Creo que todo el mundo debe entender que la pareja de un presidente de Gobierno está sometida a una serie de condiciones en torno a su seguridad que no existen en otros casos. Pero de ahí no se puede deducir ningún tráfico de influencias y de hecho el rector ha declarado que en esa reunión no hubo nada delictivo. Es más, nadie le ha preguntado acerca del contenido de esa conversación.

Antonio Camacho en un momento de la entrevista.

P. ¿Cree usted que en la actuación del juez José Luis Peinado contra Begoña Gómez puede haber una intencionalidad política de intentar dañar al presidente del Gobierno como se sugiere desde ámbitos socialistas?

R. No creo que deba pronunciarme sobre eso en la medida que tengo una causa pendiente. Lo cierto es que en la instrucción de esta causa se están produciendo cosas que no había visto nunca.

P. ¿Qué le parece que se abra una causa penal sobre una campaña informativa de varios medios donde no se aportaban pruebas del delito que se sugería?

R. Es absolutamente inusual en la práctica forense que una causa se abra sobre la base de unas noticias de prensa. Además, hay jurisprudencia de los tribunales en donde se dice que la mera noticia de prensa si no resulta acreditada con otros elementos probatorios, en principio no es una base suficiente porque no proporciona indicios suficientes acerca de la comisión de un delito. El tema es que esa denuncia inicial no aportaba esos indicios y con posterioridad las únicas diligencias de instrucción que se han producido han sido dos declaraciones de los dos responsables de los medios de comunicación que lo publicaron, que no aportaron ninguna información adicional con contenido y luego un atestado.de la Guardia Civil en donde lo que venían a decir es que no había ninguna irregularidad. No se ha practicado ninguna diligencia de instrucción más, pero, sin embargo, la causa se mantiene, continúa. A pesar de que ya la Audiencia Provincial dijo que de todos los hechos denunciados, los únicos que tenían una mínima base probatoria eran los contratos que han sido avocados a la Fiscalía Europea. Por lo tanto, en este momento eso no forma parte de la causa. Si no se ha añadido ningún elemento más allá de los escritos presentados por las acusaciones populares que aportan más noticias de prensa, pero no hay elementos objetivos que justifiquen la imputación, pues lo que no tiene sentido es que sigamos hablando de una causa, porque esta causa no existe.

P. ¿Begoña Gómez conocía a los funcionarios de Red.es que adjudicaron los contratos a Carlos Barrabés? ¿Los presionó de alguna forma para que adjudicaran esos contratos a un empresario con el que se relacionaba en la Complutense?

R. Le puedo asegurar que mi clienta, después de firmar una carta similar a la que firmaron incluso otras instituciones del Estado no supo en ningún momento que se había producido esa adjudicación. No supo en ningún momento que se había concedido al grupo empresarial que se concedió. Se ha enterado a través de la causa judicial.

P. ¿Hay que reformar la ley para regular mejor lo que puede o no puede hacer la mujer del presidente del Gobierno?

R. No creo que sea necesario regular el estatus de la mujer de un presidente del Gobierno y tampoco del marido de una presidenta del Gobierno. Pero desafortunadamente, creo que hay una parte de la sociedad española que encuentra una diferencia entre la mujer del presidente del Gobierno y el marido de la presidenta del Gobierno, y creo que debemos hacer un esfuerzo para avanzar en eso. Estamos en un mundo en el que tendemos a la igualdad y lo que se considera inadecuado en la mujer de un presidente de gobierno que tenga una carrera profesional no se consideraría tan inadecuado si se tratara del marido de la presidenta del Gobierno. Creo que todavía tenemos que hacer un esfuerzo.

P. ¿Tiene algún pronóstico sobre esta causa?

R. Tengo un pronóstico acerca de que no hay ninguna actuación delictiva.

P. Dice el PP que la nueva situación de Begoña Gómez al aplazar su declaración alarga la agonía de los inquilinos de La Moncloa y que es la vergüenza de todos los españoles.

R. No tiene nada que ver con eso. Se trata de una cuestión básica, que es el derecho de defensa y creo que todo demócrata debe defender el derecho de defensa. Aquellos que protegen la Constitución deben proteger los derechos que reconoce el artículo 24 y si no, no son demócratas.

P. Begoña Gómez y su abogado no parecen estar por la labor de facilitar la acción de la justicia, según el PP.

R. Estamos colaborando con la Administración de justicia. Lo que ocurre es que en este caso se están produciendo cosas que yo no he visto a lo largo de toda mi vida y he estado en ambos lados en la acusación como ministerio fiscal y en la defensa. Esto no lo había visto nunca y creo que hay pocos miembros del Poder Judicial que hayan visto notificar una querella cuando ha empezado una declaración va en contra de principios básicos del procedimiento penal de un Estado de derecho.

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Claudio Álvarez
<![CDATA[La Fiscalía recurre la decisión del Supremo y pide de nuevo aplicar la ley de amnistía a Puigdemont ]]>https://elpais.com/espana/2024-07-05/la-fiscalia-recurre-contra-la-decision-del-supremo-y-pide-de-nuevo-aplicar-la-ley-de-amnistia-a-puigdemont.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-07-05/la-fiscalia-recurre-contra-la-decision-del-supremo-y-pide-de-nuevo-aplicar-la-ley-de-amnistia-a-puigdemont.htmlFri, 05 Jul 2024 12:18:56 +0000El magistrado Pablo Llarena resolvió la semana pasada no aplicar la ley de amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont, huido desde 2017, al entender que había cometido una malversación no amnistiable. Como Puigdemont no costeó de su bolsillo el referéndum ilegal del 1-O y los gastos de propaganda del procés, sino que usó fondos públicos para ello, se ahorró ese dinero, y por tanto obtuvo, según la tesis de Llarena, un beneficio personal de carácter patrimonial, que es la condición que cita la ley de amnistía para no aplicar la medida de gracia. El mismo argumento empleó la Sala Penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, para denegar también la amnistía a los líderes independentistas ya condenados y que, aunque fueron indultados de la pena de prisión en 2021, siguen inhabilitados, como Oriol Junqueras.

La Fiscalía del Supremo, que defendió la aplicación de la ley para todos los encausados, ha presentado esta mañana sendos recursos contra esas resoluciones de Llarena y de la Sala Penal. En ellos llega a calificar los argumentos de los jueces del alto tribunal de “llamativos”, “construcción mental” y “argumentación ilógica”. Y los rebate con las siguientes alegaciones:

Una malversación conceptualmente imposible. La tesis de Llarena y de los magistrados del Supremo es que, si los líderes independentistas no hubieran malversado fondos públicos, habrían tenido que financiar el procés de su bolsillo y eso habría repercutido desfavorablemente en su patrimonio. Por tanto, malversar fondos públicos repercutió favorablemente en su patrimonio. La Fiscalía le da la vuelta al argumento y afirma: “Si así hubiera sido, si [los acusados] hubieran satisfecho los gastos derivados del proceso independentista con su fortuna personal, no existiría el delito de malversación por el que están encausados [...] y no se estaría hablando de la posible amnistía de tales delitos”. En la misma línea, en el recurso a la Sala Penal, el ministerio público remarca que “los condenados destinaron la totalidad de los fondos públicos malversados al referéndum de secesión [y] su patrimonio no experimentó incremento alguno como consecuencia de la malversación”.

Seguridad jurídica, legalidad penal y voluntad legislativa. “Si es clara la voluntad del legislador y la norma que la desarrolla admite una interpretación absolutamente consecuente y coherente con dicha decisión [...], no cabe otra opción que la aplicación de la amnistía interesada. Así lo exige el principio de legalidad penal, en concreto en lo que afecta tanto al respeto de la seguridad jurídica como de la autoría parlamentaria”, recoge el escrito fiscal ante el juez Llarena. En el presentado ante la Sala Penal, la Fiscalía censura que, “para negar la aplicación de los preceptos de la ley de amnistía”, el Supremo dote a la excepción introducida por el propio legislador en el delito de malversación de una “extensión desmesurada”. Al hacerlo, “el criterio sostenido por la Sala, ajeno al tenor literal de la norma y que supone despojar a la ley de amnistía en el delito de malversación de cualquier efecto aplicativo que prescinde de los hechos declarados probados, de los tipos delictivos, no es razonable, se aparta de los términos o de la orientación material de la norma penal de aplicación y comporta una solución imprevisible para los destinatarios de la misma”.

Más beneficio que dinero malversado. En el recurso contra la resolución de la Sala Penal, la Fiscalía señala una paradoja: “Al considerar la resolución [del Supremo] que el beneficio personal de carácter patrimonial de cada condenado coincide con la totalidad de los caudales públicos malversados, dada la pluralidad de los autores condenados, comporta que el total del beneficio personal patrimonial del que los mismos se han beneficiado sea una multiplicación del caudal malversado por tantos factores como condenados, esto es, el beneficio patrimonial personal excede en mucho al caudal malversado”.

No hay daño a los intereses financieros de la UE. “Tampoco compartimos la argumentación recogida en el Auto acerca de que los intereses financieros de la Unión Europea se hubieran visto afectados”, prosigue la Fiscalía. “No solo no hay constancia alguna de que el capital gastado en la realización del referéndum procediera, en todo o en parte, de fondos europeos. Tampoco es posible admitir que los gastos requeridos para materializar la votación de la que derivaría, de modo automático, la independencia de una parte del territorio, tuvieran virtualidad lesiva alguna —directa o indirecta— para los intereses financieros de la UE”.

No se pretendió la independencia. Para incidir en ese argumento de que no hubo riesgo para los intereses de la UE, el ministerio público subraya que de la propia sentencia del Supremo en 2019 que condenó a Junqueras y otros 11 acusados se deducía “que el verdadero alcance de la actividad desarrollada por los partícipes en el movimiento independentista nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano”. El escrito ante la Sala Penal apunta también: “En primer lugar, resultó acreditado que todos los fondos malversados pertenecían al patrimonio de la Generalitat Catalana, no hay acreditación de que provinieran de fondos europeos. En segundo lugar, resultó acreditado que los condenados no pretendieron la independencia o secesión de Cataluña. Ello ya sería suficiente para descartar esta afectación a los intereses financieros de la Unión Europea”.

La derivada europea no fue juzgada. “Por lo demás, en el auto se aventura que el proceso secesionista, si se hubiera culminado con éxito y la independencia de Cataluña se hubiera hecho realidad, ello habría podido determinar una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea al haberse producido una disminución de sus ingresos. Ello parte de que el territorio escindido no hubiera formado parte de la Unión Europea y prescinde de todo análisis de la disminución de gastos que ello habría implicado en uno u otro supuesto”, abunda el recurso fiscal ante la Sala Penal. “Además, cabe reseñar que sobre ello nada se instruyó, nada fue objeto de acusación, nada fue objeto de condena y su toma en consideración se realiza sin que sobre ello haya habido debate contradictorio, ni acusación, ni condena”. “La afectación a los intereses financieros de la Unión Europea”, concluye la Fiscalía, “no aparece prevista en la ley de amnistía como un mero constructo, sino que requiere que los actos hayan sido tipificados como delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea y es incuestionable que ello no acontece”.

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OLIVIER MATTHYS
<![CDATA[La Audiencia y el Supremo dirimen si aplicar la amnistía a las causas por terrorismo que no causaron muertes ni lesiones]]>https://elpais.com/espana/2024-06-24/la-audiencia-y-el-supremo-dirimen-si-aplicar-la-amnistia-a-las-causas-por-terrorismo-que-no-causaron-muertes-ni-lesiones.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-24/la-audiencia-y-el-supremo-dirimen-si-aplicar-la-amnistia-a-las-causas-por-terrorismo-que-no-causaron-muertes-ni-lesiones.htmlMon, 24 Jun 2024 03:40:00 +0000La Sección Tercera de la Audiencia Nacional celebrará el próximo jueves una comparecencia ―cuestión de previo pronunciamiento― de las partes implicadas en el juicio de los denominados Comités de Defensa de la República catalana (CDR), “una organización terrorista de carácter clandestino que planificaba atentados con explosivos y sustancias incendiarias”, según el escrito de acusación de la Fiscalía. En esa cita se analizará si, tras la entrada en vigor de la ley de amnistía, hay que anular o no el juicio a los CDR. La nueva norma, según los abogados de los procesados, supone el perdón de los delitos a sus defendidos, dado que los supuestos actos terroristas que les atribuyen “no han causado muerte, aborto, lesiones al feto o pérdida de una utilidad de órgano o miembro”.

El fiscal del caso de los CDR, Vicente González Mota, aún no se ha pronunciado, aunque deberá hacerlo en las próximas horas. Sus compañeros del caso Tsunami, causa abierta hace cinco años por terrorismo y que se dirige contra 12 personas, entre ellas el expresidente Carles Puigdemont, han informado tanto en el Supremo como en la Audiencia Nacional a favor de aplicar la ley de amnistía a los imputados en esta causa.

El informe elaborado por Miguel Ángel Carballo para el juez Manuel García-Castellón, que instruye en la Audiencia Nacional el caso Tsunami, señala: “No consta la comisión de actos dolosos por ninguno de los investigados que hayan causado muerte, aborto, lesiones al feto o pérdida de una utilidad de órgano o miembro sentido, así como impotencia, esterilidad o grave deformidad. Como se ha dicho, la muerte de un turista en el aeropuerto del Prat no tiene relación de causalidad con la concentración convocada por Tsunami y menos aún, puede ser imputada a título de dolo a ninguno de los investigados. Lo mismo cabe decir de las lesiones sufridas por personas presentes en el aeropuerto o por policías lesionados en una manifestación no convocada directamente por Tsunami en la que, como declaran policías heridos se produjeron detenciones de los organizadores, (ninguno de los investigados), y sin que pueda atribuirse bajo ningún concepto la responsabilidad dolosa de esos hechos siquiera quien hubiese convocado la concentración, pues no consta mensaje ni incitación alguna inducción o provocación o causar lesiones graves a persona alguna, todo ello sin perjuicio de que no consta acreditado en los autos ninguna lesión de las graves consecuencias que establece el citado artículo de exclusión de la aplicación de la ley [de amnistía]”. Carballo recuerda que “pese a la calificación mantenida por el instructor y contradicha por la Fiscalía, considerando los hechos como terrorismo, no se aprecia que los hechos hayan, ni hipotéticamente, causado de forma intencionada graves violaciones de los derechos humanos en particular los regulados en el artículo dos y tres del Convenio para la Protección de Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales que se refieren, como es sabido, al derecho a la vida y al derecho a no sufrir torturas ni tratos degradantes”. El fiscal del caso Tsunami propone en su informe “declarar la extinción de la responsabilidad penal por los hechos” investigados en la causa.

En el caso de los CDR, el fiscal que llevó toda la causa fue el mismo Carballo, quien concluyó en su escrito de acusación que “los implicados conformaron una organización terrorista de carácter clandestino que planificaba atentados con explosivos y sustancias incendiarias”. En los últimos meses, fue sustituido en esta causa por Vicente González Mota, quien debe informar si procede o no apoyar la aplicación de la ley de amnistía por los 12 miembros de los CDR procesados por terrorismo. Estas personas formaron parte, según el fiscal, de un Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una supuesta “célula radical” creada dentro los CDR para defender la secesión tras el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Los sospechosos querían conseguir la “independencia” a cualquier precio, “empleando para ello la violencia en su máxima expresión”.

El artículo dos de la ley de amnistía, que recoge los supuestos excluidos de la aplicación de la norma y señala en su apartado c: “Los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo, según la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y, a su vez, hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario”.

La interpretación que se está imponiendo en la Fiscalía, tras conocer los primeros informes ya enviados a los instructores de la Audiencia y del Supremo, es que los hechos investigados en el caso Tsunami y en el caso de los CDR “no han producido resultado de muerte, aborto, o la pérdida o inutilidad de un órgano o miembros”. Ni tampoco han ocasionado “graves violaciones de derechos humanos pese a tratarse de hechos execrables susceptibles de ser calificados como terrorismo”. Y por ello, acudiendo al texto de la ley de amnistía, hay que aplicar la misma a los imputados o procesados en ambas causas.

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JUAN BARBOSA
<![CDATA[La Audiencia Provincial condena el bulo difundido contra el fiscal general del Estado antes de tomar posesión]]>https://elpais.com/espana/2024-06-26/la-audiencia-provincial-condena-el-bulo-difundido-contra-el-fiscal-general-del-estado-antes-de-tomar-posesion.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-26/la-audiencia-provincial-condena-el-bulo-difundido-contra-el-fiscal-general-del-estado-antes-de-tomar-posesion.htmlWed, 26 Jun 2024 14:52:03 +0000El diario ABC publicó el 22 de julio de 2022 y en portada que el nuevo Fiscal General del Estado se había reunido “con el banquero que impulsó la investigación a Rajoy en Andorra”. Ese dia, ABC tituló su editorial “Todo queda en familia” y censuró la actuación del fiscal general, Álvaro García Ortiz, que ni siquiera había tomado posesión del cargo: “Dimitir por dignidad no está prohibido en España, y menos aún si se predica una regeneración y se practica lo contrario a cambio de votos para el mejor postor. Y todo ello, en el mismo día en que ABC revela que el nuevo fiscal general ya ha mantenido una reunión privada con el denunciante del caso de la Banca Privada d’Andorra contra el PP, que mantiene investigado a Rajoy por la respuesta del Estado al procés. García no va a perder el tiempo. El espectáculo es de todo menos edificante”.

La información de ABC resultó, según la sentencia de un juzgado de primera instancia de Madrid, “absolutamente falsa”. En el interior del periódico se afirmaba que “el próximo fiscal general del Estado Álvaro García”, se había reunido con el “expresidente de la extinta Banca de Andorra (BPA) Higini Ciero, quien ha impulsado una investigación judicial en Andorra contra el Gobierno de Mariano Rajoy por la intervención de la entidad en 2015 y que se vincula con la denominada Operación Cataluña”.

El diario daba detalles del encuentro: “García Ortiz y Cierco se reunieron antes del almuerzo en el restaurante del Hotel Rosewood Villamagna de Madrid el pasado miércoles”. La sentencia del juzgado de primera instancia condenaba al medio a publicar una rectificación reconociendo que la información publicada era “absolutamente falsa” y que “Álvaro García Ortiz jamás ha mantenido reunión alguna con la persona que se cita en el diario ABC ni en la fecha y lugar ni en ninguna otra, tampoco de forma presencial ni con persona alguna del entorno del supuesto banquero que se cita en el diario ABC”.

ABC recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que ahora vuelve a dar la razón al fiscal general del Estado y obliga al medio de comunicación a publicar una rectificación al mismo tamaño y en el mismo espacio donde se difundió la información falsa. Estos son los principales argumentos de la sentencia, dictada el pasado 19 de junio.

La legitimación de la Fiscalía. ABC alegó “la falta de legitimación de la Fiscalía General del Estado para el ejercicio de la acción de rectificación, ya que no es la persona aludida por la noticia ni su representante ni la información publicada alude a dicho órgano, que además carece de derecho al honor como persona jurídica de derecho público”. La Audiencia Provincial rechazó este argumento: “El derecho de rectificación fue ejercitado por la Fiscalía General del Estado y por la persona aludida por la noticia que se pretendía rectificar, que no era otra que Álvaro García Ortiz, entonces Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica pero que iba a ser nombrado Fiscal General del Estado. Todo el interés informativo de la noticia bascula, precisamente, en la condición de próximo Fiscal General de García Ortiz, en un contexto en el que la innegable relevancia pública del afectado no deriva tanto de la persona como de su condición de próximo Fiscal General. Por tanto, no cabe desligar a la persona de la institución, ambas vinculadas por la noticia que se pretende rectificar, por lo que nada obsta a la legitimación de la Fiscalía para ejercitar la acción de rectificación, conjuntamente con García Ortiz (...) El proceso para el ejercicio del derecho de rectificación está relacionado efectivamente con el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz del artículo 20.1.d de la Constitución, especialmente en su faceta institucional de garantía de formación de una opinión pública libre e informada, y puede servir también en ocasiones como instrumento de defensa del derecho al honor del art. 18.1 de la Constitución”.

Cumplir con la sentencia. La Ley establece que la rectificación “deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar y que su extensión no excederá sustancialmente de la de ésta, salvo que sea absolutamente necesario, de lo que resulta que los únicos requisitos que se imponen son el contenido, que ha de referirse a los hechos de la información, no a las opiniones o juicios de valor que la noticia pudiera contener, y su extensión. Nada impide, por tanto, que en la rectificación se reproduzcan aquellos párrafos de los artículos que refieren los hechos considerados inexactos y perjudiciales al objeto de centrar la noticia y su rectificación, máxime si, como es el caso, va a transcurrir largo tiempo entre la publicación y la rectificación”.

Rectificar un editorial que informa de hechos inexactos. El diario ABC consideró “improcedente” rectificar un editorial. La Audiencia reconoce que la Ley establece que “la rectificación deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar, de lo que resulta que el objeto del derecho de rectificación son los hechos contenidos en la información, no las opiniones o juicios de valor que la noticia pudiera contiene”. Y añade: “No obstante, cuando un editorial, como es el caso, no se limita a expresar la opinión de la dirección del medio sobre el tema de que se trate sino que, además, informa de un determinado hecho que se considera inexacto y perjudicial, es claro que el derecho de rectificación también alcanza a ese hecho concreto, aunque se incluya en un editorial, sin afectar, lógicamente, a las opiniones que en el editorial se viertan, cuya responsabilidad asume quien las difunde”. ABC también consideró improcedente rectificar una información cuando ya había recogido “la versión del aludido por la información”. En la segunda edición del periódico de ese día se añadió una nota que decía: “Tras varios intentos de localizar ayer a García Ortiz, este contactó con ABC al publicarse la primera edición y negó la existencia de dicho encuentro”. Un día después, cuando ABC recibir la solicitud de rectificación de García Ortiz, incluyó en su portada el titular “Dos testigos vieron al nuevo fiscal general reunido con Cierco, pero éstos lo niegan” y en la página 19, con el mismo titular y la entradilla “García Ortiz y el exbanquero se fueron juntos del hotel, según distintas fuentes”. En una carta enviada al periódico, García Ortiz tachó la información de “sorprendente” y expuso que la misma dañaba su reputación.

Textos que no cumplen los requisitos. La sentencia recuerda que “siempre que el derecho se ejercite de conformidad con lo establecido” en la Ley, “el director del medio de comunicación deberá publicar o difundir íntegramente la rectificación, dentro de los tres días siguientes al de su recepción, con relevancia semejante a aquella en que se publicó o difundió la información que se rectifica, sin comentarios ni apostillas”. Pero los textos publicados por ABC los días 22 y 23 “no cumplieron esos requisitos, pues si bien recogen algunas de las manifestaciones del escrito de rectificación, se insertan en el contexto de los hechos publicados por el medio omitiéndose su carácter de rectificación —se les denomina “nota”—, y ello en modo alguno suple la publicación íntegra de la rectificación pues, como correctamente razona la sentencia de instancia, “aparecen insertadas en un texto redactado desde la óptica del medio de comunicación y de la información que pretende transmitir, de suerte que la versión del actor queda difuminada en este contexto sin que el lector pueda llegar a conocerla con exactitud y exenta de comentarios que ofrece el medio de comunicación, ni la relevancia de su difusión es semejante a la de las informaciones que se pretendía rectificar, y para ello basta comparar las portadas del día 22 y del día 23. No ajustándose por tanto a lo dispuesto en la ley”.

La Audiencia Provincial desestima así el recurso del diario ABC y confirma la condena del juzgado de primera instancia para que el diario rectifique la información falsa que dio lugar a un editorial donde se pedía la dimisión de García Ortiz unos días antes de que tomara posesión como fiscal general del Estado. Todavía cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El Partido Popular ha vuelto a exigir hoy en la sesión de control al Gobierno la dimisión del fiscal general del Estado, recordando que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tiene una investigación abierta a la Fiscalía por una nota informativa en la que detallaba los principales acontecimientos del procedimiento abierto a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel García Ayuso, por dos delitos fiscales y otro de falsedad en documento público.

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<![CDATA[La fiscal superior de Madrid apoyó rebatir el bulo de Miguel Ángel Rodríguez sobre el novio de Ayuso: “Es falso, hay que desmentirlo”]]>https://elpais.com/espana/2024-06-21/la-fiscal-jefa-de-madrid-apoyo-rebatir-el-bulo-de-miguel-angel-rodriguez-sobre-el-novio-de-ayuso-es-falso-hay-que-desmentirlo.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-21/la-fiscal-jefa-de-madrid-apoyo-rebatir-el-bulo-de-miguel-angel-rodriguez-sobre-el-novio-de-ayuso-es-falso-hay-que-desmentirlo.htmlFri, 21 Jun 2024 03:30:00 +0000Almudena Lastra, fiscal superior de la Comunidad de Madrid, declaró ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que cuando conoció las informaciones difundidas por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso denunciando que los máximos responsables de la Fiscalía impedían el acuerdo de conformidad con el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidente madrileña, e imputado por dos fraudes fiscales, le dijo a su jefe de prensa: “Es falso, hay que desmentirlo”.

En su testimonio ante el juez instructor, Lastra explicó que a última hora del pasado 13 de junio su jefe de prensa le comunicó que varios periodistas habían recibido información de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta madrileña, sobre supuestas maniobras de la fiscalía para perjudicar a González Amador, pareja de Ayuso e imputado por un fraude fiscal de 350.000 euros en sus declaraciones de 2021 y 2022. A esas horas, El Mundo ya publicaba en su página web la información facilitada por Rodríguez sin ningún contraste con la Fiscalía de Madrid, a la que se acusaba de actuar por motivos políticos para impedir el acuerdo con el defraudador fiscal confeso.

Lastra contestó a su jefe de prensa que esa información era falsa y coincidió con él en que había que desmentirla, según explican a este periódico fuentes jurídicas conocedoras de la declaración de la fiscal superior de Madrid. A continuación, se puso en contacto con el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, para informarle sobre esta cuestión, según su propio relato en el Tribunal Superior de Justicia. Tanto Lastra como García Ortiz coincidieron en que nunca se había dado una orden para evitar el acuerdo de conformidad con González Amador y en que había que desmentir la información.

La declaración de Lastra, de la que se hicieron eco varios medios el mismo 13 de junio cuando compareció ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, detalló que ese día también hablaron García Ortiz y ella con la fiscal jefa provincial de Madrid y con el fiscal que llevaba la causa de González Amador. Este fiscal les envió los correos del procedimiento judicial, entre los que se encontraba el mensaje que ocultó Miguel Ángel Rodríguez donde era el abogado de la pareja de Ayuso quien proponía un acuerdo de conformidad para que su cliente evitara el ingreso en prisión mediante el reconocimiento del delito y el pago de lo defraudado más una multa.

Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, el pasado mayo a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

A la mañana siguiente, según el testimonio de Lastra, su jefe de prensa le contó que había recibido una nota de prensa desde su homóloga en la Fiscalía General del Estado con la orden de difundirla. Esa nota de prensa era una cronología con los principales hitos del procedimiento, entre ellos el correo electrónico que el abogado de González Amador, remitió a la fiscalía de delitos económicos de Madrid proponiendo el 2 de febrero un acuerdo de conformidad consistente en la confesión del delito, y el pago de una multa para reducir la pena de cárcel.

Lastra declaró que su jefe de prensa le había dicho que no estaba de acuerdo con difundir esa nota y le amenazó con dimitir si tenía que darla. En ese momento, la fiscal superior de Madrid comunica al fiscal general del Estado que no le gusta la nota. Recibió varias llamadas de García Ortiz, pero no las atendió y entonces el fiscal general del Estado le envió varios mensajes por WhatsApp, que ayer publicó el diario El Mundo con el siguiente contenido: “Ya tenemos la nota. Consensuada con Pilar y con Virna. Que Íñigo la dé cuanto antes / Almudena, la nota está correcta en fechas y contenido. Hay que sacarla, si tardamos se impone un relato que no es cierto y parece que los compañeros no han hecho bien su trabajo / Es imperativo sacarla / Nos están dejando como mentirosos / Almudena, no me coges el teléfono. Si dejamos pasar el momento, nos van a ganar el relato. La actuación de los compañeros y la fiscalía es impecable y hay que defenderla”.

Estos mensajes, sin respuesta por parte de Lastra, fueron remitidos al Tribunal Superior de Justicia por la propia fiscal superior de Madrid. En su declaración ante el juez instructor, Lastra aseguró que no estaba de acuerdo con la nota, ya que creía que no eran necesarios tantos datos para desmentir una información falsa. Datos innecesarios, según la fiscal superior de Madrid, como incluir los correos o el reconocimiento del delito por parte de la pareja de Ayuso. La nota explicaba que “el 2 de febrero de 2024 el abogado de González Amador remitió un correo a la fiscalía provincial de Madrid para proponer un acuerdo tras reconocer dos delitos contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades de 2020 y 2021 y conformarse con una determinada pena”.

Los documentos aportados de momento por Lastra a la causa no acreditan que advirtiera al fiscal general del Estado de que la nota para desmentir el bulo del Gobierno de Ayuso no debería incluir determinados datos. Ni los WhatsApp ni el correo electrónico que envió para dar cuenta de que había cumplido con la orden del fiscal general del Estado acreditan que Lastra avisara sobre no facilitar información supuestamente confidencial dentro de los acuerdos de conformidad de los abogados de defraudadores fiscales con la Fiscalía.

EL PAÍS preguntó este jueves a Lastra si tiene alguna prueba de que advirtió al fiscal general del Estado sobre esa supuesta revelación de secretos que ahora investiga el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La fiscal superior de Madrid no contestó. Su declaración ante el juez instructor, de la que han informado varios medios en los últimos días, era materia reservada, según indicaron sus servicios de prensa.

Tras la declaración de Almudena Lastra, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tomará declaración al fiscal encargado del caso, Julián Salto, y a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, contra quienes iba la querella de González Amador, antes de decidir si, como parece, envía una exposición razonada al Tribunal Supremo para que asuma la causa e impute, si procede, al fiscal general del Estado.


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<![CDATA[Cataluña, motor de las reformas aprobadas en democracia para mejorar la financiación de las autonomías]]>https://elpais.com/espana/2024-06-19/cataluna-motor-de-las-reformas-aprobadas-en-democracia-para-mejorar-la-financiacion-de-las-autonomias.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-19/cataluna-motor-de-las-reformas-aprobadas-en-democracia-para-mejorar-la-financiacion-de-las-autonomias.htmlWed, 19 Jun 2024 03:30:00 +0000El Estado de las autonomías se financia de acuerdo a una ley orgánica aprobada en 1980 que se ha modificado tres veces en democracia (2001, 2009 y 2015) y que tiene un objetivo principal expresado en su artículo primero: “Las Comunidades gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de las competencias que, de acuerdo con la Constitución, les atribuyan las Leyes y sus respectivos Estatutos”. Las dos primeras reformas del sistema (de 2001 y de 2009) para introducir cambios relevantes en la manera de repartir el dinero recaudado por la administración central fueron alentadas e impulsadas por el Ejecutivo de Cataluña con el beneplácito de los gobiernos del PP y del PSOE.

El peso decisivo de esta comunidad en esas reformas legales que afectaban a todas las autonomías se debía a la influencia que los partidos gobernantes en la Generalitat ejercían sobre los ejecutivos centrales, bien fueran del PSOE o el PP. Los votos de los diputados catalanes de las formaciones nacionalistas eran clave en muchos casos para dar mayorías absolutas, y el Gobierno, a uno u otro partido mayoritario.

2001. CiU pacta con el PP de José María Aznar: “El mejor modelo de financiación que hemos tenido nunca”. En 2001, el Ejecutivo de José María Aznar (PP), ya con mayoría absoluta tras las elecciones celebradas un año antes, acordó con CiU un nuevo modelo de financiación autonómica que establecía por primera vez la cesión a las autonomías de un porcentaje de determinados impuestos estatales, lo que introducía un concepto de corresponsabilidad fiscal en el sistema. Aquella reforma de un modelo que llevaba vigente 21 años en España fue bendecida por los nacionalistas catalanes: “Es sin duda un paso adelante, es el mejor modelo que hemos tenido nunca, con una mejora cualitativa y cuantitativa porque aporta más recursos al sistema de financiación autonómica en sentido global, y en el caso particular de mi grupo, en Cataluña”, afirmó en el pleno del Congreso el diputado de CiU Heribert Padrol i Munté. El PSOE votó contra la reforma ante las exigencias que introducía sobre las competencias sanitarias que debían asumir 10 comunidades autónomas.

2009. El tripartido catalán aplaude el nuevo modelo. “Estamos federalizando el Estado con liderazgo desde Cataluña”. Ocho años después, con un Gobierno tripartito en Cataluña (PSC, ERC e ICV) y un Gobierno socialista en la administración central, se aprobó una nueva Ley de Financiación Autonómica que mejoraba en 11.000 millones de euros los recursos que llegaban a las comunidades. El PP votó en contra de la reforma con el argumento de que aquel modelo era un traje a la medida de Cataluña. ERC e ICV, socios entonces del PSC en el Gobierno catalán, alabaron en el Congreso el cambio legislativo del sistema de financiación autonómica: “Lo que estamos haciendo con el nuevo modelo es federalizando el Estado con liderazgo desde Cataluña”, señaló entonces el portavoz de ICV, Joan Herrera. El nuevo modelo llegó a Cataluña tres años después de aprobado su nuevo Estatuto de Autonomía (2006), impulsado por el tripartito de izquierdas y pactado in extremis con CiU. En ese Estatuto se establecía una inversión estatal en Cataluña similar al peso de esta comunidad en el PIB español. Aquel Estatuto tuvo el 73,9% de los votos a favor, con una participación del 48,9%. El texto sólo recogía en su preámbulo que el Parlamento autónomo consideraba a Cataluña una nación y se remitía en muchos de sus artículos a la Constitución española.

La sentencia del Tribunal Constitucional que anuló en junio de 2010 varios artículos del Estatut y obligó a interpretar otros de acuerdo a los fundamentos jurídicos de aquel fallo provocó una manifestación encabezada por el entonces presidente catalán, el socialista José Montilla, pero no desencadenó entonces la reivindicación de independencia. Unos meses después, en noviembre de 2010, el Gobierno tripartito pasó a mejor vida con unos malos resultados que les dejaron muy lejos de la mayoría absoluta necesaria para gobernar. CiU recuperó su hegemonía con 62 escaños y regresó al Ejecutivo de Cataluña que había perdido siete años antes.

2012. Rajoy niega el pacto fiscal a Cataluña entre crisis, recortes sociales, y 44.000 millones de deuda. La crisis económica que fabricó millones de parados en España, agitó el mandato de Artur Mas en Cataluña, obligado a recortar el presupuesto de servicios sociales básicos entre fuertes protestas sociales. Con 44.000 millones de euros de deuda, la Generalitat atravesaba una situación desesperada hasta el punto de tener dificultades para pagar las nóminas de sus funcionarios. Su presidente, Artur Mas, reclamó el 20 de septiembre de 2012 un pacto fiscal ―un trato privilegiado en financiación― a Mariano Rajoy, vencedor de las elecciones generales de 2011 con una mayoría absoluta aplastante. Rajoy rechazó la propuesta: la administración central atravesaba una situación ruinosa y estaba al borde del rescate.

Mas avisó a Rajoy de las consecuencias de aquel rechazo al pacto fiscal y convocó unas elecciones anticipadas con la promesa de iniciar el proceso independentista catalán. Doce años después, la amenaza de la independencia sigue instalada en Cataluña y en España, aunque sus dos primeras intentonas (2014 y 2017) fueron desarticuladas por la acción política y judicial.

2014. La renovación necesaria del sistema que nunca llegó. La reforma del sistema de financiación sigue empantanada desde 2014, cuando tocaba por primera vez renovar el modelo y el Ejecutivo de Mariano Rajoy se negó ante la imposibilidad de mejorarlo debido a la crisis económica que atravesaba España. El Gobierno de Pedro Sánchez adquirió el compromiso de reformar el sistema, a sabiendas de la complicación que supone poner de acuerdo a autonomías con problemas de financiación muy diversos. Ni siquiera la ideología del partido gobernante supone la defensa de un determinado sistema. De hecho, hay alianzas entre comunidades gobernadas por PP y PSOE para defender un modelo que rechazan otras autonomías donde también mandan PP y PSOE.

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Carles Ribas
<![CDATA[El fiscal general descarta dimitir si el Supremo le imputa por desmentir los bulos del Gobierno de Ayuso]]>https://elpais.com/espana/2024-06-16/el-fiscal-general-descarta-dimitir-si-el-supremo-le-imputa-por-desmentir-los-bulos-del-gobierno-de-ayuso.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-16/el-fiscal-general-descarta-dimitir-si-el-supremo-le-imputa-por-desmentir-los-bulos-del-gobierno-de-ayuso.htmlSun, 16 Jun 2024 16:00:04 +0000El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, no se plantea presentar su dimisión si el Tribunal Supremo le encausa por un supuesto delito de revelación de secretos consistente en desmentir a través de una nota informativa los bulos del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso (PP) contra la institución que dirige. La nota de la Fiscalía de Madrid detallaba, a través de una cronología, los distintos hitos del procedimiento judicial abierto por dos fraudes fiscales a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña.

Fuentes del entorno más próximo a García Ortiz aseguran a EL PAÍS que el fiscal general del Estado “no se plantea dejar su cargo” porque considera que la actuación que ahora investiga el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fue “necesaria” y estuvo “dentro de la legalidad”.

En su decisión de resistir ha influido también el apoyo que ha recibido de distintos colectivos, entre ellos los participantes en el acto de clausura del Congreso de Jueces y Juezas para la Democracia celebrado hace unos días en Vigo. “Hacía mucho que no me sentía tan querido”, les dijo a los jueces mientras le arropaban con bravos y aplausos. “La vida nos coloca a veces en situaciones en las que hay que tomar decisiones, y las cosas hay que hacerlas cuando te tocan. Cualquier de vosotros que estuvierais en mi lugar, haríais lo mismo: seguir la ley que es lo que nos han enseñado. Y fuera de la raya de la ley no hay nada, está el vacío”.

García Ortiz ordenó el 14 de marzo pasado difundir una nota informativa para aclarar el estado del proceso abierto a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso y delincuente fiscal confeso. La Fiscalía informó de las circunstancias de ese procedimiento para contestar al Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, quien horas antes había difundido un correo electrónico dirigido por el fiscal encargado del caso al abogado de González Amador invitándole a tramitar el acuerdo de conformidad por el que, confesando el fraude, podría acceder a una rebaja de las penas de cárcel previstas para este tipo de delitos.

El jefe de gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, informó a todos los periodistas que por “órdenes de arriba”, en referencia a los jefes de la Fiscalía, se había retirado ese ofrecimiento de un acuerdo. La información del Gobierno de Ayuso, incluyendo la transcripción del correo electrónico del fiscal al abogado y el ataque a la Fiscalía sobre unas órdenes inexistentes, fue publicada por algunos medios de comunicación sin contraste alguno con la institución criticada.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ordenó unas horas después a la fiscal jefe de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, difundir una nota informativa. Con esa información oficial, el fiscal general pretendía aclarar los hechos reales del procedimiento a los medios de comunicación que preguntaron por la denuncia del Gobierno de Ayuso.

Esa comunicación, con el membrete de la Fiscalía de Madrid, daba cuenta de que González Amador había ofrecido el 2 de febrero pasado a la Fiscalía de delitos económicos un acuerdo de conformidad para reducir las penas de cárcel que le correspondieran confesando los delitos ―dos fraudes fiscales por 350.000 euros perpetrados en la declaración del Impuesto de Sociedades correspondientes a 2020 y 2021― y devolviendo lo defraudado más una multa.

La información oficial de la Fiscalía sobre las gestiones del abogado de la pareja de Ayuso para librarle de entrar en la cárcel destapaba las mentiras de un Gobierno autonómico que se afana desde hace meses en defender a un delincuente fiscal confeso. Los detalles que contaba la Fiscalía a través de una nota informativa habían sido publicados unas horas antes en diversos medios de comunicación, entre ellos EL PAÍS, el diario.es, la Cadena SER y La Sexta.

González Amador presentó una querella por estos hechos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que abrió una causa en la que intentaba averiguar quién dio la orden de difundir la nota informativa. La investigación judicial no se ha preocupado de momento por conocer quién filtró el correo entre la Fiscalía y el abogado de González Amador que utilizó el Gobierno de Ayuso para atacar a la Fiscalía.

El fiscal general del Estado asumió la responsabilidad de la nota informativa y así se lo trasladó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, indicándole que se inhibiera de seguir instruyendo la causa, dado que la competencia era del Supremo. Pese a ello, el instructor del caso tomó declaración a la fiscal jefe de la Comunidad de Madrid, quien confirmó lo que García Ortiz había comunicado al tribunal.

Exposición razonada

El paso lógico del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, si sigue pensando que el caso analizado entra dentro de los supuestos de revelación de secretos que recoge el Código Penal, sería redactar una exposición razonada para que el Tribunal Supremo, único competente para juzgar al fiscal general del Estado, decida si abre causa a García Ortiz.

Sería el primer caso en la reciente etapa democrática con un fiscal general del Estado imputado por el Tribunal Supremo. Si esa situación llega, García Ortiz se defenderá sin abandonar su cargo. Su entorno más próximo asegura que “está dispuesto a defender el derecho de la Fiscalía a rebatir informaciones falsas y el deber de proporcionar información veraz a la ciudadanía”. “Y lo volvería a hacer”, remachan.

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M. Dylan
<![CDATA[El Gobierno no encuentra salidas para renovar un Poder Judicial bajo control del PP desde hace 10 años]]>https://elpais.com/espana/2024-06-16/el-gobierno-no-encuentra-salidas-para-renovar-un-poder-judicial-bajo-control-del-pp-desde-hace-10-anos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-16/el-gobierno-no-encuentra-salidas-para-renovar-un-poder-judicial-bajo-control-del-pp-desde-hace-10-anos.htmlSun, 16 Jun 2024 03:40:00 +0000El Gobierno de Pedro Sánchez lleva cinco años dando palos de ciego para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como manda la Constitución. El PP lo impide desde entonces con excusas variopintas. Las fórmulas aplicadas por Sánchez resultaron inútiles, pero agravaron el problema. El bloqueo que impone el PP continúa sin soluciones a la vista.

Es una situación desconocida en democracia. La cultura del consenso se impuso sin apenas trabas en el procedimiento de elección del Gobierno de los Jueces desde 1985 (cuando se reformó la Ley del Poder Judicial para la elección por las Cortes de los 12 vocales jueces) hasta 2013 (cuando PP y PSOE pactaron elegir un Consejo de mayoría absoluta conservadora).

Esa normalidad institucional es imposible desde 2018 por la estrategia que el PP puso en marcha ese año con Pablo Casado al frente y que continúa hoy vigente con la dirección de Alberto Núñez Feijóo. El actual líder del PP esgrime, como su antecesor, distintas excusas para justificar el bloqueo. Feijóo denuncia que Sánchez quiere “asaltar” el Poder Judicial. Y Sánchez responde que el PP de Feijóo tiene secuestrado desde hace cinco años al órgano de Gobierno de los jueces.

Aunque perdió el poder en 2018, el PP controla todavía un consejo que sigue dominado por unos jueces y juristas conservadores que suman mayoría absoluta, elegidos hace once años a propuesta del Gobierno de Mariano Rajoy con el voto a favor del PSOE. Nunca en 47 años de democracia ocurrió nada parecido: un órgano fundamental para el buen funcionamiento del Estado de derecho lleva cinco años con el mandato caducado y, además, maniatado por una reforma legal del Ejecutivo de Sánchez ―avalada por el Tribunal Constitucional― que prohibió que designara cargos judiciales con el mandato caducado. Esa reforma, uno de los palos de ciego aplicados al problema, buscaba forzar al PP para acordar la renovación. Con el veto a los nombramientos, jueces conservadores con aspiraciones a ascender en la carrera presionarían al PP para desbloquear el consejo. Eso pensó el Ejecutivo, pero el PP no se inmutó y el problema se gravó: hay decenas de cargos judiciales pendientes de renovar en tribunales superiores y audiencias provinciales, y hasta un 25% de las plazas de magistrado del Supremo sin cubrir. Hoy la justicia es bastante peor por falta de personal y de dirección en muchos tribunales.

El Gobierno de Sánchez ha decidido pasar, otra vez, a la acción. Si el próximo 30 de junio no hay acuerdo con el PP para elegir a los 20 nuevos vocales, el Ejecutivo acometerá reformas legales.

Éstas son algunas de las claves que marcarán el futuro del Gobierno de los jueces :

La indeterminada fórmula de Sánchez. El presidente interino del Poder Judicial, Vicente Guilarte, es un abogado que entró en 2013 al consejo en el cupo de los juristas de reconocido prestigio por ser amigo del entonces presidente Mariano Rajoy. Guilarte escribió en diciembre pasado un artículo en EL PAÍS con su propuesta para desbloquear la situación. Consistía en quitar algunas atribuciones al CGPJ para el nombramiento de presidentes de tribunales superiores, audiencias provinciales, y presidencias de sala en la Audiencia Nacional, y mantener otras funciones ―elección de magistrados del Supremo― en manos de un órgano intermedio dependiente del consejo. Guilarte sostenía que, si le quitaban al CGPJ su competencia clave, los políticos tendrían menos alicientes para bloquear la renovación de este órgano.

Cuando Pedro Sánchez sugirió el pasado miércoles una reforma en ese sentido, sin dar más detalles, el PP y los medios de comunicación afines se lanzaron a interpretar que el presidente estaba proponiendo que los nombramientos de la cúpula judicial pasarán a depender del Gobierno, algo que este nunca dijo. Guilarte, censurado por otros jueces conservadores, intentó descalificar la propuesta de Sánchez con escaso éxito. La polémica desatada por la propuesta volvió a poner de manifiesto el escaso interés del PP por renovar el Poder Judicial.

Una Sala de lo Penal controlada por detrás. Pablo Casado, líder del PP en 2018, logró un acuerdo imbatible para renovar el Poder Judicial. Pese a que el PP se había quedado muy lejos de la mayoría absoluta en las elecciones generales, el PSOE acabó por ofrecerle nueve de los 20 vocales del futuro Gobierno de los jueces… y la presidencia, que asumiría Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo ascendido a ese puesto por los vocales del PP. Inicialmente la oferta socialista era de 10 vocales, pero sin la Presidencia.

Por si quedaban dudas de aquel acuerdo tan beneficioso para el PP, uno de sus dirigentes elaboró el argumentario a favor de la renovación, enviado a un grupo de WhatsApp por el entonces senador Ignacio Cosidó: “El pacto previo suponía (10 PSOE + 10 PP + el Presidente (Magistrado del Supremo) PSOE = 21 ) y sin derecho a veto de los candidatos propuestos por el otro (…). Con la negociación, el PP tiene 9 vocales + el Presidente = 10, y el PSOE tiene 11 vocales. Con otras palabras, obtenemos lo mismo numéricamente [que en la oferta inicial], pero ponemos un Presidente excepcional, que fue vetado por Rubalcaba en 2013, y ahora no. Un presidente gran jurista con muchísima experiencia en el Supremo, que prestigiará el Tribunal Supremo y el CGPJ, que falta le hace, y con una capacidad de liderazgo y auctoritas para que las votaciones no sean 11-10 sino próximas al 21-0. Y además controlando la sala segunda desde detrás y presidiendo la sala 61. Ha sido una jugada estupenda que he vivido desde la primera línea. Nos jugábamos las renovaciones futuras de 2/3 del Tribunal Supremo y centenares de nombramientos en el poder judicial, vitales para el PP y para el futuro de España. Otra consideración importante es que este reparto 50% para los próximos años, supone más de lo que nos correspondería por el número de escaños o si hubiesen entrado otras fuerzas políticas. En fin, un resultado esperanzador. Lo que leo estos días es de una ignorancia que raya el delito. Si alguien quiere más detalles, estoy encantado. Abzo fuerte”.

Manuel Marchena era el aludido en el mensaje y renunció por dignidad al cargo que el PP le regalaba. El rechazo de Marchena frustró el primero de los acuerdos sobre la renovación, roto por el PP en el último momento. El mensaje enviado por Cosidó resumía la estrategia del PP en política judicial: controlar “desde detrás” órganos clave, como el Tribunal Supremo.

El Gobierno de José María Aznar tuvo clara esta idea y aplicó su rodillo en el Consejo General del Poder Judicial, con mayoría absoluta de vocales conservadores, para desequilibrar la composición de la Sala de lo Penal del Supremo, la encargada de investigar y juzgar la corrupción de la clase política. Cuando Aznar llegó al poder (1996), siete magistrados progresistas y seis conservadores integraban la Sala de lo Penal del Supremo. Cuando Aznar dejó el poder (2004) había 10 magistrados conservadores y solo seis progresistas. La situación, 20 años después, es todavía más favorable al PP: de los 15 magistrados, sólo tres son de tendencia progresista.

La mayoría necesaria designar cargos judiciales. La formación que ahora preside Alberto Núñez Feijóo denunció una reforma legal del Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero que impedía hacer nombramientos de jueces sin una mayoría reforzada de 3/5 del pleno del Consejo General del Poder Judicial (13 vocales). El PP sostenía que la reforma favorecía que una minoría pudiera bloquear las decisiones importantes y reclamó volver a un sistema de mayoría simple. El Constitucional avaló la reforma socialista y concluyó que una mayoría más amplia para elegir cargos judiciales “refuerza la legitimidad de los nombramientos”. El PP combatió aquella reforma que imponía una mayoría cualificada para hacer nombramientos de cargos judiciales pero se aprovecha ahora, con sus maniobras de bloqueo, de la mayoría cualificada que la ley establece para renovar el consejo.

La propuesta de Podemos para nombrar a los 16 vocales por mayoría absoluta. Podemos ha presentado una proposición de Ley para cambiar el sistema de elección de los 20 vocales del Poder Judicial de manera que 16 de ellos ―12 de extracción judicial y cuatro juristas de prestigio― se elijan en el Congreso con mayoría cualificada de 3/5 en primera vuelta, o por mayoría absoluta (176 diputados) en segunda. Los otros cuatro juristas de prestigio los elegiría el Senado con el mismo sistema. El PP no puso objeciones de constitucionalidad a la proposición de ley cuando la Mesa del Congreso aprobó su admisión a trámite. El Gobierno teme que la Comisión Europea rechace una reforma legal que cambie las mayorías para la elección del Consejo. Pero en Bruselas no existe ninguna norma que imponga un determinado modelo de elección del Gobierno de los jueces. Ni siquiera el Reglamento de Condicionalidad de la Unión Europea, cuyo artículo 2 enumera los principios que concretan el Estado de Derecho, contiene una previsión de ese tipo. Podemos esgrime la sentencia del Tribunal Constitucional, que avaló el modelo ahora vigente, para justificar la reforma legal propuesta: “Existió consenso implícito sobre la necesidad de que los doce vocales procedentes de la Carrera Judicial expresasen no solo diferentes niveles de experiencia por su función y su edad, sino las distintas corrientes de pensamiento existentes en aquélla, pero ese consenso no parece extenderse hasta la determinación del procedimiento adecuado para alcanzar tal resultado, de forma que no se constitucionalizó una fórmula correcta, sino que los constituyentes se limitaron a remitirla a una futura Ley Orgánica”.

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Pablo Garrigós
<![CDATA[El fiscal general: “Procede amnistiar las conductas y levantar las medidas cautelares a los encausados del ‘procés”]]>https://elpais.com/espana/2024-06-14/el-fiscal-general-procede-amnistiar-las-conductas-y-levantar-las-medidas-cautelares-a-los-encausados-del-proces.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-14/el-fiscal-general-procede-amnistiar-las-conductas-y-levantar-las-medidas-cautelares-a-los-encausados-del-proces.htmlFri, 14 Jun 2024 11:22:12 +0000El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha firmado un decreto donde ordena a los cuatro fiscales que intervinieron en el juicio del procés, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena, que apoyen la aplicación de la ley de amnistía a los principales dirigentes independentistas encausados, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira; y el expresidente de los republicanos, Oriol Junqueras.

Los cuatro fiscales enviaron a García Ortiz sendos informes en los que se oponían a aplicar la ley de amnistía a los dirigentes independentistas al entender que el delito de malversación por el que estaban condenados o imputados no entraba dentro del ámbito de aplicación de la norma. En el mismo informe defendían la presentación de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o cuestiones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Sin embargo, García Ortiz desoye estas propuestas y ordena a los cuatro fiscales informar al Supremo que “procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados”. Los fiscales del procés, se han opuesto a la instrucción de García Ortiz. Tras recibirla, el fiscal Javier Zaragoza ha invocado en nombre de los cuatro el artículo 27, por no estar de acuerdo con la orden. Ello ha llevado al fiscal general del Estado a convocar a los fiscales de sala para una junta que se celebrará el próximo martes 18 de junio, donde se abordará la cuestión.

El magistrado Pablo Llarena, que instruye la causa contra Puigdemont, huido de la justicia desde 2017, decidió el mismo día de la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado no levantar de momento las medidas cautelares que impiden al expresidente catalán regresar a España y pedir opinión a todas las partes del proceso, entre ellas a la Fiscalía, sobre si es de aplicación la ley de amnistía para alguien al que la justicia investiga por un delito de malversación.

Los cuatro fiscales del procés anunciaron el pasado martes que se apartarían del caso si el fiscal general del Estado les ordenaba apoyar la aplicación de la ley a los dirigentes independentistas encausados. García Ortiz ha contestado visiblemente molesto por la conducta de estos fiscales: “Debe llamarse la atención respecto del hecho de anticipar el planteamiento de una discrepancia (artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal) sin conocer previamente el contenido de la orden o instrucción ni los argumentos en que esta se fundamenta”.

El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica. Si los fiscales se oponen a las órdenes de sus jefes, pueden pedir la convocatoria de una Junta de Fiscales de Sala para debatir el asunto, como ha ocurrido, aunque la decisión última siempre corresponde al fiscal general del Estado.

En su escrito, García Ortiz encadena críticas y censuras a los “borradores de informes” redactados por los cuatro fiscales del procés.

“Informes improcedentes que comprometen la imagen de neutralidad de la Fiscalía”. El fiscal general reprocha a los cuatro fiscales que “los borradores de informe presentados utilizan de forma profusa argumentos que desbordan el plano estrictamente jurídico, que comprometen la necesaria imagen de neutralidad e imparcialidad del Ministerio Fiscal y que, por ello, resultan de todo punto improcedentes”.

“Las propuestas no respetan las instrucciones vigentes”. Los borradores de informe de los fiscales del procés “no respetan las previsiones contenidas en la Instrucción de la Fiscalía General del Estado de 2012 sobre criterios a seguir en la tramitación de las cuestiones de inconstitucionalidad”, escribe Álvaro Ortiz. Los cuatro fiscales pretenden “promover sendas cuestiones de inconstitucionalidad sin recabar previamente el parecer de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional ni la conformidad de la Fiscalía General del Estado, tal y como disponen dos circulares y una instrucción”.

“Análisis de presunta inconstitucionalidad manifiestamente incompleto”. “El análisis que se efectúa a propósito de la presunta inconstitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2024 resulta manifiestamente incompleto, pues no se examina de un modo exhaustivo la jurisprudencia constitucional y del Tribunal Supremo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tampoco examina el tratamiento que la amnistía recibe actualmente en el conjunto de nuestro ordenamiento jurídico. Por consiguiente, los argumentos que sobre este particular se contienen en los proyectos de informe son insuficientes para poner en duda la constitucionalidad de la norma”.

“Interpretación contraria a lo que dice la Ley”. Los cuatro fiscales del procés entienden que la ley de amnistía no se puede aplicar a los dirigentes independentistas condenados o imputados por malversación, dado que en su actuación sí hubo ánimo de lucro, según la interpretación del Tribunal Supremo. “La interpretación que se efectúa a propósito de la imposibilidad de entender que el delito de malversación atribuido a los condenados y encausados se encuentra comprendido en el ámbito de aplicación resulta contraria al tenor de los arts. 1.1.a) y b) y 1.4 de la norma. Esa interpretación contradice el propio tenor literal de los preceptos reseñados”.

Esos preceptos señalan textualmente: “En todo caso, se entenderán comprendidos en este supuesto los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación, únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas descritas en el primer párrafo de esta letra, directamente o a través de cualquier entidad pública o privada, siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento, así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad. No se considerará enriquecimiento la aplicación de fondos públicos a las finalidades previstas en los apartados a) y b) cuando, independientemente de su adecuación al ordenamiento jurídico, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.

Además, el fiscal general también critica el informe de los cuatro fiscales del Supremo porque supone “un análisis manifiestamente incompleto de los conceptos de ‘intereses financieros’ de la Unión Europea y de ‘perjuicio a los intereses financieros’ de la Unión, pues no se analiza de un modo exhaustivo la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ni el tratamiento ofrecido a dichos conceptos por el ordenamiento jurídico europeo. Análisis que, por lo demás, permite alcanzar una conclusión contraria a la formulada en los proyectos de informe presentados”.

“Por consiguiente”, añade García Ortiz, “debo concluir que los argumentos que sobre este particular se contienen en los proyectos de informe son insuficientes para poner en duda la posibilidad de entender amnistiados los delitos de malversación objeto de autos”.

En un documento adjunto de 114 páginas, el fiscal general desglosa cada uno de los apartados que figuran en el decreto ―sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, sobre el delito de malversación amnistiado, sobre el no perjuicio a los intereses financieros de la UE, o sobre las valoraciones políticas en un informe de Fiscalía― para argumentar sus críticas al informe de los cuatro fiscales.


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M. Dylan
<![CDATA[Suiza desmonta por tercera vez la causa contra Puigdemont: “Tsunami no es terrorismo”]]>https://elpais.com/espana/2024-06-14/suiza-desmonta-por-tercera-vez-la-causa-contra-puigdemont-tsunami-no-es-terrorismo.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-14/suiza-desmonta-por-tercera-vez-la-causa-contra-puigdemont-tsunami-no-es-terrorismo.htmlFri, 14 Jun 2024 03:40:00 +0000El departamento federal de Justicia y Policía de Suiza, dependiente del Gobierno de ese país, ha rechazado por tercera vez prestar el auxilio judicial solicitado por el juez español Manuel García-Castellón en relación con la causa que instruye por supuestos delitos de terrorismo en las manifestaciones violentas convocadas por Tsunami Democràtic contra la sentencia del procés a finales de 2019.

Las autoridades suizas reiteran al instructor, en un escrito fechado el pasado 22 de mayo, al que ha tenido acceso EL PAÍS, que los actos descritos en la comisión rogatoria no entran en el ámbito de aplicación del Código Penal suizo: “La jurisprudencia de nuestros tribunales ha considerado que las organizaciones criminales/terroristas incluyen, por ejemplo, las Brigadas Rojas italianas, la ETA vasca y la red Al Qaeda, pero NO las organizaciones que, utilizando medios que no son actos de violencia criminal, luchan por el poder político en el país”. El análisis de la petición de auxilio judicial ha sido elaborado, según explican, por “juristas especializados en tratados internacionales y derecho penal internacional”.

El juez García-Castellón solicitaba a las autoridades suizas la localización de Marta Rovira, dirigente de ERC imputada en la causa, e información sobre una cuenta bancaria utilizada supuestamente para financiar las movilizaciones de protesta que organizó Tsunami Democràtic en 2019. Las autoridades suizas ya expresaron su extrañeza ante esta petición en la respuesta a otra comisión rogatoria: “Nos gustaría saber la relación exacta entre Marta Rovira, objeto tanto de la investigación penal como de una de las de las medidas de asistencia mutua, y las manifestaciones en los dos aeropuertos mencionados [El Prat y Barajas] que constituyen los hechos descritos en la comisión rogatoria; en otras palabras, es importante destacar la implicación precisa de la señora Rovira en dichas manifestaciones, y más concretamente en las acciones emprendidas contra los funcionarios españoles y saqueos cometidos en este contexto”.

García-Castellón solo aportó entonces como pruebas de la participación de Rovira en Tsunami Democràtic una reunión en Ginebra, cuyo contenido se desconoce, en la que supuestamente se habló de la creación del movimiento de protesta y se planificaron sus acciones. Rovira “fue la que más rápido tuiteó el primer mensaje de Tsunami”, escribió el juez. “Tan solo tardó tres minutos en leer el tuit, retuitearlo, pensar en comentarlo y transcribirlo (40 palabras repartidas en 225 caracteres con espacios). Se sospecha, por ello, que pudo estar en la reunión de Ginebra en la que se planificó y organizó la acción de Tsunami Democràtic”.

La Oficina Federal de Justicia suiza entiende que los actos sobre los que se pide información no constituyen terrorismo con arreglo al derecho suizo, y por ese motivo niegan el auxilio judicial solicitado por el juez García-Castellón.

Oposición del fiscal en 2020

El fiscal español que investigó desde 2020 estos hechos, Miguel Ángel Carballo, tampoco vio terrorismo en los actos organizados por Tsunami Democràtic y se opuso a la imputación de Rovira y del expresidente catalán Carles Puigdemont: “Hay una significativa falta de argumentos para la concreta imputación de hechos de matiz terrorista a los investigados”, señaló en su último recurso.

Pese a ello, el Tribunal Supremo sí admitió a finales de febrero pasado la exposición razonada que el juez García-Castellón remitió a este órgano para encausar a Puigdemont y abrió una investigación por terrorismo al eurodiputado y expresidente catalán, fugado de la justicia desde 2017. La magistrada instructora del Supremo ha citado a Puigdemont para que declare entre el 17 y el 21 de junio.

La oficina federal Suiza también se pronuncia sobre la causa abierta por terrorismo en el Supremo: “Las apreciaciones o resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo español, sobre las que no nos corresponde emitir juicio de valor alguno, no alteran la calificación que el derecho suizo otorga a los hechos descritos en la comisión rogatoria”.

Las autoridades suizas vuelven a recordar que existe una excepción para prestar auxilio judicial sobre hechos de “carácter político preponderante” siempre que estos hayan sido impulsados “con fines de coacción o extorsión, hayan puesto en peligro o amenazado con poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, “en particular, mediante el secuestro de un avión, la utilización de métodos de exterminio masivo, la provocación de una catástrofe o la toma de rehenes”. “Y esa situación”, añade, “no se ha cumplido a nuestro juicio”.

Las autoridades suizas responden con dureza al escrito que les remitió el juez García-Castellón, quien atribuyó un sesgo político favorable al Gobierno español por parte de las autoridades suizas, les afeó que preguntaran por el estado de la tramitación de la ley de amnistía en España, y les reprochó que aún no hubieran respondido a la petición de una reunión entre responsables judiciales de ambos países. “Es normal que nos hayamos informado previamente sobre el proceso de amnistía en España, como habríamos hecho en circunstancias similares con otros Estados extranjeros. Este elemento legislativo no puede omitirse, ya que puede tener incidencia en el procedimiento penal español que sirve de base a la comisión rogatoria”, contesta Suiza. “Por otra parte”, añade, “no es nuestra práctica reunirnos con representantes del Estado requirente extranjero, ni con la autoridad central extranjera por regla general y mucho menos con el magistrado requirente extranjero tras recibir una comisión rogatoria”.

Reproche de García-Castellón

García-Castellón también señaló en su escrito que Suiza tenía la obligación de respetar los instrumentos internacionales que ha firmado, principalmente el Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo, y, por tanto, prestar el auxilio judicial solicitado y remitir la información pedida. Las autoridades suizas responden a este reproche y concluyen: “Las excepciones previstas demuestran claramente que la legislación nacional suiza ha tenido en cuenta varias de las situaciones contempladas en los convenios sobre terrorismo. Sin embargo, los hechos descritos en la comisión rogatoria española no alcanzan el nivel de gravedad requerido para ejercer esta excepción”.

El juez García-Castellón sigue instruyendo en la Audiencia Nacional el caso Tsunami Democràtic pese a la falta de colaboración de las autoridades suizas. De las 10 personas a las que investiga por terrorismo en los disturbios registrados en Cataluña en 2019, solo Marta Molina, secretaria de Movimientos Sociales en ERC, ha declarado por videoconferencia. Del resto, tres imputados han logrado aplazar sus citaciones —entre ellos, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y Josep Lluís Alay, amigo del expresident Carles Puigdemont y jefe de su oficina en Waterloo (Bélgica)— y los demás (varios se marcharon al extranjero cuando fueron imputados) no se han presentado en el tribunal pese a los requerimientos del juez.

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Sergio Pérez
<![CDATA[El fiscal general pide que la causa por desmentir el bulo sobre la pareja de Ayuso vaya contra él y la instruya el Supremo]]>https://elpais.com/espana/2024-06-10/el-fiscal-general-pide-que-la-causa-por-desmentir-el-bulo-sobre-la-pareja-de-ayuso-vaya-contra-el-y-la-instruya-el-supremo.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-10/el-fiscal-general-pide-que-la-causa-por-desmentir-el-bulo-sobre-la-pareja-de-ayuso-vaya-contra-el-y-la-instruya-el-supremo.htmlMon, 10 Jun 2024 10:21:33 +0000El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha remitido un escrito al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que reclama a este órgano que se inhiba en la causa abierta contra la Fiscalía de Madrid por un supuesto delito de revelación de secretos y la remita al Tribunal Supremo. El fiscal general entiende que el caso que se investiga le afecta a él, pues él dio personalmente la orden de enviar un comunicado a la prensa para desmentir un bulo difundido desde el Gobierno de la Comunidad de Madrid y que afectaba a la pareja de la presidenta Isabel Díaz Ayuso. Solo el Supremo es competente para asumir una causa que implique al fiscal general del Estado, argumenta García Ortiz, que defiende la orden dada y afirma que volvería a darla.

El pasado marzo, el Gobierno madrileño del PP filtró a la prensa un correo electrónico que la Fiscalía había enviado al abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta Díaz Ayuso, ofreciéndole un acuerdo en el procedimiento abierto por los dos fraudes fiscales confesados por él. El jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, convirtió esa comunicación en un bulo al sostener que “alguien de arriba” había ordenado retirar a última hora el ofrecimiento de pacto fiscal a González Amador. La verdad era que el abogado de la pareja de Ayuso era quien había ofrecido mucho antes un acuerdo de conformidad a la Fiscalía para evitar la cárcel a su cliente, mediante el reconocimiento del delito y el pago de los defraudado más una multa por medio millón de euros aproximadamente. Para aclarar eso y responder al bulo, la Fiscalía de Madrid distribuyó a la prensa un comunicado en el que informaba de ese ofrecimiento previo del abogado de González Amador, y este reaccionó denunciando al ministerio público por revelación de secretos al difundir sus datos personales y fiscales.

González Amador ganó dos millones de euros en 2020 por una intermediación urgente entre dos empresas para la venta de mascarillas en lo peor de la pandemia. Un año después, triplicó sus ingresos como colaborador del grupo Quiron, uno de los principales clientes de la Comunidad de Madrid. Cuando declaró ante Haciendo el impuesto de Sociedades por estos dos ejercicios, presentó facturas falsas, donde implicó a casi una decena de empresarios, para justificar unos gastos que no hizo y evitó pagar lo que le correspondía: 350.000 euros en total. Cuando la inspección fiscal destapó el fraude, el abogado de González Amador reconoció los hechos para evitar un juicio que podría llevarlo a la cárcel.

García Ortiz ya asumió públicamente la responsabilidad sobre lo ocurrido —la difusión por parte de la Fiscalía de un comunicado que revelaba el reconocimiento de los hechos por parte de González Amador— durante un discurso en un acto oficial. El fiscal general entiende que esa orden no implicó ningún delito de revelación de secretos —porque la información sobre el caso ya estaba antes en los medios— sino que respondía al deber de transparencia exigible a la Fiscalía. Ahora, además, asume la autoría de esos hechos mediante un escrito dirigido a los tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que abrieron una causa a raíz de la querella presentada por Alberto González Amador. El TSJM admitió a trámite la querella y ha empezado a citar a testigos. Entre estos citados está la fiscal jefe de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, quien supuestamente se resistió inicialmente a enviar a los medios el comunicado que desmentía el bulo y exigió que el fiscal general le diera la orden por escrito.

El magistrado instructor de la causa reclamó a la Fiscalía Provincial información sobre “quién fue la persona física concreta que intervino en la decisión de hacer público dicho comunicado de prensa y el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado”. Sin embargo, en el procedimiento ya consta que la persona que decidió difundir la nota fue García Ortiz. Y, en el escrito enviado este lunes, el fiscal general explica al TSJM que la difusión de la nota se produjo efectivamente por sus instrucciones “expresas y directas”, algunas horas después de que el bulo de que la Fiscalía era quien había ofrecido un acuerdo a González Amador fuese difundido por El Mundo y otros medios. García Ortiz defiende su actuación dirigiendo al Tribunal Superior las siguientes consideraciones:

— “Recibir libremente información veraz constituye un derecho fundamental consagrado en el artículo 20 de la Constitución española. Como recientemente ha señalado una asociación judicial de ámbito europeo, una correcta información representa un deber para con los ciudadanos y una garantía de transparencia, que es a su vez un componente crucial del Estado de Derecho y una precondición para asegurar la confianza pública en el correcto funcionamiento del sistema judicial”.

— “Vengo a reafirmar que la nota de prensa emitida por la Fiscalía Provincial de Madrid, a través del servicio de comunicación de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Madrid, fue plenamente ajustada a Derecho y respondió a la función legalmente encomendada de informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan en el ámbito de la competencia del Ministerio Fiscal (artículo 4.5 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal).

— “Ningún secreto se desvela cuando las informaciones difundidas en una nota de prensa habían circulado ya amplia y propiamente en los medios de comunicación. No puede considerarse infringido el deber de reserva cuando el objeto de la revelación ya es conocido por todos, pues no es secreto lo que ya es de dominio público”.

— “Debo llamar la atención de que resulta cuando menos sorprendente que sean exclusivamente los integrantes del Ministerio Fiscal los investigados judicialmente por estos hechos, mientras que el entorno de Alberto González Amador —señalado por los citados medios de comunicación como su fuente de información— aparezca únicamente como parte acusadora”.

— “Ese comunicado, que —como ya se ha señalado— volvería a suscribir y ordenar para poner fin a un bulo y amparar a un compañero y extraordinario Fiscal, se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, informaciones falaces e interesadas previamente publicadas por algunos medios, así como a proporcionar información objetiva e imparcial tras la sucesión de publicaciones dispares y la difusión pública de correos electrónicos que afectaban a la honorabilidad y profesionalidad del Ministerio Fiscal”.

— “El Tribunal Superior de Justicia de Madrid carece de competencia para investigar los hechos relativos a la difusión de la nota de prensa de la Fiscalía de Madrid por corresponder aquella a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en tanto en cuanto su publicación no se hubiera producido sin mi previa autorización y mis instrucciones expresas y directas”.

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Toni Albir
<![CDATA[El Supremo tiene congelada desde abril la sentencia por la caja b del PP para no interferir en las sucesivas elecciones]]>https://elpais.com/espana/2024-06-07/el-supremo-tiene-congelada-desde-abril-la-sentencia-por-la-caja-b-del-pp-para-no-interferir-en-las-sucesivas-elecciones.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-07/el-supremo-tiene-congelada-desde-abril-la-sentencia-por-la-caja-b-del-pp-para-no-interferir-en-las-sucesivas-elecciones.htmlFri, 07 Jun 2024 11:30:45 +0000La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, encargada, entre otras cosas, de investigar y juzgar la corrupción de la clase política, tiene una norma no escrita por la que evita hacer públicas las sentencias o resoluciones judiciales que afecten a dirigentes o partidos en periodos electorales. El magistrado Enrique Ruiz Vadillo, fallecido en 1998, impulsó esa costumbre en 1994 con el acuerdo de todos los magistrados cuando presidía la Sala. Desde entonces, según explican a EL PAÍS magistrados del Supremo, esa norma no escrita se cumple habitualmente. Por eso, la Sala de lo Penal ha aplazado la redacción y publicación de la sentencia sobre los diez recursos presentados contra el fallo de la Audiencia Nacional que en 2021 condenó al extesorero del PP Luis Bárcenas a dos años de cárcel por pagar con dinero negro de una caja b una parte de las obras de reforma en la sede central del partido, en la madrileña calle de Génova, 13. Esa sentencia consideró acreditada la financiación ilegal del PP en este caso y condenó a la formación conservadora como responsable civil subsidiaria.

Con esta decisión, el Supremo ha evitado que el PP pudiera sufrir algún tipo de coste electoral en las tres últimas campañas a cuenta de una sentencia que confirmara algunos de los hechos más graves relacionados con la corrupción política en España.

El Tribunal Supremo comunicó el 29 de enero pasado a todas las partes del litigio que cinco magistrados se reunirían el 10 de abril para “deliberación y decisión” sobre los recursos presentados. La providencia, firmada por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se firmó en una fecha en la que no había convocadas elecciones en España. Pero en febrero se convocaron las elecciones autonómicas del País Vasco —celebradas el 21 de abril— y en marzo se convocaron los comicios catalanes —celebrados el 12 de mayo—. Esas convocatorias llevaron a la Sala a aplazar la redacción y publicación de la sentencia hasta después de las elecciones europeas del 9 de junio, según han confirmado a EL PAÍS fuentes judiciales conocedoras de esta situación.

El PP de Alberto Núñez Feijóo desistió del recurso ante el Supremo que había presentado la formación conservadora durante el mandato de Pablo Casado. La sentencia de la Audiencia Nacional acreditaba la grave corrupción en la formación conservadora durante años a través de una caja b alimentada por empresarios contratistas de la Administración. El falló condenó al PP como responsable civil subsidiario a reintegrar a la Hacienda Pública 123.669 euros por haberse beneficiado de la cuota defraudada en el ejercicio fiscal de 2007. Luis Bárcenas, gerente y tesorero del PP entre 1990 y 2009, fue condenado a dos años de cárcel.

El relato de hechos probados de la sentencia de la Audiencia Nacional sostiene que Bárcenas “gestionó los fondos en metálico aportados al Partido Popular como donaciones privadas a través de una contabilidad paralela —contabilidad B— de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”. “Tan sólo indirectamente”, añade la sentencia, “parte de esos ingresos accedieron a la contabilidad del partido a través de las cuentas de donativos anónimos, y nominativos en un caso, mediante ingresos en efectivo fraccionados a fin de no superar los límites establecidos en la Ley de Financiación de los Partidos Políticos vigente en cada momento, de 10 millones de pesetas (60.000 euros) bajo la Ley Orgánica 3/1987, de 2 de julio, y de 100.000 euros bajo la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio”.

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<![CDATA[Feijóo acusa (otra vez) sin pruebas para engordar el ‘caso Begoña Gómez’]]>https://elpais.com/espana/2024-06-06/feijoo-acusa-otra-vez-sin-pruebas-para-engordar-el-caso-begona-gomez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-06/feijoo-acusa-otra-vez-sin-pruebas-para-engordar-el-caso-begona-gomez.htmlThu, 06 Jun 2024 10:04:06 +0000Alberto Núñez Feijóo, aspirante a presidente del Gobierno y jefe del partido mayoritario en ambas Cámaras legislativas, el PP, ha lanzado este jueves una acusación grave sin ninguna prueba para poner en cuestión el correcto funcionamiento de la Guardia Civil, del Ministerio del Interior o de un juzgado de Madrid. Para endurecer su discurso por el caso Begoña Gómez —la investigación judicial abierta a la esposa del presidente del Gobierno por supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios—, Feijóo sugirió que alguien, sin añadir más datos, había recortado el informe de la Guardia Civil remitido al juez instructor. El aspirante a presidente del Gobierno lo expresó así: “Ayer ha quedado claro que aquel informe de la UCO no era tal, que aquel informe de la UCO estaba recortado y fue una filtración, no sabemos de quién”.

Aquel informe de la UCO, que adelantó EL PAÍS, sí era tal. Es el mismo documento (114 páginas escritas por una sola cara y seis anexos) que el juez ha incorporado al sumario del caso. Aquel informe de la UCO, que el juez tenía en su mesa ocho días antes de que este diario informara sobre el mismo, fue entregado a las 14.20 del 14 de mayo de 2024 en la sede del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid con la firma de un instructor y un secretario, y la de otros cuatro agentes al margen. El informe daba cuenta de las primeras comprobaciones realizadas por orden del juez sobre los hechos descritos en la querella de Manos Limpias contra Begoña Gómez.

Cuando Feijóo habla de informe recortado sin dar más detalles, ¿está sugiriendo que EL PAÍS eludió en sus informaciones alguna parte del informe que hallaba indicios de tráfico de influencias en la actividad de Begoña Gómez? Si eso es lo que pretende decir el aspirante a presidente del Gobierno, es falso.

¿El líder del PP está sugiriendo que algún responsable de la Guardia Civil o del Ministerio del Interior recortó el informe elaborado por el Grupo de Delincuencia Económica y Anticorrupción de la Unidad Central Operativa? La acusación es de tal gravedad que el PP debería acudir a los tribunales a denunciar semejante amaño.

¿O está sugiriendo que el juez Juan Carlos Peinado recortó el informe que le entregaron el 14 de mayo antes de incorporarlo al sumario? EL PAÍS informó sobre el trabajo de la Guardia Civil tomando como base el mismo documento que obra en el sumario, al que han accedido las partes personadas. Por tanto, no parece que fuese el juez quien recortase ese informe de la UCO que no hallaba indicios de delito en los contratos bajo sospecha. Si el juez tiene la misma certeza que Feijóo respecto a que se trata de un informe que le remitieron recortado y no ha ordenado ninguna diligencia para perseguir esa irregularidad, estaría prevaricando.

“Ayer ha quedado claro”, dijo Feijóo. Como si ese “ayer” significara que alguien había descubierto que el informe de la Guardia Civil tenía más páginas de las entregadas al juez. Lo único que ocurrió ayer, miércoles, es que la Fiscalía Europea contra la Corrupción ordenó a la Guardia Civil entrar en las dependencias del organismo público Red.es para sacar toda la documentación relacionada con el caso, porque los contratos bajo sospecha fueron financiados con fondos europeos.

En un ejercicio de buenismo interpretativo, alguien podría pensar que lo que Feijóo ha querido decir en realidad es que, tras el registro de Red.es por parte de la Guardia Civil, es posible que aparezcan algunas pruebas sobre el caso que investiga el juez. Y que, en ese supuesto, el nuevo informe de la Guardia Civil podría hallar los indicios de tráfico de influencias que no encontró en sus primeras comprobaciones.

El manejo de las palabras que hace en ocasiones Núñez Feijóo para cumplir con su tarea de oposición al Gobierno empieza a ser un problema porque suele desbordar los límites de lo admisible. La mentira o una sugerencia colocada en un determinado contexto sin ninguna base solo contribuyen a deteriorar aún más el clima envenenado que alimenta hoy la confrontación política en España.

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Jorge Zapata
<![CDATA[Los intocables del PP tras 20 años de corrupción]]>https://elpais.com/espana/2024-06-02/los-intocables-del-pp-tras-20-anos-de-corrupcion.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-06-02/los-intocables-del-pp-tras-20-anos-de-corrupcion.htmlSun, 02 Jun 2024 03:40:00 +0000Este político del PP anda metido desde hace años en un camino de la vida donde todo son curvas peligrosas. La ruina se le echó encima a cuenta de la corrupción y en breve se sentará en el banquillo amenazado de cárcel. Con la experiencia del tiempo que lleva atrapado en los juzgados, cuenta ahora a EL PAÍS que la justicia no es igual para todos: “Los jefes son intocables. No es lo mismo llevarte por delante a [Luis] Bárcenas que a Mariano [Rajoy]”.

Es solo una opinión, aunque los hechos confirman en parte su veredicto. Desde que los gobiernos más corruptos del PP comenzarán a sufrir las consecuencias de sus actos -2018, primera sentencia del caso Gürtel-, todos los jefes-presidentes de esta formación política han salido ilesos del calvario judicial.

La Justicia no ha sido capaz en todo este tiempo de penalizar la conducta de estos intocables. “Los jueces deberían preguntarse a quién beneficia la corrupción en los partidos y en los gobiernos. Y llegarían a la conclusión de que los principales beneficiados son: candidatos en campaña primero y presidentes del Gobierno después”, señala el político procesado por corrupción.

El PP, sentenciado en dos ocasiones como partícipe a título lucrativo de los delitos cometidos por la misma trama, acumula en los últimos seis años numerosas condenas por la corrupción de sus cargos públicos. Pero ningún fallo judicial ha golpeado todavía a sus principales líderes.

La última sentencia conocida sobre un caso probado de contratos amañados a favor de la red Gürtel absolvió el pasado miércoles a Francisco Camps, presidente de la Comunidad Valenciana entre 2003 y 2011. Pese a que el empresario beneficiado, y condenado, confesó los hechos -”Yo le pedí a Camps que me ayudara y él me ayudaba”- el tribunal no encontró la prueba definitiva del delito: ni Camps dio la orden de contratar ni firmó ningún documento que le pudiera incriminar. Otros funcionarios del Gobierno de Camps sí han sido condenados por estos hechos.

Muchos años antes (2012), Camps ya salió absuelto en otro juicio por supuesto cohecho en el caso de los trajes. Un jurado de nueve le consideró “no culpable” por 5 a 4. Y eso pese a que la investigación acreditó con facturas y testimonios que la trama corrupta pagó los trajes al entonces presidente y pese a que Camps no logró demostrar el pago de uno solo de los trajes. Su vicepresidente, Víctor Campos, confesó los hechos, devolvió los trajes que le regaló la trama corrupta y fue condenado por cohecho pasivo impropio a pagar una multa. Esa trama corrupta se enriqueció durante años a cuenta de decenas de contratos amañados por el Gobierno de Camps, quien dimitió antes de enfrentarse al juicio de los trajes.

Desde aquella sentencia absolutoria hasta hoy, la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Valencia han condenado a numerosos dirigentes y cargos públicos del PP valenciano, muchos de ellos colaboradores principales de Camps. Pero esos castigos nunca rozaron al jefe. Los subordinados siempre cargaron con la culpa.

Sobre esta cuestión elaboró una curiosa teoría Alberto Jorge Barreiro, magistrado del Supremo jubilado el 30 de abril de 2019. El voto particular de Barreiro contra una sentencia que rebajó la pena a Jaume Matas, ex presidente de Baleares, exponía las distintas varas de medir la culpa en casos de corrupción política: “En este tipo de estructuras jerarquizadas se da la circunstancia de que cuanto menor es la capacidad decisoria y competencial de un funcionario, más próximo suele estar a la materialización de la conducta delictiva y mayores posibilidades tiene de incurrir en la ejecución formal de la conducta típica (…) Se da así en no pocas ocasiones la grave contradicción de que la persona responsable de la acción delictiva es condenada como mero partícipe del delito y quien es mero ejecutor de los mandatos de un superior, competencial y disciplinariamente, es condenado como auténtico autor”.

Isabel Gallego, directora general de Medios de la Comunidad de Madrid durante las presidencias de Esperanza Aguirre e Ignacio González, sufre las consecuencias que denunció el magistrado Barreiro. Gallego está procesada en el caso Púnica por prevaricación y malversación. “Me acusan de malversar por contratar trabajos que la beneficiaban a ella (Esperanza Aguirre)”, indicó Gallego en el recurso para intentar librarse del banquillo. El PP de la Comunidad de Madrid se financió ilegalmente entre 2007 y 2011 a través de una caja b alimentada por empresarios contratistas. Con ese dinero se pagaron actos electorales no declarados al Tribunal de Cuentas y otros servicios para mejorar la imagen de sus presidentes.

Un dirigente autonómico, compañero de Isabel Gallego en el Gobierno de Aguirre, lo cuenta así: “La directora de comunicación está procesada por buscar la forma de encajar un contrato para que Esperanza Aguirre saliera guapa en las redes sociales. Gallego va para adelante en el juzgado mientras que la que sale guapa está en su casa”.

Las dos fiscales que investigaron durante años el caso Púnica se negaron a firmar el escrito final de Anticorrupción, redactado por un compañero que llegó después y exculpó a Aguirre. La presidenta del Gobierno regional y del PP de Madrid se libró así de un sumario donde la Fiscalía pide también cárcel para el secretario general del PP-Madrid, Francisco Granados, y para el gerente del PP-Madrid, Beltrán Gutiérrez, ambos trabajadores a las órdenes de Aguirre.

La expresidenta madrileña ha escapado, de momento, a todas las causas judiciales abiertas a su Gobierno. Su vicepresidente Ignacio González pasó ocho meses en prisión preventiva y está a la espera de juicio. Francisco Granados, exconsejero y exsecretario general del PP-Madrid, pasó 33 meses preso y está a la espera de juicio. Otro vicepresidente, Alfredo Prada, está siendo juzgado por la gestión de la Ciudad de la Justicia, una obra faraónica empantanada tras una inversión de más de 200 millones. Su consejero de Deportes y viceconsejero de Presidencia, Alberto López Viejo, fue condenado a 27 años de cárcel por el caso Gürtel, una trama que se enriqueció con cientos de contratos amañados de la Comunidad de Madrid. Directores generales y alcaldes de la etapa en que Aguirre era la jefa de todo en el PP de Madrid han sido condenados, procesados o imputados en diversas causas.

Es un balance parecido al que presenta Camps al frente del PP valenciano y del Ejecutivo que presidió. El resultado de su gestión se puede seguir a través de una decena de fallos judiciales para sacar algunas conclusiones: fueron ocho años de corrupción acreditada en casi todas las áreas del Ejecutivo valenciano que dirigía Camps. La cúpula de su Gobierno -un vicepresidente, varios consejeros y directores generales- y de su partido -secretario y vicesecretario general, gerente, tesorero- ha sido condenada en distintas causas abiertas por corrupción. Campañas electorales con Camps de candidato superaban con creces los gastos legales permitidos; muchos actos se financiaban mediante facturas falsas o pagos en b que asumían empresarios contratistas del Gobierno que presidía Camps; algunas consejerías y empresas públicas adjudicaban contratos amañados a la trama corrupta; hasta la visita del Papa se usó desde la televisión pública valenciana, dirigida por un hombre de confianza de Camps -condenado también a cárcel- para enriquecer a la red Gürtel. Pero Camps “nada sabe, nada recuerda, nada reconoce”, escribió el juez José Manuel Vázquez Honrubia, ponente de la sentencia que castigó con penas de cárcel a 18 personas entre políticos y empresarios por la financiación ilegal del PP valenciano.

El juez Vázquez Honrubia sospechó de Camps pero nada pudo hacer: “Es jurídicamente imposible emitir pronunciamiento alguno al respecto porque en este juicio comparece [Camps] como testigo, por lo que es obvio conforme al principio acusatorio formal que no puede hacerse ni un mero juicio de valor acerca de su conducta”.

Tampoco nadie pudo hacer un juicio de valor acerca de la conducta de José María Aznar durante los 14 años (1990-2004) que presidió un partido financiado ilegalmente con donaciones anónimas de contratistas públicos usadas para pagar sobresueldos en b: “Nunca supe nada, y yo digo que no existe ninguna caja b del Partido Popular, lo afirmo”. Mariano Rajoy, sucesor de Aznar, también negó conocer esa caja b que alimentó al partido durante casi 20 años: “Es absolutamente falso”.

Pero los tribunales les han desmentido en, al menos, dos sentencias. La última, de la Audiencia Nacional sobre la caja b con la que el partido pagó parte de las obras de su sede central, será confirmada en los próximos días por el Supremo. El único condenado en esa causa ha sido Luis Bárcenas, el extesorero que declaró al juez que aquella caja b funcionó con el conocimiento y consentimiento de los presidentes del partido.

En el caso de la financiación ilegal del PP valenciano, el juez condenó a quien era secretario general, Ricardo Costa, al que consideró “el hombre que está detrás”, definido como la persona que “sin intervenir en la ejecución tiene un claro dominio de la situación, teniendo como tal la posibilidad de hacerla cesar en cualquier momento”.

El hombre que está detrás no siempre es visible para los jueces. El Tribunal Supremo aceptó hace unas semanas la imputación por terrorismo del expresidente catalán, Carles Puigdemont, con el argumento de que tenía el poder suficiente para controlar los movimientos independentistas y evitar así la manifestación violenta celebrada en el aeropuerto contra la sentencia del procés. Para argumentar esta decisión, cinco magistrados del Supremo también hicieron referencia a la teoría del hombre que está detrás: “No se necesita probar la orden de cometer los delitos concretos, dado que quien está en la cabeza de la cadena también puede ser acusado por la omisión de controlar al aparato de poder, pudiendo y debiendo hacerlo”.

Aznar y Rajoy, presidentes de un partido que funcionó con una caja b y ocho millones de euros no declarados durante 20 años, afirmaron que entre sus funciones no estaba el control de las cuentas del partido. El Supremo tiene teorías, aplicadas a Puigdemont, que desmontan este intento de exculpación.

La cúpula política y policial del ministerio del Interior ejecutó entre 2012 y 2016, durante el mandato del Gobierno del PP; decenas de operaciones ilegales consistentes en la persecución del adversario político sin autorización judicial, fabricando en ocasiones pruebas falsas para atribuir delitos que nunca se cometieron. Entre esas operaciones también estuvo el espionaje a la familia de Luis Bárcenas, extesorero del PP, con la intención de robar documentos que pudieran incriminar al Gobierno de Mariano Rajoy en prácticas ilegales. Por todo ello, el juez Manuel García Castellón, ha procesado a media docena de comisarios de policía, algunos ya jubilados, al exministro del Interior, Jorge Fernández; y al exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez.

Rajoy, jefe de Jorge Fernández durante el tiempo que la cúpula policial hizo trabajos sucios a favor del Gobierno que presidía, nunca estuvo investigado en esta causa. El expolítico del PP que se juega su futuro en un juicio próximo lo tiene claro: “No es lo mismo llevarse por delante a Bárcenas que a Mariano”.

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Claudio Álvarez
<![CDATA[El ruido enfanga los hechos del ‘caso Begoña Gómez’: la investigación no halla delitos ]]>https://elpais.com/espana/2024-05-30/el-ruido-enfanga-los-hechos-del-caso-begona-gomez-la-investigacion-no-halla-delitos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-30/el-ruido-enfanga-los-hechos-del-caso-begona-gomez-la-investigacion-no-halla-delitos.htmlThu, 30 May 2024 03:40:00 +0000La política anda enredada en reyertas dialécticas diarias a cuenta de una ruidosa causa penal contra Begoña Gómez, mujer del presidente, Pedro Sánchez. El caso nació con escaso fundamento a juzgar por los hechos conocidos. Su origen es una querella de una organización ultraderechista, Manos Limpias, basada en muchos recortes de prensa y algunas noticias falsas. La denuncia que ha permitido al juez José Luis Peinado ordenar una investigación no aporta pruebas del delito de tráfico de influencias atribuido a Begoña Gómez. Pese a ello, el instructor impulsa la causa contra Gómez porque los hechos relatados, “independientemente de que la fuente de documentación sean medios de comunicación, merecen ser investigados y son hechos concretos de actuaciones en las que ha podido tener participación directa la denunciada”. Los hechos concretos son las relaciones de Gómez con responsables de dos empresas (Air Europa e Innova Next) que recibieron contratos y ayudas públicas del Gobierno central. En el relato del denunciante no hay datos de la influencia que pudo ejercer Gómez sobre las entidades o los funcionarios que adjudicaron esas ayudas públicas. Para encontrar lo que no aportaba la querella, el juez pidió un informe a la UCO, la unidad de la Guardia Civil especializada en la lucha contra la corrupción. A la vez, otorgó a Gómez la condición de “investigada” para “evitar su indefensión”, pudiendo así nombrar abogado para defenderse.

Una investigación conocida que Sánchez nunca ocultó

Ocho días después de la apertura de la causa declarada secreta, 24 de abril de 2024, todos los medios informaron que un juzgado abría diligencias contra Begoña Gómez por supuesto tráfico de influencias. En una carta dirigida ese día a la ciudadanía publicada, el presidente Pedro Sánchez se refería a las diligencias previas abiertas contra su mujer y comunicaba que se tomaba cinco días para reflexionar sobre su futuro. Pese a que Gómez está investigada desde el 16 de abril de 2024, el juez aún no la ha citado a declarar ni ha logrado reunir pruebas del tráfico de influencias que investiga. Hay causas abiertas en los juzgados que se archivan por falta de indicios sin que el instructor llame a declarar a la persona investigada.

Informe de la UCO: ni rastro del tráfico de influencias

La Guardia Civil investigó por orden del juez en busca de los indicios de delito denunciados. Un informe de 114 folios y seis anexos concluyó: ni rastro del tráfico de influencias. La Guardia Civil analizó los contratos adjudicados a Innova Next, la empresa de Juan Carlos Barrabés, profesor en la cátedra de la Complutense que dirigió Begoña Gómez. Esa firma se presentó en UTE con otra sociedad a un concurso de Red.es, dependiente del ministerio de Economía. La oferta incluía, en la parte valorada con un 8% de puntos, hasta 32 cartas de apoyo de empresas e instituciones públicas. Begoña Gómez firmaba una de esas cartas en nombre de la Complutense; el departamento de Empleo del Ayuntamiento de Madrid firmaba otra. La Guardia Civil no encontró indicios de que la adjudicación fuera irregular, ni que hubiera existido tráfico de influencias a favor de Innova ni que Gómez tuviera relación con los responsables de Red.es que intervinieron en el proceso.

La Audiencia avala la investigación porque es verosímil

Tres jueces de la Audiencia Provincial de Madrid permiten al juez seguir con la investigación porque el relato de hechos de la denuncia es verosímil y basta con “una sospecha fundada en datos objetivos y verificables”. Pero añaden que si “verificadas las comprobaciones e investigaciones precisas la hipótesis se diluye procederá acordar el archivo inmediato”. Cuando la fiscalía recuerda el informe de la Guardia Civil que diluye la hipótesis del tráfico de influencias, la Sala sostiene que no puede valorar “lo que aún no ha valorado el instructor porque supondría invadir su exclusiva competencia”.

Denuncia deslavazada, con hechos erróneos y conjeturas

La Audiencia afirma que la denuncia tiene “un contenido deslavazado”, “con un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos”. Además, considera “una simple conjetura más allá de coincidencias temporales y personales” vincular a Gómez con un tráfico de influencias para el rescate de Air Europa con el préstamo de 475 millones concedido por el Gobierno. Pero señala que la carta de apoyo firmada por Gómez a favor de Barrabés es un dato objetivo del que se deduce “que existen indicios acerca de la presunta comisión de un hecho delictivo”. La Audiencia Provincial cree que “indicios objetivos apuntan a la intermediación en la concesión de subvenciones”. La Guardia Civil desmonta esta apreciación tras las comprobaciones de los hechos bajo sospecha: no hay pruebas de intermediación de Gómez para que Red.es adjudicase los contratos a Barrabés.


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Claudio Álvarez
<![CDATA[El juez insiste en investigar a Begoña Gómez pese al informe de la UCO tras 21 días de trabajo sin hallar rastro de delito]]>https://elpais.com/espana/2024-05-24/el-juez-insiste-en-investigar-a-begona-gomez-pese-al-informe-de-la-uco-tras-21-dias-de-trabajo-sin-hallar-rastro-de-delito.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-24/el-juez-insiste-en-investigar-a-begona-gomez-pese-al-informe-de-la-uco-tras-21-dias-de-trabajo-sin-hallar-rastro-de-delito.htmlFri, 24 May 2024 03:40:00 +0000La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha remitido al juez Juan Carlos Peinado el resultado de tres semanas de investigación sobre contratos bajo sospecha de Red.es (dependiente del ministerio de Economía cuando sucedieron los hechos) por un supuesto tráfico de influencias de Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno. El grupo 3 de Delincuencia Económica de la Guardia Civil apunta en su informe de casi 120 folios (más varios anexos documentales) que no ha encontrado, de momento, indicios de tráfico de influencias ni en la elaboración del pliego de condiciones de los concursos convocados en 2020; ni en el trabajo de los miembros de la mesa de contratación que aprobó las adjudicaciones a la empresa Innova Next, propiedad de Juan Carlos Barrabés, ni en la actuación de las personas que firmaron los informes de valoración subjetiva de las distintas ofertas, según indican a EL PAÍS fuentes judiciales conocedoras del informe.

Pese a ello, el juez Peinado sigue adelante con la investigación ―en la que aún no ha citado a declarar a Gómez― para lo que interrogará el próximo 6 de junio a cuatro de los directivos y trabajadores de Red.es que intervinieron en aquellos concursos: David Cierco (director general de Red.es cuando se adjudicaron los contratos); Alberto Martínez Lacambra (sucesor desde mayo de 2023), Ignacio Espejo (presidente de la mesa de contratación) y Luis Prieto (director de Economía Digital que supervisó los informes de valoración subjetiva de las distintas ofertas), además de a Barrabés y a un socio de este. La Guardia Civil da cuenta en su informe de los trabajos de las cuatro personas de Red.es citadas por el juez y examina los contratos adjudicados a Barrabés, que se presentó a los concursos junto a The Valley. Barrabés había colaborado como profesor en el máster de Transformación Social Competitiva que dirigió Begoña Gómez en la Universidad Complutense.

60 administraciones adjudican contratos a la empresa que apoyó por carta la mujer de presidente. Antes de analizar los contratos bajo sospecha, la UCO investigó la relación de Barrabés y sus empresas con la administración pública. Dos de sus sociedades facturaron 25 millones de euros en 89 contratos públicos adjudicados por 60 administraciones distintas, entre ellas, el Cuarto Militar de S. M. el Rey y la Guardia Real o la Unidad Militar de Emergencia, que compraron material de montaña a Barrabés Ski Montaña. Hubo algunas instituciones gobernadas por el PP que contrataron a Innova Next, como el Ayuntamiento de Madrid (casi 4 millones de euros); la Comunidad de Madrid a través de la Agencia para la Administración Digital o el Ayuntamiento de Málaga. También lo hicieron numerosas entidades de la administración central bajo el Gobierno de Pedro Sánchez (Consejo Superior de Deportes, Red.es, Renfe), según detalla el informe de la Guardia Civil.

Una recomendación sin peso conocido en la valoración subjetiva. La empresa de Barrabés incorporó en su oferta un plan de difusión con hasta 32 cartas de “declaración de interés y apoyo” de instituciones públicas y empresas privadas. Entre estas cartas figura la firmada por Begoña Gómez como codirectora de un máster en la Complutense. La Guardia Civil recuerda que en los informes de valoración subjetiva de estas cartas, ni siquiera se cita la firmada por Gómez: “Establecen acuerdos con hasta 18 empresas privadas del ámbito tecnológico como Microsoft, IBM y Orange, entre otras, proporcionando a su propuesta una gran fortaleza desde el punto de vista de la inserción laboral”. El Ayuntamiento de Madrid, gobernado por el PP, adjudicó tres contratos a la empresa de Barrabés en 2021 en concursos donde la mitad de la puntuación se basaba en “otros criterios o mejoras” y donde las empresas presentaban cartas de apoyo para sumar puntos. Una dirigente del departamento de Empleo del Ayuntamiento de Madrid firmó, como Begoña Gómez, una de las 32 cartas de apoyo a esa oferta.

Sin vinculaciones entre la denunciada y los directivos de Red.es. La UCO considera reseñable que en las adjudicaciones a las ofertas de Barrabés que incluían una carta de apoyo firmada por Begoña Gómez se repitieran tres circunstancias:

1. El pliego de condiciones lo firmó el director general de Red.es, David Cierco

2. Pese a no ser la mejor oferta económica, Innova Next fue la mejor valorada en la componente subjetiva del concurso y resultó finalmente adjudicataria del contrato.

3. Luis Prieto, director de Economía Digital de Red.es, firmó los informes de valoración subjetiva, con los que Innova Next consiguió ser la mejor oferta.

El informe de la Guardia Civil afirma: “No se han encontrado, al menos de momento, otras vinculaciones de David Cierco y Luis Prieto con Begoña Gómez” distintas a firmar el pliego de condiciones del concurso al que se presentó Barrabés y las valoraciones subjetivas de su oferta.

Ninguna diferencia, la misma dinámica de otros concursos. La UCO examinó una decena de concursos del mismo departamento de Red.es para intentar aclarar si en los contratos que ganó Barrabés había elementos distintos de otros concursos que permitiesen amañar la adjudicación: “No se han hallado, en líneas generales, elementos diferenciadores que apunten a que los tres expedientes analizados se hubieran valorado de forma distinta a otros expedientes análogos en lo que a criterios dependientes de juicios de valor se refiere. Los aspectos destacados en el análisis de los tres contratos como susceptibles de afectar de manera subjetiva a las adjudicaciones de los mismos obedecerían a la dinámica habitual de las licitaciones de la dirección general de Red.es en ese momento”.



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Juan Carlos Hidalgo
<![CDATA[El PP ningunea el informe de la Guardia Civil que no aprecia indicios de delito en la actuación de la esposa de Sánchez]]>https://elpais.com/espana/2024-05-21/el-pp-ningunea-el-informe-de-la-guardia-civil-que-no-aprecia-indicios-de-delito-en-la-actuacion-de-la-esposa-de-sanchez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-21/el-pp-ningunea-el-informe-de-la-guardia-civil-que-no-aprecia-indicios-de-delito-en-la-actuacion-de-la-esposa-de-sanchez.htmlTue, 21 May 2024 16:17:37 +0000El Partido Popular trata de restar importancia al informe elaborado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el que no aprecia indicios de delito de tráfico de influencias en las actuaciones de la esposa del presidente del Gobierno. Pese al contenido del informe, avanzado este martes por EL PAÍS, el portavoz parlamentario del PP, Miguel Tellado, ha vuelto a cargar por este asunto contra Begoña Gómez y Pedro Sánchez, este martes. “Seguimos pensando que la actuación de la esposa del presidente es cuanto menos ni estética ni éticamente razonable, será un juzgado y no la Guardia Civil quien tenga que delimitar las actuaciones”, ha dicho el diputado popular en rueda de prensa en el Congreso. Fue el juez instructor Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado Número 41 de Madrid, quien decidió encargar a la UCO el informe sobre las dos supuestas operaciones en las que habría influido la esposa del presidente y que supusieron cuantiosas ayudas públicas a empresas privadas, después de abrir diligencias tras la denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias. Tellado ha ninguneado este informe, pero sin embargo, y al mismo tiempo, ha ensalzado otro redactado también por la UCO sobre el caso Koldo.

En cualquier caso, Tellado se ha cuidado hoy de cuestionar a Sánchez “si considera ético y estético que su mujer intervenga en procedimientos de contratación pública, firmando en beneficio de una de las ofertas concurrentes y si esas cartas tuvieron o no influencia en los criterios que determinaron la adjudicación”. Los adjetivos “ético” y “estético” no son casuales, pues a raíz del informe de la UCO la posibilidad de que se deriven consecuencias penales para Gómez han disminuido. Eso sí, Tellado persiste en la idea de que la esposa del presidente habría intervenido “en procedimientos de contratación pública”, pese a no estar contrastado en documentos oficiales ni judiciales. El PP no ceja así en su empeño y mantiene su discurso, pues durante las últimas semanas ha fiado su ofensiva contra el Gobierno tanto al caso Koldo como contra el presunto tráfico de influencias ejercido por Gómez. Y no se mueve apenas un ápice, incluso con el informe de la UCO ya sobre la mesa.

“La UCO aporta la información que ha podido recabar, pero en cualquier caso, exonerar a alguien de una responsabilidad penal solo le corresponde a un juez, no a un informe de la UCO, el informe hace relación con unas averiguaciones sobre una serie de información que ha tratado de obtener“, ha sostenido el portavoz parlamentario del PP, poniendo el foco en las diligencias abiertas por el Juez Peinado y minusvalorando las pesquisas de la Guardia Civil. Pero las palabras de Tellado de este martes se contradicen con las declaraciones del propio Tellado, hechas el 7 de mayo en rueda de prensa, celebrando que el juez Peinado hubiera encargado dicho informe a la UCO. “Por primera vez en la historia de nuestro país, un juez ha ordenado a la Guardia Civil investigar a la mujer del presidente del Gobierno. Lo conocíamos ayer y tenemos a un presidente del Gobierno cercado por un escandaloso caso de corrupción que implica a todo su entorno”, afirmó entonces el portavoz parlamentario.

Siguiendo con su argumentario, el grupo parlamentario popular ha redactado un dossier con 100 preguntas centradas en Begoña Gómez y el caso Koldo bajo el título 100 preguntas para Sánchez SOBRE EL CASO PSOE. “¿Conocía el presidente del Gobierno las reuniones de su mujer con uno de los cabecillas de La Trama, que medió para abrirle las puertas de Globalia?”. “¿Por qué su mujer tenía un acuerdo de patrocinio con una empresa que negociaba con el Gobierno un rescate millonario?”, son las dos primeras del centenar de cuestiones enviadas desde el PP a los socialistas. Tellado ha justificado la elaboración de ese cuestionario con la excusa de que la Junta de Portavoces del Congreso no les ha otorgado el tiempo necesario, solicitado ad hoc y a posteriori, para intervenir en la comparecencia de Sánchez prevista para este miércoles en un superpleno en la Cámara baja. Una sesión en la que el presidente del Gobierno ha accedido a dar explicaciones sobre los temas que conciernen a su esposa.

“La delegada del Gobierno en la Cámara baja” ha ironizado Tellado sobre la presidenta del Congreso, Francina Armengol, les ha negado según la formación de Alberto Núñez Feijóo el tiempo exigido y como respuesta han planteado esas 100 preguntas de antemano para que el PSOE “pueda preparárselas y responder mañana”. Las quejas del portavoz del PP contrastan con los usos parlamentarios, pues la Junta de Portavoces ha otorgado a los grupos hasta 27 minutos para el uso de la palabra en el superpleno de este miércoles, lo máximo habitualmente concedido en este tipo de sesiones con asuntos acumulados.

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ZIPI ARAGON
<![CDATA[Álvaro García: “Si pidiéramos rectificación por cada noticia falsa, no haríamos otra cosa”]]>https://elpais.com/espana/2024-05-12/alvaro-garcia-si-pidieramos-rectificacion-por-cada-noticia-falsa-no-hariamos-otra-cosa.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-12/alvaro-garcia-si-pidieramos-rectificacion-por-cada-noticia-falsa-no-hariamos-otra-cosa.htmlSun, 12 May 2024 03:40:00 +0000Nunca un fiscal general del Estado se vio tan hostigado por la derecha política ni tan acorralado por los tribunales de justicia. Los ataques políticos se han apoyado a veces en noticias falsas a las que Álvaro García Ortiz (Lumbrales, Salamanca, diciembre de 1967) ha combatido con éxito desigual. Los varapalos judiciales tienen su origen, aunque no solo, en el trato de favor dado a Dolores Delgado, quien antes fue jefa de García Ortiz en la Fiscalía General del Estado.

P. ¿Ha arruinado toda su reputación por ascender a su amiga Dolores Delgado a fiscal de sala del Supremo?

R. Propuse a Dolores Delgado para ese puesto porque es, sin duda, la mejor para ocuparlo. Por mérito y capacidad, que son las razones objetivas que hay que considerar a la hora de proponer un nombramiento de Fiscal de Sala.

P. Hay una sentencia del Supremo que le acusa de desviación de poder y anula el primer nombramiento.

R. El razonamiento de la Sala tercera del Supremo está ahí, es un razonamiento que ahora se usa en mi contra, tanto para interponer una querella por prevaricación ante la Sala de lo Penal por parte del Partido Popular, que se ha desestimado, como para una demanda que pide que se anule mi nombramiento.

P. ¿No se arrepiente de haberla nombrado? Podía haber elegido a cualquier otra persona.

R. En su momento tomé una decisión basada, insisto, en la trayectoria profesional. Y afronto los resultados de esa decisión con responsabilidad. Si esa decisión es corregida por los tribunales, lo único que queda es acatar las sentencias y emprender el camino que las sentencias, los tribunales o la ley me pueda marcar.

P. Favorecer a una persona que usted considera que reúne los requisitos para ocupar ese puesto pero con la que usted tiene una amistad personal ha desencadenado una sólida sospecha de trato de favor….

R. Ese nombramiento se hizo porque, honestamente yo pensaba que Dolores Delgado era lo mejor para el puesto….

P. ¿Para qué puesto? ¿Para fiscal de sala de lo Militar? Delgado no tenía experiencia en ese área…

R. El legislador quiso que hubiera una visión civil en la jurisdicción militar, tanto en el Tribunal Supremo como en la fiscalía general, por eso se nombra un fiscal de sala de la carrera fiscal.

P. El Supremo anuló el nombramiento por el ascenso de Delgado a la primera categoría. Usted venía a decir que alguien que ha sido Fiscal General del Estado no puede regresar a la carrera como fiscal rasa…. Pero sin embargo, el que fue presidente del Supremo, Carlos Lesmes, dimitió y volvió a su puesto en el Tribunal Supremo sin ningún problema...

R. No son equiparables en absoluto los puestos ni las categorías. Lesmes es magistrado del Supremo, categoría idéntica a la de fiscal de Sala. Eso lo digo como un razonamiento adicional a su mérito y capacidad.

P. El Supremo lo entendió como un razonamiento principal.

R. El ascenso a fiscal de Sala de quien ha sido Fiscal General es una cuestión en la que toda la carrera fiscal está de acuerdo. Es cierto que el Gobierno retiró una enmienda en ese sentido, pero eso no priva de fuerza el argumento de que es una garantía para el ejercicio de la función. Las decisiones del fiscal general no están condicionadas por su posible futuro profesional, por cual sea su destino posterior en una carrera jerárquica.

P. El Gobierno intentó tenerlo en cuenta a través de una enmienda a una ley que no tenía nada que ver con la cuestión y acabó retirando la propuesta porque le dio vergüenza...

R. La oportunidad o inoportunidad del momento no quiere decir que eso no esté en el pensamiento de todos los fiscales y en el Consejo Fiscal. Nadie se manifestó en contra de que el Fiscal General del Estado adquiriera la primera categoría al terminar el mandato, nadie. Todo el mundo dijo que era mejor el otro candidato o que no era el momento, pero nadie se manifestó en contra. Está en todos los proyectos de reglamento que han pasado por la mesa de la Fiscalía para que eso suceda, porque es una garantía de inamovilidad, es una garantía de independencia del Fiscal General del Estado, como lo es que no pueda repetir mandato para que no debamos favores a nadie, para que no te sometas a nadie. Hay que verlo de esa manera, no hay que verlo como un proyecto de promoción personal. No tiene nada que ver con eso.

P. El PP presentó contra usted una querella ante la sala de lo Penal del Supremo por prevaricación y ni siquiera se admitió a trámite. ¿Teme que esta demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo tenga más recorrido?

R. No puedo manifestarme más allá. Respeto a la judicatura, diga lo que diga y haga lo que haga. Yo creo en el Estado de Derecho.

P. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido a trámite la querella que ha presentado la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, defraudador fiscal confeso, por un supuesto delito de revelación de secretos. Ustedes recurrieron esa admisión a trámite…

R. La nota de prensa en la que se basa esa querella cumple con el deber de la Fiscalía de informar a la opinión pública de hechos relevantes y con el derecho a recibir una información veraz. Pero sí es importante aclarar algunas cosas. Aquí ha habido un quebrantamiento del deber de reserva por parte del entorno de un abogado y su cliente respecto a un mail recibido de la Fiscalía, un intento de manipulación de esa información quebrantando esa reserva y a mayores un intento de decir que los jefes de este fiscal del que se quebranta su reserva o su sigilo profesional en un correo, tienen o quieren impedir un pacto o un acuerdo con uno de los investigados. Aquí lo que hay es un delito que se persigue y, por otra parte, una forma, entiendo, de defenderse de ese delito que se persigue. Lo que nosotros hacemos como Fiscalía está en nuestro estatuto orgánico: debemos informar a la opinión pública, que tiene derecho a una información veraz. Es muy difícil no reconocer que la Fiscalía estaba casi obligada a dar esa nota de prensa.

P. ¿La opinión pública podría entender que la Fiscalía acepte un acuerdo de conformidad con la pareja de Ayuso para evitarle el ingreso en prisión mientras que esa misma persona ha permitido que se difundan bulos con información sesgada desde el Gobierno que preside su pareja y además se ha querellado contra la Fiscalía acusándola de un delito grave?

R. Somos profesionales y ese abogado y esa persona investigada tienen exactamente los mismos derechos, exactamente los mismos derechos que cualquiera en la misma situación.

P. El jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel Rodríguez, autor confeso de todas estas maniobras para confundir a la opinión pública respecto a la pareja de Díaz Ayuso, llegó a escribir un tuit donde decía que usted acabaría en la cárcel. ¿Tiene alguna opinión respecto a esa declaración?

R. También se ha dicho que chapoteo en sangre. Se han dicho muchas barbaridades. Fíjese qué difícil es ser fiscal General del Estado. ¿Por qué? En la disputa política el fiscal general del Estado no se puede defender. No puedo salir a hablar ni bien ni mal ni regular de ningún responsable público porque me estaría situando en un campo que no es el mío, que es el jurídico, y estaría perjudicando, ahora sí, la neutralidad y la imparcialidad de la institución. Y creo que hay determinadas personas dentro de este mundo que se aprovechan de que esa es una debilidad de la figura del Fiscal General del Estado.

P. ¿Ese tipo de conductas de la clase política quedan impunes?

R. De la misma manera que en el Senado se han vertido acusaciones gravísimas y sin contrastar contra mí, pero en este caso está claro: hay una inmunidad parlamentaria. Atacar eso desde la propia Fiscalía sí que me situaría fuera de un espacio de neutralidad.

P. ¿No le afectan los insultos o las acusaciones basadas en noticias falsas?.

R. Naturalmente que afecta. Todos somos seres humanos.

P. Le han acusado a usted de presionar a un fiscal del Supremo en el caso Tsunami para que cambiara su informe y, de esa manera, rechazar la imputación por terrorismo de Puigdemont. Y eso se ha hecho con la connivencia de fiscales del Supremo que filtraron un borrador de informe. ¿Le tendieron una emboscada?

R. En ese proceso que ha descrito, no hay ni una sola intervención del fiscal general del Estado, ni una sola…

P. Se ha publicado y afirmado que el fiscal general había presionado a un fiscal del Supremo para que cambiase su criterio.

R. Es una falsedad manifiesta. Es una mentira falaz para dañar el honor tanto del fiscal que está trabajando en el caso como del fiscal general del Estado.

P. ¿Intentó defenderse de esa mentira?

R. Claro que intenté defenderme de esa mentira. Más allá de una cuestión personal afecta a la imagen institucional de la Fiscalía.

P. ¿Cuántas veces han mentido Miguel Ángel Rodríguez e Isabel Díaz Ayuso en este proceso por fraude fiscal que afecta a la pareja de la presidenta?

R. No quiero entrar en eso porque el asunto está judicializado.

P. ¿Entiende usted por qué la pareja de Ayuso presenta la querella contra el fiscal que redactó la querella por fraude fiscal pero no tuvo nada que ver en la difusión de la nota para desmentir el bulo?

R. El perseguido persigue al perseguidor. Es una manera de eludir responsabilidades. Enfrentarse a quien te está investigando..

P. Usted asumió toda la responsabilidad en la difusión de esa nota informativa. Teme acabar siendo imputado…

R. Primero debe decidir el Tribunal Superior de Justicia si hay delito o no. Hay que respetar los tiempos judiciales y sus decisiones.

P. ¿Por qué corrió la fiscalía a presentar un recurso para que se archivara la causa abierta contra la mujer del presidente del Gobierno? Le acusan de ser un fiscal general del Gobierno y no del Estado.

R. La Fiscalía recurre cuando hay un acto que entiende que no es conforme a ley.

P. ¿La Fiscalía considera que en los hechos conocidos de la querella presentada por Manos Limpias no hay nada delictivo?

R. El caso está secreto y está recurrido. Tampoco puedo entrar en eso, pero es evidente que si el fiscal que lo lleva pide el archivo es porque no observa indicios suficientes para abrir una causa judicial.

P. El PP le acusa de ordenar el archivo de causas abiertas para investigar crímenes de ETA que siguen impunes.

R. Lo que más me ha dolido es que alguien pueda pensar que la institución que lleva persiguiendo tanto tiempo el terrorismo en este país es tolerante con los terroristas. Hemos pedido la rectificación al medio que difundió el bulo de que el fiscal general del Estado ordenó cerrar unas diligencias antes de que llegara un informe de la Guardia Civil. La mentira es la mayor ofensa a las víctimas.

P. ¿Se ha preocupado por conocer las interioridades de esa causa? ¿Hay algún indicio que acredite que la Fiscalía no ha hecho bien su trabajo y que puede quedar impune el secuestro y asesinato de un industrial en el que supuestamente colaboró Arnaldo Otegi?

R. Dos fiscales expertos en terrorismo que trabajan en la Audiencia Nacional no observan esos indicios. No tengo más que decir.

P. El informe clave de la Guardia Civil que decía que había una serie de terroristas de ETA que apuntaban a que Otegi había participado….

R. Los fiscales que he mencionado examinaron el informe y, repito, no encontraron ningún indicio para inculparlo, por eso deciden archivar la causa.

P. ¿Tiene España un problema con la desinformación?

R. Yo creo que el mundo entero tiene un problema con la desinformación, y España también. Estamos en un momento en el que todas las leyes que regulan el acceso a la información y las formas de informar han quedado obsoletas por las nuevas fuentes y las nuevas formas de comunicarse. Todos los códigos, incluso me atrevo a decir que los profesionales periodísticos también han saltado por los aires por esa nueva realidad. Entonces, tenemos todos un problema.

P. ¿Y cómo afrontarlo?

R. No lo sé. Es particularmente difícil hacerlo.

P. ¿Usted se considera víctima de ese problema?

R. Bueno, yo, como toda la sociedad, no sé si la víctima soy yo o las personas que reciben información falsa sobre mí.

P. ¿Pero tiene solución?.

R. Esa reflexión se la tiene que hacer el mundo del periodismo, las empresas de comunicación, quienes legislan y quienes aplicamos la ley. Hay que buscar una solución teniendo en cuenta a todos.

El fiscal general del Estado, este jueves en su despacho.

P. Cualquier solución que alguien pueda imaginar amenaza otros derechos fundamentales como el de la libertad de expresión o el de la libertad de información….

R. Siempre que hay un conflicto en los tribunales, a veces con periodistas, a veces con particulares, hay que contraponer los dos derechos la libertad de expresión, el honor, la intimidad o la veracidad de las informaciones. Ese juego es muy complicado en democracia, en el que la libertad de expresión es uno de los valores democráticos más importantes. Pero es obvio que la desinformación también daña gravemente a la democracia, por esto es tan importante garantizar una información veraz.

P. ¿Cómo es su relación con los medios de comunicación que difunden falsedades. ¿Rectifican sus informaciones sin problemas?

R. La respuesta es complicada. Si tuviéramos que poner demandas de rectificación por cada información falsa que afecta a la Fiscalía, no trabajaríamos en otra cosa. Eso es lo que hemos detectado.

P. Es muy exagerado eso que cuenta...

R. Esa es la realidad.

P. ¿Y pueden trabajar en esas condiciones?

R. Nuestro trabajo no es contestar a los medios de comunicación. Nuestro trabajo es hacer que esta Fiscalía funcione.

P. El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ha sugerido que usted y el fiscal anticorrupción están tapando la corrupción del caso Koldo hasta que pasen las elecciones porque ya se ha volcado el contenido de los teléfonos del principal implicado y no se conoce aún su contenido…

R. Es muy fácil insinuar algo sin aportar ninguna prueba. Yo no tengo ninguna información del trabajo reservado y secreto que están haciendo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre esa causa.

P. Es usted el fiscal general del Estado más atacado de la reciente etapa democrática, en las Cortes y en los Tribunales. ¿Ha pensado en dimitir?

R. La figura del fiscal general es autónoma respecto del Ejecutivo, porque el Ejecutivo no lo puede cesar. Si yo dimito y me voy de donde estoy, dejo a la Fiscalía al pairo de esos intereses que pueden ser de muchos tipos, políticos, económicos, de grupos criminales... Mi responsabilidad es estar aquí, dirigir y defender esta institución.

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Álvaro García
<![CDATA[El juez conoció hace casi dos años el plan de Interior para “matar políticamente” a Pedro Sánchez]]>https://elpais.com/espana/2024-05-03/el-juez-conocio-hace-casi-dos-anos-el-plan-de-interior-para-matar-politicamente-a-pedro-sanchez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-03/el-juez-conocio-hace-casi-dos-anos-el-plan-de-interior-para-matar-politicamente-a-pedro-sanchez.htmlFri, 03 May 2024 03:30:00 +0000El ministerio del Interior urdió planes en agosto de 2014 para “matar políticamente” a Pedro Sánchez a cuenta de los negocios de su suegro. Lo hizo tan sólo un mes después de que el líder socialista fuera elegido secretario general de su partido, según acreditan las conversaciones grabadas por el comisario José Manuel Villarejo con el número dos de Interior, Francisco Martínez. El sumario de una investigación judicial iniciada hace casi dos años revela ahora que el juez Manuel García Castellón conoció un informe policial de Asuntos Internos, al que ha tenido acceso EL PAÍS, remitido en junio de 2022 donde se informaba sobre esos planes contra el recién elegido líder socialista, entonces convertido en principal adversario del Gobierno de Mariano Rajoy (PP).

García Castellón abrió en septiembre de 2022 una pieza separada para investigar distintas grabaciones efectuadas por el comisario que acreditaban supuestamente la existencia de delitos en la actuación de dirigentes del PP y altos cargos del ministerio del Interior. El instructor conocía para entonces que entre esas grabaciones había una, datada el 22 de agosto de 2014, en la que el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, y el comisario José Manuel Villarejo, planeaban utilizar recursos del Estado para acciones de desprestigio contra Sánchez a cuenta de los negocios del padre de su mujer, Begoña Gómez.

El juez ha mantenido secreta la investigación hasta el pasado 18 de abril sin que se conociera ninguna iniciativa judicial contra quienes planearon la campaña de desprestigio contra el actual presidente del Gobierno. De hecho, el PSOE, personado en la causa pero sin acceso al sumario, solicitó la semana pasada que se imputase a Martínez y a Villarejo para interrogarles en relación a la conversación donde tramaban acciones contra Sánchez.

El informe de la Unidad de Asuntos Internos dirigido al juzgado de García Castellón tiene un registro de entrada fechado el 14 de junio de 2022 y analiza grabaciones entregadas a la policía por el empresario Javier Pérez Dolset, víctima supuestamente de un espionaje de Villarejo pagado por el Grupo Planeta.

La policía detalla en ese informe una serie de conversaciones entre el comisario y el número dos de Interior donde definen, entre otros asuntos, estrategias para desprestigiar a los independentistas catalanes o impedir, mediante el robo de documentos a la familia del extesorero del PP, Luis Bárcenas, la investigación judicial de la caja b del PP.

Asuntos Internos destaca hacia el final del informe policial otro momento de la conversación donde los dos interlocutores hablan de Pedro Sánchez. El documento incorporado al sumario lo cuenta así:

“Villarejo le comenta a Francisco [Martínez] sobre el tema de Pedro Sánchez. Francisco le dice que si eso no lo sabe nadie y Villarejo le responde que no, que eso hay que manejarlo con muchísima cautela. Villarejo le dice que el suegro de Pedro tiene saunas, que son tres hermanos, su suegro es el que gestiona el negocio y que figuran a nombre del hermano mayor. Se trata de saunas de hombres y mujeres donde van políticos y también el Gordo [el comisario Enrique García Castaño] y [Enrique] Barón cuando era Jefe Superior. Francisco le comenta a Villarejo que Pedro Sánchez seguro que lo sabe y que ese tema lo puede hundir, Villarejo le comenta que hay que esperar a las elecciones y que hay que saber cómo funciona todo”.

Aunque Asuntos Internos le dice al juez que junto al informe adjuntará un documento con la transcripción literal de la conversación, elude en su resumen mencionar los comentarios del entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, cuando conoce por Villarejo los negocios del suegro de Sánchez. La conversación transcurrió así:

El comisario: “Esto es mortal, mortal. Cuando haga falta...es un tema para que solamente lo trates con el presidente y el número 1, para en un momento determinado decirle...tenemos tal información...”.

Martínez:: “Esto lo revienta [a Pedro Sánchez]. Esto mataría políticamente a cualquiera. Pero un tío de izquierdas que va con la bandera del rollo este feminista, muy feminista y lo tiene lleno de polacas chupando pollas en una sauna. Hay que saber todo”.

“Villarejo le dice que cuando establezca contacto con el suegro se puede hacer un trabajo muy fino”

El informe policial dedica otro párrafo a los planes contra el actual presidente del Gobierno: “Villarejo vuelve a insistir a Francisco Martínez que el tema de Pedro Sánchez es importantísimo, le dice que el que se lo haya dicho probablemente le esté vendiendo algo a Ignacio González y a la Esperanza (Aguirre)... Continua Villarejo diciendo que cuando él establezca contacto con el suegro de Pedro Sánchez se puede hacer un trabajo muy fino”.

El modo de operar de la denominada policía política del PP ―comisarios a las órdenes del ministro Jorge Fernández Díaz y de su número dos, Francisco Martínez, que perpetraron operaciones, a espaldas del juez, contra adversarios del Gobierno de Mariano Rajoy― era siempre el mismo: espionaje a determinados políticos, fabricación de información ―en ocasiones falsa― para desprestigiarlos y filtración a determinados medios de comunicación o denuncia ante los tribunales de justicia a través de distintos mecanismos.

En el caso de los supuestos planes urdidos contra Pedro Sánchez, determinados medios de comunicación informaron, meses antes de las elecciones generales de 2015, sobre los negocios del suegro del líder socialista. Las partes personadas en la investigación ignoran si el juez Manuel García Castellón, que declaró secreta la causa, ha tomado medidas en relación con estos hechos. Ha sido el PSOE quien, casi dos años después, pide la imputación de Martínez y Villarejo por unas conversaciones que, según entiende, pueden constituir delitos de prevaricación, revelación de secretos y malversación de fondos públicos.


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Mariscal
<![CDATA[El PSOE pide al juez que impute a ex altos cargos de Interior por persecución ilegal a la familia de Sánchez]]>https://elpais.com/espana/2024-05-01/el-psoe-pide-al-juez-que-impute-a-exaltos-cargos-de-interior-por-persecucion-ilegal-a-la-familia-de-sanchez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-05-01/el-psoe-pide-al-juez-que-impute-a-exaltos-cargos-de-interior-por-persecucion-ilegal-a-la-familia-de-sanchez.htmlWed, 01 May 2024 03:30:00 +0000El PSOE solicitó este martes al juez Manuel García Castellón que tome declaración como imputados al exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, y al comisario José Manuel Villarejo, en relación a una conversación entre ambos en la que maquinaron la búsqueda de información contra la familia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para destruir su reputación. Esos supuestos planes entre el número dos de Interior y el comisario se registraron apenas un mes después de que Sánchez se hiciera con el liderazgo del PSOE en unas primarias.

La Audiencia Nacional investiga desde septiembre de 2022 los audios de la corrupción que publicó EL PAÍS donde el comisario Villarejo tramaba con distintos dirigentes del PP y del Ministerio del Interior planes para desacreditar a independentistas catalanes y a dirigentes de Podemos o para buscar pruebas de la financiación ilegal del PP con la intención de ocultárselas al juez encargado del caso. El material que reunió el instructor para su investigación incluye una conversación de casi dos horas del 22 de agosto de 2014 en la que el entonces número dos de Interior, Francisco Martínez, considera que el conocimiento de los negocios del suegro de Pedro Sánchez podría ser “mortal” para la carrera del presidente y anima al comisario a conseguir más información. Unos meses antes de las elecciones generales de 2015, donde Pedro Sánchez encabezaba la lista del PSOE, aparecieron las primeras noticias sobre los negocios de su suegro. El PSOE denuncia en su escrito dirigido al juez que “la investigación desarrollada por funcionarios y con dinero público del Ministerio del Interior tenía única y exclusivamente fines partidistas, sin guardar ningún tipo de relación con las funciones que legalmente tiene atribuido el Ministerio del Interior, pues en nada afectaba a la seguridad del Estado”.

El juez García Castellón pidió al comenzar esta investigación un informe a la Unidad de Asuntos Internos de la Policía sobre la “relevancia penal” de los audios publicados por EL PAÍS. La cúpula policial del ministerio del Interior, a las órdenes de dirigentes del PP, llevó a cabo distintas operaciones a espaldas del juez que ahora investiga el juez en base a la información publicada en este periódico. Son las que siguen:

Operación Cataluña

Sin mandato judicial pero con conocimiento de los principales jefes políticos de Interior, varios comisarios participaron entre el último trimestre de 2012 y finales de 2017, en la denominada Operación Cataluña para desacreditar a dirigentes independentistas catalanes. Los audios publicados por EL PAIS datan el comienzo de estas maniobras en noviembre de 2012, cuando Cataluña iba a celebrar unas elecciones anticipadas origen del desafío independentista. Villarejo filtró a El Mundo, según reconoce él mismo en conversación con Francisco Martínez, un informe donde se denunciaban numerosas corruptelas del expresidente Jordi Pujol; del entonces presidente Artur Mas, y de otros cargos independentistas. El informe, sin fecha, ni sello, ni firma, denunciaba cuentas suizas multimillonarias que nunca aparecieron. CiU, el partido de Mas, que obtuvo 50 diputados, 12 menos de los que tenía. Los audios de la corrupción acreditan otras operaciones similares por parte de la cúpula policial de Interior contra dirigentes independentistas: cuentas falsas del exalcalde de Barcelona, Xavier Trias; extorsión a dueños del Banco de Andorra para lograr las cuentas de la familia Pujol... En las conversaciones de Villarejo también aparece, como defensora de las iniciativas policiales, la exsecretaria general del PP, Dolores de Cospedal, a la que el juez no ha imputado pese a la petición de la Fiscalía.

Hundir a Podemos con pruebas falsas

Podemos se convirtió, desde mayo de 2014 cuando entró en el Parlamento Europeo, en un adversario político principal del PP, que gobernaba en España. La policía maniobró desde ese momento hasta 2017 para desacreditar a esta formación política con operaciones sin repaldo judicial que han quedado acreditadas en los sumarios abiertos. Desde la difusión del famoso informe PISA (Pablo Iglesias S. A.) a principios de 2015 que todos los tribunales archivaron (Audiencia Nacional, Supremo y Tribunal de Cuentas); hasta el recibo falso que la policía patriótica coló en Okdiario sobre un supuesto ingreso de dinero del Gobierno venezolano en una cuenta a nombre de Pablo Iglesias en el paraíso fiscal de las Islas Granadinas. También intentaron los cargos policiales de Interior convencer a exaltos cargos venezolanos para que denunciaran corruptelas de Podemos.

Robar documentos a Bárcenas para tapar el caso de la caja b

Las conversaciones grabadas por Villarejo, difundidas por EL PAÍS, e incorporadas a la pieza 34 de la investigación abierta en la Audiencia Nacional, revelan las maniobras del PP y del ministerio del Interior para evitar daños judiciales por la investigación abierta a raíz de la publicación de la contabilidad secreta que llevaba el extesorero del PP, Luis Bárcenas. En esos audios se escucha hablar a Dolores de Cospedal o a Francisco Martínez sobre las maniobras necesarias para obstaculizar la investigación judicial abierta por esta causa. Entre las operaciones destaca el pago de fondos reservados a Sergio Ríos para espiar a la familia del extesorero del PP.

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Gustavo Valiente
<![CDATA[Una persecución a la familia de Sánchez que inició la ‘policía patriótica’ del PP hace 10 años: “Esto lo mata”]]>https://elpais.com/espana/2024-04-26/diez-anos-de-persecucion-a-la-familia-del-presidente-villarejo-al-numero-dos-de-interior-de-rajoy-lo-de-sanchez-es-mortal-para-que-lo-trates-con-el-presidente.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-26/diez-anos-de-persecucion-a-la-familia-del-presidente-villarejo-al-numero-dos-de-interior-de-rajoy-lo-de-sanchez-es-mortal-para-que-lo-trates-con-el-presidente.htmlFri, 26 Apr 2024 18:32:08 +0000La persecución policial y política al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a su entorno personal, comenzó hace casi 10 años, exactamente un mes y ocho días después de que fuera elegido secretario general del PSOE. El 22 de agosto de 2014, el número dos del ministerio del Interior, Francisco Martínez, se reunió con el comisario José Manuel Villarejo para tratar varios temas. De aquella reunión, grabada por Villarejo, queda constancia en la investigación judicial abierta en la Audiencia Nacional por el juez Manuel García-Castellón. Villarejo sacó en la conversación el “tema Pedro”, para relatar con bastante detalle los negocios del padre y de dos tíos de Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno.

El Partido Popular ha esgrimido en varias ocasiones durante los últimos años estos supuestos negocios del suegro de Sánchez para intentar desprestigiar al presidente del Gobierno. La última vez, el pasado miércoles, cuando la vicesecretaria del PP, Ester Muñoz, pidió explicaciones a Sánchez sobre su suegro, “que se enriquece con esas saunas que todos sabemos”.

Hace casi 10 años, el exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, consideró que la información que estaba recibiendo de Villarejo sería mortal para el recién elegido secretario general del PSOE Pedro Sánchez. El comisario de Policía sugirió que tratase un asunto “tan importante” con el presidente [Mariano Rajoy] y con el número uno [del Ministerio del Interior, Jorge Fernández Díaz]: Lo que sigue es un resumen de la conversación, del que se han eliminado los datos más íntimos sobre los familiares de Sánchez que contó Villarejo a Martínez:

El hoy senador del PP y hasta hace un año diputado nacional Luis Santamaría sacó a relucir los negocios del suegro de Sánchez durante la investigación parlamentaria de las actividades ilegales de la policía política durante el mandato del PP. Primero lo hizo al interrogar al comisario Enrique García Castaño y lo repitió cuando preguntó a Villarejo.

Villarejo también respondió al diputado Santamaría en su última comparecencia en el Congreso: “Si yo llego vivo a diciembre, votaré al señor Pedro Sánchez por una razón fundamental, porque es el presidente más valiente que he conocido porque cuando lo que dice su señoría: le vino el señor Sanz Roldán con lo de la sauna del suegro, se lo tiró a la cara y le dijo: ‘No te voy a renovar el cargo’. Por lo tanto, para mí ya, vamos, es mi ídolo.

En la misma conversación, Villarejo trata con Martínez sobre las estrategias contra el independentismo catalán —solo tres meses después se convocaría una consulta para la secesión—. El comisario le pide al secretario de Estado pagar 50.000 euros a Victoria Álvarez, examante de Jordi Pujol Ferrusola, para “tranquilizar” a quien denunció el supuesto blanqueo de capitales de Oriol Pujol Ferrusola, el hijo mayor del expresidente catalán. El comisario también habla de causas judiciales abiertas contra el independentismo y Martínez pregunta si está personado. “De momento no, ahí está personada Manos Limpias, a la que manejamos, pero si quieres nos personamos”.

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<![CDATA[La investigación a Begoña Gómez: un tráfico de influencias sin pruebas conocidas]]>https://elpais.com/espana/2024-04-24/la-investigacion-a-begona-gomez-un-trafico-de-influencias-sin-pruebas-conocidas.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-24/la-investigacion-a-begona-gomez-un-trafico-de-influencias-sin-pruebas-conocidas.htmlWed, 24 Apr 2024 11:14:00 +0000Manos Limpias ha denunciado en un juzgado de Madrid el supuesto delito de tráfico de influencias cometido por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a través de sus actividades profesionales en el Instituto de Empresa y en la Universidad Complutense de Madrid. El juez ha admitido a trámite la denuncia y la investigación permanece secreta.

En el Instituto de Empresa, Gómez tuvo relación con los dueños de Globalia, propietario de la compañía Air Europa, quienes financiaron un evento del órgano que codirigía la esposa de Sánchez. Posteriormente, el Consejo de Ministros aprobó el rescate a esta aerolínea, y a otras, con el fondo creado en plena pandemia para apuntalar a empresas estratégicas golpeadas por la crisis sanitaria. En la Universidad Complutense, la mujer del presidente dirigió una cátedra en la que participó un empresario que, posteriormente, se presentó a un concurso público con una oferta donde incluyó 32 cartas de recomendación, una de ellas firmada por Gómez.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo señala algunos requisitos indispensables para poder condenar por tráfico de influencias a alguien. Entre esos requisitos destacan los siguientes.

“Presión moral eficiente sobre la voluntad de quien ha de resolver”. “La influencia debe ser entendida como presión moral eficiente sobre la voluntad de quien ha de resolver para alterar el proceso motivador de aquel introduciendo en su motivación elementos ajenos a los intereses públicos, que debieran ser los únicos ingredientes de su análisis, previo a la decisión, de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida”, señala el Supremo en su sentencia 646/2021, dictada por la Sala de lo Penal.

En el caso de los contratos públicos adjudicados en 2021 por Red.es (entonces dependiente del Ministerio de Economía) al empresario Carlos Barrabes, la supuesta influencia de la esposa del presidente consistió en que en julio de 2020 había firmado una carta apoyando a dicho empresario, quien, junto a esa, presentó otras 31 cartas de recomendación de empresas e instituciones, algunas gobernadas por el PP. Esas 32 cartas formaban parte de un bloque de la oferta que suponía el 8% en la valoración. La mesa de contratación ni siquiera destacó en su valoración las cartas de recomendación firmadas por distintas instituciones públicas, sino sólo aquellas de empresas tecnológicas.

En el caso del rescate del Gobierno a Air Europa, no hay un solo acto administrativo que pueda acreditarse para probar la influencia ejercida por la esposa del presidente, salvo que se reunió en varias ocasiones con los responsables de la compañía, y que esta firma intentó financiar un evento impulsado por un órgano codirigido por Begoña Gómez.

El Gobierno rescató con un préstamo de 475 millones de euros a Air Europa, como lo hizo con otras compañías aéreas durante la pandemia. El resto de países europeos hizo lo mismo con sus principales aerolíneas. Muchas de estas ayudas fueron recurridas a la justicia europea, que censuró algunas y avaló la concedida por el Gobierno español.

“Relación personal del sujeto activo con el funcionario”. El Supremo sostiene en esa misma sentencia de 2021: “En el caso del artículo 429 del Código Penal [El particular que influyere en un funcionario público o autoridad prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con este o con otro funcionario público o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años], se requiere que la influencia sea actuada en el contexto de una situación típica: la relación personal del sujeto activo con el funcionario. Lo que hace de este un delito especial, ya que solamente puede ser autor quien se encuentra en dicha situación”.

Begoña Gómez no tenía ninguna relación personal con los funcionarios de Red.es que valoraron la oferta de la empresa, que incluyó 32 cartas de recomendación, una de ellas firmada por la esposa del presidente del Gobierno.

“Que la influencia vaya orientada a conseguir una resolución”. “Tampoco basta que un ciudadano trate de influir espuriamente en el funcionario que resuelve si no mantiene con él una relación que deba considerarse de naturaleza “personal” y, además, se prevale de la misma”, insiste el Supremo. “El tipo [penal de tráfico de influencias] exige la existencia de una relación personal del sujeto con una autoridad o funcionario público. Pero no es suficiente la existencia de la misma, sino que, además, es necesario que el sujeto actúe prevaliéndose de ella y que, de esa forma, influya en quien debe resolver. Precisamente, porque el tipo exige que esa influencia vaya orientada a conseguir una resolución, y no cualquier otra clase de comportamiento”, añade el tribunal. Y vuelve a recordar: “La influencia ha sido entendida por la jurisprudencia como una presión moral eficiente sobre la voluntad del que debe resolver, con capacidad para alterar el proceso de motivación introduciendo en él elementos distintos del interés público al que debe atender”.

En el acuerdo del Consejo de Ministros para el rescate de Air Europa, el Gobierno (incluyendo a su presidente) sólo ratificó la propuesta del Consejo Gestor creado en pandemia para administrar el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas. Dicho consejo estaba presidido por el presidente o vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) y compuesto por cuatro vocales: el secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa; el Subsecretario de Hacienda; el Secretario General de Industria; y el Secretario de Estado de Energía.

“Que se ejerza predominio o fuerza moral”. “La influencia”, señala el Supremo, “debe consistir en una presión moral eficiente sobre la acción o la decisión de otra persona, derivada de la posición o status del sujeto activo”. En las actividades de Begoña Gómez o de su marido, Pedro Sánchez, no se conoce ni una sola prueba de estas conductas que define la jurisprudencia del Supremo sobre el tráfico de influencias. La Sala de lo Penal ha declarado que “entre los requisitos del tráfico de influencias ha de concurrir un acto concluyente que rellene el tipo penal, esto es, que se ejerza predominio o fuerza moral sobre el sujeto pasivo de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida”.

No hay ni rastro de esa presión en los hechos denunciados por el falso sindicato Manos Limpias, que en los últimos meses ha presentado otras denuncias contra el presidente del Gobierno y contra el secretario de Organización del PSOE que han sido archivadas por el Tribunal Supremo.

“Que la única explicación a la conducta del funcionario sea aquella presión”. “El tipo objetivo consiste en “influir”... es decir, la sugestión, inclinación, invitación o instigación que una persona lleva a cabo sobre otra para alterar el proceso motivador de esta, que ha de ser una autoridad o funcionario, respecto de una decisión a tomar en un asunto relativo a su cargo abusando de una situación de superioridad”, sentencia el Supremo. “Como consecuencia de estas exigencias típicas, en el relato de hechos probados debe constar una conducta que pueda considerarse como una presión moral eficiente. O, en otro caso, la descripción de una situación en la que la única explicación a la conducta del funcionario o autoridad sea la existencia de aquella presión, constitutiva del acto de influencia”, remacha.

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Juan Carlos Hidalgo
<![CDATA[El PP fabrica premisas falsas para investigar el ‘caso Koldo’]]>https://elpais.com/espana/2024-04-23/el-pp-fabrica-premisas-falsas-para-investigar-el-caso-koldo.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-23/el-pp-fabrica-premisas-falsas-para-investigar-el-caso-koldo.htmlTue, 23 Apr 2024 03:30:00 +0000El juez Javier Gómez Bermúdez detalló en la sentencia sobre los atentados del 11-M cuáles eran los ingredientes básicos de aquella fábrica de las mentiras que acusó en falso a ETA de la matanza de los trenes: “Se aísla un dato, se descontextualiza y se pretende dar la falsa impresión de que cualquier conclusión pende exclusivamente de él, obviando así la obligación de valoración conjunta de la prueba, que permite mediante el razonamiento llegar a una conclusión según las reglas de la lógica y la experiencia”. El Partido Popular, que abrazó esas patrañas, inauguró este lunes la investigación del Senado sobre el escándalo de la compra de mascarillas en pandemia aplicando a rajatabla el manual del bulo que dejó escrito el juez Gómez Bermúdez.

El senador Luis Santamaría, portavoz del PP en la comisión de investigación, se abrazó a un hecho falso para acusar al Gobierno socialista de lucrarse en pandemia contratando la adquisición de mascarillas con dinero público. Santamaría leyó de corrido algo que, supuestamente, había escrito previamente: “El Ministerio de Sanidad prohibió el 10 de marzo de 2020 a las comunidades autónomas comprar material sanitario de protección. [Pedro] Sánchez estaba así sentando las bases de un marco que les iba a permitir a ustedes llenarse los bolsillos con un dinero que debería haber ido destinado a comprar material de protección”.

La realidad, conocida desde hace cuatro años, publicada por todos los medios en España y acreditada por investigaciones judiciales, es muy distinta: las comunidades pudieron comprar desde el primer día material sanitario sin ningún veto ministerial que lo impidiera. Un ejemplo conocido por el propio PP: el Gobierno de la Comunidad de Madrid empezó a recibir ofertas desde el 14 de marzo. Solo unos días después, el 23 de marzo, la empresa Priviet, propiedad de un amigo de la presidenta Isabel Díaz Ayuso, presentó una de esas propuestas: 250.000 mascarillas por 1.5 millones. La Comunidad de Madrid compró y Tomás Díaz Ayuso, hermano de la presidenta, ganó 234.000 euros como comisionista de aquella operación. Ningún reproche penal. La Fiscalía Anticorrupción archivó la denuncia de la oposición.

Santamaría leyó su discurso de 20 minutos contra Koldo García, el asesor del entonces ministro de Transportes que supuestamente se enriqueció tras cobrar comisiones ilegales por facilitar el negocio de las mascarillas a dos empresarios, y le preguntó a sabiendas de que no iba a responderle: “¿No le extrañó a usted que las comunidades autónomas no pudieran contratar y Puertos del Estado sí?”. No solamente podían contratar las comunidades autónomas, sino también lo hicieron los ayuntamientos.

Siguió el senador del PP aislando datos para fabricar más mentiras: “Nunca jamás en España se había visto adjudicar un contrato público a tal velocidad”. Santamaría recordó que un día después de que el Ministerio de Transportes publicara la orden para comprar ocho millones de mascarillas, el contrato fue adjudicado a Soluciones de Gestión, la empresa recomendada por Koldo García. Sin embargo, todas las administraciones adjudicaban con prisas por aquellos días. En el Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, se hizo un contrato exprés de madrugada el 24 de marzo de 2020 a través de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios: “Hay que cerrar esta noche, tenemos un millón [de mascarillas] a seis euros“, escribió por WhatsApp a los consejeros de la empresa municipal quien era entonces la coordinadora de Presupuestos del Ayuntamiento, Elena Collado. Aquel contrato acabó en los tribunales denunciado por la Fiscalía Anticorrupción, que pide cárcel para los dos intermediarios, Luis Medina y Alberto Luceño, que colaron los productos chinos, muchos defectuosos, al Ayuntamiento de Madrid, y ganaron seis millones de euros en comisiones.

Santamaría mantuvo intacto hasta el final su discurso del bulo fabricado con premisas falsas, no necesitó rigor ni medida en las líneas de su texto dedicadas a las acusaciones más gruesas: el PSOE se repartió el dinero que supuestamente llegó a Barajas en maletas propiedad de la vicepresidenta venezolana Delcy Rodríguez; los socialistas blanquearon en República Dominicana el capital producto de sus delitos; existe una relación directa entre el caso que se investiga en Canarias de un supuesto cohecho de un exdiputado socialista, Juan Bernardo Fuente, con la corrupción del caso Koldo. El senador del PP coronó su intervención con una traca final de invectivas contra el exasesor del exministro: “Pequeña me parece la calificación de organización criminal para definir lo que ustedes hacían, gente sin alma capaces de todo; dice usted que por las mascarillas no entrará en la cárcel y digo yo que a poca justicia que haya usted no debería salir nunca de la cárcel; no le importó ni la vida de los suyos, no se puede ser más miserable”. Mudo hasta entonces por indicación de su abogado, Koldo García pidió la palabra para contestar a Santamaría: “Cree el ladrón que todos son de su condición”.


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Samuel Sánchez
<![CDATA[El PP busca las pruebas que no encuentra aún el juez para implicar a cargos socialistas en el ‘caso Koldo’]]>https://elpais.com/espana/2024-04-22/el-pp-busca-las-pruebas-que-no-encuentra-aun-el-juez-para-implicar-a-cargos-socialistas-en-el-caso-koldo.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-22/el-pp-busca-las-pruebas-que-no-encuentra-aun-el-juez-para-implicar-a-cargos-socialistas-en-el-caso-koldo.htmlMon, 22 Apr 2024 03:40:00 +0000El Congreso y el Senado inician este lunes la investigación de un escándalo global en la compraventa de material sanitario durante los peores meses de la pandemia —entre marzo y junio de 2020—. La oferta limitada de mascarillas, respiradores o guantes y una demanda enloquecida de todos los países consumidores para proteger a sus ciudadanos —el covid causaba en España cientos de muertos cada día— desencadenó múltiples compras de material chino a precios desorbitados Esas operaciones enriquecieron a muchos empresarios sin escrúpulos y quedaron impunes porque la ley lo permitía. La normativa vigente autorizaba a saltarse todos los controles de las administraciones públicas a la hora de comprar material sanitario: los contratos de emergencia —casi todos los que se hicieron aquellos meses— avalaban las adjudicaciones a dedo a empresas sin solvencia ni experiencia en el sector y a cualquier precio.

El PP, con mayoría absoluta en el Senado, ha aprobado una comisión de investigación dirigida a buscar pruebas que impliquen a altos cargos socialistas en el denominado caso Koldo —el supuesto pago de comisiones ilegales al asesor principal del exministro de Transportes, José Luis Ábalos, a cambio de facilitar un negocio de, al menos, 16 millones de euros a dos empresarios: Juan Carlos Cueto y Víctor de Aldama—. El PP ha pedido documentación de todos los contratos del Ministerio de Transportes, pero también los del Ministerio de Sanidad y de los gobiernos de Canarias y Baleares, con la creencia de que la corrupción destapada por el caso Koldo alcanza también a numerosos cargos socialistas de esas administraciones. Koldo García Izaguirre, exasesor de Ábalos y principal imputado en el sumario abierto en la Audiencia Nacional, tiene previsto acudir a la primera sesión que el PP ha aprobado en el Senado para investigar el escándalo.

El juez que dirige la investigación del caso en la Audiencia Nacional imputó tras seis meses de investigación secreta al exasesor Koldo García, a su mujer y a su hermano, junto a cuatro empresarios que se enriquecieron con la venta de mascarillas a los ministerios de Transportes e Interior y a los gobiernos autonómicos de Canarias y Baleares. Sin embargo, tras más de dos años de investigación, los últimos seis meses con pinchazos telefónicos y seguimientos a los principales implicados, el juez no ha imputado a ningún alto cargo socialista. Fuentes conocedoras de la investigación abierta en la Audiencia señalan a EL PAÍS: “Evidentemente, existe la sospecha de que el exasesor Koldo Aguirre, para poder hacer estas cosas, necesitaba operar bajo el manto protector del ministro. Es una inferencia que puede ser razonable, pero, más allá de eso, no tienen aún los investigadores elementos indiciarios suficientes para actuar contra Ábalos. Eso sólo cambiará si el estudio de la documentación intervenida permite avanzar en esa línea. Depende de lo que se encuentre entre la parte del material requisado que aún está pendiente de analizar. Queda todavía un trabajo complicado”.

Descarga en el aeropuerto de Manises de un avión con 65 toneladas de material sanitario comprado por la Generalitat valenciana a China en abril de 2020.

El PP no sólo pretende investigar el caso Koldo, sino que ha incorporado a sus 40 folios de peticiones de documentación, expedientes que nada tienen que ver ni con la compra de mascarillas ni con los contratos de emergencia de la pandemia, con la intención de incluir en los trabajos de la comisión sus acusaciones de corrupción contra la mujer del presidente, Begoña Gómez, o las relaciones del Gobierno con el Ejecutivo venezolano. Aunque los letrados del Senado avisaron al PP de que muchas peticiones no se correspondían con el asunto aprobado para crear la comisión de investigación, la senadora Alicia García replicó que informaciones publicadas en medios de comunicación permitían incluir esa documentación que han solicitado dentro del epígrafe “otros casos de corrupción”. La senadora García asegura que se trata de hechos sometidos en muchos casos “a investigaciones judiciales en curso”. Pero ni las acusaciones del PP contra la esposa de Pedro Sánchez ni los hechos a que se refieren están sometidos a investigaciones judiciales; ni las relaciones con el Gobierno venezolano tampoco —las denuncias presentadas fueron archivadas en su día por la Audiencia de Madrid—.

El Congreso de los Diputados iniciará sus trabajos de investigación con la comparecencia de Enriqueta Chicano, presidenta del Tribunal de Cuentas. Durante los dos primeros años de pandemia, este organismo (fiscalizador del gasto de las administraciones públicas) elaboró media docena de informes donde radiografió la compra de material sanitario por los ayuntamientos más poblados de España, las comunidades que carecían de cámara de cuentas y la Administración central. Todos los informes encontraron los mismos problemas: precios disparatados, empresas sin solvencia ni experiencia que fueron adjudicatarias, y todo ello sin la libre concurrencia de cualquier concurso público. Pero en todos los informes, los auditores del Tribunal de Cuentas se remitían a la normativa vigente, que dejaba sin posibilidad de sanción lo que en otro escenario hubiera sido motivo de apertura de numerosos expedientes por responsabilidad contable que hubieran acabado con una acusación formal de la Fiscalía.

Por la tarde está prevista la comparecencia de Salvador Illa, el candidato socialista a las próximas elecciones autonómicas catalanas, que fue durante los primeros meses de la pandemia el ministro de Sanidad. Su departamento adjudicó 2.500 millones de euros en material sanitario anticovid. Alguno de los contratos fueron denunciados por el PP de la Asamblea de Madrid. Uno de ellos, financiado en parte con fondos europeos y adjudicado a la empresa FCS, fue remitido a la Fiscalía Europea, que lo sigue investigando, según indicaron fuentes fiscales.

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Sergio Pérez
<![CDATA[Ocho claves sobre los trabajos de Begoña Gómez ]]>https://elpais.com/espana/2024-04-15/ocho-claves-sobre-los-trabajos-de-begona-gomez.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-15/ocho-claves-sobre-los-trabajos-de-begona-gomez.htmlMon, 15 Apr 2024 03:40:00 +0000Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez, está en el foco del debate político desde hace semanas a cuenta de las embestidas del PP. La formación de Alberto Núñez Feijóo lidera una ofensiva contra el matrimonio, al que acusa de conflicto de intereses y tráfico de influencias en los préstamos y ayudas públicas concedidos por el Ejecutivo central a tres empresas que han tenido algún vínculo con los centros de estudios donde ha trabajado Gómez. “La mujer del presidente tendrá que dar cuentas de sus actividades empresariales y económicas que consigue posteriormente a ser la mujer del presidente. Pero el problema es el conflicto de intereses de su marido”, dijo Feijóo a principios de abril. Para localizar estos nexos supuestamente corruptos que denuncia el PP hay que remontarse a 2018. Esta es una reconstrucción de los hechos conocidos, divididos en ocho claves.

Primera. Verano de 2018. Apoyos solidarios.

El 8 de julio de 2018 —Sánchez acababa de ser investido tras una moción de censura— EL PAÍS publicó un reportaje en el que contaba los dos últimos actos públicos de Begoña Gómez antes de mudarse a La Moncloa: una fiesta destinada a recaudar fondos para un proyecto solidario en Tanzania y un concierto en el Auditorio Nacional para apoyar a una ONG que buscaba mejorar la vida de las personas con discapacidad intelectual.

Los dos eventos se enmarcaban en la especialidad de Gómez, que tiene un título en Marketing por la universidad privada ESIC y es experta en captación de fondos, un perfil profesional que comenzó a despegar en España pasados los años 2000. Comenzaba a ser demandado con mayor frecuencia por las entidades del denominado tercer sector: las ONG, fundaciones, museos y asociaciones no lucrativas de todo tipo. El objetivo es conseguir financiación privada para distintos proyectos.

A eso se dedicaba Gómez desde su puesto de directora de consultoría en el Grupo Inmark. Fuentes socialistas indicaban en aquel artículo periodístico que Gómez barajaba abandonar su trabajo —solicitó una excedencia después— para evitar cualquier tipo de conflicto de intereses tras la llegada de Sánchez a La Moncloa. Sin embargo, ella misma dio pinceladas de lo que podría ser su nueva vida durante el primer acto solidario al que asistió como esposa del presidente: “Tengo intención de seguir trabajando y por supuesto mantener la vida que he hecho siempre. Creo que puedo ayudar y dar visibilidad a cuestiones solidarias”, dijo.

Un mes después fichó por la Universidad privada IE University (IE) para dirigir un nuevo centro para la innovación en el continente africano: África Center. Al IE han estado vinculados expertos en economía de los principales partidos, como el socialista Jordi Sevilla, el exministro popular Luis de Guindos o el que fuera responsable del área económica de Ciudadanos, Luis Garicano. Gómez habló el mismo día que se conoció su fichaje por IE en la revista Vanity Fair. Afirmó sentirse “satisfecha e ilusionada” de poder “impulsar un proyecto” con el que contribuir al crecimiento del continente desde el “apoyo a la innovación, el emprendimiento, el liderazgo y la innovación social aplicada en África”.

La esposa de Sánchez dirigió Africa Center entre agosto de 2018 y junio de 2022. A preguntas de este diario, una portavoz del IE cuenta ahora por correo electrónico que se fichó a Gómez porque “su perfil encajaba en la posición”. También explica que el contrato de Gómez incluía cláusulas de incompatibilidad. “El objetivo era proteger a las partes y asegurar que no existiese ninguna práctica que contemplase aprovechar la posición familiar de Gómez para generar un beneficio económico”, dice esta portavoz. “Impedía la contratación con empresas públicas o con aquellas participadas directa o indirectamente por la Administración Pública”.

Este periódico también ha solicitado las condiciones del contrato de Gómez en sus cuatro años al frente del África Center, pero esa información no ha sido facilitada. IE sí confirma un acuerdo de colaboración entre la empresa española Wakalua y el Africa Center en 2020. Aquí es, precisamente, donde ha puesto la lupa el PP a raíz de una publicación de El Confidencial que vinculaba el trabajo de Gómez en Africa Center con la empresa Wakalua y el rescate a Air Europa en plena pandemia.

Segunda. Enero de 2019. Wakalua

Wakalua nace en enero de 2019. Según la nota de prensa, se trata un “hub de innovación empresarial impulsado por la Organización Mundial de Turismo”, una especie de centro de operaciones que pretendía aglutinar a entidades del sector turístico. Wakalua pertenece al Grupo Globalia, propietario también de la aerolínea Air Europa y de Halcón Viajes, entre otras.

Meses después, en septiembre de 2019, tuvo lugar en San Petersburgo (Rusia) la 23ª reunión de la Asamblea General de la Organización Mundial de Turismo (OMT), con más de 1.000 participantes y 124 países convocados. Aquí coinciden por primera vez Begoña Gómez y el que entonces era consejero delegado de Globalia, Javier Hidalgo. Fuentes de la compañía sostienen que ambos no se conocían de antes.

Wakalua y la IE University alcanzaron el 17 enero de 2020 un acuerdo de patrocinio para financiar dos becas promovidas por el Africa Center, el centro que codirigía Gómez. Un portavoz de Globalia explica que el acuerdo contemplaba un pago de 40.000 euros, de los que 25.000 se destinaban al patrocinio de dos becas para los ganadores de un concurso y otros 15.000 euros para organización de eventos y la cobertura de vuelos. Pero ese acuerdo, según este portavoz, sólo fue efectivo durante “unos meses”. Wakalua pagó dos billetes de ida y vuelta para un viaje en turista a Londres por 1.716 euros, para la propia Gómez y la presidenta del África Center, Felicia Appeteng, a un evento que organizó IE University y que contó con el patrocinio de la Organización Mundial de Turismo. “Después”, dice este portavoz de Globalia, “la llegada de la pandemia interrumpió todas las actividades y no se llevó a efecto ninguno de los acuerdos”. Y afirma: “Wakalua no pagó ninguna otra cantidad al Africa Center ni a la Fundación IE”. Una portavoz del IE confirma que la crisis del coronavirus interrumpió el acuerdo entre las partes y que “jamás” han recibido una aportación de Globalia ni de su filial Wakalua. Según ambos portavoces, tampoco han existido patrocinios previos ni posteriores al acuerdo.

Gómez visita meses más tarde la sede de Globalia en Madrid en dos ocasiones, según fuentes de la compañía: el 24 de junio de 2020 y el 16 de julio del mismo año. La reunión se produce porque Globalia quería explicar a Gómez un proyecto para mejorar la habitabilidad de los pueblos deshabitados en España y otros países de Europa. En esta reunión estuvo Hidalgo, el por entonces consejero delegado de Globalia. Las mismas fuentes indican que este le comentó a Gómez que el proyecto consistía en comprar pueblos abandonados y crear complejos hoteleros en la España vaciada. El proyecto no se llevó a cabo. Gómez, según la compañía, fue a la reunión en calidad de representante de las instituciones educativas en las que trabajaba, al estar vinculada a IE University.

Tercera. Noviembre de 2020. Rescate a Air Europa

La pandemia y el confinamiento frenaron en seco el transporte aéreo en el mundo. Sin turismo, Air Europa, que pertenece a Globalia y que cuenta con 14.000 empleos directos, fue rescatada por el Gobierno de Sánchez en noviembre de 2020 con 475 millones de euros a devolver en seis años. Este préstamo siguió los mismos cauces que los concedidos a otras compañías aéreas rescatadas de urgencia por la crisis del coronavirus. La inyección fue autorizada por el Consejo de Ministros el martes 3 de noviembre de 2020. El PP considera que Sánchez debería haberse inhibido por los vínculos entre Wakalua, que depende de Globalia, y Gómez, que presidió un centro de estudios de IE University (Africa Center) y firmó un acuerdo con Wakalua. Los populares creen que aquí existe un posible conflicto de interés y acudieron a denunciarlo ante la Oficina Pública de Conflicto de Intereses, creada en 2006 y dirigida desde 2007 por Flor María López Laguna. Esta contestó al PP, en un documento fechado en marzo, que la esposa de Sánchez “no tiene ni ha tenido relación laboral o profesional alguna que implique el ejercicio de funciones de dirección, asesoramiento o administración en estas entidades”. Desestimó el caso.

Javier Hidalgo, exCEO de Air Europa, en su despacho de la compañía en Pozuelo (Madrid) en 2019.

La ayuda a Air Europa se llevó a cabo a cuenta del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, creado en julio de ese año por el Gobierno, para paliar el impacto de la pandemia en empresas clave y estratégicas. La operación se realizó mediante un préstamo participativo de 240 millones y otro ordinario de 235 millones. Air Europa también obtuvo durante el año del confinamiento un préstamo de 140 millones avalado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). No fue la única aerolínea que recibió ayuda. En total, el fondo destinó 740 millones para Air Europa, Volotea, Air Nostrum y Plus Ultra, que también recibieron préstamos del ICO.

El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) sentenció en mayo de 2021 que el rescate español a Air Europa fue legal por proporcionado y no discriminatorio. “Esta solución”, dice la sentencia, “es coherente con el objetivo del régimen, dirigido a poner remedio a la grave perturbación de la economía española desde una perspectiva de desarrollo económico a medio y largo plazo”. En esa misma fecha (19 de mayo de 2021) el Tribunal anuló las autorizaciones de la Comisión Europea a los rescates de TAP, principal aerolínea portuguesa, con un préstamo de 1.200 millones, y el respaldo holandés a KLM, principal aerolínea holandesa, con 3.400 millones. Lo mismo sucedió con Italia y el rescate a sus aerolíneas.

Cuarta. La segunda denuncia del PP

El PP también ha denunciado un presunto caso de conflicto de intereses y tráfico de influencias porque considera que dos cartas de apoyo firmadas por Begoña Gómez en julio de 2020 como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense a favor de una compañía presidida por el empresario tecnológico Carlos Barrabés han sido clave en sendas ayudas públicas logradas por este para realizar cursos para jóvenes y desempleados por 4,8 millones y 3,6 millones. Las ayudas las otorgó en 2021 la entidad pública Red.es, dependiente entonces del Ministerio de Economía y ahora del Ministerio para la Transformación Digital. Estas cartas aportadas por el empresario Barrabés —quien incluyó otras 31 idénticas en ambos procesos, entre ellas dos firmadas por el Ayuntamiento de Madrid (PP)— fueron publicadas por El Confidencial a principios de este mes de abril.

Quinta. La relación de Gómez con la Universidad Complutense

Gómez entra por primera vez a trabajar en la Universidad Complutense de Madrid en septiembre de 2014, tres meses después de que Pedro Sánchez fuera elegido secretario general del PSOE. Gómez codirige desde su creación —también en 2014— el Máster Propio de Fundraising [captación de fondos], relacionado con su profesión. Cinco años después, en 2019, la Complutense crea la Cátedra de Transformación Social Competitiva.

Aunque en España se les llame cátedras, se trata de iniciativas de investigación o de trabajo académico subvencionados. La Complutense cuenta en 2024 con más de 50. Todas tienen director/a de cátedra, que siempre será un profesor/a de la universidad, no necesariamente un catedrático/a. Para ponerlas en marcha se requieren habitualmente 30.000 euros que provienen de patrocinadores. De estos 30.000 euros, el 10% se lo queda la propia universidad. Los dos patrocinadores de la cátedra que codirige Gómez son la Fundación La Caixa y Reale Seguros, que firmaron en octubre de 2020 un acuerdo con la Complutense por cuatro años (finaliza en octubre de 2024) a razón de 15.000 euros anuales cada una.

“Esta cátedra nos pareció interesante porque existen muy pocas sobre sostenibilidad”, afirma un portavoz de Reale. “Nosotros por razones presupuestarias decidimos hace meses no continuar a partir de 2025″, añade. La Fundación La Caixa está a la espera de la solicitud formal de renovación de la Complutense y, a partir de ahí, la valorarán, señala un portavoz.

Un año después de esta cátedra nace el Máster Propio en Transformación Social Competitiva, que codirige también Gómez y que cuenta prácticamente con el mismo profesorado, donde figura, entre otros, el periodista Jaime García Cantero, director de la revista Retina, editada por PRISA, empresa propietaria de EL PAÍS. Begoña Gómez, como codirectora de esta cátedra de la Complutense, también ha ejercido como jurado de los premios Retina.

Otro profesor de la cátedra y del máster es Carlos Barrabés, propietario de la empresa Innova Next y quien pidió a Gómez las cartas de apoyo que presentó al procedimiento de ayudas públicas. Barrabés ha rechazado responder a EL PAÍS aunque sí contestó al Heraldo de Aragón: “Estamos siendo víctimas de una situación que para nosotros era impensable. Es muy injusto. Nunca hemos ganado un concurso público porque nadie nos haya apoyado o nos haya dejado de apoyar”. Innova Next llegó a un acuerdo con The Valley para formar una Unión Temporal de Empresas (UTE) con la que optar a los concursos de ayudas públicas. La firma The Valley está especializada en la formación en capacidades digitales. Una portavoz cuenta por correo que entró a formar parte de la UTE tras recibir la propuesta de Barrabés, que buscaba un socio en educación. Begoña Gómez no ha tenido vínculos con The Valley, según esta compañía.

Sexta. Las cartas firmadas por Gómez

El PP denuncia un conflicto de intereses y un tráfico de influencias porque dos de las cartas de apoyo presentadas por la UTE a los dos concursos públicos de Red.es están firmadas por Gómez en julio de 2020 en calidad de codirectora de un máster de la Complutense. Las misivas dicen lo siguiente en su encabezado: “Declaración de interés y apoyo de máster en captación de fondos para el desarrollo del programa Conecta formación e inserción laboral en desempleados”. Y finaliza: “Por medio de la presente manifestamos nuestro apoyo a dicho programa, que persigue detectar, formar e incorporar al mercado digital a jóvenes desempleados. Asimismo, mostramos nuestra intención de colaborar activamente en la difusión de sus convocatorias en nuestro ámbito de actuación que pudieran ser interesados”.

Según una portavoz de The Valley, el texto de las cartas de apoyo se consensuó entre las dos partes de la UTE y era idéntico para todos. “Cada una de las partes se encargó de recopilar las recomendaciones de aquellos con los que, por su área de actividad, tenía una relación más directa. En este sentido, The Valley se centró en incorporar a las empresas privadas (Oracle, Barcelona Mobile, etc.)”.

Dos de las cartas de apoyo a la UTE también están firmadas por el Ayuntamiento de Madrid (PP) en 2020. Las firma Belén García Díaz, que entonces era la gerente de la Agencia para el Empleo de la capital y ahora es la directora General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid (PP). Un portavoz del Ayuntamiento remite a la Comunidad las explicaciones sobre los motivos de la firma de esta carta. Una portavoz de la Comunidad contesta que no puede responder por una práctica de otra administración pública.

Séptima. Así se otorgaron las ayudas

Las ayudas otorgadas por Red.es a esta UTE ascendieron a 8,3 millones (sin IVA) para formaciones a desempleados. Se presentaron al concurso hasta 20 empresas. Según la información recabada por EL PAÍS, estas cartas de recomendación supusieron, junto a otros elementos, el 8% de la nota final. Ninguna empresa recurrió el concurso. Para la valoración de las ayudas, el pliego indicaba un 40% de valoración subjetiva y un 60% de oferta económica.

El acta de la Mesa de contratación se reunió en abril de 2021 y reconoce que no se elevó cuestión alguna relacionada con conflictos de intereses. En la valoración que hace de estas cartas no se cita la recomendación firmada por Gómez pero sí la de empresas relacionadas con el ámbito tecnológico, como Microsoft, IBM y Orange, entre otras: “Proporcionando a su propuesta una gran fortaleza desde el punto de vista de la inserción laboral”.

La adjudicación de las ayudas fue aprobada en abril de 2021 por el consejo de administración de Red.es, quien apoyó de esa manera la evaluación técnica hecha por la mesa de contratación de la entidad, formada por un presidente, un secretario, un vocal jurídico, otro económico y dos técnicos. La adjudicación de las ayudas nunca pasó por el Consejo de Ministros. Este órgano solo aprobó, un año antes, la convocatoria del concurso para conceder esas ayudas. Aunque el PP denuncia que Sánchez debería haberse inhibido, el presidente del Gobierno no participó en ningún momento en la propuesta de adjudicación de las ayudas y no podía saber que a la licitación que autorizó el Consejo de Ministros se iba a presentar meses después la oferta de una Unión Temporal de Empresas en la que incluirían dos cartas de apoyo, junto a otras 62, firmadas por su esposa.

Y octava. Expertos jurídicos: “No ha sido una buena idea [firmar las cartas]. No hay caso jurídico, pero sí de imagen”

Elisa de la Nuez, abogada del Estado y socia de Hay Derecho, fundación sin ánimo de lucro que promueve la regeneración institucional contra la corrupción, cree que la resolución de la Oficina de Conflicto de Intereses sobre el caso de las ayudas a Air Europa es correcta. “Luego están las influencias que se puedan ejercer al margen”, subraya, “pero está claro que no hay caso”. Respecto a las cartas de apoyo a un empresario firmadas por Begoña Gómez, opina que es “imprudente”, sea Gómez o cualquier otro alto cargo del Estado. “No porque sea ilegal, sino porque tienes una posición relevante y se puede interpretar de otra manera. Las cartas de interés son muy habituales y no suelen tener relevancia. Desde el punto de vista jurídico no hay caso, pero sí desde la imagen. No ha sido buena idea”.

Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos y autor del libro La corrupción en España (Atelier), considera que la denuncia del PP por Air Europa y la conexión con Gómez está sacada de contexto. “[Si se asumiera la tesis del PP] Nadie de la familia del presidente del Gobierno podría hacer nada porque cualquier decisión podría afectar a su familia. Esto es una utilización político partidista de una normativa que debe entenderse en su contexto. No creo que haya nada desde una perspectiva jurídica. Es evidente que cualquier empresa que se relacione con la mujer del presidente puede interpretarse que es favorecida por algún contrato, pero estos hechos se utilizan siempre de una manera partidista fraudulenta”.

En cuanto a las cartas de recomendación, Villoria considera que la esposa del presidente no debería haberlas firmado. “Lo mejor es no firmar bajo ningún concepto. Ha habido un error involuntario. ¿Abandonar el cargo? Creo que este tipo de actividades no me parecen un tipo de actividades que generen graves conflictos de intereses. Sí creo que sería bueno que Gómez se protegiese más en este momento y tuviese mucho cuidado porque las posibilidades de crítica podrán ser muy elevadas”.

Fuentes del Gobierno consultadas por EL PAÍS responden que la esposa del presidente no tiene por qué renunciar a su actividad profesional tras la polémica desatada por las denuncias del Partido Popular, dado que no existe ni conflictos de intereses ni tráfico de influencias en los casos analizados.

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Juan Carlos Hidalgo
<![CDATA[El novio de Ayuso ofreció pagar más de 380.000 euros para evitar la cárcel por sus engaños a Hacienda]]>https://elpais.com/espana/madrid/2024-04-04/el-novio-de-ayuso-ofrecio-pagar-mas-de-380000-euros-para-evitar-la-carcel-por-sus-enganos-a-hacienda.htmlhttps://elpais.com/espana/madrid/2024-04-04/el-novio-de-ayuso-ofrecio-pagar-mas-de-380000-euros-para-evitar-la-carcel-por-sus-enganos-a-hacienda.htmlThu, 04 Apr 2024 03:00:00 +0000Alberto González Amador, empresario que reconoció dos delitos fiscales por un monto de 350.000 euros en sus declaraciones del impuesto de sociedades de 2020 y 2021, estaba dispuesto a reparar el daño cometido mediante el pago de la cantidad defraudada más los intereses de demora (4,025% en dos ejercicios). Con el desembolso de una cantidad superior a los 380.000 euros pretendía rebajar la pena correspondiente (de uno a cinco años por cada delito fiscal) en uno o dos grados, de manera que evitara entrar en la cárcel. González Amador es la pareja actual de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, quien desde el primer momento lo ha defendido, acusando a los poderes del Estado de “asediar” a un particular, y a Hacienda de practicar una inspección salvaje y sacada de quicio.

El jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, difundió a mediados de marzo que González Amador estaba dispuesto a reconocer sus delitos cuando informó de que el fiscal le había ofrecido negociar ese acuerdo de conformidad. Pero el novio de Ayuso había reconocido mucho antes distintos engaños a Hacienda. Los inspectores de la Agencia Tributaria iniciaron el 12 de mayo de 2022 una investigación fiscal tras sospechar de una declaración del Impuesto de Sociedades de 2020, que fijaba una cuota tributaria muy inferior a la de un año antes con unos ingresos seis veces superiores a los del ejercicio anterior. Entre mayo de 2022 y enero de 2024, González Amador reconoció en distintas fases ante la Agencia Tributaria la falsedad de facturas de 600.000 euros y de casi un millón de euros con las que pretendió deducirse gastos.

Pese a estos antecedentes, el novio de Ayuso presentó el miércoles una querella contra la Fiscalía Provincial de Madrid, a la que acusa de un delito de revelación de secretos. Esta institución difundió una nota donde se informaba que fue el propio González Amador quien, a través de su abogado, había ofrecido un acuerdo para evitar la cárcel consistente en “proceder a resarcir el daño causado [un fraude de 350.000 euros en dos ejercicios del Impuesto de Sociedades], pagando íntegramente la cuota y los intereses de demora”.

El Código Penal establece para este tipo de conformidades el pago no solamente de la cuota defraudada y de los intereses de demora, sino también una multa “del tanto al séxtuplo” de esa cantidad, con lo que podría reclamar hasta dos millones de euros a González Amador para aceptar un acuerdo que conlleve una rebaja considerable de la pena de prisión.

El abogado del novio de Ayuso explica en la querella que, tras comprobar que la Agencia Tributaria había remitido el 16 de enero de 2024 a la Fiscalía una “liquidación vinculada a delito”, envió el 2 de febrero un correo electrónico al ministerio público, sección de Delitos Económicos, “para canalizar y alcanzar, en la forma prevista por la legislación penal”, esto significa la reparación del daño con un mínimo de 380.000 euros y un máximo de dos millones, “y de la forma más pronta posible la figura análoga a las actas de conformidad ya alcanzadas en sede tributaria, esto es, la conformidad penal”.

El abogado aclara que hizo estas gestiones de una manera tan rápida por las “especiales circunstancias afectantes a Alberto González Amador por la relación sentimental que mantiene” con la presidenta Ayuso. El abogado sostiene que esa relación sentimental tiene “un efecto deformador de las garantías procesales, y que, finalmente, han dado lugar a los hechos” que denuncia en la querella.

González Amador no niega en la querella sus engaños a Hacienda, pero intenta explicar a través de su abogado que ofreció admitir los delitos, que ya había reconocido previamente ante la inspección fiscal, para evitar que trascendiera la noticia de que el novio de Ayuso había cometido un fraude fiscal porque eso iba a tener “un efecto deformador de las garantías procesales”. Pero la información, que adelantó eldiario.es cuando la querella de la Fiscalía llevaba un mes en los juzgados de plaza de Castilla, se conoció el 12 de marzo, más de un mes después de que González Amador reconociera dos delitos de fraude a la Hacienda Pública.

El novio de Ayuso insiste en su querella en que nada de su comportamiento fiscal ilegal hubiera trascendido de no ser por su relación con la presidenta de Madrid. Y acusa a la Fiscalía de haber roto la necesaria confidencialidad en la negociación entre ambas partes. En la querella, el novio de Ayuso evita relatar la filtración de un correo que el fiscal del caso envió al abogado de González Amador y que difundió Miguel Ángel Rodríguez, para denunciar a continuación algo que resultó falso. Ningún superior de la Fiscalía ordenó retirar la oferta de conformidad a González Amador, como difundió el jefe de gabinete de la presidenta.

El Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria estudió el informe tributario de los inspectores fiscales y concluyó que “no fue un mero error, sino una conducta consciente, deliberada y dolosa” del empresario González Amador y que “hubo un “delito continuado en un plan preconcebido con facturas falsas y explicaciones inverosímiles e inaceptables”.

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Lagencia Press
<![CDATA[La investigación obliga al novio de Ayuso a confesar una docena de engaños tras su enriquecimiento ]]>https://elpais.com/espana/2024-04-01/la-investigacion-obliga-al-novio-de-ayuso-a-confesar-una-docena-de-enganos-tras-su-enriquecimiento.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-04-01/la-investigacion-obliga-al-novio-de-ayuso-a-confesar-una-docena-de-enganos-tras-su-enriquecimiento.htmlMon, 01 Apr 2024 03:40:00 +0000El empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, intentó engañar durante al menos dos años a la Agencia Tributaria en las declaraciones del impuesto de sociedades presentadas el 14 de julio de 2021 y el 22 de julio de 2022. El relato de los hechos descubiertos durante la inspección fiscal, incorporado al sumario del caso, acredita cómo González Amador incluyó en sus declaraciones de 2021 y 2022 una docena de facturas de supuestos gastos a sabiendas de que esos desembolsos de grandes cantidades de dinero no se habían producido o no se correspondían con lo declarado.

La Agencia Tributaria descarta que hubiera discrepancias con el empresario, y detalla en su informe los intentos de engañar a Hacienda para pagar menos impuestos. Cuando el trabajo de la inspección descubrió los distintos engaños, estos fueron admitidos por el propio González Amador. El novio de la presidenta madrileña, con la que convive en una vivienda propiedad de González Amador, ha implicado a nueve empresas y cuatro particulares en esas maniobras irregulares para ahorrarse el pago de al menos 350.000 euros en los dos ejercicios investigados. El empresario, imputado por dos delitos fiscales, deberá declarar ante la jueza el próximo 20 de mayo. González Amador puede intentar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía para rebajar la pena de cárcel prevista en el Código Penal (de uno a cinco años por cada delito fiscal) siempre que repare el daño causado mediante el pago de una cantidad muy superior a la defraudada.

La inspección fiscal inició sus trabajos el 12 de mayo de 2022, tras comprobar que la declaración del impuesto de sociedades de 2020 incluía datos sospechosos. Con seis veces más ingresos que en 2019, la empresa de González Amador declaró un tercio de la cuota tributaria registrada un año antes. Solo seis meses después de iniciar la investigación, la Agencia Tributaria decidió ampliar la inspección a la declaración del impuesto de sociedades de 2021, donde también detectó irregularidades. Los inspectores fueron descubriendo el engaño tras una serie de comprobaciones que se prolongaron durante 18 meses y que obligaron a González Amador a reconocer la falsedad de sus declaraciones de gastos.

Miguel Ángel Rodríguez, el jefe de Gabinete de Isabel Díaz Ayuso, declaró sin embargo este domingo en una entrevista en El Mundo que todo se trata de una estrategia general de acoso contra su jefa del Gobierno y que Alberto González es “un brillante ejecutivo de empresa que lleva muchos años declarando a Hacienda que gana más que el presidente del Gobierno y que tiene un problema, no con su inspección fiscal, ya que le han inspeccionado a él personalmente y está al corriente, sino con una empresa de la que la inspectora dice que no se cree dos facturas falsas”.

Miguel Ángel Rodríguez e Isabel Díaz Ayuso, el 4 de diciembre, en Madrid.

Los principales hitos de la investigación fiscal, a los que ha tenido acceso EL PAÍS, son los que siguen:

Una empresa mexicana anuló en diciembre de 2020 la factura que Maxwell presentó seis meses después. La empresa Maxwell, propiedad de González Amador, intermedió entre dos empresas españolas (una catalana y otra gallega) para la compra de mascarillas en lo peor de la pandemia y logró casi dos millones de euros en comisiones. González Amador presentó en su declaración del impuesto de sociedades (julio de 2021) una factura de 620.000 euros a favor de MKE, empresa mexicana que supuestamente había prestado servicios para Maxwell. El empresario pretendía así deducirse esos gastos y ahorrarse el pago de impuestos. La investigación abierta por Hacienda descubrió que el novio de Ayuso conocía, mucho antes de presentar la declaración, que la factura de los 620.000 euros había sido anulada en diciembre de 2020 por MKE, circunstancia que esta firma mexicana reconoció ante Hacienda. Además, apenas un año después de presentada la declaración del impuesto de sociedades, González Amador admitió que “no hubo acuerdo con MKE, ni se pagó la factura, ni existió proyecto cerrado” que obligara al desembolso que había declarado.

La investigación acumuló más pruebas del fraude. Maximiliano E. Niederer, supuesto socio de González Amador, aparecía como representante de MKE en la firma del contrato de colaboración, pero lo negó ante los inspectores de Hacienda en mayo de 2023. Poco después, admitió que conocía a algunos de sus representantes y que alguien firmó en su nombre el contrato aportado por González Amador. Para cerrar el círculo, el 3 de octubre de 2023, la autoridad fiscal de México envió una comunicación a la Agencia Tributaria en la que respondía así a una petición de información: “De una búsqueda exhaustiva en nuestras bases de datos, la empresa MKE no expidió factura alguna a Maxwell”.

Pago inexistente a una firma que nunca vendió vacunas a Costa de Marfil. González Amador repitió un año después en su declaración del impuesto de sociedades, del 22 de julio de 2022, el intento de engaño. En este caso, presentó facturas a favor de una sociedad de Costa de Marfil llamada Gayani, también representada por Maximiliano E. Niederer, a la que había pagado 922.585 euros por los servicios para vender dos millones de vacunas al Gobierno de Costa de Marfil. Las facturas estaban fechadas el 16 de junio de 2021, apenas 15 días después del contrato de colaboración firmado entre Maxwell y Gayani. Un año antes de la declaración del impuesto de sociedades, el empresario González Amador supo que no había logrado el contrato para vender mascarillas a Costa de Marfil y, por tanto, no había nada que pagar a la empresa Gayani.

La empresa TEC Pharma Europe fue la encargada de presentar la oferta como entidad de intermediación de medicamentos y, según la investigación de Hacienda, informó a Maxwell de que no había resultado adjudicataria el 19 de julio de 2021, un año antes de que González Amador presentase a la Agencia Tributaria una factura por los gastos en el proyecto de venta de vacunas a Costa de Marfil. “Contabilizan la factura”, señalan los inspectores de Hacienda, “pero a esa fecha saben que el resultado de la licitación suponía la rescisión del contrato marco sin que hubiera generado el derecho a cobrar ninguna cuantía por parte de Gayani”.

14 facturas de gastos no deducibles a empresas sevillanas. González Amador pagó 178.400 euros a seis empresas localizadas en municipios de Sevilla por “servicios inexistentes”, según la inspección fiscal. La Agencia Tributaria llegó a comprobar que las cantidades pagadas por Maxwell mediante trasferencia bancaria a estas firmas eran retiradas en su totalidad a las pocas horas, sin precisar los motivos de tan extraño comportamiento. El novio de Ayuso pretendió deducirse estos gastos en su declaración del impuesto de sociedades de 2022 y acabó admitiendo que los gastos declarados por los supuestos servicios prestados por tres de estas empresas (siete facturas) no eran deducibles por no estar relacionados con su actividad.

La cesión simulada del contrato de Quirón Salud. Los ingresos principales de González Amador antes de ganar en 2020 casi dos millones de euros por la intermediación en la venta de mascarillas correspondían a la asesoría que prestaba para el grupo Quirón Salud. González Amador lleva a cabo en 2021 una extraña operación, con el beneplácito de Quirón Salud, por la que cede el contrato que tiene con ese grupo empresarial a otra empresa, Masterman, también de su propiedad, que no tiene empleados. Esa ingeniería financiera es censurada por los inspectores fiscales como otro intento de engaño para reducir de nuevo el pago de impuestos.

Los inspectores fiscales desmontaron en año y medio de investigación el tinglado de facturas falsas que González Amador había fabricado para ahorrarse el pago de impuestos: “A juicio de este equipo”, escribieron en el informe que ahora analiza la jueza encargada del caso, “cabe concluir que existen, en los hechos y circunstancias que rodean la conducta del obligado tributario [Alberto González Amador], elementos suficientes para apreciar la existencia de dos posibles delitos contra la Hacienda Pública respecto al impuesto sobre sociedades de los ejercicios 2020 y 2021″.

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<![CDATA[‘Podcast’ | Quién es Koldo García: de escolta en tiempos de ETA a presunto comisionista en un ministerio]]>https://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-03-25/podcast-quien-es-koldo-garcia-de-escolta-en-tiempos-de-eta-a-presunto-comisionista-en-un-ministerio.htmlhttps://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-03-25/podcast-quien-es-koldo-garcia-de-escolta-en-tiempos-de-eta-a-presunto-comisionista-en-un-ministerio.htmlMon, 25 Mar 2024 04:45:00 +0000

En las últimas semanas, sobre el PSOE se ha puesto una lupa por el llamado caso Koldo, que investiga el cobro de comisiones ilegales por la compra de mascarillas en la pandemia. Koldo García, asesor del entonces ministro de Transportes José Luis Ábalos, fue quien supuestamente se llevó esas comisiones. Y su figura suscita muchas preguntas, por ejemplo: cómo pasó de guardia de seguridad al entorno de un ministerio o a ser consejero de la empresa pública Renfe.

Disponible en todas las plataformas de podcast: Podium Podcast | Podimo | Spotify | Apple Podcasts | iVoox | Podcasts de Google | Amazon Music | Alexa | RSS Feed

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<![CDATA[El Colegio de Abogados de Madrid sale en defensa de la pareja de Ayuso, que admitió ser un defraudador fiscal]]>https://elpais.com/espana/2024-03-15/el-colegio-de-abogados-de-madrid-sale-en-defensa-de-la-pareja-de-ayuso-que-admitio-ser-un-defraudador-fiscal.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-15/el-colegio-de-abogados-de-madrid-sale-en-defensa-de-la-pareja-de-ayuso-que-admitio-ser-un-defraudador-fiscal.htmlFri, 15 Mar 2024 10:19:14 +0000El Colegio de Abogados de Madrid ha amenazado con tomar el lunes “las medidas pertinentes” ante lo que considera una revelación de datos “de extrema gravedad” por parte de la Fiscalía Provincial de Madrid relacionados con el contribuyente Alberto González Amador, pareja de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, desde la primavera de 2021. González Amador intentó presuntamente engañar a la Agencia Tributaria al imputarse unos supuestos gastos basados en facturas falsas y en servicios nunca prestados. De esta manera, pretendió ahorrarse 350.000 euros en los ejercicios de 2020 y 2021, cuando sus empresas sextuplicaron sus ingresos gracias a la mediación en la compra de mascarillas durante la pandemia.

El jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, reveló el miércoles por la noche un correo electrónico que el fiscal Julián Salto, encargado de todo el caso relacionado con los delitos fiscales de González Amador, envió al abogado para comunicarle que ya había presentado la denuncia contra su cliente en el juzgado y, por tanto, podía acogerse a un acuerdo para reducir la pena que le correspondía.

El propio Miguel Ángel Rodríguez denunció horas después, a través de las redes sociales, que el fiscal Julián Salto recibió “órdenes de arriba” y retiró esa propuesta de acuerdo. Cuando la noche del miércoles los medios de comunicación quisieron conocer si la denuncia del jefe de gabinete de Ayuso era cierta, la Fiscalía Provincial de Madrid evitó contestar. Sin embargo, al día siguiente emitió una nota en la que detallaba todo el procedimiento relacionado con los hechos. En ella, se informaba sobre un correo electrónico enviado en febrero, en el que el abogado de Alberto González Amador admitía en nombre de su cliente la comisión de los dos delitos fiscales y anunciaba su intención de llegar a un acuerdo para resarcir el daño y, así, acogerse a una reducción de la pena en dos grados.

El Colegio de Abogados de Madrid, cuyo decano es Eugenio Ribón, ha convertido ahora el caso del fraude fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso en una causa contra la Fiscalía de Madrid por una supuesta revelación de secretos. No aclara en su nota si también tomará medidas contra el Gobierno de la Comunidad de Madrid, el primer protagonista de la filtración de un correo electrónico, el último, entre el abogado de González y el fiscal Salto. Este órgano recuerda en su comunicado que el Estatuto de la Abogacía establece “sin paliativos, el deber y el derecho de los abogados a mantener en secreto todas las comunicaciones y propuestas relacionadas con el ejercicio de su profesión, garantizando así la confianza y la protección de los derechos de sus defendidos”.

Sin embargo, nada dice la nota acerca de la filtración del primer correo conocido sobre este caso: el que difunde el jefe de gabinete de Ayuso la noche del miércoles, con el añadido de acusar a la Fiscalía de ordenar retirar la oferta de acuerdo, lo que se demostró falso gracias a la información facilitada por la Fiscalía de Madrid un día después.

El Colegio de Abogados sigue explicando que “la divulgación de cualquier información relacionada con las posiciones o estrategias legales de las partes, sin un acuerdo de conformidad formalizado, constituye una vulneración de estos principios básicos de sigilo, confianza y buena fe, y pone en riesgo la neutralidad que debe caracterizar la actuación del ministerio fiscal”. Nada dice acerca de que el abogado de González Amador facilitase al Gobierno de Madrid, y este trasladase a los medios de comunicación uno de los correos que se cruzó con la Fiscalía.

El decano del Colegio de Abogados, Eugenio Ribón, se puso el jueves en contacto con la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, para expresarle su protesta por la información facilitada a los periodistas para aclarar si la denuncia del Gobierno regional era cierta. El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se reunirá este viernes con Ribón para tratar este asunto.

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Carlos Luján
<![CDATA[El fraude del novio de Ayuso “no fue un mero error sino una conducta consciente, deliberada y dolosa” ]]>https://elpais.com/espana/2024-03-18/el-fraude-del-novio-de-ayuso-no-fue-un-mero-error-sino-una-conducta-consciente-deliberada-y-dolosa.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-18/el-fraude-del-novio-de-ayuso-no-fue-un-mero-error-sino-una-conducta-consciente-deliberada-y-dolosa.htmlMon, 18 Mar 2024 04:40:00 +0000Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, defraudó a Hacienda en los ejercicios de 2020 y 2021 al menos 350.000 euros. Durante esos años fiscales llegó a sextuplicar sus ingresos anteriores como consecuencia de intermediar en la venta de mascarillas durante la pandemia y ganar así más de dos millones de euros. Tras más de un año de trabajo por parte de los inspectores fiscales, el servicio jurídico regional de la Agencia Tributaria emitió hace dos meses un informe donde califica así el fraude atribuido a González Amador: “La conducta descubierta no es fruto de un mero error sino de una conducta consciente, deliberada y claramente dolosa que amerita su reproche penal”. A la vista de los hechos acreditados por la inspección fiscal, el departamento jurídico considera “oportuno y procedente, a efectos de investigar el fraude, ponerlos en conocimiento del ministerio fiscal”, según indican fuentes jurídicas conocedoras del informe.

La Agencia Tributaria remitió el 23 de enero un escrito de denuncia a la Fiscalía Provincial de Madrid, que abrió diligencias de investigación penal que concluyeron el 13 de febrero con la presentación de una denuncia contra González Amador por dos delitos fiscales y otro de falsedad en documento público, así como contra otras cuatro personas y ocho sociedades mercantiles, todas ellas implicadas en la emisión de facturas falsas para deducir gastos por servicios nunca prestados.

El informe del servicio jurídico relata cómo Alberto González Amador, que se había enriquecido en 2020 gracias a la intermediación en la venta de mascarillas, intentó, en su declaración del impuesto de sociedades con la empresa Maxwell Cremona, deducirse “gastos irreales y ficticios” a través de “facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados por los emisores de las facturas, debiendo considerarse por ello falsas o falseadas”. Los juristas de la Agencia Tributaria relatan en su informe las diversas modalidades de fraude presuntamente realizadas por Alberto González Amador:

Una factura de 620.000 euros “que no se pagó nunca”. La empresa de González Amador presentó una factura por unos servicios que supuestamente le prestó la firma MKE en concepto de comisión por venta de mercancías. Los juristas de la Agencia Tributaria señalan que en el contrato no se especificaba ni qué mercancías eran, ni qué servicios se iban a prestar, ni el porcentaje pagado sobre las ventas. Además, alertaban de que la factura se emitió solo “24 días después de firmar el contrato”. González Amador reconoció ante Hacienda que la factura “no se pagó nunca”. “Y los servicios”, añade el informe, “tampoco se prestaron por MKE”.

922.000 euros por vacunas que nunca se vendieron. El novio de Isabel Díaz Ayuso presentó para deducirse más gastos una factura a favor de Gayani, una sociedad en Costa de Marfil con la que supuestamente había contratado el 1 de junio sus servicios de intermediación en la venta de vacunas anticovid. Solo 15 días después —y según el relato falso de González, quien comparte su vivienda actualmente con la presidenta de la Comunidad de Madrid—, pagó a esa firma 922.585 euros por la venta de dos millones de vacunas a las autoridades sanitarias de Costa de Marfil. Cuando los inspectores pidieron información sobre este gasto que pretendía deducirse González Amador, se encontraron, según el informe de los servicios jurídicos de la Agencia Tributaria, con “justificaciones contradictorias e inverosímiles”. Maxwell, la empresa del novio de Díaz Ayuso, “reconoció que las vacunas nunca se vendieron y que la comisión no se pagó”.

Facturas falsas a sociedades de personas residentes en Arahal (Sevilla). El servicio jurídico de la Agencia Tributaria desglosa también una serie de facturas por 178.000 euros que González Amador presentó para deducirse más gastos de cinco sociedades vinculadas a tres personas residentes en Arahal (Sevilla). “Hay indicios de falsedad. Maxwell reconoce que la mayor parte de estos servicios documentados no serían deducibles por no estar relacionados con su actividad”, señala el informe de la Agencia Tributaria.

La inspección “favorece” a González Amador en una operación con Quirón Salud. El servicio jurídico regional relata una extraña operación por la que González Amador lleva a cabo una cesión de contrato a favor de otra sociedad de su propiedad, denominada Masterman, correspondiente a los servicios que Maxwell prestaba a Quirón Salud. El informe califica esta operación de “artificiosa, ilícita e “inequívocamente de defraudación”, y a continuación reprocha a la inspección fiscal que haya propuesto “una regularización favorable” para González Amador que le permite “disminuir la cuota defraudada en 2021″.

Delito contable absorbido por el delito fiscal. Aunque los inspectores fiscales apuntaron en sus actuaciones un delito contable “por anotaciones ficticias en sus libros, superando los apuntes omitidos o falseados la cantidad de 240.000 euros por ejercicio”, el servicio jurídico de la Agencia Tributaria considera que “siendo los hechos los mismos, el delito contable queda absorbido por el delito fiscal”. Respecto al delito de falsedad documental, el informe se refiere así a las facturas analizadas: “Es falso el documento, falta a la verdad en toda su extensión y narra hechos totalmente inveraces”. “Nos encontramos”, concluye, “en presencia de un delito continuado al tratarse de facturas elaboradas en función de un plan preconcebido”.

El servicio jurídico de la Agencia Tributaria analizó las alegaciones presentadas por el novio de Díaz Ayuso y concluyó que no desvirtuaban los indicios delictivos. Además, informó en contra de una regularización en diferido que pretendía hacer González Amador, “tras comprobar que la inspección no admitía las explicaciones y justificaciones dadas”, para declarar como ingresos en 2022 la mayor parte de las facturas “que se reputan falsas o falseadas” de 2020 y 2021. “Esta forma de regularizar no resulta tributariamente correcta”. “Esa declaración tributaria”, señala el informe, “no hace una imputación temporal correcta de los gastos ficticios indebidamente deducidos que no se pueden convertir en ingresos en un ejercicio posterior”.

Los juristas que analizaron los hechos concluyeron que González Amador había cometido un delito doloso al saber lo que hacía y querer hacerlo, según explica la jurisprudencia del Tribunal Supremo. “Las explicaciones y justificaciones exculpatorias esgrimidas resultan inverosímiles e inaceptables”.

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<![CDATA[Sorpresa de Hacienda con el novio de Ayuso: Seis veces más ingresos y un tercio de cuota tributaria]]>https://elpais.com/espana/2024-03-23/sorpresa-de-hacienda-con-el-novio-de-ayuso-seis-veces-mas-ingresos-y-un-tercio-de-cuota-tributaria.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-23/sorpresa-de-hacienda-con-el-novio-de-ayuso-seis-veces-mas-ingresos-y-un-tercio-de-cuota-tributaria.htmlSat, 23 Mar 2024 04:40:00 +0000La inspección de la Agencia Tributaria a Maxwell Cremona, la empresa de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, descubrió muy pronto que las cuentas ocultaban un fraude fiscal importante. “Los datos sorprenden significativamente a la inspección”, escribieron los funcionarios tras la primera lectura del expediente. Se referían a que la empresa del novio de Ayuso pasó de facturar 357.000 euros en 2019 a 2.330.000 euros en 2020 —ganó casi dos millones por la intermediación en la venta de mascarillas—, y, pese a ese incremento de ingresos tan considerable, la base imponible declarada (cantidad sobre la que se calcula el impuesto de sociedades) se fijó en 11.233 euros (menos de la mitad de la del año anterior) y la cuota tributaria en 2.808 euros (menos de un tercio que el año anterior). Con unos ingresos seis veces superiores, Maxwell Cremona presentó una declaración donde pagaba tres veces menos que el año anterior.

“No cuestiona la inspección que la empresa en los ejercicios comprobados incrementara su cifra de negocio y obtuviera ingresos procedentes de la prestación de servicios. Lo que cuestiona la inspección es que, habiendo obtenido un ingreso tan excepcional en 2020 y 2021, la base imponible del impuesto sobre Sociedades y la cuota tributaria no se haya visto incrementada en la misma proporción”, señala el informe tributario que destapó todos los fraudes cometidos por González Amador para reducir al mínimo el pago de impuestos por los beneficios conseguidos. “Resulta sumamente llamativo”, señalan los inspectores fiscales, “que, incrementándose cerca de dos millones de euros la facturación de 2020 y 2021, la base imponible del Impuesto sobre Sociedades y la cuota tributaria se vean reducidas prácticamente al 50% de la base y la cuota del ejercicio anterior”.

La Agencia Tributaria también señala en su informe que, tras el gran beneficio conseguido por González Amador en 2020 por intermediar en la venta de mascarillas durante los primeros meses de la pandemia, mantuvo un nivel de ingresos muy alto en 2021 (1.375.000 euros) gracias a “los ingresos procedentes de Quirón Prevención por las nuevas prestaciones orientadas a la apertura del mercado latinoamericano…”. Quirón es un grupo empresarial que logró cobrar hace dos años de la Comunidad de Madrid una deuda de más de 1.200 millones que arrastraba desde 2015 con numerosos litigios de por medio. Quirón Salud opera cuatro hospitales públicos de gestión privada en la región (Fundación Jiménez Díaz, en régimen concertado; e Infanta Elena, Villalba y Rey Juan Carlos, en régimen de concesión).

La Agencia Tributaria destaca que González Amador declaró en 2021 (cuando obtuvo unos ingresos de 1.4 millones gracias, en su mayor parte, al grupo Quirón) una base imponible y una cuota tributaria “parecida a la declarada en 2018, cuando la cifra de negocio tan solo alcanzaba cerca de 300.000 euros”. Los inspectores consideraron este hecho “muy sorprendente” dado que González Amador generó esos ingresos de 2021 dentro de la misma actividad y sector que en 2018: “No se está realizando una actividad sustancialmente distinta a la que venía realizando que pudiera justificar un incremento significativo de los gastos necesarios para obtener los ingresos en cuestión”.

Los inspectores consideraron estos datos sospechosos como “incongruencias manifiestas”, lo que los llevó a llevar a cabo un “análisis exhaustivo de los gastos contabilizados por Maxwell”, que son los que declaró González Amador para reducir significativamente la base imponible y, de paso, el pago de impuestos.

La Agencia Tributaria fue descubriendo, fruto de ese análisis exhaustivo, todas las facturas falsas que el novio de Ayuso presentó para justificar los gastos que le sirvieron para recortar su factura fiscal. Y González Amador fue reconociendo a través de su abogado, durante el año y medio que duró la inspección fiscal, todas las trampas que había hecho a la hacienda pública para intentar ahorrarse el pago de impuestos por casi 350.000 euros en dos ejercicios (2020 y 2021). Los supuestos delitos fiscales cometidos (defraudó a conciencia más de 120.000 euros cada año, según el informe jurídico de la Agencia Tributaria) lo llevarán al banquillo, donde se enfrentará a penas que van de uno a cinco años de cárcel por cada uno de los delitos. Si llega al pacto de conformidad con la Fiscalía que su abogado ofreció, la pena puede quedar reducida a entre seis meses y dos años de prisión, siempre que antes devuelva el dinero defraudado, los intereses de demora y la multa correspondiente.

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<![CDATA[Los funcionarios de Baleares, sobre los contratos con la red del ‘caso Koldo’: “Nadie de gestión recibió presiones para comprar mascarillas”]]>https://elpais.com/espana/2024-03-12/los-funcionarios-desmontan-las-dudas-sobre-la-contratacion-de-baleares-con-la-trama-del-caso-koldo-nadie-del-equipo-de-gestion-recibio-presiones-para-comprar-mascarillas-o-para-la-reclamacion.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-12/los-funcionarios-desmontan-las-dudas-sobre-la-contratacion-de-baleares-con-la-trama-del-caso-koldo-nadie-del-equipo-de-gestion-recibio-presiones-para-comprar-mascarillas-o-para-la-reclamacion.htmlTue, 12 Mar 2024 04:40:00 +0000Correos electrónicos entre funcionarios del Instituto de Salud balear sobre la adquisición de 1,4 millones de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión y testimonios recabados por EL PAÍS en el entorno de los directivos de ese organismo defienden la legalidad del contrato de 3,7 millones recomendado al Ejecutivo balear por el Ministerio de Transportes a través de Koldo García, asesor principal del ministro José Luis Ábalos. “Nadie del equipo de gestión recibió presiones para comprar las mascarillas o para la reclamación”, señalan fuentes próximas a los funcionarios que gestionaron ese contrato. El PP exige desde hace días la dimisión de la actual presidenta del Congreso, Francina Armengol, como responsable de todas las irregularidades detectadas en el contrato de las mascarillas.

EL PAÍS ha preguntado a personas próximas a los funcionarios del Instituto Balear de Salud por las supuestas irregularidades que denuncia el PP. Ni la Fiscalía Anticorrupción ni el juez que instruye el sumario del caso Koldo han hallado de momento indicios para imputar a responsables del Gobierno de Baleares por el contrato adjudicado a Soluciones de Gestión. Lo que sigue es el resultado del cuestionario enviado a personas próximas a los empleados de la comunidad autónoma que gestionaron todo el contrato adjudicado a la empresa de la trama corrupta: desde la adquisición hasta la reclamación.

Pregunta. El PP denuncia que un cargo del Instituto Balear de Salud envió un correo electrónico a otro compañero tan solo dos días después de que llegara la mercancía donde ya sugería que era defectuosa y no podía usarse en hospitales. ¿A qué se referían exactamente?

Respuesta. En el pedido figura la descripción siguiente: 118618 MASCARILLA PROTECCIÓN FACIAL FFP2 KN95 USO DOMICILIARIO con un código diferente al de las mascarillas de uso dentro de las instalaciones sanitarias.

No hay, por tanto, un reconocimiento de material defectuoso a los dos días de recibirlo, sino una aclaración sobre a quién iban dirigidas las mascarillas, según esta respuesta.

Correos enviados por los participantes en la venta de mascarillas de Baleares investigada en el 'caso Koldo'.

P. ¿Cuántos certificados se firman al cabo del año para acreditar que una empresa proveedora cumple satisfactoriamente con su cometido? Cuando se firmó el famoso certificado a favor de Soluciones de Gestión, ¿los funcionarios tenían en la cabeza que habían recibido un informe de los laboratorios del Ministerio de Trabajo donde se decía que no cumplían con los requisitos de las mascarillas FPP2?

R. El día 12 de agosto de 2020 se firma un certificado de solvencia técnica de la empresa SOLUCIONES DE GESTIÓN, certificando que la empresa ha realizado suministros durante el ejercicio 2020 de indumentaria de protección por importe de 3.701.500€. Como refleja dicho certificado, no se hace mención a mascarillas FFP2 sino a indumentaria de protección y dicho certificado se firma porque así fue, la empresa entregó mascarillas KN95 por dicha cantidad y dicho importe según lo acordado con la Administración y ninguna prueba se tenía de que las mascarillas no cumplieran como KN95, ya que lo habían indicado los organismos certificadores del Gobierno chino. A tener en cuenta: el resto de las administraciones receptoras las usaron, nosotros las enviamos a analizar. La norma GB2626 en principio la aplica el propio fabricante en un proceso de autocertificación bajo su propia responsabilidad y la vigilancia del mercado es la que actúa en su caso. Cuando la Administración solicita certificados de buena ejecución para acreditar la solvencia técnica en un contrato público, según lo establecido en el artículo 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, suele solicitar un mínimo de tres, por lo que la empresa además del certificado del Ibsalut debió presentar certificados de otras administraciones, no siendo suficiente en ningún caso un solo certificado para acreditar la solvencia. En una entidad del tamaño del Servei de Salut se pueden firmar anualmente más de un centenar de certificados tipo de esta índole.

P. Antes de formalizar la compra a Soluciones de Gestión, ¿qué tipo de análisis se hacen en el servicio de salud para dar el visto bueno a la adquisición?

R. No podemos obviar el contexto del periodo en cuestión y la enorme urgencia que había en esos momentos de búsqueda y puesta a disposición de material de protección. En fecha 25 de abril de 2020 se remite la documentación a los técnicos, para que se pudieran pronunciar sobre si el material cumplía. Determinaron que, en base a la documentación cumplían la normativa china; cumplía la GB2626/2006; el proveedor realizaba una declaración de conformidad; enviaban auditoria de calidad. En aquel momento, el Ibsalut estaba proveyendo de mascarillas quirúrgicas a otras administraciones, colegio de farmacéuticos, residencias… El consumo iba en aumento y no se sabía si se tendría que proveer a la sociedad civil también. Además, existía una duda más que razonable sobre que en vez de utilizarse las quirúrgicas se empezase a extender o a imponer el uso de KN95 / FFP2 fuera del ámbito sanitario. Por todo ello, se crea un código específico dentro del SAP para uso ciudadano, no intrahospitalario, es decir, mascarilla de uso extrahospitalario.

Emails enviados por los participantes en la venta de mascarillas de Baleares investigada en el caso Koldo.Emails enviados por los participantes en la venta de mascarillas de Baleares investigada en el caso Koldo.

P. ¿Cuál fue el motivo de almacenar las mascarillas cuando se recibe el informe de los laboratorios del Ministerio de Trabajo y dar la orden de que no se distribuyan? ¿Había intención de utilizarlas en otro momento? ¿Es porque iban a reclamar la devolución del dinero y a cambio les iban a entregar esas mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión?

R. En los años posteriores, la pandemia siguió y el Ibsalut consiguió aprovisionarse de mascarillas suficientes y no tuvo que recurrir a las KN95 adquiridas a SOLUCIONES DE GESTIÓN, ya que el stock que se decidió mantener durante la pandemia fue del 400% del stock de seguridad. En aquel momento, el temor de volver a vivir una situación parecida al 2020, las diferentes variantes del virus que iban surgiendo, así como las olas que se iban sucediendo, no hacían prever que el fin de la pandemia pudiera llegar. Lo que ahora puede parecer desproporcionado, en aquel momento, parecía lo más lógico e idóneo para poder atender a los profesionales sanitarios y a la población. Además, se tenía la exigencia, por parte del Ministerio de Sanidad, de almacenarlas y mantener todo el material para acceder a la desescalada y hasta el fin de la pandemia.

P. ¿Por qué deciden ustedes reclamar solo 2,6 millones, asumiendo por tanto que se quedan con las mascarillas en su condición de mascarillas quirúrgicas, pensaban utilizarlas una vez resuelta la reclamación? ¿Y si es así, no habrían caducado ya y serían inutilizables?

R. El proceso de reclamación parcial del mismo es que dichas mascarillas no servían como FFP2, pero, al mantenerse como KN95, sí podrían servir como uso civil. La comparativa económica de la reclamación es hacer una estimación del importe de la misma comparativa y económicamente a la mascarilla más equiparable en precio de mercado, como era la mascarilla quirúrgica.

P. ¿Cómo se explica la tardanza de tres años en reclamar la devolución del dinero? ¿A qué se debe un retraso tan grande? ¿Tiene el servicio de salud balear alguna reclamación similar que haya tardado tanto en tramitarse?

R. Que el Ibsalut durante ese tiempo no hubiera reclamado las mascarillas no significa que no analizara cómo abordar el expediente, una vez llegado el fin de la pandemia, sino todo lo contrario. Las dudas técnicas sobre las mascarillas KN95, que además pasaron los controles y auditorias del Gobierno chino y las jurídicas de cómo proceder respecto a las mismas, demoraron el inicio del expediente por varias cuestiones. Las mascarillas compradas y entregadas se correspondían con KN95 y no con FFP2, y el análisis se había efectuado sobre parámetros de filtración FFP2. A nivel jurídico, planteaba muchas dudas resolver un expediente que había sido tramitado por emergencia. En todo momento se tuvo presente el plazo de prescripción del expediente, para iniciar las actuaciones antes de que se produjera la prescripción del mismo. En cuanto a la pregunta de reclamaciones similares, son reclamaciones muy complejas a las que la normativa les da un plazo de prescripción dependiendo de la normativa de aplicación y la Administración siempre tiene en cuenta el plazo de prescripción en todas sus actuaciones.

P. A finales de mayo de 2020, el servicio de Salud decide enviar 25 muestras de mascarillas. De esas, solo cuatro corresponden al lote de Soluciones de Gestión. De las 21 muestras restantes, en 12 de ellas el laboratorio de Trabajo dice: “No cumple”. ¿Las devolvieron a los proveedores, iniciaron proceso de reclamación como el de Soluciones de Gestión?

R. El informe de la CNMP es un informe de análisis acumulativo donde aparecen todas las mascarillas que se han enviado a analizar tanto las compradas como las donadas y las muestras.

P. Los funcionarios del Servicio de Salud balear recibieron alguna indicación política de sus jefes para comprar a Soluciones de Gestión y durante los tres siguientes años alguien les dijo que hicieran la vista gorda con ese contrato?

R. Desde la parte de gestión nunca nadie ha recibido ninguna presión de ningún tipo, ni antes ni durante ni después de la compra o reclamación. Ni para este ni para ningún otro proveedor o expediente.

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Javier Lizón
<![CDATA[Allekema Lamari, una clave del 11-M escondida en el traspaso de poderes]]>https://elpais.com/espana/2024-03-11/allekema-lamari-una-clave-del-11-m-escondida-en-el-traspaso-de-poderes.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-11/allekema-lamari-una-clave-del-11-m-escondida-en-el-traspaso-de-poderes.htmlMon, 11 Mar 2024 04:40:00 +0000El traspaso de poderes más traumático de la democracia tuvo lugar el 18 de abril de 2004, apenas mes y medio después de la matanza de los trenes en Madrid que causó 192 muertos (el atentado se saldó finalmente con 193 fallecidos porque un policía murió el 3 de abril en la explosión provocada por la célula en un piso de Leganés). El PSOE, contra todo pronóstico, había ganado las elecciones generales. La relación entre el Gobierno saliente, del PP, y los socialistas era pésima; la cortesía institucional fue imposible. La bronca política era entonces la condición normal del país.

El traspaso de poderes se celebró en el Ministerio del Interior solo 15 días después del suicidio de siete de los terroristas islamistas de la célula cercados por la policía en un piso de Leganés (Madrid). Ese suceso enterraba el debate sobre quién había causado la matanza. O eso parecía. El Gobierno del PP proclamó entre el 11 y el 14 de marzo que ETA estaba detrás del atentado. Y alentó meses después todo tipo de bulos sobre esa hipótesis, pese a las evidencias halladas entre los escombros de la explosión de Leganés.

”En ese contexto, la única documentación que le dieron al ministro José Antonio Alonso fue una carpeta con una hoja que tenía los hoteles que podía reservar para los JAI, los consejos de ministros de Justicia e Interior [en Bruselas]”, rememora ahora, dos décadas después, Antonio Camacho, entonces secretario de Estado de Seguridad. “Con Ignacio Astarloa [su homólogo del PP] el trato fue muy correcto, pero no me dio ninguna información en relación con las investigaciones sobre los atentados del 11-M”, sostiene Camacho. El ministro del Interior del PP, Ángel Aceces, aseguró entonces, sin embargo, que estuvo dos tardes explicando oralmente la política antiterrorista al nuevo ministro y que dieron al secretario de Estado una documentación sobre las cuestiones tratadas que ocupaba “todo un armario”.

José Antonio Alonso falleció el 2 de febrero de 2017. Antonio Camacho, su principal colaborador que acabó siendo ministro de Interior en el último Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, insiste en declaraciones a EL PAÍS que al ministro socialista no le informaron de nada y que en el armario que citó Acebes había muchos papeles “pero ninguno de ellos tenía entidad en relación con el 11-M”. “No nos contaron cómo iban las investigaciones, qué elementos tenían. Sacaron toda la documentación que tenía que ver con eso”, señala.

El entonces secretario de Estado de Seguridad comprobó que le habían ocultado información cuando convocó las primeras reuniones de coordinación entre Policía, Guardia Civil y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI). “De pronto empiezo a notar que hablan de cosas que yo desconozco, de posibles responsables del 11-M, y hacían referencia a un tal Allekema Lamari… Me reúno con el responsable de Inteligencia, que era un militar, y le pregunto si hay alguna documentación del CNI respecto a eso. Y entonces me trae los informes del CNI en donde hay uno, de noviembre del año anterior, donde se señalaba que Allekema Lamari podría estar organizando un atentado y que convendría controlarlo”. Lamari es uno de los terroristas que se inmolaron en el piso de Leganés el 3 de abril de 2004, tres semanas después de los atentados de los trenes, pero su identidad no fue confirmada hasta seis meses más tarde.

Allekema Lamari.

José Bono, entonces ministro de Defensa, escribió en mayo de 2004 una nota dirigida al presidente José Luis Rodríguez Zapatero sobre ese informe del CNI supuestamente ocultado a Interior. En su libro de memorias, Bono cuenta una reunión de urgencia con Zapatero un año después de los atentados, cuando algunos bulos apuntaban al PSOE como cómplice de la matanza: “Me pide que intervenga en el Congreso de los Diputados para poner de manifiesto que, en los atentados del 11-M, el PP tiene la responsabilidad de no haber atendido los avisos del CNI. ‘Tienes que decir la verdad y demostrar con documentos que el Gobierno Aznar tuvo suficientes datos y avisos del CNI, desde meses antes, que le tendrían que haber llevado a tomar las medidas que no tomó. Solo tienes que decir la verdad, lo que me mandaste en tu nota de mayo pasado’. Me la exhibe, y en concreto que tres días antes del atentado, el 8 de marzo, el Ministerio del Interior supo que el terrorista Allekema Lamari había decidido realizar un grave atentado en España, tres días antes!!!”.

Bono es impreciso con las fechas, pero no lo es sobre el contenido del aviso. Una nota del CNI enviada a Interior el 6 de noviembre de 2003 —cuatro meses antes de los atentados— advertía de la peligrosidad del argelino Allekema Lamari, quien estaba repartiendo dinero entre islamistas presos, lo que se interpretaba como una despedida: “Bien porque va a abandonar España o bien porque sería una inminente acción violenta por su parte”. En esa nota se citaba la posibilidad de un ataque contra un edificio con un “vehículo conducido por un mártir”.

Camacho dice que puede entender que Interior no hiciera caso en 2003 a aquel informe del CNI, pero no que nadie les hablara durante el traspaso de poderes de que existía esa nota de inteligencia: “Puede ser que el servicio secreto no sea infalible, pero el caso es que el elemento existía y nos lo ocultaron”, afirma. Tampoco conocieron en aquellos primeros días al frente de Interior que el CNI había elaborado otro informe el 15 de marzo de 2004, cuatro días después de los atentados, en el que apuntaba a la participación de Lamari en la matanza y pedía que se diera la máxima prioridad a su localización.

Lamari se suicidó el 3 de abril de 2004 en el piso de Leganés junto a Abdennabi Kounjaa, Abdallah; Asri Rifaat Anouar; Mohamed y Rachid Oulad Akcha; Serhane Ben Abdelmajid Fakhet, El Tunecino, y Jamal Ahmidan, El Chino. Pero Argelia no confirmó hasta octubre de 2004 que el ADN del séptimo islamista pendiente de identificar correspondía a Allekema Lamari. Aquellos avisos del CNI cobraron entonces todo su valor. El terrorista argelino había sido condenado por pertenencia a banda armada en 2001, pero fue puesto en libertad en junio de 2002 por un error judicial. Bono, del que dependía el CNI, se quejó por ese error al presidente del Tribunal Supremo. El Consejo General del Poder Judicial llegó a abrir un expediente, pero concluyó que la infracción de los jueces había prescrito, según recuerda en sus memorias el exministro de Defensa y expresidente del Congreso.

Camacho comprobó en aquellas reuniones de coordinación que existía un enorme agujero de información entre los cuerpos de seguridad; que la Guardia Civil no tenía acceso a las bases de datos de DNI de la Policía; y que la Policía tampoco tenía acceso a las bases de datos de los registros hoteleros de la Guardia Civil. “Las comunicaciones intervenidas a los presos islamistas no se traducían porque no había traductores. Creamos el Centro Nacional Antiterrorista, con presencia del CNI, para la coordinación de todas las políticas. Y, sin embargo, el PP no dejó de atacarnos cada día con diversas excusas”, lamenta.

La falta de información sobre lo que el Gobierno saliente supo del atentado alimentó algunas dudas sobre los autores reales de la matanza. El bulo que llegó después con múltiples caras despreció estas evidencias y desparramó teorías variopintas contrarias a los hechos hasta llegar a las puertas del juicio. El tribunal se encargó de desmontar el bulo definitivamente en su sentencia: “Se aísla un dato, se descontextualiza, y se pretende dar la falsa impresión de que cualquier conclusión pende exclusivamente de él, obviando así la obligación de la valoración conjunta de los datos que permita, mediante el razonamiento, llegar a una conclusión según las reglas de la lógica y la experiencia”.

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Luis Magán
<![CDATA[El nuevo presidente de la Fundación Víctimas del Terrorismo: “Pido a la sociedad que tenga memoria”]]>https://elpais.com/espana/2024-03-11/el-nuevo-presidente-de-la-fundacion-victimas-del-terrorismo-pido-a-la-sociedad-que-tenga-memoria.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-11/el-nuevo-presidente-de-la-fundacion-victimas-del-terrorismo-pido-a-la-sociedad-que-tenga-memoria.htmlMon, 11 Mar 2024 04:40:00 +0000Cuenta que su vida se paró el 11 de marzo de 2004, el día en el que su hijo Rodolfo, de 27 años, murió al estallar una bomba en la estación de trenes de Santa Eugenia, en Madrid. Juan Benito Valenciano (Madrid, 69 años), recién elegido presidente de la Fundación de Víctimas del Terrorismo (FVT), sostiene que hoy todo sigue igual en su memoria. Para evitar el olvido, creó otra fundación, que también preside, con el nombre de su hijo: Rodolfo Benito Samaniego.

Pregunta. ¿Su pensamiento sigue instalado en aquel 11 de marzo de 2004?

Respuesta. La metáfora de que el reloj de mi vida se paró aquel día es la realidad en mí. El recuerdo constante hace que el tiempo se traslade irremediablemente a aquel día en cada momento. Mi hijo Rodolfo está en mi memoria continuamente. Todo lo anterior a aquel día es lo que queda en mí.

P. Usted ha intentando mantener viva la memoria de su hijo a través de la fundación que lleva su nombre. ¿Qué cosas destaca de lo hecho en estos 20 años?

R. Hemos intentado trasladar a la sociedad, a través de la fundación, aquello que estamos seguros que le hubiera gustado a mi hijo: la educación en valores, la solidaridad, su pasión por la convivencia. Son valores que están calando y que hace que se acerque a nosotros cada vez más gente. Lo comprobamos cada vez que hacemos un acto con la figura de Rodolfo muy presente.

P. Usted es el primer presidente de la FVT que es víctima del 11-M y no del terrorismo de ETA. ¿Qué lectura hace de esto?

R. Es algo circunstancial, no es lo fundamental, porque todas las víctimas son iguales. Cualquier presidente que tenga la Fundación va a trabajar por todo el colectivo de víctimas y es una satisfacción que yo lo pueda hacer.

P. ¿Las asociaciones de víctimas se sienten suficientemente amparadas, ayudadas, protegidas por los gobiernos de las distintas administraciones?

R. La verdad es que, en concreto, en la fundación Rodolfo Benito Samaniego no nos podemos quejar de la atención, de su acompañamiento: tanto del Ministerio del Interior, a través de la dirección general de atención a víctimas, como de la Comunidad de Madrid a través del comisionado de víctimas. Están pendientes siempre de cualquier cosa que les solicitamos.

P. ¿Le han trasladado las asociaciones de víctimas alguna asignatura pendiente con la administración?

R. Llevó apenas unas semanas como presidente pero sí conozco algunas situaciones que se tienen que resolver: como los casi 300 casos [de asesinatos terroristas de ETA] que no han podido ser resueltos. No han podido ser juzgados y a esas víctimas hay que intentar igualarlas con el resto de víctimas que si han visto juzgados los delitos terroristas que sufrieron.

P. ¿Entiende el desmantelamiento del principal monumento que se levantó en Atocha para el recuerdo de las víctimas del 11-M?

R. Antes de iniciarse los proyectos y las obras, las asociaciones y fundaciones de víctimas fuimos llamadas a las reuniones con el Ayuntamiento y la Comunidad. Se está haciendo una ampliación de la línea 11 del metro, por ahí tenían que pasar los residuos inevitablemente y el monumento no podía estar ahí. Tampoco se podía desmontar para trasladarlo a otro sitio por la configuración de sus materiales. Nos parece bien cómo se va a tratar el vestíbulo de esa línea 11 de metro, que va a ser un museo dedicado a todas las víctimas: los 192 muertos del 11-M más los 2.000 heridos que hubo. Y luego en la parte superior, esto es un proyecto, se va a hacer una especie de bulevar donde habrá un pequeño monumento. A nosotros nos gustaría que las piezas que se rescaten [del antiguo monumento] sirvan para el nuevo.

P. ¿Está hoy preparada España para combatir el terrorismo islamista?

R. Está mejor preparada que entonces; la experiencia adquirida después de los atentados del 11-M y los de Las Ramblas ha sido tremenda. Se han producido una serie de cambios en la organización, hay mayor coordinación entre los distintos cuerpos de seguridad. Incluso nuestros cuerpos y fuerzas de seguridad asesoran en esta materia a otros países. Eso no quiere decir que haya que bajar la guardia, hay que dotarles de todos los medios, los más sofisticados y avanzados, para que ese muro sea más fuerte.

P. ¿La sociedad española ha acompañado suficientemente a las víctimas?

R. La sociedad española no ha olvidado aquel atentado, y lo siente en sus carnes. Respecto a las nuevas generaciones, estamos haciendo un trabajo a través de la fundación, con testimonios de víctimas directas en las aulas, contando todo lo que ocurrió y significó. Lo principal que yo le pido a la sociedad es que tengan memoria y que no olviden nunca a las víctimas del terrorismo.

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Ministerio del Interior
<![CDATA[Los principales cambios pactados para la futura ley de amnistía]]>https://elpais.com/espana/2024-03-07/los-principales-cambios-pactados-para-la-futura-ley-de-amnistia.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-07/los-principales-cambios-pactados-para-la-futura-ley-de-amnistia.htmlThu, 07 Mar 2024 10:05:44 +0000La proposición de ley de amnistía para los condenados, procesados e imputados por hechos relacionados con el proceso independentista catalán sufrirá algunos retoques en función de las cinco enmiendas que presentó Junts sobre las que han alcanzado un acuerdo (enmienda transaccional) el PSOE y el partido de Carles Puigdemont. El nuevo texto ha recabado el apoyo del resto de los grupos que votaron en su día la investidura de Pedro Sánchez en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, que se ha reunido este jueves. Las principales novedades son las que siguen:

Amnistiar la malversación relacionada con el procés siempre que no haya habido enriquecimiento. Los principales dirigentes independentistas que no huyeron de Cataluña fueron condenados por sedición y malversación. El Gobierno reformó el Código Penal para rebajar las penas cuando la malversación no supusiera enriquecimiento personal. Pero los tribunales de justicia entendieron que los condenados habían cometido el delito que el Código Penal dejó sin tocar (malversación agravada). Las enmiendas pactadas este miércoles apuntalan la idea de que se pueden amnistiar delitos de malversación siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento. Se añadirá un nuevo apartado al texto para apuntalar esta idea: “No se considerará enriquecimiento la aplicación de fondos públicos a las finalidades previstas en los apartados a y b cuando, independientemente de una adecuación al ordenamiento jurídico, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.

Torturas y terrorismo. Las enmiendas aclaran que quedan excluidos de la amnistía los delitos de torturas, “a excepción de aquellos tratos que no superen un umbral mínimo de gravedad por no resultar idóneos para humillar o degradar a una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana o para provocar miedo, angustia o inferioridad de una forma capaz de quebrar su existencia moral o física”. También se excluyen de la amnistía los actos de terrorismo “que por su finalidad puedan ser calificados como tales por la Directiva Europea y, a su vez, hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales y en el derecho internacional humanitario”. Esta enmienda elimina las referencias a los delitos de terrorismo tipificados en el Código Penal español.

Traición siempre que haya amenaza efectiva y real. Tampoco serán amnistiables, como ya figuraba en el anterior texto de la ley de amnistía, los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado tipificados así en el Código Penal español, pero con la siguiente aclaración: “Siempre que se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España en los términos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas o en la resolución 2.625 de la Asamblea General de Naciones Unidas de 24 de octubre de 1970″.

Indemnizaciones con excepciones. Los actos relacionados con el procés que fueron sancionados no dará derecho a recibir indemnizaciones como consecuencia de la aplicación de la amnistía, salvo aquellas que se impusieron “al amparo de la ley de protección de la seguridad ciudadana de 2015 por infracciones muy graves siempre que, a criterio de la Administración, se estime que concurren para ello criterios de proporcionalidad”.

Dos meses de adelanto de la aplicación de la ley. Se modifican las fechas del ámbito de aplicación de la ley, que afectaba a hechos ocurridos desde el 1 de enero de 2012 y ahora se adelanta al 1 de noviembre de 2011.

Referencias en el preámbulo a las directrices de la Comisión de Venecia para explicar las nuevas enmiendas. Los redactores de las enmiendas han introducido un párrafo para explicar que el nuevo texto ha tenido en cuenta lo señalado por la Comisión de Venecia en su 94ª sesión plenaria del 11 de marzo de 2013. “De acuerdo con las directrices de la Comisión de Venecia, se ha establecido una definición precisa y detallada para los actos susceptibles de ser amnistiados, con el fin de seguridad jurídica y la igualdad ante la ley. Esto resulta crucial, en particular, al abordar los delitos de malversación, diferenciando claramente entre las acciones que pueden ser amnistiadas y los actos de corrupción, a los que no es aplicable tal medida”. Y aclara: “De manera que corresponde al poder legislativo el establecimiento de los criterios para ser beneficiado por la amnistía y corresponde al poder judicial identificar a las concretas personas comprendidas en el ámbito de aplicación establecido por el legislador”, explica el nuevo texto. La norma, según la enmienda, incorpora “exclusiones específicas para garantizar el cumplimiento de los estándares internacionales y responder a la jurisprudencia relevante, particularmente en lo que respecta a violaciones graves de derechos humanos, reflejando las posiciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.

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Samuel Sánchez
<![CDATA[La futura ley de amnistía excluye los delitos calificados como terrorismo según la directiva europea]]>https://elpais.com/espana/2024-03-06/la-futura-ley-de-amnistia-excluye-los-delitos-calificados-como-terrorismo-segun-la-directiva-europea.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-06/la-futura-ley-de-amnistia-excluye-los-delitos-calificados-como-terrorismo-segun-la-directiva-europea.htmlWed, 06 Mar 2024 20:50:09 +0000La enmienda transaccional que han pactado PSOE, Junts y ERC para aprobar definitivamente la proposición de ley de amnistía a todos los encausados del procés excluye de la medida de gracia “los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo, según la directiva europea de 2017“, y a su vez “hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos“, que aluden al derecho a la vida y a la prohibición de la tortura, respectivamente.

Dicha directiva tipifica “como delitos de terrorismo cuando se cometan con uno de estos fines: “a) atentados contra la vida de una persona que puedan tener resultado de muerte; b) atentados contra la integridad física de una persona; c) el secuestro o la toma de rehenes; d) destrucciones masivas de instalaciones estatales o públicas, sistemas de transporte, infraestructuras, sistemas informáticos incluidos, plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, lugares públicos o propiedades privadas, que puedan poner en peligro vidas humanas o producir un gran perjuicio económico; e) el apoderamiento ilícito de aeronaves y de buques o de otros medios de transporte colectivo o de mercancías; f) la fabricación, tenencia, adquisición, transporte, suministro o utilización de explosivos o armas de fuego, armas químicas, biológicas, radiológicas o nucleares inclusive, así como la investigación y el desarrollo de armas químicas, biológicas, radiológicas o nucleares; g) la liberación de sustancias peligrosas, o la provocación de incendios, inundaciones o explosiones cuyo efecto sea poner en peligro vidas humanas; h) la perturbación o interrupción del suministro de agua, electricidad u otro recurso natural básico cuyo efecto sea poner en peligro vidas humanas”.

El texto acordado, que será aprobado este jueves en la Comisión de Justicia del Congreso, es similar al que los siete diputados de Junts rechazaron hace poco más de un mes, aunque ahora se han eliminado las referencias al Código Penal español en el capítulo dedicado al terrorismo que no se puede amnistiar.

Los negociadores destacan que el acuerdo alcanzado está “en línea con el aval de la Comisión de Venecia, refuerza la plena concordancia de la norma con la Constitución, el derecho europeo y la jurisprudencia internacional, con el fin de que sea una norma impecable”. También quedan fuera de la amnistía “los delitos de torturas, traición, así como la corrupción que suponga enriquecimiento personal”. La proposición de ley rechaza, además, la amnistía de cualquier delito “que haya tenido como resultado una vulneración de los principios de la Carta de Naciones Unidas”.

La redacción consensuada debería facilitar, según sus redactores, la inclusión en la amnistía de todas las personas involucradas en el proceso independentista. Para ello se extiende el ámbito de aplicación, adelantándolo a noviembre de 2011, como reclamaba Junts para que todas las reclamaciones relacionadas con el Tribunal de Cuentas queden también amparadas (el texto que rechazaron los independentistas en enero abarcaba un plazo temporal que comenzaba el 1 de enero de 2012 y concluía el 13 de noviembre de 2023).

El nuevo texto pasará este jueves el filtro de la Comisión de Justicia para ser aprobado la semana próxima en el pleno del Congreso y, después, por el Senado, durante los dos próximos meses. El Gobierno espera que con la aprobación de la ley se pueda cerrar definitivamente “una etapa que ha condicionado la vida política catalana y de toda España durante demasiado tiempo”.

Respecto al ámbito administrativo, además, sigue excluida la devolución de las sanciones impuestas, aunque cabrán excepciones con aquellas menos graves impuestas en materia de seguridad ciudadana, “que podrán ser devueltas por la administración que las impuso si concurren razones de proporcionalidad”.

Los tres grupos firmantes del acuerdo, que lo han anunciado a las ocho de la tarde, pero sin desvelar la fórmula alcanzada, han decidido retirar el resto de las enmiendas que habían presentado al texto.

Un trámite complejo

La proposición de ley de amnistía, registrada por el grupo socialista el pasado 24 de noviembre, fue enmendada el pasado 30 de enero para su aprobación definitiva en el pleno, eliminando la referencia a que serían amnistiables los delitos de terrorismo sin sentencia firme. Sin embargo, el grupo parlamentario de Junts, que exigió la amnistía a cambio de apoyar la investidura del socialista Pedro Sánchez, rechazó con sus siete diputados el texto final de la proposición de ley, que fue devuelto a la Comisión de Justicia.

Junts presentó entonces 11 enmiendas que, a su vez, fueron rechazadas en pleno con los votos en contra, entre otros, de PSOE y Sumar. Los dos partidos coaligados en el Gobierno han defendido que el texto que se registró en el Congreso era “plenamente constitucional” y el que saldrá de las Cortes será “igualmente constitucional”. Sin embargo, en el primer trámite tuvieron que eliminar la referencia a que serían amnistiables delitos terroristas que todavía no tuvieran sentencia firme, por dudas sobre su constitucionalidad. Esa eliminación llenó de dudas a Junts, cuyos votos son decisivos para que salga adelante la iniciativa.

Entre las enmiendas presentadas por Junts destacaban las referidas al artículo 2 de la proposición de ley, donde se regulan los delitos que no se pueden amnistiar. El texto pactado entre todos los grupos del bloque de investidura, salvo Junts, excluía de la amnistía los delitos de terrorismo siempre y cuando, “de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y en el derecho internacional humanitario”.

Dos días antes de la votación de ese texto, el juez Manuel García-Castellón, que instruye desde hace más de cuatro años el sumario sobre las protestas violentas del movimiento Tsunami Democràtic, respondió a un recurso de uno de los afectados y aclaró en un auto que investigaba un delito de terrorismo de los comprendidos en el ámbito que, según la proposición de ley, no podía ser amnistiado.

Junts alegó dos razones para defender la eliminación de ese apartado sobre los delitos terroristas: “No existe ninguna obligación jurisprudencial que imponga excluir de la amnistía los actos tipificados como delitos de terrorismo (...) y, además, así se conseguiría evitar “el uso indebido que se hace del Código Penal y de los instrumentos del Estado para perseguir a los independentistas catalanes”. “Nada más hacerse pública la proposición de ley de amnistía se han reactivado procesos que se asumía estaban destinados al sobreseimiento”, recordaba la enmienda en relación al sumario de Tsunami Democràtic, donde el juez García Castellón intentó cuatro años después de abierta la investigación —y lo ha logrado ahora en el Tribunal Supremo— que se imputase al expresidente Carles Puigdemont por un delito de terrorismo.

Los independentistas catalanes temen que, tras la apertura de una causa penal por terrorismo en el Supremo contra Puigdemont, huido de la justicia desde 2017, los tribunales se nieguen a aplicarle la futura ley de amnistía, pensada para beneficiar a todos los encausados o condenados por los desafíos independentistas ilegales —tanto la denominada consulta participativa de 2014 como el referéndum de 2017—. El Tribunal Supremo, contra el criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y de la teniente fiscal del propio Supremo, decidió apoyar la exposición razonada remitida por el juez García-Castellón para investigar si Puigdemont ha cometido un delito de terrorismo como supuesto líder de los movimientos de protesta que tuvieron lugar en Barcelona tras la sentencia que condenó a cárcel a nueve dirigentes independentistas. “A lo largo de todo el periodo que abarca la proposición de ley”, señalaba en su enmienda Junts, “no existe ningún acto que pueda ser tipificado como delito de terrorismo, sin embargo, nos encontramos que, al menos, existen dos procedimientos (el de Tsunami Democràtic y el de los Comités de Defensa de la República) en los que, arbitraria e injustificadamente, se investiga y persigue a independentistas catalanes por hechos que no serían tipificables como tales pero que lo están siendo”.

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RONALD WITTEK
<![CDATA[Almeida/Armengol: dos contratos bajo sospecha con procedimientos similares]]>https://elpais.com/espana/2024-03-05/almeidaarmengol-dos-contratos-bajo-sospecha-con-procedimientos-similares.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-05/almeidaarmengol-dos-contratos-bajo-sospecha-con-procedimientos-similares.htmlTue, 05 Mar 2024 04:40:00 +0000El PP lleva días empeñado en pedir la dimisión de Francina Armengol como presidenta del Congreso a cuenta del contrato de compra de mascarillas a favor de la empresa Soluciones de Gestión, recomendada por Koldo García, el entonces asesor principal del ministro José Luis Ábalos que supuestamente cobró comisiones ilegales por estas gestiones. El PSOE replica que un caso parecido sucedió en el Ayuntamiento de Madrid: la adjudicación multimillonaria a dos intermediarios, Luis Medina y Francisco Luceño, de un contrato de material anticovid que acabó en los tribunales por un delito de estafa. Hay similitudes y diferencias entre ambos episodios de corrupción en torno a la venta de mascarillas en los primeros meses de pandemia. La información que acompaña este análisis se basa en los documentos administrativos y judiciales que existen sobre ambas operaciones.

Compra a dedo en ambas instituciones por recomendación de asesores y familiares. Baleares compró 1.400.000 mascarillas por 3,7 millones de euros (a 2,5 euros la unidad) a una empresa sin apenas actividad y sin experiencia en el sector, Soluciones de Gestión, controlada por el grupo Cueto (especializado en actividades de comercio internacional). El Gobierno de la socialista Francina Armengol explica que desde el Ministerio de Transportes —supuestamente el asesor Koldo García— les informaron sobre una empresa que vendía mascarillas y que había contratado con Puertos del Estado. Sostienen que nunca supieron que el asesor del ministro cobraba comisiones ilegales a cambio de los contratos que la empresa lograba de las administraciones socialistas.

El 4 de mayo, el director general del Servicio de Salud balear firmó por el trámite de emergencia la contratación a dedo de esa empresa y de otras cuatro firmas por material anticovid: sin concurso y sin condiciones sobre el precio final a pagar.

El 20 de marzo de 2020, el Ayuntamiento de Madrid recibió una oferta de distinto material de protección por parte de Luis Medina y Alberto Luceño, intermediarios sin experiencia en ese sector. Medina ofreció el material al Ayuntamiento de Madrid a través de un familiar del alcalde, José Luis Martínez Almeida, según la Fiscalía Anticorrupción, y acabó vendiéndolo por casi 16 millones de dólares que el Ayuntamiento tuvo que adelantar.

Elena Collado, coordinadora general de Presupuestos, se lo explicó así al fiscal: “Había decenas de llamadas. ¿Quién me puso en contacto con Rafael Medina? Esa parte no la recuerdo, podía haber venido de un concejal, de otro coordinador, a mí me habla tal y lo hago”. El Ayuntamiento de Madrid contrata el material sin concurso y sin condiciones sobre el precio final a pagar: 6,5 euros por mascarilla; hasta 2 euros por guantes de nitrilo (que Elena Collado redujo a 0,4 euros tras reclamar porque había visto los mismos guantes en un hipermercado mucho más baratos) y 17 euros por cada test rápido (que la coordinadora de presupuestos quiso devolver en parte sin mucho éxito). Como en el caso del Ministerio de Transportes, que hizo la compra a través de un organismo dependiente, Puertos del Estado, el Ayuntamiento de Madrid aprobó la adquisición, de madrugada, en un consejo de administración de su Empresa Mixta de Servicios Funerarios.

Denuncia de irregularidades: del Servicio de Salud en Baleares, al SEPBLAC y la Fiscalía en el caso de Madrid. El Servicio de Salud balear remitió muestras de todas las mascarillas compradas al Ministerio de Trabajo para que las analizara en sus laboratorios. Así descubrió a primeros de junio de 2020 que las mascarillas compradas en China por Soluciones de Gestión no cumplían las condiciones de calidad de las FPP2. Pese a ello, el subdirector general de Compras firmó a la empresa un certificado de calidad algunos meses después (agosto de 2020). Hasta marzo de 2023, el mismo funcionario no inició los trámites para reclamar a la empresa la devolución de 2,6 millones de los 3,7 millones que pagaron por la mercancía. En esa reclamación se explicaba que las mascarillas recibidas eran, por su calidad, quirúrgicas y no FPP2 y, por tanto, debían pagarse a un precio inferior (0,4 euros frente a los 2,5 que habían costado).

El Ayuntamiento de Madrid, a diferencia de lo que hizo con otra estafa de mascarillas perpetrada por una consultora de Nueva York a la que denunció en los juzgados, no puso en marcha ningún expediente de reclamación contra Luceño y Medina tras recibir mercancía de inferior calidad a la comprometida. Collado recuerda que las mascarillas enviadas por la consultora de Nueva York “eran de mala calidad” y por eso lo pusieron “en manos de la Policía Municipal y acabó en una denuncia”. Collado declaró al fiscal: “De 90 operaciones me ha salido mal esa, bendito sea”. En relación a la mercancía vendida por Luceño y Medina, la coordinadora municipal de Presupuestos se quejó al advertir en un hipermercado de Madrid que los guantes de nitrilo costaban 0,08 euros mientras el Ayuntamiento había pagado a los intermediarios 2,5 euros. Al final, Luceño aceptó devolver cuatro millones de dólares al Ayuntamiento, pero siguió cobrando por los guantes 0,4 euros, cinco veces más del precio al que se compraban en la ciudad. Collado también contactó con Luceño para devolver 60.000 test de los 250.000 (todos defectuosos, según la Fiscalía) que había recibido con menos sensibilidad de la permitida. “No consta que hasta la fecha”, escribió la Fiscalía dos años después (abril de 2022), “que se hayan enviado nuevos reactivos”. Quien destapa la estafa al Ayuntamiento de Madrid es el Servicio de Blanqueo de Capitales del Banco de España a través de un informe que llega a la Fiscalía Anticorrupción el 23 de julio de 2020 “poniendo de manifiesto hechos que podrían constituir, sin perjuicio de ulterior calificación, un delito de malversación de caudales públicos y un delito de blanqueo de capitales”.

Petición de dimisión del PSOE a Almeida y del PP a Armengol. El grupo municipal socialista de Madrid pidió la dimisión del alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, cuando conoció en 2022 que la Fiscalía presentaba querella contra Luceño y Medina por la estafa de las mascarillas: “Ha llegado la hora de que empiece a pensar que lo mejor es largarse a su casa. Nos sigue pareciendo sorprendente que no se enterara de nada”. El grupo parlamentario del PP en el Congreso solicitó ayer la dimisión de Francina Armengol por las irregularidades detectadas en el contrato de las mascarillas que la supuesta trama corrupta de Koldo García logró del Gobierno balear.

Una reclamación amenazada de caducidad frente a un juicio pendiente por estafa. El Gobierno de Francina Armengol, a través del Servicio de Salud balear, puso en marcha una reclamación por vía administrativa en julio de 2023. El PSOE acusa al actual Ejecutivo balear del PP de haber dejado caducar el expediente sin que se puedan reclamar los 2,6 millones de euros; el PP lo niega y sostiene que acudirá a la vía penal si es necesario para recuperar el dinero. En Madrid, la Fiscalía Anticorrupción logró llevar a juicio a Luceño y Medina. Reclama entre 9 y 15 años de cárcel para ambos.

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Gustavo Valiente
<![CDATA[Hechos probados: de cómo el virus de la corrupción alcanzó al Gobierno]]>https://elpais.com/espana/2024-03-03/hechos-probados-de-como-el-virus-de-la-corrupcion-alcanzo-al-gobierno.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-03/hechos-probados-de-como-el-virus-de-la-corrupcion-alcanzo-al-gobierno.htmlSun, 03 Mar 2024 04:30:00 +0000Un guardia civil se acerca con cuidado a una Scooter Suzuki Burgman 400 con matrícula 7922 HMH aparcada junto a la estación de trenes de Chamartín de Madrid y coloca en un lugar no visible de la moto una baliza para localización y seguimiento del vehículo. Es jueves, 14 de septiembre de 2023. Se trata de un espionaje protegido por la ley: el discreto agente hace su trabajo con permiso del juez Ismael Moreno. Solo seis días antes, el instructor de la Audiencia Nacional había abierto una investigación a instancias de la Fiscalía Anticorrupción contra una trama corrupta que, supuestamente, anidó en el Ministerio de Transportes durante lo peor de la pandemia (marzo de 2020) y ganó 15 millones de euros en muy poco tiempo con la venta de millones de mascarillas a 2,5 euros por unidad.

La Scooter Suzuki 400 aparcada en Chamartín es propiedad de Koldo García Izaguirre (Barakaldo, 1970), a quien la Fiscalía sitúa en el origen del negocio corrupto cuando, a finales de marzo de 2020, el Ministerio de Transportes compró a la empresa Soluciones de Gestión los primeros 8 millones de mascarillas por 20 millones de euros. Las Administraciones públicas gastaron durante los tres primeros meses de la pandemia hasta 2.000 millones de euros en material de protección. Nadie escatimó un euro en aquella rebatiña pública para lograr mascarillas a cualquier precio.

Koldo García fue el asesor principal del ministro José Luis Ábalos entre 2018 y 2021; estaba a su servicio 24 horas al día y ese hecho le facilitó una notable ascendencia sobre los altos cargos de Transportes. En plena crisis por la expansión del coronavirus y apremiados por la necesidad de conseguir material sanitario de protección, fue García quien buscó a un intermediario conocido, Víctor Aldama (presidente del Zamora C. F.), y a una empresa del grupo Cueto, Soluciones de Gestión, para traer mascarillas de China. Todo se hizo muy rápido; las reglas de contratación quedaron aparcadas porque la urgencia era incompatible con los trámites habituales: concursos, precios, condiciones...

Entre el viernes 20 de marzo de 2020, apenas seis días después de que el Gobierno hubiera decretado la alarma en el país, y el lunes 23 de marzo se armó el expediente administrativo en la sociedad pública Puertos del Estado, órgano encargado de adquirir las mascarillas. Fue el primero de la media docena de contratos que Soluciones de Gestión logró con diversos órganos públicos, todos gobernados por el PSOE y ahora bajo investigación judicial.

El patrimonio de Koldo García aumentó sin justificación alguna en este tiempo de emergencias. Sus ingresos en efectivo durante 2020 y 2021 dejaron una gigantesca sospecha. La Fiscalía Anticorrupción atribuye el enriquecimiento del asesor de Ábalos al cobro de comisiones ilegales que le pagaron los empresarios agradecidos por el buen negocio de la venta de mascarillas. El juez escribe en el sumario que los ingresos en efectivo de Koldo García en su cuenta del banco son de origen desconocido. El sospechoso se ha negado a declarar.

Juan Carlos Cueto y su abogado, Alfonso Trallero, el miércoles en la Audiencia Nacional.

Su supuesto pagador, el empresario Juan Carlos Cueto, es dueño de un conglomerado en el que se incluye la firma Soluciones de Gestión, una sociedad con escasa actividad hasta el comienzo de la pandemia. La firma pasó de facturar una cantidad insignificante en 2019 a 54 millones en 2020. Cueto ganó más de nueve millones con este negocio, según la investigación. Ahora utiliza dos vehículos con chófer para sus desplazamientos; un Audi SQ7 y un Mercedes AMG GLE 53. A la hora de la siesta del pasado 23 de octubre, la Guardia Civil colocó una baliza en su Audi, y solo 24 horas después, los agentes hicieron lo mismo en su Mercedes. Los movimientos del empresario, como los del asesor del exministro, interesan a los investigadores. Desde que se abrió la causa en septiembre, el juez ha autorizado la intervención de las comunicaciones de los principales implicados en la trama (Koldo García y su entorno familiar; Juan Carlos Cueto y Víctor de Aldama) mediante el pinchazo de los 10 teléfonos móviles que utilizaban. También ha permitido la instalación de software espía para recuperar la mayor información posible de esos dispositivos; aprobado la instalación de mecanismos de localización y seguimiento de hasta 15 vehículos utilizados por la trama corrupta; y apoyado la petición de la Guardia Civil para instalar micrófonos ambientales en algunos de los lugares donde se citaban los líderes de la trama corrupta. Decenas de guardias civiles han intervenido durante estos últimos seis meses en las escuchas y los seguimientos.

Las conclusiones de quienes han investigado desde septiembre han logrado avanzar en el esclarecimiento de los delitos supuestamente cometidos por la trama: cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal. Cuatro años después de los hechos, tan solo siguen vivos dos asuntos relacionados con aquellos contratos: la inspección tributaria a los empresarios Cueto y Aldama por los ingresos declarados del negocio de las mascarillas, y la reclamación del Gobierno balear que puso en marcha el PSOE, y que ahora tiene que defender el PP, para la devolución de 2,6 millones de euros por la entrega de un material de calidad inferior a la comprometida.

Cuadro con los ingresos en cuentas de Koldo García que figura en el sumario del caso.

Enriquecimiento ilegal por uno de los negocios multimillonarios de la pandemia. La pista del dinero destapó el delito. Antes de judicializar la denuncia del PP de Madrid, presentada en marzo de 2022, la Fiscalía Anticorrupción acreditó el enriquecimiento sospechoso de Koldo García con una simple consulta a sus ingresos en el banco y los de su mujer. Los ingresos en efectivo ―los de sus nóminas iban por transferencia― se duplicaron en 2020 (75.000 euros) respecto al año anterior, y casi se triplicaron en 2021 (95.033); en 2022 seguían muy altos (88.443 euros). Los investigadores no encuentran explicación posible a un monto de 138.000 euros sobre todo el efectivo ingresado: “No hay justificación alguna, no habiéndose encontrado tampoco ninguna extracción en cajero que pudiera justificar el ingreso en efectivo en otra cuenta”. Además, la investigación acreditó que Koldo García adquirió en septiembre de 2020 a su nombre una vivienda en Benidorm; que compró otra propiedad en la misma ciudad en diciembre de 2020 para su mujer; y una más a su hija menor de edad en marzo de 2022. Su hermano Joseba García participó en estas adquisiciones y la Fiscalía Anticorrupción también analizó sus ingresos bancarios, descubriendo la misma práctica: triplicó sus ingresos en efectivo durante 2020 (191.000 euros) y siguió en 2021 (123.000).

De otra parte, la Fiscalía no encuentra reparos a los contratos, pero la pista del dinero conseguido legalmente por los empresarios que vendieron las mascarillas (Cueto ganó más de nueve millones mientras Aldama se quedó con seis) también levantó sospechas. La Agencia Tributaria encontró reparos a la manera de tributar estos beneficios por parte de las empresas de Cueto y Aldama.

La red corrupta y su negocio fallido en Baleares: sin pruebas de cohecho. La empresa Soluciones de Gestión atraviesa serios problemas de solvencia, hasta el punto de que Juan Carlos Cueto, jefe del conglomerado societario que controla esa firma, piensa en una dolorosa reestructuración. El único arreglo posible, según las conversaciones intervenidas en la investigación del caso Koldo, pasa porque decaiga en el trámite administrativo la reclamación de 2,6 millones de euros por el Gobierno balear. Soluciones de Gestión sirvió 1,4 millones de mascarillas del tipo KN95 que, según concluyó en junio de 2020 el laboratorio del Ministerio de Trabajo consultado por el Servicio balear de Salud, eran de inferior calidad a las prometidas en el contrato. El Ejecutivo socialista de Francina Armengol inició los trámites para la devolución del dinero en marzo de 2023, con una comunicación a la empresa, que respondió indignada. Pese a su protesta, el trámite para la reclamación se puso en marcha en julio.

El nuevo Ejecutivo del PP de Baleares no siguió el procedimiento en plazo y ahora la reclamación puede caducar, según la jurisprudencia sobre este tipo de litigios.

Las pruebas del sumario tan solo aclaran que los empresarios llamaron a Koldo García para que los ayudase a evitar el pago de los 2,6 millones a Baleares, tras insultar a los altos cargos socialistas que iniciaron el expediente de reclamación. El exasesor del ministro los tranquilizó, prometiéndoles que negociaría una solución con altos dirigentes del PP. Pero la investigación no ha podido acreditar que esas reuniones se produjeran ni que hubiera pagos a funcionarios o políticos para evitar la reclamación.

Koldo García, según las inferencias de la Guardia Civil, también anunció a los empresarios que hablaría con el exministro Ábalos para que mediara en el problema. Tampoco hay pruebas en el sumario de que esto se produjera; tan solo un encuentro en el reservado de un restaurante en el que los investigadores ignoran de qué se habló. Ábalos ha negado que intermediara con nadie del PP, partido que también ha desmentido cualquier contacto con dirigentes socialistas sobre este asunto.

Emboscadas a la trama para cazar al exministro Ábalos: sin resultados de momento. La querella presentada por la Fiscalía Anticorrupción contra siete supuestos integrantes de la trama corrupta, enriquecidos gracias al dinero del Ministerio de Transportes, no citaba en ningún momento a José Luis Ábalos. Sin embargo, en los seis meses que han seguido a la apertura de la investigación judicial, con pinchazos telefónicos y seguimientos a los implicados de la trama, el nombre del exministro sí aparece en algunas ocasiones.

La Guardia Civil llegó a fotografiarlo mientras se veía en un restaurante con su antiguo asesor. Pero todas las operaciones puestas en marcha para conocer si el exministro estaba implicado en manejos ilegales con la trama corrupta se han saldado, de momento, sin resultados claros.

La acción de los investigadores más significativa tuvo lugar en los primeros días de noviembre. Koldo García seguía colaborando, gratis, con Ábalos. En una conversación grabada e incorporada al sumario, el exasesor le pide a su hermano Joseba García que lleve al exministro una documentación que le han dado en el Ministerio de Transportes. Koldo García había comido el día anterior con el subsecretario del ministerio, Jesús Manuel Gómez.

La Guardia Civil puso en marcha un operativo para interceptar a Joseba García durante el trayecto entre Polop de la Marina (Alicante), residencia de Koldo García donde debía recoger los documentos, y el domicilio del exministro en Valencia. El Grupo de Acción Rápida (GAR) de la Guardia Civil se activó el 4 de noviembre de 2023 para interceptar en la carretera a Joseba García y averiguar qué documentos iba a entregar al exministro. El dispositivo de control detuvo esa mañana a las 8.55 en el punto kilométrico 541,5 de la autopista AP-7 en sentido Valencia el vehículo Ford Tourneo conducido por Joseba García, quien les contó a los agentes que se dirigía a Valencia para tomar un café con Ábalos en un bar que no recordaba, pero que llevaba apuntado en el teléfono. “Al proceder al registro del vehículo”, escribe el agente que intervino, “se observa encima del asiento del copiloto un sobre de color blanco tamaño folio en cuyo interior se hallan 3 documentos”. Los escritos hacen referencia al litigio que mantenía un abogado, Ramiro Grau ―el mismo que se pasea estos días por radios y televisiones asegurando que fue el quien denunció la corrupción de Ábalos por el contrato de las mascarillas con el ministerio―, que le negaba la documentación pedida sobre el expediente de contratación con Soluciones de Gestión. Además, el sobre que analizó el guardia civil también contenía en papel el informe de fiscalización que el Tribunal de Cuentas hizo en 2022 sobre los contratos de la covid-19, y que es accesible a través de la web de ese organismo.

José Luis Ábalos con Koldo García, durante un encuentro el la marisquería La Chalana, en enero.

La Guardia Civil sacó conclusiones sospechosas sobre estos hechos: “Durante el tiempo en que Ábalos fue titular del ministerio fueron adjudicados 10.757 contratos públicos, siendo reseñable la preocupación mantenida por Koldo García por hacerle llegar aquellos contratos relativos a los celebrados con la empresa Soluciones de Gestión”. “En realidad”, explica Ábalos, “pedí esa documentación porque el próximo 4 de marzo se celebrará en un juzgado de plaza de Castilla la vista por la demanda que le puse [al abogado Ramiro Grau]”. El exministro reclama una indemnización de 70.000 euros por la publicación de siete artículos en los que el letrado denunciaba la supuesta corrupción de Ábalos: “Compró ocho millones de mascarillas defectuosas parece ser que a un precio muy superior al de mercado”, “es una de las personas más prepotentes e incompetentes del actual Gobierno”, dijo en esos artículos.

Ni rastro de Ábalos, de momento, en las conversaciones grabadas. Pese a las intervenciones de 10 teléfonos móviles (tres de ellos de Koldo García), el balizamiento para el control y seguimiento de 15 vehículos, y el espionaje legal a las actividades privadas de los implicados en el caso, el sumario no ha incorporado por ahora ninguna conversación del exministro Ábalos con su asesor. Y eso pese a que, según acredita la investigación, Koldo García seguía haciendo favores a su antiguo jefe. Queda por conocer el contenido de todo lo requisado por la Guardia Civil ―teléfonos móviles, tabletas, ordenadores, documentación― en los domicilios de los querellados para saber si la investigación destapará pruebas que apunten a la responsabilidad del exministro de Transportes en los hechos.

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Ricardo Rubio
<![CDATA[La derivada del ‘caso Koldo’ en Baleares: un contrato lleno de agujeros y sin rastro de comisiones ilegales]]>https://elpais.com/espana/2024-03-02/la-derivada-del-caso-koldo-en-baleares-un-contrato-lleno-de-agujeros-y-una-reclamacion-a-punto-de-caducar.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-03-02/la-derivada-del-caso-koldo-en-baleares-un-contrato-lleno-de-agujeros-y-una-reclamacion-a-punto-de-caducar.htmlSat, 02 Mar 2024 04:40:00 +0000La trama corrupta que colonizó el Ministerio de Transportes en los primeros meses de la pandemia logró vender más de 20 millones de mascarillas traídas de China por 52 millones de euros (16 millones de beneficio) a los ministerios de Transportes e Interior y a las comunidades de Baleares y Canarias. La empresa Soluciones de Gestión, recomendada por Koldo García, asesor principal del entonces ministro José Luis Ábalos, litiga desde hace 11 meses con Baleares por el supuesto incumplimiento en la venta de 1,4 millones de mascarillas con calidad inferior a la comprometida. Ese contrato ha desencadenado el enfrentamiento más duro entre PP y PSOE. Lo que sigue intenta resumir, tomando como base el material incorporado al sumario del caso, lo ocurrido con esa compra durante lo peor de la pandemia.

Abril de 2020. La empresa recomendada por el ministerio ofrece un avión repleto de mascarillas. El Ministerio de Transportes (supuestamente Koldo García, asesor del ministro Ábalos) informó a responsables del Gobierno balear de que había una empresa dispuesta a suministrar millones de mascarillas a las islas. Soluciones de Gestión —firma recomendada por Koldo García de la que supuestamente ha cobrado cuantiosas comisiones— envió el 25 de abril de 2020 un correo a la Consejería de Salud ofreciendo “un avión repleto de mascarillas con 1.480.600 unidades de protección para vapores orgánicos KN 95 de un solo uso”. El avión aterrizó en Barajas con material de cinco fábricas chinas: “Putian, Huizhou, Fubian, Haoyun, Leihuo”.

El subdirector general de Compras, Antonio Mascaró, mandó analizar un mes después 24 muestras de mascarillas de distintos proveedores (cuatro de ellas suministradas por Soluciones de Gestión) al Centro Nacional de Medios de Protección del Ministerio de Trabajo. El 8 de junio se envió el resultado: de las 24 muestras, solo nueve cumplían con la protección reglamentaria y ninguna correspondía al lote comprado a la empresa recomendada por Koldo García. En ese momento, el Servicio balear de Salud ordenó retirar de la distribución las mascarillas de Soluciones de Gestión. El material estuvo almacenado “a la espera de un posible uso” hasta el 5 de mayo de 2023, cuando la OMS declaró el fin de la pandemia.

Agosto de 2020. Un certificado de calidad pese al material defectuoso. Solo dos meses después de que las mascarillas fueran retiradas, la empresa Soluciones de Gestión pidió al Servicio balear de Salud un certificado de calidad. Y el mismo funcionario que envió las muestras a Madrid para analizarlas y comprobó que eran defectuosas firmó ese certificado con un añadido inveraz: “Para que conste, a petición del interesado, sin tenerse conocimiento a fecha de hoy de ninguna incidencia y surta efectos de participación en concursos públicos”. Las explicaciones sobre este incomprensible certificado son difusas: “Es un acto administrativo protocolario. En ese momento todavía no estaba catalogado que el material fuera falso y la empresa suministradora lo niega”.

Septiembre de 2022. La Guardia Civil entra en la Consejería de Salud en busca del contrato con la empresa denunciada. La Guardia Civil visitó el Servicio balear de Salud y pidió todo el contrato de Soluciones de Gestión, una empresa a la que estaba investigando la Fiscalía a raíz de la denuncia presentada por el PP de Madrid. “Nadie informó a la consejera de Salud ni mucho menos a la presidenta Francina Armengol del registro. Nunca conocieron que se trataba de una investigación de Anticorrupción. Era una de tantas visitas que la Guardia Civil hacía para recoger documentación de distinto tipo por reclamaciones”, señalan colaboradores de aquel Ejecutivo.

Marzo de 2023. Bronca de la empresa al Gobierno socialista de Baleares: “Es extemporáneo e improcedente”. El 20 de marzo de 2023, el director general de Salud de Baleares, Manuel Palomino, comunicó a la empresa Soluciones de Gestión que al haberse detectado que no cumplieron con los requerimientos técnicos, “se procederá a tomar las medidas oportunas con el fin de resarcir al Servicio de Salud de la situación que ha ocasionado este hecho”. Solo cuatro días después, la empresa contestó: “Las mascarillas suministradas KN95 lo eran conforme a lo convenido por ambas partes y cumplían perfectamente con los requisitos administrativos aplicables. Es completamente extemporáneo e improcedente que, en el marco de una contratación de emergencia, se nos comunique casi tres años después unos supuestos defectos en el suministro realizado sobre la base de un análisis de mascarillas FFP2 que no fueron las suministradas”. El Gobierno balear de entonces sostiene que muchos expedientes de reclamación de otros asuntos distintos se iniciaron aquellos días con un retraso parecido debido a múltiples factores, entre ellos a la sobrecarga de trabajo motivada por la expansión del coronavirus durante 2020 y 2021. El 6 de julio de 2023, el subdirector de la Central de Compras, Antonio Mascaró —el mismo funcionario que envió las mascarillas a Madrid para su análisis de calidad y también firmó dos meses después a petición de la empresa un certificado de que el servicio había sido satisfactorio— firma a las 11.42 la propuesta que da inicio “de resolución parcial por incumplimiento culpable del contrato”, reclamando 2.626.584 euros a Soluciones de Gestión.

Noviembre de 2023. Cueto: “Tenemos lo que tenemos... unos hijos de puta”. La empresa de la trama corrupta se moviliza para desactivar la reclamación. Presentan alegaciones a la Administración balear, ahora en manos del PP, y presionan a Koldo García, el asesor del ministro Ábalos que les consiguió el contrato. Íñigo Rotaeche, responsable de Soluciones de Gestión, llama en noviembre de 2023 a Juan Carlos Cueto, jefe del grupo que controla su empresa, para preocuparse por la reclamación que puso el Gobierno socialista y que tiene que resolver el Ejecutivo del PP.

Íñigo Rotaeche: Al final es un acto injusto, porque ellos han utilizado... han estado tres años... es un acto injusto... para quitarse de encima toda la responsabilidad posible...

Juan Carlos Cueto: Tenemos lo que tenemos... unos hijos de puta.

Íñigo Rotaeche: Porque es un acto injusto dictar tres años después una resolución cuando tenía los resultados tres años antes.

Los empresarios censuran la gestión del anterior Gobierno, pero se afanan en lograr que el nuevo Ejecutivo no siga adelante con la reclamación. Y en diciembre, presionan a Koldo García para que haga gestiones con sus amigos. El asesor del ministro Ábalos promete hablar con dirigentes del PP para arreglar el problema. Pero la investigación no ha detectado —a pesar de que tenían balizas en la moto de Koldo García, pinchados sus teléfonos y controlados los sitios que visitaba— ni una sola prueba de que el asesor contactara con dirigentes del PP o funcionarios de Baleares para neutralizar la reclamación.

Diciembre de 2023. “Todo va por buen camino, no hace falta que se vea a nadie”. El PSOE balear denuncia que el Gobierno del PP ha dejado caducar la reclamación. El Ejecutivo balear lo niega pero anuncia que iniciará acciones penales para recuperar el dinero. Las conversaciones de Koldo García con los empresarios afectados sugieren que el procedimiento va a decaer: “Lo he comentado con el ministerio donde yo trabajaba antes y me dicen que esto recorrido jurídico no tiene ninguno. O sea, ninguno pero ninguno”. En otra conversación con Cueto del 7 de diciembre, lo vuelve a tranquilizar: “Todo va por buen camino, no hace falta que se vea a nadie”. El empresario pregunta: “Y buen camino, ¿qué significa? ¿Que no van a hacer nada?”. Y Koldo García contesta: “Eso es lo que yo interpreto”.

La investigación no ha conseguido acreditar, de momento, si alguien de la trama contactó con dirigentes del PP, ni que el exministro Ábalos mediase para que se retirase la reclamación. Tampoco existen pruebas en el sumario de que se pagaran comisiones ilegales a dirigentes políticos o a funcionarios de la Administración balear.

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Ricardo Rubio
<![CDATA[“Un suministrador tiene ocho millones de mascarillas, si se hace rápido lo conseguimos”]]>https://elpais.com/espana/2024-02-25/un-suministrador-tiene-ocho-millones-de-mascarillas-si-se-hace-rapido-lo-conseguimos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-25/un-suministrador-tiene-ocho-millones-de-mascarillas-si-se-hace-rapido-lo-conseguimos.htmlSun, 25 Feb 2024 04:45:00 +0000La pandemia puso a España en alerta el 14 de marzo de 2020. Los gobiernos buscaron por el mundo el material necesario para defenderse de la expansión del coronavirus mientras el país, cerrado a cal y canto, sufría el colapso de los hospitales, el infierno en las residencias y el pánico de la población ante el insoportable aumento diario de las muertes. Seis días después de aprobado el decreto de alarma, el subsecretario del Ministerio de Transportes, Jesús Manuel Gómez García, llamó a los responsables de Puertos del Estado para un encargo de urgencia: “Hay un suministrador que tiene ocho millones de mascarillas. Si se hace rápido, lo conseguimos”. El ministro de Transportes, José Luis Ábalos, firmó ese mismo día la orden 263/2020 para que Puertos del Estado adquiriera “un máximo de ocho millones de mascarillas FFP2 para su posterior distribución en el sector del transporte con motivo de la situación de emergencia de salud pública provocada por la covid-19″.

La empresa elegida, Soluciones de Gestión, llegó de la mano de Víctor de Aldama, hoy presidente del Zamora Fútbol Club, y amigo de Koldo García, mano derecha del ministro José Luis Ábalos. “Aldama ―recuerda ahora un funcionario― revoloteaba por el ministerio incluso antes del contrato de las mascarillas y es la pieza clave de este engranaje”. Soluciones de Gestión era una firma con escasa actividad controlada por el Grupo Cueto, con experiencia y antecedentes en comercio internacional.

Como otras muchas empresas durante la pandemia, Soluciones de Gestión se apuntó al negocio de las mascarillas aprovechando que el decreto de alarma había suprimido todos los controles propios de la contratación pública: no había concursos en los que competir con otras ofertas ni limitación en la fijación de precios, no había que acreditar solvencia ni experiencia en el sector. Solo había que estar en el lugar exacto en el momento adecuado.

Aldama conocía a una empresa que podía hacer el trabajo y a Koldo García, hombre de confianza de un ministro de Transportes que buscaba mascarillas en un mercado sin reglas. “La empresa elegida ―recuerda uno de los altos cargos que tramitó este encargo― pretendía que le hiciéramos el pago por adelantado, pero nos negamos. Preguntamos a expertos bancarios y nos dieron la solución: ingresar el dinero en una cuenta del banco Sabadell que quedaba bloqueada hasta que recibiéramos la mercancía”. La orden ministerial que firmó Abalos así lo precisaba: “La empresa suministradora solo tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos”. Y así se hizo.

La Fiscalía Anticorrupción, firmante de la querella contra siete personas por este escándalo, avala la legalidad del procedimiento: “La contratación pública efectuada en los contratos objeto de la denuncia no presenta irregularidades significativas, sin que se hayan detectado fallos como la falta de solvencia del adjudicatario en el cumplimiento de los requisitos exigibles en cualquier proceso de adjudicación de contratos públicos por emergencia y covid-19″.

El Tribunal de Cuentas fiscalizó dos años antes y sin reproches significativos el contrato de los ocho millones de mascarillas y destacó que la empresa adjudicataria no había celebrado antes “contrato alguno con el sector público”. Señaló también entre sus observaciones que Puertos del Estado no había comprobado la solvencia de la empresa y que el objeto social de la adjudicataria “no amparaba” la venta de suministros sanitarios. Era una observación muy común en los cientos de “contratos covid” que examinó el Tribunal de Cuentas.

Numerosas empresas sin relación con el ámbito sanitario habían vendido mascarillas compradas en el mercado chino a las administraciones públicas. El margen de beneficio en estas operaciones llegó a superar el 200% en muchos de los casos.

Soluciones de Gestión obtuvo un lucro del 32% en sus “contratos covid” con administraciones públicas (unas ganancias de 16 millones de euros sobre los 52 millones adjudicados por Puertos del Estado, ADIF, y las comunidades de Baleares y Canarias). Los ejemplos de lucro en otras administraciones son incluso mayores, como lo demuestran dos de los contratos investigados por la Fiscalía.

La oferta del contratista que recomendó Koldo García fue aceptada por el presidente de Puertos del Estado el 26 de marzo: ocho millones de mascarillas a 2,5 euros por unidad. Es menos de la mitad de lo que pagaron el Ayuntamiento y en la Comunidad de Madrid en contratos de fechas similares investigados por la Fiscalía. Un empresario amigo de Isabel Díaz Ayuso, la presidenta de la Comunidad de Madrid, vendió a esta Administración por 1,5 millones de euros 250.000 mascarillas que compró en China por menos de 500.000 euros. De ese millón redondo de beneficio, el hermano de Ayuso cobró 286.000 euros por su intermediación en contratos covid ―solo hicieron uno― en el año de la pandemia.

“La avaricia no es delito”, concluyó un fiscal conocedor de la investigación abierta y archivada contra el hermano de Ayuso. Nunca se probó que quienes tramitaron ese contrato en la Comunidad de Madrid conocieran que detrás estaba el hermano de la presidenta.

La empresa recomendada por Koldo cobró más barato a Puertos del Estado que el amigo de Ayuso a la Comunidad de Madrid, pero supuestamente pagó comisiones ilegales a quien le facilitó ese negocio desde dentro del Ministerio de Transportes. “El lunes 23 de marzo teníamos todo el expediente cerrado, pero nos avisaron que los ocho millones de mascarillas que venían por carretera desde algún lugar de Europa y por avión desde Malasia ya no estaban disponibles. Pero que las conseguirían en el mercado chino”, recuerda uno de los empleados públicos que trabajó en aquel contrato. “Koldo García y Víctor de Aldama estuvieron, juntos, encima del contrato, preguntando insistentemente dónde se encontraban los aviones que traerían el material. La secretaria general del ministerio tenía que hacer complejas gestiones con las embajadas para solicitar los permisos de aduanas necesarios… El ministro estaba también pendiente del envío”, cuenta.

Un año después de aquel contrato celebrado sin contratiempos ―“en apenas mes y medio habían cumplido con el 75% del contrato”, señala un cargo público conocedor del procedimiento―, el Tribunal de Cuentas puso su lupa sobre la adjudicación a la empresa amiga de Koldo García, sin descubrir nada anómalo. “Pasamos ese examen con mucha tranquilidad, porque nadie en Puertos del Estado sospechaba ni de lejos que la empresa adjudicataria había pagado comisiones ilegales a Koldo García”. Dos años después, el Gobierno de Ayuso denunció una decena de contratos de la Administración central, entre ellos el de los ocho millones de mascarillas. “La Guardia Civil apenas preguntaba por el procedimiento. Creo que tenían claro que todo había sido legal. Sus preguntas giraban en torno a la figura de Koldo García”, explica uno de los testigos interrogados. “Dije que era un buen tipo, que se hacía querer, que es muy bruto y tiene carencias de formación, pero la sensación que dejaba es que siempre intentaba ayudar. No puede ser el cerebro de esta operación”.

El caso es que Koldo García ingresó más de 250.000 euros en efectivo en sus cuentas bancarias entre 2020 ―año de la adjudicación de los contratos de mascarillas― y 2022. Y que compró tres pisos en Benidorm, uno de ellos a nombre de su hija de dos años, mediante operaciones financieras sospechosas. “Nos dijo que lo había comprado con dinero de la venta de unos terrenos en Navarra, ahora sabemos que no es verdad”, señala un conocido de Koldo.

Su mentor, José Luis Ábalos, no aparece salpicado en la querella de la Fiscalía ni en el auto del juez que ha tomado las primeras medidas cautelares contra los supuestos implicados. Hay mucho material requisado en los registros pendiente de analizar y nadie puede asegurar que se encuentren pruebas contra Ábalos. El exministro asegura que no se lucró con ese contrato de las mascarillas y con ningún otro. Fuentes del partido recuerdan que antes de abandonar la secretaria de Organización del PSOE, se le abrió una investigación porque pasó numerosos gastos al partido, con apariencia de ser privados. Pero de aquel incidente salió indemne. Llegó a explicar que algunos gastos podría haberlos imputado al ministerio, pero no lo hizo. “No parece creíble que alguien que ha cobrado comisiones multimillonarias pueda pasar gastos privados al partido por cantidades poco importantes”, señala un dirigente socialista.

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Sergio Pérez
<![CDATA[El negocio milmillonario de las mascarillas facilitó cientos de pelotazos ante la ausencia de reglas]]>https://elpais.com/espana/2024-02-27/el-negocio-milmillonario-de-las-mascarillas-facilito-cientos-de-pelotazos-ante-la-ausencia-de-reglas.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-27/el-negocio-milmillonario-de-las-mascarillas-facilito-cientos-de-pelotazos-ante-la-ausencia-de-reglas.htmlTue, 27 Feb 2024 04:40:00 +0000La corrupción que salpica al Ministerio de Transportes durante el mandato de José Luis Ábalos —su principal colaborador, Koldo García, cobró supuestamente comisiones ilegales por facilitar el negocio a una empresa determinada— ha resucitado la sospecha sobre el colosal pillaje que se produjo en la venta de mascarillas al sector público aprovechando la situación de emergencia de los tres primeros meses de pandemia. Varios cientos de empresarios dieron grandes pelotazos —beneficios millonarios, fáciles y rápidos— a costa de vender mascarillas a las administraciones por precios desorbitados. El sector público adjudicó en ese periodo hasta 2.000 millones de euros en material sanitario sin apenas controles, suspendidos por el decreto de alarma: se permitió contratar de emergencia productos sanitarios sin concurrencia de ofertas, ni límite de precios, ni acreditación de solvencia o de experiencia en el sector. El Congreso y el Senado se disponen ahora a investigar esos hechos tras estallar el escándalo del denominado caso Koldo.

El Tribunal de Cuentas fiscalizó entre 2020 y 2022 miles de contratos de la administración central (ministerios de Sanidad, Transportes y otros), de los ayuntamientos más poblados de España y de comunidades autónomas. En la mayoría de estos contratos encontró numerosas irregularidades: las adjudicatarias que no demostraban su solvencia ni habían acreditado experiencia en el sector fijaban unos precios aparentemente excesivos, pero no encontraban ningún reproche penal, ya que estas operaciones se producían en un momento en el que las reglas estaban suspendidas por la emergencia sanitaria que sufría el país.

En esas condiciones, numerosos empresarios sin escrúpulos lograron beneficios muy superiores a los de su actividad habitual. El Tribunal de Cuentas puso en sus informes cientos de ejemplos de esta situación, amparada por el decreto de alarma que el Gobierno aprobó el 14 de marzo de 2020.

Ministerio de Sanidad: precio multiplicado por 10 en solo ocho días. Sanidad pasó de pagar 0,27 euros por mascarilla el 20 de marzo de 2020 a 2,67 euros tan solo ocho días después. El precio más alto de mascarillas que pagó el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria llegó el 3 de abril de 2020: 4,17 euros. Las investigaciones judiciales y fiscales abiertas hasta el momento han acreditado que la mayoría de intermediarios que ofrecieron mascarillas en las primeras semanas de la pandemia las compraron en China a una media de dos euros.

Caos en el Ayuntamiento de Madrid: 93% de contratos a dedo, precios desorbitados y estafas millonarias. El Tribunal de Cuentas fiscalizó 59 contratos covid del Ayuntamiento de Madrid, la ciudad que más caras pagó las mascarillas al inicio de la pandemia de las grandes ciudades fiscalizadas. Madrid tan solo pidió ofertas a más de una empresa en el 7% de los contratos analizados; el resto (93%) fue adjudicado a dedo, algo permitido en el decreto de alarma. Entre esos contratos, hay dos que acabaron en los tribunales por la estafa perpetrada por sus adjudicatarios. Una consultora con sede en Nueva York propiedad de Philippe Solomon vendió 500.000 mascarillas por 2,5 millones de euros. El Ayuntamiento adelantó, a través de la Empresa Funeraria, 1.250.000 euros. El material que llegó era tan defectuoso que la coordinadora general de Presupuestos, Elena Collado, intentó devolverlo sin éxito. La policía no localiza a Solomon en un primer momento y el Ayuntamiento trata de recuperar en los tribunales el dinero adelantado. El segundo contrato, de 11 millones de euros, fue adjudicado a los intermediarios Luis Medina y Alberto Luceño, sin ninguna relación previa con el sector sanitario. Ambos llegaron a la ventanilla del Ayuntamiento a través de un primo del alcalde, José Luis Martínez-Almeida. Lograron 6 millones de euros en comisiones por su intermediación en la venta de productos defectuosos —y además de los más caros en aquellos días, a 6,24 euros por mascarilla— por lo que han sido procesados.

La urgencia alimentó el pillaje: “Hay que cerrar esta noche, tenemos un millón a seis euros”. La empresa mixta de Servicios Funerarios del Ayuntamiento de Madrid tenía liquidez suficiente y mecanismos muy ágiles de tramitación para atender a la emergencia sanitaria de la pandemia. Cuando el Ayuntamiento de Madrid decidió contratar con Luceño y Medina, sin saber que estos iban a cobrar comisiones multimillonarias, ordenó el 24 de marzo y de madrugada a la empresa funeraria aprobar la adjudicación: “Nos ofrecen un millón de mascarillas de grafeno, eficaces y de alta calidad a 6,6 euros por unidad. Debemos cerrar la operación esta noche con un anticipo del 50%”. Algo parecido, aunque de consecuencias económicas menos gravosas, ocurrió entre el Ministerio de Transportes y la empresa Puertos del Estado. El subsecretario llamó: “Un suministrador tiene ocho millones de mascarillas, si lo hacemos rápido lo conseguimos”. El ministerio, previa orden firmada por Ábalos, pagó 2,5 euros por mascarilla. La empresa que se benefició del contrato abonó supuestamente comisiones ilegales al asesor principal del ministro, Koldo García. Es el primer caso conocido donde una parte del pelotazo conseguido por la adjudicataria acaba en manos de un empleado del ministerio que adjudicó el contrato.

“Algunos sacaron un beneficio normal, pero otros dieron el sablazo”. Un alcalde de una de las 12 grandes ciudades investigadas por el Tribunal de Cuentas, explicó así la situación: “El problema no es que la empresa o intermediario que nos ofrecía el material careciera de experiencia en el sector sanitario, eso no era lo importante en aquel momento. El problema fue el precio que cobraron por ese servicio. Algunos sacaron un beneficio normal, pero otros dieron el sablazo. Y lo peor es que no se puede hacer nada”. Uno de los “sablazos” más investigados por la Fiscalía fue la venta de 250.000 mascarillas por 1,5 millones de euros (un millón sacó en limpio el adjudicatario tras comprar por 2 euros lo que vendió a seis euros). El beneficiado fue un empresario amigo de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, quien fichó al hermano de la dirigente popular para conseguir contratos de venta de mascarillas. Tomás Díaz Ayuso cobró por ese trabajo 269.000 euros. Pero no se pudo demostrar tráfico de influencias. El amigo y el hermano de Ayuso ofrecieron las mascarillas en la ventanilla de la Consejería de Sanidad. Y se les adjudicó a dedo el contrato sin saber que eran personas vinculadas a la presidenta regional, según concluyó la Fiscalía.

Los tribunales absuelven la transparencia. El entonces alcalde de Valladolid, Óscar Puente, hoy ministro de Transportes, informó en abril de 2020 al pleno del Ayuntamiento que iban a comprar mascarillas a un amigo suyo a 3,35 euros y así lo dejó dicho a los grupos municipales tras consultar con el interventor ante una situación de acuciante necesidad. El PP denuncia ahora esos hechos, aunque en su día se presentó una querella de un particular que los tribunales archivaron ante la transparencia que había seguido aquel procedimiento, donde no hubo pago de comisiones ilegales a nadie.

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Comunidad de Madrid
<![CDATA[Tres juzgados de Cataluña archivaron las protestas de Tsunami que investiga por terrorismo García-Castellón]]>https://elpais.com/espana/2024-02-26/tres-juzgados-de-cataluna-archivaron-las-protestas-de-tsunami-que-investiga-por-terrorismo-garcia-castellon.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-26/tres-juzgados-de-cataluna-archivaron-las-protestas-de-tsunami-que-investiga-por-terrorismo-garcia-castellon.htmlMon, 26 Feb 2024 04:45:00 +0000La causa abierta en la Audiencia Nacional por terrorismo en las protestas del movimiento Tsunami Democràtic contra la sentencia del procés analiza unos hechos que ya fueron investigados entre 2020 y 2023 por el Juzgado de Instrucción 4 de Figueras, el 1 de Hospitalet y el 5 de El Prat de Llobregat. Los instructores de estos tres juzgados dictaron el sobreseimiento de los casos investigados por falta de autor conocido, todos ellos relacionados con los principales hechos violentos ocurridos en las movilizaciones de Tsunami Democràtic.

El Tribunal Supremo resolverá en marzo la exposición razonada que ha enviado el juez instructor de la Audiencia, Manuel García-Castellón, en la que pide que se abra investigación por terrorismo al expresidente catalán Carles Puigdemont, y al diputado de ERC Ruben Wagensberg, como supuestos jefes de Tsunami Democràtic, una organización terrorista que pretendió subvertir el orden constitucional, según el magistrado. Las fiscalías de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo —el dictamen definitivo de la teniente fiscal es contrario a las tesis de 11 fiscales de lo Penal— han informado en contra de la imputación de ambos dirigentes independentistas por la falta de indicios contra ellos.

El juez García-Castellón analiza, en la exposición razonada que ha enviado al Supremo, tres hechos graves ocurridos en Cataluña a los que atribuye el carácter terrorista por el que quiere imputar a los dirigentes independentistas: primero, el bloqueo del aeropuerto de El Prat (Barcelona) y el intento de hacer lo propio en la torre de control; segundo, la muerte por infarto de un ciudadano francés atrapado entre las movilizaciones de Tsunami Democràtic en el aeropuerto; y tercero, el bloqueo del paso fronterizo de La Junquera y el corte de la autopista AP-7 que une España con Francia.

Ninguno de los juzgados de instrucción catalanes que investigaron estos hechos vieron terrorismo, y todos ellos apuntaron a la existencia de un delito de desórdenes públicos.

El Juzgado 5 del Prat de Llobregat abrió diligencias el 21 de octubre de 2019 para investigar un delito de “desórdenes públicos en relación con los actos que tuvieron lugar el 14 de octubre en el aeropuerto de Josep Tarradellas-Barcelona-El Prat y que tenían por finalidad afectar a la normal actividad del aeropuerto”. Poco más de un año después de abierta la causa, el juez acordó el sobreseimiento provisional “por falta de autor conocido”. Para investigar el caso, los Mossos d’Esquadra enviaron al juez diversos atestados sobre los hechos ocurridos en el aeropuerto. Esos mismos atestados son los que utiliza el juez García-Castellón para acreditar la existencia de “indicios sólidos de la comisión de hechos delictivos”. Pero el instructor del Juzgado 5 del Prat de Llobregat señala respecto al delito de desórdenes públicos que investigaba: “A la vista de las diligencias de investigación practicadas, no existen indicios suficientes para acusar a una determinada persona como autora, cómplice o encubridora [...] y procede acordar el sobreseimiento provisional y archivo de la causa”.

El Juzgado de Instrucción 1 de L’Hospitalet de Llobregat abrió diligencias el 15 de octubre de 2019 por el fallecimiento por infarto del ciudadano francés Jean-Claude Scherzinger. Un mes y medio después, el instructor acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones “por no ser el hecho denunciado constitutivo de infracción penal”. La investigación abierta por el juez acreditó que se trató de una muerte por causa natural de un ciudadano con graves problemas cardiovasculares, que falleció mientras caminaba por la terminal. La decisión de trasladar al pasajero en helicóptero al hospital no fue debida a que los manifestantes bloqueaban las salidas del aeropuerto, sino a la gravedad de su estado. Sin embargo, el juez Manuel García-Castellón ha incluido este fallecimiento como una probable consecuencia de las protestas de Tsunami. En los atestados que los Mossos enviaron al juez del Prat de Llobregat, que investigaba las protestas en el aeropuerto, no se mencionaba el fallecimiento del ciudadano francés.

El Juzgado de Instrucción 4 de Figueras se encargó de investigar los altercados en la autopista AP-7 durante los días 11 y 12 de noviembre de 2019, tras la convocatoria efectuada por Tsunami Democràtic en redes sociales. El auto que dictó el instructor a mediados de julio de 2020 calificaba los hechos como delitos de desórdenes públicos y delito agravado de daños; y acordó interrogar a 196 personas en calidad de investigados. El 6 de septiembre de 2022, el juez dictó un auto de sobreseimiento libre que, tras un recurso de la Fiscalía, fue revocado un año después por la Audiencia Provincial de Girona al considerar que el sobreseimiento debía ser provisional, dado que era “imposible” atribuir los actos de violencia o intimidación a cada uno de los investigados. “Basta el análisis del diverso ramo documental obrante a las actuaciones, en especial de diversas imágenes dimanantes de las grabaciones, para constatar de modo inobjetable que concurren los elementos que integran el tipo delictivo de desórdenes públicos”, señaló la Audiencia Provincial.

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ALBERT GARCIA
<![CDATA[‘Podcast’ | ¿Hasta dónde puede influir un juez?]]>https://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-02-26/podcast-hasta-donde-puede-influir-un-juez.htmlhttps://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-02-26/podcast-hasta-donde-puede-influir-un-juez.htmlMon, 26 Feb 2024 04:45:00 +0000

En la ley de amnistía, en la imputación de los líderes catalanes del procés, en el futuro de Carles Puigdemont... el Gobierno tiene un opositor frontal: el juez Manuel García-Castellón. Este magistrado de la Audiencia Nacional está en la mayoría de las causas mediáticas, y, como otros jueces estrella, no tiene reparos ni límites a la hora de opinar en público.

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<![CDATA[La Audiencia analiza un error en la instrucción que podría anular el ‘caso Tsunami’]]>https://elpais.com/espana/2024-02-22/la-audiencia-analiza-un-error-en-la-instruccion-que-podria-anular-el-caso-tsunami.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-22/la-audiencia-analiza-un-error-en-la-instruccion-que-podria-anular-el-caso-tsunami.htmlThu, 22 Feb 2024 04:40:00 +0000El juez Manuel García-Castellón firmó el 2 de agosto de 2021, tres días después del plazo límite legal, el auto en el que dictaba la primera de las cinco prórrogas de la investigación en el caso Tsunami Democrátic. El escrito del magistrado tiene fecha de 30 de julio de 2021 —aunque en él se dice que la prórroga de seis meses comenzará un día antes, el 29 de julio—; sin embargo, la firma electrónica lleva fecha del 2 de agosto. Tres de los imputados han presentado recursos de reforma ante el propio juez y de apelación ante la sala de lo Penal de la Audiencia. En ellos solicitan la anulación de toda la causa, argumentando que en esa primera prórroga se incumplieron los plazos legales: el plazo límite, sostienen, era el 29 de julio, mientras que el auto que acordó la prórroga tiene fecha de 30 de julio y, además, la firma electrónica del documento se produjo el 2 de agosto de 2021 a las 10.01, tres días después del plazo máximo previsto en la ley para poder continuar la investigación. La instrucción sigue hoy viva tras otras cuatro prórrogas de seis meses cada una.

De las cinco prórrogas dictadas por García-Castellón en esta causa, solo la primera registra ese error. El resto señala en el encabezamiento una fecha que coincide con la que figura en la firma electrónica.

La defensa de Josep Lluis Alay, uno de los imputados, presentó un recurso de reforma que estudia ahora el juez García-Castellón. El recurso pide declarar nulo todo lo actuado a partir del 29 de julio de 2021, así como el archivo de las actuaciones contra Alay. El abogado de Xavier Vendrell, otro de los imputados, se ha adherido a esa reclamación; y la defensa de Marta Molina, también investigada en el caso, ha presentado un recurso de apelación ante la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por idéntico motivo. La abogada de Molina recuerda que, “para que todas las diligencias de investigación acordadas después del 29 de julio de 2021 fueran válidas, sería necesario que se hubiera acordado la prórroga de la instrucción antes de esa fecha”.

La Fiscalía no considera que se haya producido ningún error en el procedimiento. Y el juez García-Castellón argumenta lo siguiente para rechazar la nulidad de su investigación: “La resolución del 30 de julio de 2021 existió, se redactó y se elaboró en la fecha señalada. Su incorporación al sistema de tramitación procesal en la fecha de la firma [2 de agosto de 2021] pudo deberse a multitud de circunstancias que escapan de la función de este magistrado, que es la de resolver y tomar decisiones, no la de tramitar el procedimiento”.

El antecedente más conocido de un procedimiento archivado porque la prórroga solicitada llegó fuera del plazo dio lugar a la absolución del expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez en el caso Pasarelas. El Tribunal Supremo declaró sin efecto alguno y “no válidas” las diligencias que se practicaron fuera del plazo establecido por la ley. La sentencia señala: “Las consecuencias procesales del incumplimiento de los plazos es que se trataría de diligencias y actuaciones nulas”. “Lo que no se haya hecho en los plazos legales”, señaló entonces el Supremo, “es nulo por causar evidente indefensión material y con clara, evidente y palpable infracción del derecho de defensa por permitir a la acusación aportar diligencias de investigación que no podía haber aportado, y construir un material para sostener la acusación altamente improcedente”.

Otros fallos

El auto de García-Castellón sobre el que tendrá que pronunciarse la Audiencia Nacional tiene más irregularidades. Es el único escrito de prórroga que, por error, señala que las actuaciones se incoaron el 8 de mayo de 2017 (ni siquiera se había producido el referéndum ilegal del 1 de octubre en Cataluña) por el delito de “defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas y otros delitos”. El resto de los autos de prórroga sí llevan el encabezamiento correcto: las actuaciones se incoaron “con fecha 22 de noviembre de 2017 en virtud de un presunto delito de naturaleza terrorista”.

Además, en los autos de prórroga en los que la fecha de la firma coincide con la que encabeza el escrito, el juez da entre 15 días y un mes al ministerio fiscal para alegar “cuanto a su derecho convenga en orden a acordar sobre la prórroga”. En el auto del 30 de julio de 2021, sin embargo, el juez dio traslado ese mismo día al ministerio fiscal del asunto para que informara sobre la prórroga. Uno de los abogados denuncia que ese traslado al ministerio fiscal “no se realizó con anterioridad a la finalización del plazo, como dispone el artículo 324.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”. La Fiscalía, no obstante, no halló entonces ni encuentra ahora ninguna anomalía que afecte al procedimiento.

La nulidad de todo lo actuado desde el 30 de julio de 2021 dejaría sin validez la imputación de una docena de personas, entre ellas los dirigentes independentistas Carles Puigdemont y Marta Rovira, prófugos de la justicia. El juez García-Castellón decidió imputarlas en noviembre de 2023, cuatro años después de iniciada la investigación y mucho después del auto de prórroga ahora recurrido, que permitió continuar con las diligencias.

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Albert Garcia
<![CDATA[Suiza cuestiona la investigación por terrorismo de García-Castellón en el ‘caso Tsunami’]]>https://elpais.com/espana/2024-02-20/suiza-cuestiona-la-investigacion-por-terrorismo-de-garcia-castellon-en-el-caso-tsunami.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-20/suiza-cuestiona-la-investigacion-por-terrorismo-de-garcia-castellon-en-el-caso-tsunami.htmlTue, 20 Feb 2024 04:40:00 +0000Suiza cuestiona la causa por terrorismo que el juez Manuel García-Castellón instruye en España contra 12 personas, entre ellas el expresidente catalán Carles Puigdemont y la líder de ERC, Marta Rovira, prófugos de la justicia española. La imputación de ambos políticos independentistas en el caso Tsunami Democrátic, impulsada por el instructor cuatro años después de iniciada la investigación, impediría previsiblemente que Puigdemont y Rovira se beneficiasen de la ley de amnistía que se tramita desde hace tres meses en el Congreso.

La Oficina Federal de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia suizo, ha suspendido la comisión rogatoria cursada el pasado noviembre por García-Castellón, en la que el juez pedía que el país helvético le facilitase la localización de Marta Rovira. Se niega también a informar sobre una cuenta bancaria utilizada supuestamente para financiar las movilizaciones de protesta, algunas violentas, que organizó Tsunami Democràtic en 2019 tras la sentencia del procés. Y recuerda que en 2020 denegó una petición de asistencia similar cuando no vio indicios de terrorismo en los hechos descritos.

Suiza reprocha al instructor que solicite la misma información bancaria que pidió cuatro años antes por el mismo caso y que ya le fue denegada. La Oficina Federal de Justicia suspende el auxilio judicial solicitado por García-Castellón a la espera de que España le aclare algunos extremos de la causa sobre los que expresa numerosas dudas, según indican a EL PAÍS fuentes conocedoras de la respuesta suiza.

La Oficina Federal de Justicia afea al juez que solicite el paradero de la líder de ERC mediante asistencia judicial cuando esta medida puede llevarse a cabo “mediante el procedimiento simplificado de cooperación policial”; y no entiende “qué finalidad se persigue con esa localización”. “Nos gustaría saber la relación exacta entre Marta Rovira, objeto tanto de la investigación penal como de una de las de las medidas de asistencia mutua, y las manifestaciones en los dos aeropuertos mencionados [El Prat y Barajas] que constituyen los hechos descritos en la comisión rogatoria; en otras palabras, es importante destacar la implicación precisa de la señora Rovira en dichas manifestaciones, y más concretamente en las acciones emprendidas contra los funcionarios españoles y saqueos cometidos en este contexto”.

El juez García-Castellón no dice nada acerca de la implicación de la líder de ERC en las manifestaciones de los aeropuertos en la exposición razonada que ha enviado al Supremo para que este tribunal decida si asume la investigación contra Puigdemont y Rovira. El instructor solo señala como pruebas de la participación de Rovira en Tsunami Democràtic una reunión en Ginebra, cuyo contenido ignora, en la que supuestamente se habló de la creación del movimiento de protesta y se planificaron sus acciones. El magistrado apunta a Rovira porque “fue la que más rápido tuiteó el primer mensaje de Tsunami”. El juez escribe: “Tan solo tardó tres minutos en leer el tuit, retuitearlo, pensar en comentarlo y transcribirlo (40 palabras repartidas en 225 caracteres con espacios). Se sospecha, por ello, que pudo estar en la reunión de Ginebra en la que se planificó y organizó la acción de Tsunami Democràtic”. Otros supuestos mensajes de Rovira incorporados al sumario solo reflejan la satisfacción de la líder de ERC ante el éxito de las protestas masivas contra la sentencia del procés.

Marta Rovira, fotografiada en Ginebra, el pasado día 10 de noviembre.

El fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo, que recurrió el auto del juez donde este señalaba a Rovira y Puigdemont, sostiene que no hay pruebas de que la reunión de Ginebra sirviera para planificar la acción de Tsunami y que todo es fruto de la mala interpretación del juez acerca de una información publicada en EL PAÍS.

La Oficina Federal de Justicia suiza considera que “no está clara la pertenencia” de Rovira a Tsunami Democràtic, y pregunta además por los efectos que tendría la futura ley de amnistía para los separatistas catalanes implicados en este caso.

Lo que sigue resume los planteamientos de la Oficina Federal de Justicia suiza en relación con esta causa en sus respuestas de 2020 y 2024 a las dos comisiones rogatorias cursadas desde la Audiencia Nacional:

“Delitos políticos” que “no han puesto en peligro la vida de las personas”

La negativa a facilitar, de momento, la información que requiere el juez García-Castellón se basa en la legislación suiza, que impide colaborar con otros países cuando se trata de causas abiertas por delitos “políticos”. La Oficina Federal de Justicia suiza quiere verificar si el caso Tsunami tiene “un carácter político”, lo que “impediría conceder la asistencia en virtud de la legislación suiza sobre asistencia mutua en materia penal”. Así se lo dijo Suiza al juez hace cuatro años —cuando denegó por primera vez la comisión rogatoria, cursada entonces por el juez de refuerzo Alejandro Abascal— y a ese argumento se remite también ahora.

Aquel escrito de 2020 comenzaba describiendo así la causa: “Las acciones de las que se acusa a la plataforma Tsunami Democràtic se refieren a diversas manifestaciones de desobediencia civil contra el Gobierno central español que tuvieron lugar en Cataluña. Entre ellas se incluyen bloqueos de infraestructuras públicas y otras diversas perturbaciones y manifestaciones, contra la monarquía, por ejemplo. El proceso penal español también abarca diversos actos de propaganda a favor de la independencia de Cataluña, en particular a través de las redes sociales”. A continuación, la Oficina Federal suiza señalaba que, si lo que se investigaba en España era un delito de contenido político, eso impediría la colaboración judicial: “El delito político no da lugar a la cooperación suiza, en la medida en que se dirija exclusivamente contra la organización política y social del Estado requirente, o incluso en la medida en que forme parte de una lucha por el poder o contra el poder y esté estrechamente relacionado con el objeto de dicha lucha”.

Pero Suiza aclaraba en su respuesta que existía una excepción a esa regla “cuando el autor, para ejercer coacción o extorsión, ha puesto en peligro o amenazado con poner en peligro la vida y la integridad física de las personas (en particular, secuestrando una aeronave, utilizando medios masivos de exterminio, provocando una catástrofe o tomando rehenes)”. Esa condición, sin embargo, no se cumplía “en su estado actual”, según la valoración que hizo la Oficina Federal de Justicia. “La intensidad requerida para tener en cuenta la excepción antes mencionada no se da en las presentes circunstancias”, concluyó.

El escrito suizo cuestionaba en esa respuesta de 2020 que los hechos investigados en España fueran calificados de terrorismo: “Los actos descritos en la comisión rogatoria no corresponden a los elementos constitutivos, enumerados anteriormente, de una organización delictiva en el sentido del Derecho suizo. […] El terrorismo se define como un acto de violencia criminal destinado a intimidar a una población o a obligar a un Estado o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo. Una vez más, la utilización de la violencia criminal entre otros elementos, requisito de esta disposición suiza, no se desprende de la situación española”.

Miles de personas se agolpan ante el aeropuerto del Prat en protesta por la condena a los líderes del 'procés'.

Información bancaria más allá de las protestas contra la sentencia del ‘procés’

Suiza cuestiona el plazo del que se pide información bancaria. “En cuanto a la proporcionalidad de la medida bancaria solicitada, nos gustaría saber, en primer lugar por qué se solicitan movimientos en la cuenta en cuestión hasta junio de 2020, en la medida en que los eventos organizados en los respectivos aeropuertos de Barcelona y Madrid que supuestamente debían haber recibido apoyo financiero a través de la citada cuenta habían tenido lugar el 14 de octubre de 2019″.

Consecuencias de la ley de amnistía

La Oficina Federal suiza plantea una serie de preguntas al Ministerio de Justicia y al juez García-Castellón. Entre ellas, los efectos que pueda tener la futura ley de amnistía sobre los imputados en el caso Tsunami: “Nos enteramos por la prensa de que en España se estaba preparando una ley de amnistía para varios separatistas catalanes. Sería conveniente, entre otras cuestiones, que nos explicaran las posibles consecuencias de esta ley sobre los procedimientos iniciados contra los miembros de la plataforma Tsunami Democràtic, así como contra la señora Rovira”.

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Mariscal
<![CDATA[Tsunami Democràtic: un “mero perfil de Twitter” o una “organización terrorista”]]>https://elpais.com/espana/2024-02-12/tsunami-democratic-un-mero-perfil-de-twitter-o-una-organizacion-terrorista.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-12/tsunami-democratic-un-mero-perfil-de-twitter-o-una-organizacion-terrorista.htmlMon, 12 Feb 2024 04:30:00 +0000El juez Manuel García-Castellón ha concluido que Tsunami Democràtic fue una “organización terrorista” creada para “subvertir el orden constitucional” en la que el expresidente catalán Carles Puigdemont ejerció “una posición ejecutiva de liderazgo”. El fiscal Miguel Ángel Carballo, que ha dirigido desde 2017 en la Audiencia Nacional las acusaciones contra dirigentes independentistas en el procés, lo niega: “Tsunami Democràtic, en lo que se ha podido acreditar en el procedimiento, no deja [de ser] más que un perfil de Twitter y en su fase más avanzada, una app diseñada para acceder a códigos QR que permitieran el conocimiento de comunicados emitidos por esa supuesta entidad (...), resultando a lo sumo algo que se convertiría en un banderín de enganche para diversas actividades, algunas de carácter delictivo”, pero en ningún caso terrorismo. “Los indicios consignados sobre Puigdemont resultan insuficientes para imputarle”, concluyó también el fiscal.

El juez envió una exposición razonada al Supremo para que investigue a Puigdemont, dada su condición de europarlamentario aforado ante ese tribunal. Tras estudiar la petición de García-Castellón y sin analizar los argumentos de Carballo, la junta de fiscales de lo Penal del Supremo resolvió por 11 votos frente a cuatro que existen indicios suficientes para imputar a Puigdemont por terrorismo. La decisión final queda en manos de la teniente fiscal del Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde, quien analizará la exposición del juez García-Castellón y el recurso del fiscal Carballo, para decidir si hay indicios suficientes contra Puigdemont e informar a los cinco magistrados del Supremo encargados de la causa.

Lo que sigue resume los argumentos del juez y del fiscal sobre unos hechos cuya interpretación afectará a la aplicación de la futura ley de amnistía.

Exposición razonada sin concretar ni precisar los hechos

El juez García-Castellón dictó un auto el 6 de noviembre de 2023, cuatro años después de abierta la investigación, en el que apuntaba indicios de terrorismo sobre diversas personas que “había que esclarecer”. Aunque existían dos políticos implicados (el europarlamentario Carles Puigdemont, fugado de la justicia, y el diputado autonómico de ERC Ruben Wagensberg), el juez entendió que no procedía enviar una exposición razonada al Supremo: “Será necesario concretar con mayor precisión su participación en los hechos”. García-Castellón citó la jurisprudencia del Supremo para justificar su negativa: “No se fija la competencia de la Sala Segunda más que cuando se comprueba que existen indicios sólidos de responsabilidad frente a un aforado. No son suficientes las posibilidades más o menos cercanas, o las alusiones indirectas (...) Es necesario que existan indicios fundados y serios y una imputación clara y concreta o apoyo probatorio”. Solo 15 días después de este auto, el juez García-Castellón envió la exposición razonada al Supremo contra Puigdemont y Wagensberg pese a que, según el fiscal, no se hicieron nuevas diligencias para concretar con precisión la participación en los hechos de ambos políticos. “La remisión de la exposición razonada”, escribe el fiscal Carballo, “viene a ser una suerte de reforma de oficio del auto del propio juez, sin fundamento alguno, sin nuevos hechos acreditados y sin que se haya practicado ninguna diligencia que haya recogido nuevos indicios de responsabilidad criminal respecto de Wagensberg y Puigdemont”.

La reunión de Ginebra cuyo contenido se desconoce

García-Castellón sostiene que Puigdemont tuvo “una posición de dominio en las acciones ejecutadas por Tsunami Democràtic” y señala, entre los indicios contra el expresidente, una reunión celebrada en Ginebra entre los días 29 y 31 de agosto de 2019, “donde pudo haberse planificado la actuación de Tsunami Democràtic”. El fiscal Carballo acusa al juez de presuponer “sin fundamento alguno” que en la reunión de Ginebra se trató el tema de Tsunami: “Ello no resulta sino una presunción basada en el mero hecho de que tres días después se publicase en Twitter por primera vez un perfil relacionado con esa plataforma”. El fiscal censura al juez por atribuir unas declaraciones a la dirigente Marta Vilalta que nunca pronunció y, para demostrarlo, reproduce la información de EL PAÍS del 2 de septiembre de 2019, donde Vilalta niega que los partidos estuvieran detrás de las movilizaciones de Tsunami Democràtic, aunque tenían conocimiento de su creación.

Mensajes directos sobre Tsunami y el presidente

El empresario gerundense Josep Campmajó escribió un mensaje a Josep Lluís Alay, director de la oficina de Puigdemont: “El lunes 26 de agosto se dará a conocer los perfiles de la campaña Tsunami Democràtic como respuesta a la sentencia del Supremo. Supongo que desde Òmnium [Cultural] informarán directamente al presidente Puigdemont”. El juez García-Castellón concluye: “Se puede considerar que tanto esta fundación como Puigdemont podrían haber participado en la aparición de la organización”. El fiscal Carballo saca una conclusión contraria: “Lo que se deduce precisamente es que si hay que informar a Puigdemont de los perfiles de la campaña es que no está al tanto de ella y no ha participado en su elaboración”.

Puigdemont a un empresario: “Si hay un muerto (...), perderemos”

En los informes elaborados por la Guardia Civil se incluye una única conversación en la que participa Puigdemont con Josep Campmajó.

- Campmajó. Se han abierto tantas rendijas que hace aguas. En la calle todo son facciones. Reflejo de lo que pasa en el Gobierno. Sé que las imágenes no ayudan a tu petición de extradición. Nada, aunque es la p... realidad. La realidad no son los informes de los mossos, ni de Interior, ni del que está espantado”.

- Puigdemont. “(...) El problema puede venir si hay algún muerto, da igual de qué lado. Eso sería muy duro y confirmará lo que yo siempre he dicho (y que me llevó a decidir ir al exilio): perderemos”.

Página del informe de la Guardia Civil sobre el 'caso Tsunami' que recoge la conversación entre Puigdemont y Campmajó.

El juez sostiene que, con esta afirmación, “Puigdemont parece asumir la posibilidad de que pudieran haberse producido víctimas mortales, y su capacidad, en tanto que ostentaba el dominio de la acción, para frenar esta posibilidad”. Sin embargo, el fiscal no encuentra en esas conversaciones “indicio de culpabilidad respecto de Puigdemont” y destaca que en los informes de la Guardia Civil “no se dedica ni apartado ni capítulo concreto a Puigdemont ni se le atribuyen hechos concretos en relación con actividades delictivas relacionadas con Tsunami”.

Sin datos sobre inducción a actos violentos

El fiscal Carballo reflexiona sobre las protestas en el aeropuerto del Prat y en la autopista AP-7, a las que considera desórdenes públicos agravados, pero no terrorismo: “Sin minusvalorar la gravedad que supuso para la convivencia pública en una zona determinada de España y en un periodo corto de tiempo (...) era una plataforma para distribuir consignas dirigidas de manera genérica a aquellos que eventualmente tuviesen una predisposición a realizar actos como los cometidos en el aeropuerto del Prat o en la carretera AP-7 (...) No consta en el procedimiento ni un solo dato que permita imputar a los investigados su criterio favorable a los mismos, a la ejecución de actos violentos contra cuerpos policiales y menos aún su inducción, cooperación o participación”.

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Sergio Pérez
<![CDATA[Cruzada fiscal a ciegas contra la amnistía]]>https://elpais.com/espana/2024-02-12/cruzada-fiscal-a-ciegas-contra-la-amnistia.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-12/cruzada-fiscal-a-ciegas-contra-la-amnistia.htmlMon, 12 Feb 2024 04:31:00 +0000Doce de los 15 fiscales de la sección Primera de lo Penal del Supremo echaron por tierra, sin ni siquiera examinarlo, cuatro años de trabajo de su compañero en la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, un veterano de 59 años con casi dos decenios al servicio de la lucha contra el terrorismo. Carballo recurrió hace mes y medio la decisión del magistrado Manuel García-Castellón de imputar a una docena de personas, entre ellas el expresidente catalán Carles Puigdemont, por un delito de terrorismo relacionado con las protestas callejeras contra la sentencia del procés impulsadas entre septiembre y diciembre de 2019 por el movimiento Tsunami Democràtic. Los fiscales del Supremo solo analizaron la exposición razonada del juez para avalar su decisión: vieron terrorismo e indicios suficientes para considerar culpable de esas protestas a Puigdemont. Por el contrario, Carballo solo halló en los hechos analizados pruebas de un delito de desórdenes públicos agravados sin autores claros y sin rastro de culpa hacia el presidente catalán.

Los cuatro indicios que cita García-Castellón en su exposición razonada ―una reunión en Ginebra de la que ignora su contenido, dos conversaciones por WhatsApp donde se cita al expresidente y un intercambio de mensajes donde Puigdemont expresa su temor a que haya muertos en los disturbios― son calificados por Carballo como claramente insuficientes cuando no inverosímiles. Pero sus compañeros de la Fiscalía del Supremo no tuvieron en cuenta esos argumentos ni consideraron estudiar los escritos de Carballo incorporados a la causa.

Salvador Viada, uno de los 12 fiscales que votó contra el criterio de su compañero Carballo, aclaró a Carlos Alsina en Onda Cero lo ocurrido en la reunión de la Junta de Fiscales del Supremo: “Solo analizamos la exposición razonada que hace el juez. Ponemos los datos que ha obtenido el juez. Solo tenemos eso. Con eso el asunto no tiene mayor complejidad (...) Se comentó: ‘Que venga algún fiscal de la Audiencia Nacional a explicarnos el asunto’ y se rechazó ampliamente porque esta no es la idea (...)”.

Un fiscal que desempeñó altos cargos en el Tribunal Supremo considera “muy anómala” esta situación. “Recuerdo que, por ejemplo, en 2014 nos convocó el fiscal general Eduardo Torres Dulce a una junta de fiscales de sala para debatir sobre la querella que iba a presentar contra el entonces presidente de Cataluña, Artur Mas. Todos acudimos con un dosier que nos facilitaron donde estaba lo principal de la causa para que pudiéramos formarnos una opinión. Y no hace falta que lo pida nadie, lo tiene que adjuntar quien preside la junta de fiscales”. “Si cualquier alteración del orden público que tenga finalidad política es terrorismo, vamos a tener que construir bastantes cárceles en España”, añade. “Estamos sacando los pies del tiesto por razones políticas”.

El fiscal del Supremo encargado por reparto de informar sobre este asunto, Álvaro Redondo, perteneciente a la asociación conservadora de fiscales, no reclamó la documentación principal de la causa sobre la que tenía que pronunciarse, aunque se le ofreció, según explican a EL PAÍS fuentes fiscales. Se limitó a leer la exposición razonada de García-Castellón y escribir su veredicto. Primero lo hizo en un borrador, favorable a las tesis del juez instructor, que envió desde su ordenador personal a su jefe directo, Fidel Cadena. Este, a su vez, lo reenvió a tres de sus compañeros, los mismos que le acompañaron en el juicio del procés: Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno.

Pero Álvaro Redondo cambió de opinión algunos días después tras, supuestamente, estudiar mejor la exposición razonada del juez y rechazó que el Supremo asumiera la competencia al entender que no había indicios suficientes de terrorismo ni tampoco contra Puigdemont. Redondo es articulista en La Razón. Sus últimas cuatro colaboraciones insistían en que la ley de amnistía que pretende aprobar la mayoría absoluta del Congreso es inconstitucional. Su cambio de criterio respecto al caso Tsunami fue interpretado por algunos compañeros en clave conspiranoica: “Redondo modificó el informe por las presiones del fiscal general, Álvaro García Ortiz”. Pero Redondo y García Ortiz lo han negado y los hechos corroborados por otros fiscales también sostienen la falsedad de esa acusación, colocada sin más contraste en diversos medios. Entonces se buscó otra explicación: “Cambió el informe porque quiere ascender a fiscal de Sala, la máxima categoría a la que se puede aspirar”, dijeron otros compañeros emboscados en el anonimato. Redondo, que está a punto de jubilarse, trasladó su indignación y negó estas insinuaciones.

A Miguel Ángel Carballo, sustituido hace muy pocos meses como teniente fiscal de la Audiencia Nacional, le llovieron acusaciones anónimas parecidas: “Lo hace porque quiere ser fiscal jefe de Ciudad Real”. Afiliado a la asociación conservadora de fiscales, Carballo es un especialista acreditado en casos de terrorismo: intervino como acusador en el juicio por el asesinato de Miguel Ángel Blanco y en otros casos vinculados a los asesinatos de ETA; desde 2006 se encarga en la Audiencia Nacional de asuntos relacionados con el fundamentalismo islámico; investigó una parte de los atentados del 11 de marzo de 2004 en los trenes de Madrid y de los de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils. Elegido en 2017 teniente fiscal de la Audiencia Nacional, se afanó desde entonces contra los culpables del ilegal proceso independentista en Cataluña. El 2 de noviembre de 2017 pidió a la juez Carmen Lamela que dictase la orden de busca y captura nacional e internacional contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y cuatro de sus consejeros, todos ellos huidos de la justicia. También firmó ese mismo día la petición de cárcel para el exvicepresidente Oriol Junqueras y otros siete miembros del Gobierno de Cataluña. Investigó después a la cúpula de los Mossos por su colaboración con el proceso independentista que desembocó en el referéndum ilegal del 1 de octubre y acusó de rebelión al mayor José Luis Trapero, absuelto finalmente en el juicio. Hace menos de tres meses, Carballo acusó y pidió entre 7 y 28 años de cárcel para 12 miembros de los comités de defensa de la república (CDR) por preparar atentados con explosivos para lograr la independencia de Cataluña. A la vez que firmaba ese escrito, redactaba un extenso recurso de 36 folios donde intentaba desmontar uno a uno los supuestos indicios que han llevado al juez Manuel García-Castellón a implicar a 12 personas, Puigdemont entre ellas, en un delito de terrorismo vinculado a las movilizaciones impulsadas por el movimiento Tsunami Democràtic entre septiembre y diciembre de 2019 para protestar contra la sentencia del procés.

Pese a esto, 12 fiscales de la sección Penal Primera votaron a favor de investigar en el Supremo a Puigdemont por un delito de terrorismo. “Lo ocurrido es una mezcla de afán de venganza de algunos porque no les han ascendido y quieren castigar al fiscal general; el sectarismo de otros y el deseo de muchos de cargarse la ley de amnistía”, explica un fiscal progresista con galones. “Para combatir el despropósito legislativo en el que se ha metido el Gobierno con una norma escandalosa y enmendada ya varias veces, que pretende amnistiar lo que no se puede amnistiar, se ha incurrido en el despropósito de tomar decisiones judiciales disparatadas en relación con los hechos que se juzgan y que afectarán, si se aprueba, a la aplicación de la futura ley de amnistía”, admite un magistrado.

Salvador Viada, uno de los 12 fiscales que apoyan investigar por terrorismo a Puigdemont, cree que en esa decisión mayoritaria no influye la política y a continuación explicó en Onda Cero su posición respecto a la tramitación de la ley de amnistía en el Congreso: “Cuando desde el poder legislativo se producen conductas que confrontar de manera radical y sin precedentes con la interpretación de las reglas jurídicas, pues hay que decirlo, esto no es así, no se puede hacer, hay que decirlo. Se están produciendo cosas; no es que estemos en guerra, pero nos ponen en el disparadero. Plata o plomo. No puede ser”.

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Albert Garcia
<![CDATA[‘Podcast’ | Todo lo que se está haciendo (y lo que no) en nombre de Puigdemont]]>https://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-02-09/podcast-todo-lo-que-se-esta-haciendo-y-lo-que-no-en-nombre-de-puigdemont.htmlhttps://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-02-09/podcast-todo-lo-que-se-esta-haciendo-y-lo-que-no-en-nombre-de-puigdemont.htmlFri, 09 Feb 2024 04:45:00 +0000

En el Congreso, en el Senado, en el Parlamento Europeo, en autos judiciales... En los últimos meses, suena en todas partes el nombre del expresidente de la Generalitat catalana. Carles Puigdemont lleva desde 2017 huido de la justicia en Bruselas, pero es de facto el líder de Junts. Y quien bloquea la negociación de la ley de amnistía porque no le blinda. Esperando a que se apruebe están otras 400 personas encausadas por el procés.

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<![CDATA[La Audiencia analiza la persecución de las cloacas de Interior a Podemos]]>https://elpais.com/espana/2024-02-05/la-audiencia-analiza-la-persecucion-de-las-cloacas-de-interior-a-podemos.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-05/la-audiencia-analiza-la-persecucion-de-las-cloacas-de-interior-a-podemos.htmlMon, 05 Feb 2024 04:40:00 +0000La cúpula política y policial del Ministerio del Interior bajo Gobierno del PP espió presuntamente de forma ilegal a Podemos y a sus dirigentes durante al menos dos años (2015-2016), según las pruebas que constan en varios sumarios de la Audiencia Nacional que siguen vivos, aunque en ellos se investigan otras cuestiones y en ningún caso se ha procedido a investigar esas actividades irregulares. Esa persecución a Podemos sin respaldo judicial se tradujo en informes, muchos de ellos elaborados con datos falsos, que los jefes policiales y políticos de Interior filtraron antes a determinados medios de comunicación y, sólo en contadas ocasiones, fueron judicializados después, según las pruebas reunidas hasta ahora. Los casos basados en esos informes que llegaron a los juzgados contra Podemos fueron archivados, al demostrarse falsos o sin pruebas suficientes. Ahora, un juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, tiene sobre su mesa una querella de Podemos y tendrá que decidir si investiga la persecución a este partido por parte de las llamadas cloacas del Estado.

El juez Manuel García-Castellón, que instruye el caso Kitchen —el espionaje ilegal al extesorero del PP Luis Bárcenas para robarle pruebas que pudieran incriminar al Gobierno de Mariano Rajoy en la financiación ilegal del partido— incorporó hace un año al sumario la transcripción de unas conversaciones que el secretario de Estado de Seguridad en esa época, Francisco Martínez, mantuvo con los principales jefes policiales a través de Whatsapp. En ese intercambio de mensajes se trataron numerosas operaciones presuntamente ilegales que la policía puso en marcha contra dirigentes de Podemos. Esta formación presentó en octubre pasado una querella contra los exjefes del Ministerio del Interior en la que denunciaba esa persecución y aportaba documentos para acreditar los supuestos delitos cometidos. Esas pruebas estaban sacadas de sumarios que se instruyen en la Audiencia Nacional en el denominado “caso Tándem”, la mafia policial que dirigió durante 20 años el comisario José Manuel Villarejo.

El juez Santiago Pedraz, al que correspondió por reparto la querella, la envió al juzgado número 6 que dirige Manuel-García Castellón, al entender que los hechos relatados correspondían en parte al caso Kitchen, que ya instruía su compañero. Podemos recurrió esta decisión ante la Sala de lo Penal alegando que García-Castellón había manifestado animadversión contra su ex líder, Pablo Iglesias, al que intentó imputar en el caso Dina. El juez García-Castellón acumula en sus investigaciones judiciales numerosas pruebas de estas supuestas actuaciones ilegales de la policía contra de Podemos, pero nunca las ha investigado.

La Sala de lo Penal resolvió finalmente el pasado viernes que la competencia para entender sobre la querella corresponde a Santiago Pedraz. Si este juez la admite, será la primera vez que la Audiencia Nacional abra una investigación a dos años de persecución policial sin amparo judicial a adversarios políticos del PP durante el mandato del Gobierno de Mariano Rajoy.

La querella de Podemos detalla numerosas operaciones policiales contra esta formación política. Muchos de esos hechos han sido publicados por EL PAÍS en los últimos dos años. Son, entre otros, los que siguen:

1. Los antecedentes policiales de “los 69″ de Podemos

El PP perdió su mayoría absoluta en las elecciones generales de diciembre de 2015. Podemos —en sus primeras generales— logró 69 diputados y resultaba clave para arrebatar el poder al PP. En enero de 2016, el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, encarga a través de Whatssapp al comisario jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO), Enrique García Castaño, un trabajo especial. La conversación figura en el sumario del caso Kitchen:

Martínez. Sería muy interesante saber si los de Podemos tenían antecedentes... Y si han estado en temas abertzales, temas de extremismo violento, etc.

García Castaño. Josetxu Arrieta el único que tiene pertenencia a ETA. El último que aparece en las fotos...

Martínez. ¿Y los demás nada?

García Castaño. Lo vuelvo a mirar, pero creo que no [...].

García Castaño. El cabrón de Germán [Rodríguez Castiñeira, jefe de la Brigada Provincial de Información] me dice que esta tarde, porque mirar los 69 se saca, pero hay que mirar uno a uno.

2. Informe Pablo Iglesias S. A. , archivado

La policía filtró en 2016 a determinados medios de comunicación un informe titulado Pablo Iglesias Sociedad Anónima (PISA) que pretendía denunciar irregularidades del entonces líder del Podemos y de su partido, según las grabaciones incautadas al comisario José Manuel Villarejo y los whattsapps enviados por Francisco Martínez. Interior llegó más lejos con esta maniobra policial, pues denunció los hechos ante el Tribunal de Cuentas por supuesta financiación ilegal. Pero este órgano archivó la denuncia. Otras denuncias en los juzgados —una de ellas, del sindicato de ultraderecha Manos Limpias— también fueron archivadas.

García Castaño. Lo que hay es suficiente para montarle un escándalo, aunque diga que todo es legal... Este paria [Pablo Iglesias] cómo ha vivido? Por qué tanto dinero? quién les ha subvencionado? con qué fin? qué pinta Irán en esta movida, país amigo de Venezuela, una bronca cojonuda.

Martínez. Y además del escándalo político, hay delitos?

García Castaño. Pues no sé el tema fiscal...

El exsecretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez y el exministro de Interior Jorge Fernandez Díaz, durante una reunión durante su etapa en el ministerio, en marzo de 2016.

3. La Fundación CEPS y Venezuela. “A tres por abajo en portada”; “Aplausos”

El Ministerio del Interior, dirigido por Jorge Fernández Díaz, filtró informaciones sobre el dinero pagado por el Gobierno de Venezuela a la Fundación CEPS, en la que trabajaron antes de fundar Podemos algunos de sus principales dirigentes. El secretario de Estado de Seguridad seguía puntualmente los resultados de las filtraciones en El Mundo y Abc y aplaudía a los periodistas que le daban cuenta de cómo saldrían publicadas esas informaciones.

El Mundo. “A 3 por abajo en portada. La fundación afín a Podemos rastreaba la prensa para Chávez”.

Martínez. Aplausos. Alguien se ha acordado de Abc.

El Mundo. No jodas que llevamos lo mismo.

Martínez. No es lo mismo pero también son informes de CEPS. Pero otros. Hay mucha movilización. Jajajaja.

4. El pago falso a Iglesias en las islas Granadinas

OkDiario publicó una información, filtrada por Interior según las conversaciones entre el secretario de Estado y el máximo jefe policial, en la que acusaba a Pablo Iglesias de haber cobrado 275.000 dólares del régimen venezolano en 2014 a través de una cuenta a su nombre en el Europ Pacific Bank, en el paraíso fiscal de las islas Granadinas. El Director Adjunto Operativo de la policía, Eugenio Pino, informó sobre esta operación a su jefe político, Francisco Martínez.

Pino. Están buscando el cheque.

Martínez. Pues mejor, porque empiezan a decir los periodistas que es chungo. Ya lo tiene la Fiscal General. Parece que abrirá diligencias. Tú sigues convencido de que es bueno?

Pino. Totalmente. No lo dudes.

El documento bancario resultó falso y la fiscal general nunca abrió diligencias. El banco hizo un comunicado: “Euro Pacific Bank nunca ha mantenido una cuenta para esta persona ni ha recibido una trasferencia bancaria de ninguna de las instituciones financieras o fuentes mencionadas en el artículo. Además, el banco no mantiene cuentas para personas expuestas políticamente (PEP) ni acepta pagos de Venezuela bajo ninguna circunstancia”.

Podemos relata en su querella otros episodios parecidos y acusa a los altos mandos de Interior bajo mandato del PP (ministro, secretario de Estado y varios comisarios) de los delitos de revelación de secretos, malversación de fondos públicos, prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial o uso de documento oficial falso y organización criminal.

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Juan Carlos Hidalgo
<![CDATA[Miguel Ángel Carballo, un fiscal duro con el independentismo catalán que no ve terrorismo en el ‘caso Tsunami’]]>https://elpais.com/espana/2024-02-02/miguel-angel-carballo-un-fiscal-duro-con-el-independentismo-catalan-que-no-ve-terrorismo-en-el-caso-tsunami.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-02-02/miguel-angel-carballo-un-fiscal-duro-con-el-independentismo-catalan-que-no-ve-terrorismo-en-el-caso-tsunami.htmlFri, 02 Feb 2024 04:30:00 +0000Miguel Ángel Carballo, fiscal con amplia experiencia en la Audiencia Nacional, acusó a 12 miembros de los Comités de Defensa de la República por un delito de pertenencia a organización terrorista y pidió para ellos entre 8 y 27 años de prisión para cada uno. El caso está pendiente de juicio y la proposición de ley de amnistía que se tramita en el Congreso de los Diputados no les protege, según Junts.

El fiscal relató en su escrito de acusación que los implicados conformaron una organización terrorista de carácter clandestino que planificaba atentados con explosivos y sustancias incendiarias. Carballo, perteneciente a la asociación conservadora de fiscales, ejerció de teniente fiscal en la Audiencia Nacional hasta que el actual fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, le sustituyó por Marta Durántez.

Como teniente fiscal, Miguel Ángel Carballo mantuvo la acusación de rebelión a la cúpula de la policía autonómica catalana, con Josep Lluís Trapero a la cabeza, después de que el Tribunal Supremo ya hubiera juzgado los mismos hechos y condenado por sedición a los dirigentes independentistas.

En el momento final del juicio, Carballo cambió su calificación y acusó por sedición, pidiendo penas de cárcel para la cúpula policial catalana. La Audiencia Nacional, por dos votos a uno, absolvió al mayor de los Mossos d´Esquadra, Josep Lluís Trapero; a la intendenta Teresa Laplana; al exdirector del Cuerpo Pere Soler, y al exsecretario general de Interior de la Generalitat César Puig por los sucesos ocurridos en Cataluña los días 20 y 21 de septiembre de 2017 y la jornada del 1 de octubre relacionados con el proceso independentista.

Solo la presidenta del Tribunal, Concepción Espejel (hoy magistrada del Tribunal Constitucional a propuesta del PP), hizo un voto particular apoyando las tesis de la fiscalía para condenar por sedición a varios de los implicados. La sentencia estableció que no había quedado acreditado que los acusados “hubieran tratado de impedir o dificultar el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma” ni que se hubieran puesto de acuerdo con quienes lideraban el proceso independentista o que hubieran apoyado sus actos propiciando la pasividad de la policía autonómica.

Carballo ha demostrado a lo largo de los últimos años en la Audiencia Nacional una dureza especial en sus escritos contra el desafío ilegal independentista en Cataluña. Ahora, inmerso en una investigación que dura más de cuatro años, con múltiples prórrogas y con un desenlace final imprevisto, se enfrenta al juez instructor, Manuel García-Castellón. El fiscal no ve en los hechos recogidos en el sumario del caso Tsunami Democratic pruebas suficientes del delito de terrorismo ni tampoco la participación directa en aquellas protestas del expresidente Carles Puigdemont o del actual diputado de ERC, Ruben Wagensberg, que ha huido a Suiza ante el temor de que le detengan tras los últimos autos firmados por el juez.

El fiscal Carballo no entiende las razones que han llevado a García-Castellón a intentar imputar a Puigdemont y Wagensberg, ni por qué ha enviado una exposición razonada al Tribunal Supremo sin haber conseguido recabar indicios suficientes de la participación de ambos políticos en los hechos. Carballo acusa al juez instructor de ser incongruente en sus resoluciones judiciales y de tomar decisiones sin motivarlas.

Ahora la causa está en manos del Tribunal Supremo, que deberá decidir si asume la investigación del caso, si entiende que se trata de delitos terroristas y si los indicios para imputar a Puigdemont son suficientes. Por su parte, el fiscal del Supremo tendrá que informar sobre unos hechos que han llevado a su compañero de la Audiencia Nacional, a cuestionar la instrucción de Manuel García-Castellón.

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FERNANDO ALVARADO
<![CDATA[Ninguna norma europea impone el sistema de elección que exige el PP para renovar el Poder Judicial]]>https://elpais.com/espana/2024-01-31/ninguna-norma-europea-impone-el-sistema-de-eleccion-que-exige-el-pp-para-renovar-el-poder-judicial.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-01-31/ninguna-norma-europea-impone-el-sistema-de-eleccion-que-exige-el-pp-para-renovar-el-poder-judicial.htmlWed, 31 Jan 2024 04:40:00 +0000El comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, se reúne este miércoles con el ministro Félix Bolaños y el diputado del PP, Esteban González Pons, con la misión de poner de acuerdo al Gobierno español y al primer partido de la oposición para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El veto que el PP mantiene desde hace cinco años bloquea la renovación del Gobierno de los jueces, un órgano que durante todo este tiempo de mandato caducado ha tenido una mayoría absoluta de vocales conservadores convertida en ariete político contra el Ejecutivo.

Reynders también pretende mediar entre Bolaños y González Pons para garantizar, además de la renovación urgente, la reforma de la ley que regula el sistema de elección del Consejo. El comisario de Justicia europeo defiende que esa reforma legal “tenga en cuenta las normas europeas”, que supuestamente obligan a que al menos la mitad del Consejo General del Poder Judicial sea elegido directamente por los jueces.

La ley establece desde 1985 que el Congreso y el Senado eligen a los 20 vocales del Consejo. Los 12 vocales jueces son seleccionados por ambas cámaras de una lista que proporcionan los propios jueces a través de la recogida de avales o de las propuestas de las asociaciones judiciales. Al menos 43 jueces —que recogieron apoyos de sus compañeros o fueron propuestos por alguna de las cuatro asociaciones judiciales— esperan desde hace cinco años a que el Congreso y el Senado elijan a los 12 miembros de extracción judicial para el nuevo Consejo.

El PP pone como condición innegociable para facilitar la renovación que se presente una reforma legal para cambiar el sistema de elección del Consejo. El Gobierno, por su parte, defiende la elección “democrática por el Parlamento y no corporativa por los jueces” del CGPJ. El partido conservador cuenta como aliado de su propuesta con el comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, quien señala que hay que reformar el modelo para que los jueces sean elegidos por sus homólogos y no por los políticos, de acuerdo a las normas europeas.

“No existe ninguna norma del ordenamiento jurídico comunitario que obligue a que los vocales de los consejos judiciales sean elegidos por sus homólogos”, aclara Paloma Biglino, catedrática de Derecho Constitucional que ha investigado y publicado un informe sobre “los estándares europeos sobre las elecciones de los consejos judiciales”. La catedrática aclara que tan solo existe una recomendación aprobada en 2010 por el comité de ministros del Consejo de Europa, donde se establece lo siguiente: “que no menos de la mitad de los miembros de estos consejos sean jueces elegidos por sus pares de todos los niveles del Poder Judicial con respeto al pluralismo dentro del Poder Judicial”. Algunas instituciones del propio Consejo de Europa, como el Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco) o la Comisión de Venecia, han seguido esa recomendación a la hora de llevar a cabo sus rondas de evaluaciones. “Pero ni siquiera el Reglamento de Condicionalidad de la Unión Europea, cuyo artículo 2 enumera los principios que concretan el Estado de Derecho, contiene una previsión de este tipo”, escribe Biglino.

El Gobierno del PP aprobó en 2013, tres años después de las recomendaciones del Consejo de Europa, una reforma del Poder Judicial que mantuvo en manos del Parlamento la elección de los 20 vocales. Entonces, el PP defendió una reforma que desoía las recomendaciones del Consejo de Europa a las que ahora se aferra. “La ley garantiza la representación de toda la carrera judicial en el órgano de gobierno de los jueces. Por ello, cualquier juez podrá presentar su candidatura a vocal del Consejo General del Poder Judicial con la única condición de aportar el aval de veinticinco miembros de la carrera judicial en servicio activo o el de una asociación judicial. Cada juez o asociación podrá a su vez avalar a un máximo de 12 candidatos”, dijo entonces el Gobierno de Mariano Rajoy.

La Comisión Europea no reprochó a España esta reforma legal de 2013 que mantenía en manos de los diputados y los senadores la elección de los 20 vocales del CGPJ. Las asociaciones de jueces conservadoras, que ahora reivindican el cambio de sistema, tampoco levantaron entonces la voz contra la reforma del PP.

La Comisión Europea comenzó en 2020 a elaborar y publicar informes anuales sobre la situación del Estado de derecho en cada uno de los países miembros. Y desde entonces, cuando se refiere a España, destaca como principal problema la falta de renovación del Consejo General del Poder Judicial (bloqueado desde 2018 por el PP) y la necesidad de reformar la ley para cambiar el sistema de elección.

El informe de la catedrática Paloma Biglino subraya que la Comisión de Venecia reconoce la variedad de fórmulas que existen en Europa sobre la elección del Consejo del Poder Judicial y recuerda que hay países donde los nombramientos judiciales son efectuados por el Gobierno de turno. En España, los nombramientos de cargos judiciales dependen del Consejo General del Poder Judicial y requieren una mayoría cualificada, aunque cuando, como ahora, tienen el mandato caducado, no pueden hacer esos nombramientos tras una reforma legal urgente que el Gobierno impulsó para forzar la renovación de este órgano.

Para salir del “entuerto”, la catedrática Biglino sólo ve la opción de que “los jueces elijan a los jueces, lo que evitaría el bloqueo en la renovación del Poder Judicial”. “Y los que dicen que eso provocaría que todos los vocales fueran conservadores porque las asociaciones conservadoras son mayoritarias, yo creo que eso no es así porque hay muchos jueces no asociados que votan”, añade.

La falta de renovación del Poder Judicial ha causado ya importantes daños en el Tribunal Supremo, donde casi un tercio de su plantilla de magistrados (jubilados o fallecidos en este tiempo) no han podido ser sustituidos, lo que ha provocado que se dicten 1.000 sentencias menos cada año, según las últimas estadísticas del propio Consejo.

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Moncloa / Raúl Salgado
<![CDATA[Delgado: “La elección de Stampa resultaba inviable”]]>https://elpais.com/espana/2020-10-31/delgado-la-eleccion-de-stampa-resultaba-inviable.htmlhttps://elpais.com/espana/2020-10-31/delgado-la-eleccion-de-stampa-resultaba-inviable.htmlSun, 01 Nov 2020 01:07:32 +0000La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, contesta por escrito a las preguntas de EL PAÍS sobre las circunstancias de la salida del fiscal Ignacio Stampa de Anticorrupción.

Pregunta. ¿Debería usted haberse abstenido en la votación del fiscal Stampa para la plaza de Anticorrupción, dado que su actual pareja defiende, al menos, a uno de los policías a los que acusa este fiscal y el bufete que dirige ha defendido al menos a otros dos?

Respuesta. No existe, ni siquiera remotamente, causa alguna de abstención ni apariencia que la motive. Según se me informa, mi pareja, tal como ustedes refieren, no ejerce defensa de persona alguna en la causa por la que se pregunta. Asimismo, existe constancia por medios de comunicación de que las personas afectadas o, al menos, alguna de ellas, está colaborando en la instrucción judicial, según informan de Anticorrupción.

P. ¿Por qué no comunicaron al Consejo Fiscal que había una propuesta de archivo de la causa abierta a Stampa por parte de la Fiscalía de Madrid?

R. Las diligencias abiertas contra el señor Stampa siguen vigentes hasta que se agote la investigación, que podría estar pendiente de nuevas actuaciones.

P. ¿Qué confianza puede haber en la justicia si nadie en la Fiscalía apoya para que siga en su puesto al fiscal que lleva casi cuatro años al frente de la investigación de la trama de corrupción más grave que ha conocido la democracia?

R. La confianza en la justicia se genera día a día por jueces y fiscales anónimos que trabajan con celeridad y sin otro fin que la recta e imparcial administración de justicia. Los delitos que ustedes refieren, por supuesto, seguirán siendo investigados por fiscales profesionales. Una comisión de servicio es un apoyo temporal a una fiscalía. El ministerio fiscal se rige por los principios de unidad y jerarquía, Todos los y las fiscales gozan en principio de la preparación científica que corresponde a su categoría. En ningún caso la investigación queda desatendida, como no lo hace, si un fiscal cambia de destino o se jubila o está en situación de baja. Siempre existe la línea de actuación asegurada que en este caso, incluso, estará reforzada al permanecer uno de los fiscales en el puesto. Dicho esto, el señor Stampa concurría a la plaza de fiscal en propiedad en la fiscalía anticorrupción y no ha sido avalado por ninguno de los vocales del Consejo Fiscal, ante lo cual, la elección resultaba inviable.

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<![CDATA[‘Podcast’ | Terrorismo, ‘procés’ y blindajes: lo que queda dentro y fuera de la ley de amnistía ]]>https://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-01-30/podcast-terrorismo-proces-y-blindajes-lo-que-queda-dentro-y-fuera-de-la-ley-de-amnistia.htmlhttps://elpais.com/podcasts/hoy-en-el-pais/2024-01-30/podcast-terrorismo-proces-y-blindajes-lo-que-queda-dentro-y-fuera-de-la-ley-de-amnistia.htmlTue, 30 Jan 2024 04:40:00 +0000

La aprobación de la proposición de ley de amnistía en España está en un momento clave de la discusión parlamentaria. El Gobierno quiere dejar fuera las formas más graves de terrorismo y proteger así a los líderes catalanes que promovieron las consultas independentistas en Cataluña, pero se encuentra con presión por ambos lados: aunque se apruebe en el Congreso, el PP se opone y tiene mayoría en el Senado. Y Junts y Esquerra le piden al Ejecutivo más blindaje. Aunque se aprobase, el PP confía en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tumbe la iniciativa legislativa. Nos lo cuenta José Manuel Romero, subdirector del periódico.






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<![CDATA[La Audiencia Nacional, el Supremo y cuatro juzgados evitan investigar la guerra sucia de Interior ]]>https://elpais.com/espana/2024-01-17/la-audiencia-nacional-el-supremo-y-cuatro-juzgados-evitan-investigar-la-guerra-sucia-de-interior.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-01-17/la-audiencia-nacional-el-supremo-y-cuatro-juzgados-evitan-investigar-la-guerra-sucia-de-interior.htmlWed, 17 Jan 2024 04:40:00 +0000La Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, las fiscalías de ambos órganos judiciales y los juzgados de instrucción de Madrid números 9, 10, 11 y 13 llevan un año evitando o rechazando investigar las múltiples pruebas —grabaciones, documentos judicializados, testimonios— de la guerra sucia que el Ministerio del Interior puso en marcha desde 2012 hasta 2016 contra dirigentes independentistas catalanes.

El abogado Jordi Pina y el bufete en el que trabaja, que defiende a empresarios y banqueros víctimas de esa guerra sucia, han presentado querellas en los distintos órganos judiciales contra dirigentes del PP, del Ministerio del Interior y contra la cúpula policial sin que hayan sido admitidas sus demandas o viendo cómo las derivan de un tribunal a otro sin que ninguno de ellos se haga cargo de investigar los hechos. “Me parece bochornoso que después de más de un año, tengamos querellas que nadie quiere siquiera investigar. Parece que todo el mundo tiene miedo”, señaló este martes Pina a este periódico. Los casos que defiende afectan a la familia Sumarroca, a los directivos del banco andorrano BPA, al expresidente del Barcelona Sandro Rosell y al exconsejero de la Generalitat y exdirectivo de Caixabank Jaume Giró.

Todos ellos aparecen en las notas informativas que redactaba el comisario José Manuel Villarejo y remitía a los mandos de Interior proponiendo investigaciones especiales, nunca amparadas por ningún juez, contra políticos, empresarios, periodistas o banqueros catalanes a los que atribuía intenciones independentistas.

Pina presentó este mismo martes distintas ampliaciones de las querellas en tres de los juzgados competentes para convencer a los instructores de que comiencen la investigación. Lo que sigue es un resumen de ese periplo judicial, de momento inútil, para que se castigue la guerra sucia contra el independentismo catalán.

Tribunal Supremo: “Vaya usted a la Audiencia Nacional”. A finales de 2022, los abogados de la familia Sumarroca presentaron una querella basada en una grabación del comisario Villarejo con la diputada del PP Alicia Sánchez Camacho en la que se hablaba de objetivos independentistas a investigar. Sumarroca, amigo del expresidente Jordi Pujol, había participado en una reunión para poner en marcha el desafío independentista, según una nota informativa del 12 de octubre de 2012 elaborada por Villarejo. “Mi cliente ha estado ocho años imputado como consecuencia de esa guerra sucia y finalmente ha sido archivada la causa contra él. El daño ha sido terrible”, explica Pina.

El Supremo consideró que los hechos denunciados eran ya “objeto de una investigación judicial” en el juzgado número 6 de la Audiencia Nacional y remitió a ese lugar a los querellantes. Manuel García Castellón, juez instructor del caso Tándem (que investiga la mafia policial dirigida por Villarejo), no fue muy receptivo.

Audiencia Nacional: “Los hechos no están conectados a esta causa”. El juez Manuel García Castellón desestimó la querella “sin poner en duda la gravedad de las afirmaciones contenidas en ella ni la posibilidad de que tales hechos presentasen, indiciariamente, apariencia de delito”. El instructor consideró que los hechos narrados, muchos de ellos protagonizados por el comisario Villarejo, no se encontraban conectados con la causa abierta contra el policía en la Audiencia Nacional. Los abogados optaron entonces por acudir al juzgado número 10 de plaza de Castilla, que lo devolvió a la Audiencia Nacional con el argumento de que así lo había dicho el Supremo. Pero en la Audiencia lo devolvieron al juzgado número 10 donde sigue sin respuesta.

La persecución policial al exconsejero y exdirectivo de la Caixa Jaume Giró. Jaume Giró, ex director general adjunto de la Caixa y exconsejero catalán de Economía, denunció la persecución policial ilegal que sufrió, según las notas informativas de Villarejo incorporadas a distintos sumarios. Primero lo hizo ante la Fiscalía de Cataluña, quien derivó la causa a la Fiscalía del Supremo, que se negó a investigar con el argumento de que los hechos relatados se basaban en artículos de prensa. Los abogados presentaron una querella ante el juzgado número 11, que la desestimó al entender que los hechos podían estar prescritos y el testimonio del propio Villarejo reconociendo esos espionajes ilegales en el Congreso de los Diputados no tenían “la consideración de prueba o indicio objetivo e imparcial que permita la apertura de un nuevo procedimiento judicial”. Los abogados recurrieron el archivo y ahora intentan que este juzgado vuelva a investigar los hechos. Entre la documentación aportada para justificar la querella aparecen notas informativas sobre el “plan independentista de CDC” enviadas por Villarejo al Ministerio del Interior, donde se propone investigar a decenas de personas.

Objetivos de interés: Conde de Godó, director de La Vanguardia, Carles Villarubi, Sumarroca, Durán i Lleida. Los abogados de las supuestas víctimas de la guerra sucia policial contra el independentismo han incorporado a sus querellas notas informativas, supuestamente manejadas por el Ministerio del Interior, en las que se proponen investigaciones sobre decenas de dirigentes políticos o empresariales. En una de esas notas se da cuenta del supuesto plan independentista que preparaba en otoño de 2012 el partido de Jordi Pujol y proponía para desactivarlo investigar a, entre otros, el conde de Godó, el director de La Vanguardia y a uno de sus consejeros, al empresario Carlos Vilarrubi Carbió o al líder de Unió, Josep Antonio Durán i Lleida.

Asimismo, incorporaron a las querellas la grabación de la reunión entre Villarejo y el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, destapada por EL PAÍS, donde planificaban actuaciones contra dirigentes independentistas catalanes.

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J.J.Guillén
<![CDATA[PSOE, Junts y ERC piden investigar si Rajoy conoció la guerra sucia policial contra el independentismo catalán]]>https://elpais.com/espana/2024-01-15/psoe-junts-y-erc-piden-investigar-si-rajoy-conocio-la-guerra-sucia-policial-contra-el-independentismo-catalan.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-01-15/psoe-junts-y-erc-piden-investigar-si-rajoy-conocio-la-guerra-sucia-policial-contra-el-independentismo-catalan.htmlMon, 15 Jan 2024 19:30:19 +0000El presidente Pedro Sánchez y los principales dirigentes de Junts y ERC defendieron este lunes la necesidad de investigar si el expresidente Mariano Rajoy conoció en tiempo real, y amparó, las actividades policiales contra el independentismo catalán que impulsó el exministro Jorge Fernández Díaz entre 2012 y 2016. Esas actividades, sin amparo judicial, consistieron en la fabricación de informes que se filtraban a determinados medios de comunicación donde se vertían acusaciones de corrupción muy graves, la mayoría falsas, contra dirigentes independentistas catalanes. Algunas de esas operaciones fueron judicializadas por la propia policía o por el Ministerio del Interior pero acabaron mayoritariamente en nada porque los jueces decidieron archivarlas dado que las pruebas utilizadas eran falsas.

Esas maniobras ilegales contra el independentismo catalán, acreditadas en numerosos sumarios abiertos en la Audiencia Nacional y en otros tribunales, siguen impunes. El juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, instructor del caso Tándem —que investiga la mafia policial que dirigió durante casi 20 años el comisario José Manuel Villarejo— tiene todavía abierta una investigación —la pieza 34— donde se incluyen los denominados audios de la corrupción publicados por EL PAÍS donde se acumulan numerosas pruebas de las maniobras de dirigentes del PP y de la cúpula policial del ministerio del Interior contra el independentismo catalán. Más de un año y medio después de abierta esa investigación, el juez tan sólo ha tomado testimonio a los responsables de los medios que publicaron esos audios y ninguno de los políticos o policías implicados en los mismos ha sido imputado por esos hechos.

Además, en las decenas de piezas separadas del caso Tándem todavía abiertas en la Audiencia Nacional aparecen desperdigadas las notas informativas que redactaba Villarejo y que llegaban a los jefes políticos del ministerio del Interior.

La Vanguardia, Eldiario.es y ElNacional.cat publicaron este lunes que el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, recibió, según distintas fuentes, informes sobre esas operaciones ilegales del independentismo en sobres cerrados que le remitía su ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. “No nos sorprende nada que Mariano Rajoy conociera los detalles de la guerra sucia contra el independentismo. El Estado español, con sus cloacas, lo ha intentado todo y ha fracasado. Hoy, aún es más evidente que la independencia es el único camino”, afirmó este lunes el expresidente catalán, Pere Aragonès.

El abogado de Fernández Díaz desmintió este lunes a EL PAÍS en nombre de su cliente que se enviaran a Rajoy sobres con informes sobre la actividad policial contra el independentismo catalán. Dirigentes de Interior entre los años 2012 y 2016 contaron a este periódico otra versión: “Que el ministro Jorge Fernández enviaba muchos informes a Rajoy en sobres es cierto al 100%. Lo que no sabemos es si eran las notas informativas de Villarejo, aunque no nos extraña, al menos en los primeros años, porque llegó un momento, a partir de 2014 en que las notas de Villarejo carecían de credibilidad”. EL PAÍS intentó, sin éxito, conocer la versión de Rajoy sobre estas denuncias.

El comisario jubilado José Manuel Villarejo atiende a los medios a su salida de la Audiencia Nacional el pasado 27 de noviembre.

Villarejo ha asegurado ante varios interlocutores, según sus propias grabaciones, ser el autor de un informe sin fecha ni firma pero con el sello del Ministerio del Interior que filtró a determinados medios de comunicación para su publicación unos días antes de la campaña de las elecciones catalanas de noviembre de 2012. Ese informe detallaba todo tipo de corruptelas en las que involucraba a los principales dirigentes independentistas catalanes, a jueces y fiscales y a directores o editores de periódicos catalanes. Muchas de las acusaciones de esos informes se demostraron falsas.

Villarejo, cuyos intensos contactos con la secretaria general del PP, Dolores de Cospedal, y con quien fuera jefe de gabinete del ministro del Interior y después secretario de Estado, Francisco Martínez, han quedado acreditados en múltiples grabaciones, elaboró numerosas notas informativas sobre actividades policiales contra el independentismo catalán. 18 de esas notas figuran en el sumario que se instruye en Andorra a cuenta de la supuesta extorsión de policías españoles a los dueños del BPA para que facilitasen documentación sobre el blanqueo de capitales del expresidente Jordi Pujol y de su familia.

En esas notas informativas aparecen todo tipo de acusaciones —algunos de ellas falsas; otras nunca probadas— no sólo contra Pujol sino contra numerosos políticos o empresarios independentistas. Esas notas llegaron a atribuir a Jordi Pujol en Suiza una fortuna de 2.000 millones de euros, o el pago de seis millones de euros al primer ministro de Letonia a cambio de su apoyo al derecho de autodeterminación de Cataluña.

La conversación más comprometedora grabada por Villarejo en relación con estas operaciones contra el independentismo catalán tuvo lugar el 16 de diciembre de 2012. El entonces ministro del Interior, Jorge Fernández, se reúne con Villarejo para definir estrategias contra dirigentes independentistas catalanes. En esa conversación, el ministro le pide a los policías discreción absoluta: “Esta conversación no ha existido ¿está claro? El ministro no sabe nada del tema. Yo negaré incluso bajo tortura que esta reunión ha existido”.

En aquella reunión, poco después de celebradas las elecciones en Cataluña con un serio varapalo para CiU, Villarejo le explica al ministro del Interior como van a judicializar determinadas operaciones contra dirigentes independentistas basándose en “anónimos, notas informativas, datos recogidos…”. “A mí me gustaría que [la denuncia] se presentará hoy”, le contesta el ministro, quien señala en la conversación que “la segunda denuncia sí que toca a Artur Mas [expresidente de la Generalitat de Cataluña] por la vía de los tres testaferros”.

Esa grabación, revelada por EL PAÍS hace año y medio, demuestra hasta qué punto el ministro del Interior estaba informado de todas las maniobras de la policía a su mando contra el independentismo catalán.

Nunca las denuncias contra Artur Mas llegaron a nada. Nunca se acreditó que tuviera cuentas en el extranjero, ni siquiera a través de testaferros, pese a que la policía patriótica filtró informes en ese sentido.

Pese a las numerosas pruebas existentes en numerosos sumarios abiertos en la Audiencia Nacional y en otros tribunales, esas maniobras ilegales de la cúpula policial de Interior contra el independentismo catalán no han recibido hasta el momento ningún reproche penal.

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Claudio Alvarez
<![CDATA[30 causas por corrupción abiertas hace un lustro asedian al PP]]>https://elpais.com/espana/2024-01-01/30-causas-por-corrupcion-abiertas-hace-un-lustro-asedian-al-pp.htmlhttps://elpais.com/espana/2024-01-01/30-causas-por-corrupcion-abiertas-hace-un-lustro-asedian-al-pp.htmlMon, 01 Jan 2024 08:01:42 +0000Las causas judiciales por corrupción asedian al PP desde 2009. El año que ahora empieza tiene al menos 30 sumarios con la instrucción finalizada en los casos Gürtel, Lezo, Púnica, Erial, Taula, Tandem y otros con varias decenas de exdirigentes populares procesados. Los juicios pendientes, algunos ya tienen fijada fecha de inicio, sentenciarán hechos ocurridos hace más de cinco años. Esta justicia a destiempo supondrá un nuevo varapalo al prestigio de la formación conservadora que ahora preside Alberto Núñez Feijóo. Lo que sigue resume el via crucis judicial del PP.

Caso Gürtel, 14 años después, cuatro causas pendientes. El juez Baltasar Garzón desarticuló el 6 de febrero de 2009 una de las más extensas tramas de corrupción conocida en democracia. La red había colonizado más de una decena de administraciones gobernadas por el PP en Madrid, Comunidad Valenciana, Castilla y León y Andalucía. De aquella investigación surgieron múltiples piezas separadas que dieron lugar a juicios que terminaron con duras condenas de cárcel para alcaldes, concejales, consejeros autonómicos y hasta quien fuera tesorero nacional. El PP fue considerado en dos de las causas “partícipe a título lucrativo”, se benefició de los delitos cometidos por la red corrupta. Quince años después, el PP espera todavía algunas sentencias más vinculadas al caso. Francisco Camps, que presidió un Gobierno salpicado de corruptos, a juzgar por los consejeros y altos cargos que han sido condenados estos años, se enfrenta a la petición de cárcel de la fiscalía en la pieza número 5 del caso Gürtel. Se trata de los contratos amañados que su Ejecutivo adjudicó a Orange Market, la filial valenciana de la trama Gürtel. La sentencia se conocerá en las próximas semanas o meses.

Cajas b del PP nacional y del PP de Madrid pendientes de juicio o de recurso. El Supremo responderá en las próximas semanas a los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional por el denominado caso Bárcenas, la caja b del PP que financió parte del coste de las obras de la sede de Génova, 13. Esa sentencia culpó al extesorero y consideró responsable civil subsidiario al PP. El partido decidió no recurrir el fallo, admitiendo así la corrupción. En la Comunidad de Madrid también funcionó una caja b con la que se financió el partido ilegalmente, según el auto de procesamiento contra dirigentes del Gobierno de Esperanza Aguirre. Uno de los sumarios del caso Púnica versa sobre esta caja b y está pendiente de juicio junto a otras nueve piezas separadas más.

Espionaje ilegal para proteger al PP. Caso Kitchen. Otra investigación judicial concluida y pendiente de juicio llevará al banquillo al exministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, a su número dos, Francisco Martínez y a media docena de comisarios de policía. Todos ellos están acusados de perpetrar una operación a espaldas del juez para espiar a la familia de Luis Bárcenas, extesorero del PP, con la intención de robar documentación que pudiera implicar al Gobierno de Mariano Rajoy en diversos delitos de corrupción.

Los exministros Rato y Zaplana se enfrentan a altas penas de cárcel. Rodrigo Rato, exministro de Economía y expresidente de Bankia, se sienta en el banquillo desde hace semanas. La fiscalía pide decenas de años de cárcel para Rato por defraudar millones de euros. Eduardo Zaplana, exministro de Trabajo, se enfrenta desde el 1 de febrero a un juicio donde la fiscalía solicita 19 años por los delitos de blanqueo, cohecho, falsedad y prevaricación en el caso Erial.

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<![CDATA[Del tándem González-Guerra al de Aznar y Cascos]]>https://elpais.com/espana/2023-12-30/del-tandem-gonzalez-guerra-al-de-aznar-y-cascos.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-12-30/del-tandem-gonzalez-guerra-al-de-aznar-y-cascos.htmlSat, 30 Dec 2023 04:40:00 +0000María Jesús Montero, número dos del PSOE, es desde hace un año y medio la mano derecha del líder socialista, Pedro Sánchez, en el partido; y a partir de ahora lo será también en el Gobierno. Una situación que tiene solo dos precedentes: el tándem entre Felipe González y Alfonso Guerra (que duró algo más de ocho años) y el que formaron José María Aznar y Francisco Álvarez-Cascos (cuatro años). En el resto de gobiernos de la democracia, el número dos del partido gobernante tuvo casi siempre presencia en el Ejecutivo, pero no con ese vínculo tan fuerte.

El socialista Felipe González se estrenó con un modelo de Gobierno respetuoso con el escalafón del partido. Alfonso Guerra, vicesecretario general en el PSOE desde 1979 a 1997, fue vicepresidente del Gobierno entre 1982 y 1991. Antes, Adolfo Suárez (presidente entre 1976 y 1981) situó a quienes habían sido coordinadores generales de UCD en ese tiempo (Rafael Arias Salgado, Rafael Calvo Ortega e Iñigo Cavero) al frente de distintos ministerios, pero sin otorgarles el poder extraordinario de una vicepresidencia.

José María Aznar (PP) copió el modelo de González, aunque solo durante su primer mandato. Francisco Álvarez-Cascos, secretario general del PP entre 1989 y 1999, fue vicepresidente primero y ministro de Presidencia de 1996 a 2000. Poco después de que abandonara la secretaría general del partido, fue rebajado también a ministro de Fomento.

Ningún otro presidente en la reciente etapa democrática había seguido este modelo hasta este viernes, cuando Pedro Sánchez ascendió a María Jesús Montero a la vicepresidencia primera de su Gobierno.

Las relaciones entre estas parejas de políticos que compartieron un poder inmenso acabaron mal. Tras casi nueve años de compartir amistad, la dirección del partido y el mando del Gobierno, Guerra y González chocaron irremediablemente. El presidente anunció por carta a su vicepresidente la inminente crisis de Gobierno el 1 de enero de 1991: “Antes de resolverlo tenemos que decidir sobre tu continuidad o no en el gabinete. No quiero mezclarlo en un paquete como creo haberte dicho en septiembre. También te dije que no estaba seguro sobre los efectos de tu salida. Siempre me he resistido a continuar sin ti algo que empezamos juntos. Sin embargo, me parece que políticamente deberíamos hacerlo”, escribía, aludiendo a “imágenes que empiezan a producir efectos negativos”. El caso Juan Guerra, hermano del vicepresidente que fue vinculado con delitos de tráfico de influencias, dañaba desde hace meses la reputación del Gobierno.

González le mostraba a Guerra la puerta de salida en esa larga misiva cargada de amargura: “Por primera vez desde que trabajamos juntos me asalta la duda sobre si “quieres” (...) seguir o no en el gobierno. Siempre he estado convencido de que no lo deseabas y, por tanto, que tu continuidad se debía en gran parte a mi insistencia. Ahora que pienso que tal vez es políticamente oportuno, se atraviesa en mi mente esta duda personal. Durante años he sentido como egoísta obligarte primero y retirarte después en la tarea de gobierno. Por primera vez me ocurre lo contrario con el mismo sentimiento. Me gustaría despejar esta duda y saber si tu proyecto personal —como creo del mío— no está precisamente relacionado con el ejercicio del poder”.

Once días después de aquella carta, Guerra renunció a seguir como vicepresidente, aunque siguió seis años más como vicesecretario general del PSOE.

Distinto fue el caso de Aznar con Álvarez-Cascos, quien abandonó la secretaría general del partido apenas un año antes de dejar la vicepresidencia primera del Gobierno. Tras quitarle aquel inmenso poder —en el partido llamaban a Cascos “general secretario”—, Aznar le mantuvo como ministro de Fomento, pero su relación se torció definitivamente.

A partir del año 2000, los números dos que han tenido el PSOE y el PP ocuparon ministerios, pero no la vicepresidencia primera. Javier Arenas (PP) fue ministro de Presidencia y vicepresidente segundo; Dolores de Cospedal (PP), ministra de Defensa; José Blanco (PSOE), de Fomento. Sólo Adriana Lastra, vicesecretaria general del PSOE entre 2017 y 2022, no ocupó un cargo ministerial. Sánchez la nombró portavoz del grupo parlamentario.

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MARISA FLÓREZ
<![CDATA[La reforma de la ley del CGPJ que reclama el PP complica el acuerdo sobre la renovación]]>https://elpais.com/espana/2023-12-27/la-reforma-de-la-ley-del-cgpj-que-reclama-el-pp-complica-el-acuerdo-sobre-la-renovacion.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-12-27/la-reforma-de-la-ley-del-cgpj-que-reclama-el-pp-complica-el-acuerdo-sobre-la-renovacion.htmlWed, 27 Dec 2023 04:40:00 +0000El acuerdo entre el PSOE y el PP para sentarse a negociar la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyos vocales llevan más de cinco años con el mandato caducado, pende de un hilo. La amenaza se esconde en la segunda parte de esa negociación: la reforma legal que defiende el PP para que, en renovaciones futuras, los jueces elijan directamente, sin intervención de las Cortes, a los 12 vocales jueces del CGPJ. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, anunciaron el pasado viernes que van a sentarse a negociar por fin para desbloquear el órgano de gobierno de los jueces, pero las declaraciones de unos y otros en los últimos meses, y este mismo martes, sobre la reforma legal apuntan a que ese segundo aspecto —que para el PP es una condición necesaria para cerrar el primero: el cambio de los vocales— será muy difícil de llevar adelante.

Alfonso Gómez de Celis, secretario de Política Municipal del PSOE y vicepresidente del Congreso, declaró este martes a TVE: “Nos basamos en un principio fundamental que establece la propia Constitución, que dice que todos los poderes emanan del pueblo. No puede ser que 2.000 o 3.000 personas que han aprobado una oposición [en referencia a los jueces, que son en realidad más de 5.000] elijan a un poder del pueblo, como es en este caso el Poder Judicial, como tampoco entenderíamos que los funcionarios públicos eligieran al Gobierno de España”.

Esta postura expresada por Gómez de Celis es la que mantuvo el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados hace sólo siete meses, cuando se discutió en pleno la proposición de ley que el PP presentó para que los jueces eligieran directamente a los 12 vocales de procedencia judicial de los 20 que componen el CGPJ. En aquella ocasión, la iniciativa legislativa del PP fracasó, con 176 votos en contra de los mismos grupos parlamentarios que ahora han apoyado la investidura de Pedro Sánchez.

La diferencia es que ahora el PSOE ha aceptado negociar con el PP, con la intermediación de un representante de la Comisión Europea, un cambio futuro en el sistema de elección de los vocales jueces. El PP ve con buenos ojos para esa labor al comisario de Justicia, Didier Reynders, quien ha defendido en reiteradas ocasiones que hay que renovar ya el CGPJ con la ley vigente y a continuación cambiar el sistema de elección, una “reforma que cumpla la recomendación del Consejo de Europa, que es que la mayoría de miembros del consejo de jueces sean elegidos por sus pares”. Fuentes del PP señalan que el acuerdo para la renovación pasa por garantizar la reforma de la Ley para cambiar el sistema de elección de los vocales jueces y añade: “El Gobierno tenía que convencer antes al PP, ahora también tiene que convencer a Europa dado que ha aceptado su supervisión. Europa piensa lo mismo que nosotros sobre la necesidad de reformar el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial”.

Sin embargo, el presidente Pedro Sánchez mantiene su veto a un cambio del modelo de elección del Consejo General del Poder Judicial vigente con ligeros retoques desde 1985 con el aval del Tribunal Constitucional. “El Gobierno apuesta por el modelo democrático, no corporativo, el mismo modelo que se pacto con el PP en 2001 y en 2013, teniendo el PP mayoría absoluta y estando el PSOE en la oposición”, señalaron a EL PAÍS fuentes del Ejecutivo.

Elías Bendodo, vicesecretario de Coordinación Autonómica y Local, señaló este martes: “Lo que la Comisión Europea ha pedido en los últimos meses es una despolitización de los órganos judiciales. Estamos dispuestos a negociar ese pacto de Estado de la Justicia donde sí se renueve el órgano de gobierno de los jueces pero al mismo tiempo se apruebe una fórmula de nueva forma de elección de los magistrados que van a formar parte del órgano de los jueces, tal y como pide la Unión Europea. Lo que ha conseguido el señor Feijóo es sacar al señor Sánchez de la trinchera, sentarlo ante la Unión Europea y que la Unión Europea le diga a la cara que no pueden meter la mano en todas las instituciones del Estado. Hay órganos del Estado, como el de los jueces, que necesitan ser independientes, eso es lo que dice el PP haciendo suyas las palabras de la Unión Europea”.

Antes de la votación que el PP perdió en el Congreso en mayo pasado para cambiar el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial, Feijóo y Sánchez rozaron un acuerdo para la renovación, roto por el PP al conocer que el Gobierno tramitaba paralelamente una reforma penal, pactada con ERC, para derogar el delito de sedición. Aquel acuerdo aceptaba la renovación del CGPJ con la ley vigente y, a la vez, asumía la elaboración por parte de ese órgano de una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales de procedencia judicial en un plazo máximo de seis meses. Esa propuesta debía ser avalada luego por tres quintos del CGPJ y trasladada al Gobierno, al Congreso y el Senado para que el poder legislativo, basándose en esa idea, sometiera a la consideración de las Cortes una proposición de ley de reforma del sistema de elección de los vocales judiciales.

En el debate del Congreso, dos de los grupos que ahora han votado la investidura de Sánchez propusieron una salida al bloqueo del CGPJ. Tanto Junts como EH Bildu invitaron al Gobierno a aprobar una reforma legal por la que cesaban automáticamente al terminar su mandato los vocales, dejando al frente de ese órgano a “tres miembros para tareas administrativas básicas sin que pudieran hacer ningún nombramiento”. El PSOE rechazó esta fórmula para acabar con el bloqueo y también la propuesta por su socio de coalición, Unidas Podemos, consistente en rebajar las mayorías necesarias para aprobar la renovación —de forma que no fuera necesario contar con el PP— en el caso de que no fuera posible en un primer intento.

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Jaime Villanueva
<![CDATA[La batalla conservadora contra la ley de amnistía: “Van a llover las cuestiones prejudiciales”]]>https://elpais.com/espana/2023-12-10/la-batalla-conservadora-contra-la-ley-de-aministia-van-a-llover-las-cuestiones-prejudiciales.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-12-10/la-batalla-conservadora-contra-la-ley-de-aministia-van-a-llover-las-cuestiones-prejudiciales.htmlSun, 10 Dec 2023 04:40:00 +0000El Partido Popular encara la tramitación de la proposición de ley de amnistía para los encausados del proceso independentista catalán con la vista puesta en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En ese órgano tiene depositadas sus esperanzas para que la iniciativa legislativa decaiga, a juzgar por los pronunciamientos de los expertos jurídicos a los que el PP ha escuchado en las últimas semanas.

Tres exmagistrados del Constitucional elegidos en su día por el PP —Francisco Pérez de los Cobos (expresidente del Tribunal), Jorge Rodríguez Zapata, y Andrés Ollero— desconfían abiertamente de las cuestiones de constitucionalidad que los distintos tribunales, que deberán aplicar la futura ley de amnistía, puedan trasladar al Tribunal Constitucional.

Sin embargo, los tres consideran que las cuestiones prejudiciales que presenten distintos jueces españoles ante el Tribunal de Justicia de la UE tienen muchas posibilidades de prosperar: “Yo creo que van a llover cuestiones prejudiciales por parte de los jueces españoles, que son jueces europeos y pueden entender que es el derecho europeo el que se está vulnerando. El Tribunal Constitucional tuvo el acierto de establecer en su doctrina que si un juez español se encuentra ante una norma que entiende que vulnera el derecho europeo, pero vulnera también la Constitución, debe dirigirse primero a Luxemburgo con una cuestión prejudicial y solo después plantear una cuestión de inconstitucionalidad”, señala Ollero.

Los expertos jurídicos que asesoran al PP consideran que el TJUE no admitirá que la futura ley de amnistía permita perdonar a encausados por terrorismo sobre los que no se haya dictado todavía sentencia, como establece la proposición de Ley que comenzará el próximo martes su andadura en el Congreso. Fuentes próximas a algunos de los jueces que deberán aplicar la sentencia consideran más que probable que se presenten cuestiones prejudiciales ante el TJUE.

Los expertos jurídicos consultados por el PP consideran que “el único horizonte es la batalla”, y confirman la estrategia del PP contra la ley de amnistía. “Tenemos derecho a resistir, a defender nuestra democracia por todos los medios a nuestro alcance, mediante manifestaciones populares, boicots, mediante no cumplimiento de las leyes, mientras otros no cumplen las leyes, ese es el camino”, señala el exmagistrado conservador Jorge Rodríguez Zapata.

Los juristas conservadores piden al PP que redacte con especial cuidado el recurso de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía y marcan los aspectos que consideran claramente impugnables de la futura norma.

Igualdad ante la Ley. “Se vulnera el principio de igualdad. Una Ley no puede decidir que a determinadas personas o grupos se les declare inmunes frente al derecho por las conductas antijurídicas en que han incurrido”, señala Pérez de los Cobos.

Lo que no está permitido, está prohibido. El rechazo a dos enmiendas de 1977 que planteaban incluir en la Constitución la posibilidad de que el parlamento acordase amnistías lleva a los juristas consultados por el PP a determinar que no es posible legislar sobre esa materia. “Los que dicen que es posible legislar una amnistía porque la Constitución no la prohíbe expresamente están en un error. En el ámbito privado puede ser que lo que no está prohibido esté permitido, pero en el ámbito público, para que un poder pueda hacer algo debe estar incluido en la norma”, señala Ollero.

Contra la unidad de España. “La amnistía entra en flagrante contradicción con el artículo 2 (”la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”), al considerar el proceso independentista como un propósito santo”, explica Pérez de los Cobos.

Las causas por terrorismo no pueden ser amnistiadas. Los expertos a los que ha consultado el PP entienden que la futura ley de amnistía no puede beneficiar a los encausados por delitos de terrorismo, aunque estos no hayan sido juzgados todavía, porque eso vulnera el derecho de la Unión Europea. Hay dos procesos judiciales por terrorismo vinculados con el proceso independentista: el caso de los Comités de Defensa de la República (CDR) y el del Tsunami Democràtic. “El respeto al derecho europeo en relación a las imputaciones por terrorismo. Ahí sí que hay más posibilidades de control, en las contradicciones con el derecho europeo”, señala Rodríguez Zapata.

Invasión del Poder Legislativo en el ámbito del Poder Judicial. “Se vulnera el artículo 117.3 respecto a la reserva de jurisdicción en favor de los tribunales”, explica Pérez de los Cobos.

“El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan”, señala la Constitución.

El exmagistrado del Constitucional Ollero añade: “El poder Judicial queda deslegitimado porque con la amnistía no hay delito alguno, se dice que aquello que se consideró un delito fue un error o una prevaricación judicial, que lo que hubo fue un desafuero judicial”.

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Moeh Atitar
<![CDATA[La justicia se cruza con estrépito en la bronca política tras la investidura]]>https://elpais.com/espana/2023-12-01/la-justicia-se-cruza-con-estrepito-en-la-bronca-politica-tras-la-investidura.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-12-01/la-justicia-se-cruza-con-estrepito-en-la-bronca-politica-tras-la-investidura.htmlFri, 01 Dec 2023 04:40:00 +0000La ofensiva de las cúpulas de distintos tribunales de justicia contra el Gobierno por impulsar la amnistía para los encausados del ilegal proceso independentista catalán se ha cruzado en los últimos días con la bronca política en las instituciones y con las protestas en la calle azuzadas por la derecha (PP) y la ultraderecha (Vox).

En ese ambiente de violenta polarización, el Gobierno (PSOE y Sumar) recibió ayer dos importantes varapalos a nombramientos muy sensibles de la estructura institucional. El Tribunal Supremo anuló el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado por carecer del suficiente prestigio jurídico. Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) consideró “no idóneo” al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por ocho votos de vocales conservadores frente a siete de vocales progresistas.

El CGPJ tiene el mandato caducado desde hace casi cinco años y desde hace dos tiene prohibidos los nombramientos. Pero ayer opinaron, porque es preceptivo, según la ley, sobre el nombramiento del fiscal general del Estado, al que un año y medio antes habían considerado “idóneo” para el puesto por 12 votos frente a siete.

El PP aprovechó estos pronunciamientos para denunciar “un hundimiento institucional sin precedentes que afecta a la independencia judicial”. Una visión muy distinta a la del ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, quien viajó ayer a Bruselas para tratar con el comisario de Justicia, Didier Reynders, y con la vicepresidenta de Valores y Transparencia, Vera Jourová, sobre la ley de amnistía. El ministro aseguró que la Comisión Europea tiene “cero preocupación” por la salud del Estado de derecho en España.

Mientras tanto, en la Audiencia Nacional continuaba ayer una batalla jurídica mayor entre la Fiscalía y el instructor del caso Tsunami Democràtic, Manuel García-Castellón, a cuenta de la posible imputación del expresidente Carles Puigdemont por terrorismo. El auto del juez García-Castellón, que llevaba cuatro años investigando las movilizaciones de Tsunami Democràtic contra la sentencia del procés, llegó unos días antes de que el PSOE y Junts cerraran su acuerdo para una ley de amnistía cuyo objetivo es perdonar a cientos de personas, entre ellas Puigdemont, los delitos relacionados con el desafío independentista catalán.

Aviso del fiscal al juez del ‘caso Tsunami’ por dilaciones indebidas. La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió el auto del juez ante la sala de lo Penal al considerar que no existía un delito de terrorismo en los hechos investigados sino de desórdenes públicos, por lo que el caso debía devolverse al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y que tampoco existían suficientes indicios para imputar a Puigdemont.

El juez García Castellón optó entonces por pedir la imputación de Puigdemont al Tribunal Supremo a través de una exposición razonada, dado que el expresidente catalán, huido de la justicia desde 2017, estaba aforado en ese tribunal, según argumentó entonces el instructor.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional reaccionó ayer cuestionando estas maniobras del juez García-Castellón, al que atribuyó dilaciones indebidas al no trasladar todavía su recurso, presentado el pasado 10 de noviembre, a la Sala de lo Penal del Supremo.

Querella contra García-Castellón. Podemos presentó la semana pasada una querella contra el juez Manuel García Castellón por prevaricación judicial y revelación de secretos en la causa que reabrió este magistrado en 2021 por supuesta financiación ilegal de la formación política que dirigió hasta hace dos años Pablo Iglesias. El magistrado García-Castellón intentó imputar a Iglesias en el caso Dina por un delito de revelación de secretos cuando era vicepresidente del Gobierno, pero el Supremo lo rechazó.

Mientras se resuelve ahora la querella contra el magistrado, la Audiencia Nacional ha remitido al juzgado de García-Castellón otra denuncia de Podemos para que se investigue la supuesta persecución policial sin amparo judicial que el Ministerio del Interior puso en marcha entre 2012 y 2016 con el Gobierno de Mariano Rajoy. Hay múltiples pruebas en los sumarios que instruye García-Castellón de esa persecución policial que, de momento, sigue impune.

La investigación del lawfare policial. Podemos ha recurrido esta decisión por entender que el juez García-Castellón tiene animadversión hacia esa formación política y, por tanto, no puede decidir sobre la denuncia que han presentado. García Castellón instruye desde hace años el caso Tándem, donde se acumulan cientos de pruebas de actuaciones ilegales de la policía contra adversarios políticos del PP o para proteger al Gobierno de Mariano Rajoy, destruyendo pruebas de la supuesta financiación ilegal de la formación conservadora. Solo este último caso ha tenido consecuencias judiciales: el magistrado ha procesado al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y al exsecretario de Estado, Francisco Martínez, junto a media docena de comisarios.

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<![CDATA[Siete casos de ‘lawfare’ policial sin castigo judicial]]>https://elpais.com/espana/2023-11-26/siete-casos-de-lawfare-policial-sin-castigo-judicial.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-26/siete-casos-de-lawfare-policial-sin-castigo-judicial.htmlSun, 26 Nov 2023 04:40:00 +0000El Ministerio del Interior dirigido por Jorge Fernández Díaz (PP) entre 2012 y 2017 ejecutó operaciones policiales contra dirigentes independentistas catalanes que estaban en pleno desafío rupturista con el Estado y contra responsables políticos de Podemos, la fuerza que irrumpió en 2014 en las elecciones europeas y amenazaba futuros gobiernos conservadores. Esas operaciones, según las investigaciones abiertas por los tribunales, no estuvieron ni controladas, ni ordenadas ni autorizadas por ningún juez; en muchos casos fabricaron pruebas falsas que difundieron a través de medios de comunicación afines al PP y que judicializaron sin lograr en la mayoría de los casos que prosperasen en los tribunales.

Lo que sigue resume siete de esas operaciones que sus víctimas consideran un claro ejemplo de lawfare (guerra legal) político y policial.

1. Un informe apócrifo para desacreditar al independentismo. Noviembre de 2012. El entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, había convocado elecciones en Cataluña y miembros de la policía pusieron en marcha una campaña de intoxicación informativa a través de supuestos informes cargados de graves acusaciones que filtraron al diario El Mundo. El comisario José Manuel Villarejo admitió que fue el autor de esa campaña que le ordenaron sus jefes políticos en el Ministerio del Interior. Las grabaciones de Villarejo probaron esta maniobra ilegal, que quedó sin castigo en los tribunales.

Mariano Rajoy, Artur Mas y Jorge Fernández Díaz, en el Salón del Automóvil de Barcelona en 2013.

2. Una extorsión a un banco andorrano para destapar los delitos de la familia Pujol. En la primavera de 2014, policías a las órdenes de Eugenio Pino (el número 3 de Interior) amenazaron a los dueños la Banca Privada d’Andorra (BPA) con intervenir la entidad si no les facilitaban información de las cuentas de los Pujol. Con ese método, no autorizado por ningún juez, la Policía logró un pantallazo de la cuenta de los Pujol con un saldo de 3,4 millones de euros que a continuación filtraron a El Mundo, antes incluso de trasladarlo al juez.

3. Una cuenta suiza (falsa) del exalcalde de Barcelona. La policía filtró a El Mundo, su instrumento habitual para difundir informaciones contra sus adversarios políticos, una supuesta cuenta millonaria que el exalcalde de Barcelona, Xavier Trías, ocultaba en Suiza. El banco de la supuesta cuenta negó los hechos. Trías presentó denuncias, pero el caso quedó impune.

Jordi Pujol y su esposa, Marta Ferrusola, en una imagen de archivo de 2020.

4. El informe PISA contra Podemos. El máximo jefe policial, Eugenio Pino, ordena en la primavera de 2015 denunciar la supuesta financiación ilegal de Podemos ante el Tribunal de Cuentas, aportando un informe sin autor conocido sobre Pablo Iglesias y Podemos que había publicado dos meses antes Ok Diario, el medio que sustituiría a El Mundo en la difusión de estos ataques. El informe fue elaborado, según Villarejo, por otros policías de su departamento. Este caso también quedó impune.

5. La trama venezolana contra Podemos. La primera semana de abril de 2016, El Confidencial y Ok Diario publican que Venezuela pagó siete millones a Pablo Iglesias, Juan Carlos Monedero y Jorge Verstrynge. La noticia se basaba en un supuesto documento firmado por Rafael Isea, exministro de finanzas de Hugo Chávez. Tres agentes de la Policía Nacional viajaron a Nueva York días después para reunirse con Isea y que avalara la autenticidad del documento. Los policías se comprometían a sacar de Venezuela a la familia de Isea y ofrecerle “una nueva vida” a cambio de su testimonio contra Podemos. El policía Fuentes Gago llegó a decirle: “Si nos ayuda a que no lleguen los de Podemos, me cagüen la mar, mejor para todos”. Los documentos eran falsos. Lo prometido a Isea no se cumplió y el exministro venezolano confesó a EL PAÍS: “Me manipularon con algo muy delicado, pusieron en riesgo a mi familia”. El caso sigue impune.

6. Las fotos de jueces a favor del derecho a decidir. La policía filtró a La Razón las fotografías de los DNI de jueces que habían firmado un manifiesto a favor del derecho a decidir en febrero de 2014. En las grabaciones del comisario Villarejo se oye al policía que supuestamente filtró las fotos hablar con el número tres de Interior para intentar destruir pruebas. Pedro Esteban (comisario de Cataluña): “Pero es importante si se pudieran borrar los registros”. Eugenio Pino (director adjunto de la Policía): “Están intentándolo”. La investigación judicial se archivó. El caso sigue impune.

Rafael Isea, en Washington el pasado 20 de mayo.

7. Una orden de pago falsa en las Islas Granadinas. La policía filtró a Ok Diario en mayo de 2016 una orden de pago de 272.325 dólares (229.000 euros) por parte del Gobierno venezolano a favor de Pablo Iglesias en una sucursal del Euro Pacific Bank en las islas Granadinas. El documento resultó falso, según acreditó el Euro Pacific Bank. Toda la operación se gestó en el Ministerio del Interior, como acreditan los WhatsApps intercambiados entre Eugenio Pino y el secretario de Estado de Interior, Francisco Martínez. Pino: “Están buscando el cheque”. Martínez: “Pues mejor, porque empiezan a decir los periodistas que es chungo”.

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Alvaro Garcia
<![CDATA[Conjura de togas contra la amnistía]]>https://elpais.com/espana/2023-11-26/conjura-de-togas-contra-la-amnistia.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-26/conjura-de-togas-contra-la-amnistia.htmlSun, 26 Nov 2023 04:40:00 +0000El Poder Judicial ha iniciado una batalla política contra los poderes ejecutivo y legislativo, como nunca lo hizo antes en la reciente etapa democrática. Togados de toda España, muchos de ellos altos cargos de sensibilidad conservadora favorecidos en su día por el PP, lanzan desde hace dos semanas invectivas contra el Gobierno a cuenta de la futura ley de amnistía que borrará los delitos a todos los encausados por el ilegal proceso independentista catalán.

Jueces progresistas contrarios a estas protestas, porque consideran que comprometen la imagen de neutralidad de la Justicia, recuerdan que la ley del Poder Judicial castiga como falta grave la “censura a las autoridades y poderes públicos, invocando la condición de juez o sirviéndose de esa condición”. Pese a estas limitaciones que impone la ley, las cúpulas judiciales conservadoras censuran estos días ―con pronunciamientos, firma de comunicados y protestas en la calle― a las autoridades y poderes públicos que han impulsado la ley de amnistía y acordado la investigación de casos de persecución judicial a políticos.

Un magistrado de sensibilidad conservadora resume así la pugna abierta entre los poderes del Estado: “De momento, vamos perdiendo… pero todavía hay partido”.

El Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña instruyen casos con decenas de independentistas encausados a los que deberán aplicar la amnistía. Esos tres órganos prevén impugnar la futura ley, según altos cargos judiciales. Sus salas de gobierno han aprobado ya un comunicado contra el acuerdo político del PSOE y Junts, aunque sin citarlo: “El Estado de derecho en el que se fundan la Unión Europea y nuestro orden constitucional exige el absoluto respeto a la división de poderes”.

La tesis que encierra esa frase sostiene que la futura ley no respeta la división de poderes, pues el artículo 117 de la Constitución atribuye únicamente al Poder Judicial la competencia para “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado”. Una amnistía, según esta teoría, deja en manos del legislativo la posibilidad de eliminar lo juzgado o por juzgar y, por tanto, no respeta la división de poderes. “Me sorprende este argumento”, replica un fiscal progresista, “porque la Constitución dice que los jueces ejercen la potestad jurisdiccional… con sujeción a la ley. Luego su límite está en la ley, en lo que diga el Parlamento”.

Algunos jueces, minoritarios en las salas de gobierno de la Audiencia Nacional o de los tribunales superiores de Cataluña o País Vasco, emitieron votos particulares contra los comunicados: “No tenemos competencia para emitir acuerdos sobre pactos entre formaciones políticas y estamos obligados a mantener la neutralidad en el debate partidista”.

Con argumentos parecidos, el presidente del Consejo General del Poder Judicial, el conservador Vicente Guilarte, se negó a apoyar un comunicado de nueve vocales elegidos a propuesta del PP contra la futura ley de amnistía del Gobierno: “Entiendo que la independencia judicial tiene una vertiente bidireccional: es deseable la falta de injerencia de otros poderes en lo que resulta ser actividad jurisdiccional y, paralelamente, lo es también el que desde el Consejo General del Poder Judicial evitemos la injerencia en la actividad política”, señaló.

25 años de hegemonía del PP. Los últimos 25 años de historia del Consejo General del Poder Judicial han estado bajo control casi exclusivo de la derecha (PP), imponiendo así la mayoría de nombramientos de cargos judiciales y de magistrados del Supremo. Esta hegemonía conservadora en la cúpula del Poder Judicial facilita ahora la conjura de jueces para combatir una ley de amnistía que ni siquiera ha comenzado a tramitarse en el Congreso y contra un acuerdo entre dos partidos (PSOE y Junts) que quieren investigar la actuación de jueces para probar que hubo una persecución ilegal e injusta (lawfare lo llaman) a independentistas catalanes.

Investigar a policías y al CNI, no a jueces. La primera prueba de que ese juicio político a los jueces no se va a producir ha sido la creación de tres comisiones de investigación en el Congreso. En ninguna de ellas se va a juzgar el trabajo de los jueces, sino el de comisarios de policía del Ministerio del Interior bajo las órdenes del PP; y el de responsables del CNI durante el primer mandato del Gobierno de coalición PSOE/Unidas Podemos por el presunto espionaje a independentistas con el sistema Pegasus.

En esas tres investigaciones parlamentarias, uno de los motivos de la protesta de togados, no se juzgará el trabajo de jueces, sino las maniobras de la policía contra independentistas catalanes; el funcionamiento de la policía y el CNI ante los atentados de Las Ramblas y de Cambrils de 2017; y el espionaje del servicio de inteligencia a independentistas catalanes.

Pleno del CGPJ para pronunciarse contra la amnistía, el pasado día 6.

“Volar por los aires el Estado de derecho”. Las salas de gobierno de los tribunales superiores de justicia de las comunidades están dominadas por la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, a la que están afiliados 1.355 de los 5.408 miembros de la judicatura. Esta asociación, mayoritaria en la carrera, emitió un comunicado dos semanas antes de que se conociera el texto de la proposición de ley de amnistía donde censuraba los planes del Ejecutivo: “Se pretende ahora dar un paso más y situarnos en el principio del fin de nuestra democracia. Romper las reglas de la Constitución de 1978 y volar por los aires el Estado de derecho”. Un fiscal progresista considera muy grave ese comunicado: “Aunque parezca irreal, piensan así. Creen que el Poder Judicial es suyo porque lo heredaron de sus abuelos y de sus padres. No están en Ferraz manifestándose porque les viene mal ir por la noche”. Y cuestiona el comportamiento de las salas de Gobierno al aprobar comunicados que indirectamente suponen un ataque a determinados partidos: “Se están metiendo en política. No estamos en el ejercicio de una acción jurisdiccional, sino en un pronunciamiento político sobre el contenido de un acuerdo político. Los cauces del Poder Judicial para cuestionar una norma jurídica son otros, no los pronunciamientos públicos”.

Cascada de recursos para frenar la aplicación de la ley. El cauce para impedir la aplicación de la ley de amnistía es doble. Por un lado, los jueces del Supremo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estudian ya la presentación de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea al entender que la norma española es contraria al Derecho de la Unión Europea. Además, planean una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Los magistrados consultados por este periódico entienden que las dos vías suspenden de hecho la aplicación de la amnistía a los condenados, procesados o imputados hasta que se pronuncie el tribunal europeo y el español. Sin embargo, el artículo 10 de la proposición de ley registrada en el Congreso de los Diputados establece que “las decisiones [sobre la aplicación de la amnistía] se adoptarán en el plazo máximo de dos meses, sin perjuicio de ulteriores recursos, que no tendrán efectos suspensivos”.

Un jurista de sensibilidad progresista entiende que al tratarse de una ley orgánica “singular” puede invalidar para estos casos otra norma de similar rango que regula el funcionamiento del Tribunal Constitucional y que señala (artículo 35.3) que el “planteamiento de una cuestión de constitucionalidad originará la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que se resuelva definitivamente sobre la cuestión”.

Sin embargo, otro magistrado del Supremo cree que esa interpretación es errónea y que la impugnación que plantearán sus compañeros podría añadir otro motivo más de inconstitucionalidad por la eliminación del carácter suspensivo de los recursos. “Es insólito lo que estamos viviendo. Esto no se lo puede tragar ningún jurista porque es un dislate que una ley incluya una previsión para neutralizar un recurso”, señala.

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Román Ríos
<![CDATA[Los letrados del Congreso recomendaron en 2018 una ley de amnistía para perdonar a unos guardias civiles]]>https://elpais.com/espana/2023-11-20/los-letrados-del-congreso-recomendaron-en-2018-una-ley-de-amnistia-para-perdonar-a-unos-guardias-civiles.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-20/los-letrados-del-congreso-recomendaron-en-2018-una-ley-de-amnistia-para-perdonar-a-unos-guardias-civiles.htmlMon, 20 Nov 2023 04:40:00 +0000Un informe jurídico de la secretaría general del Congreso de los Diputados concluyó en marzo de 2018 que sería constitucional una proposición de ley de amnistía para perdonar a un número indeterminado de guardias civiles sancionados o condenados por reivindicar su derecho de asociación profesional. Es un antecedente relevante ante la reunión de la Mesa del Congreso que tendrá que estudiar, calificar y admitir a trámite este martes la proposición de ley de amnistía registrada la semana pasada en solitario por el Grupo Socialista para los encausados por el proceso independentista catalán.

Los miembros de ese órgano (tres diputados del PSOE, dos de Sumar y cuatro del PP) que tomarán esa decisión política para que la norma inicie su largo camino parlamentario tienen acceso a ese precedente jurídico a favor de 2018, pero también al informe elaborado por la misma secretaría general, en marzo de 2021, donde rechazaba una proposición similar de ERC, Junts, la CUP y el PDeCAT, para la amnistía de los mismos encausados.

El grupo de Unidas Podemos presentó en febrero de 2018, durante el mandato del Gobierno de Mariano Rajoy y la presidencia del Congreso en manos de Ana Pastor, ambos del PP, una proposición de ley para “la rehabilitación de penas y sanciones disciplinarias que sufrieron guardias civiles por el hecho de reivindicar el derecho fundamental de asociación profesional”. La Mesa del Congreso, compuesta entonces por tres diputados del PP, dos de Ciudadanos, dos del PSOE y dos de Podemos, es decir, una mayoría conservadora de cinco a cuatro, analizó el informe elaborado al efecto sobre la legalidad de ese proyecto de la secretaría general de la Cámara donde se establecía que la proposición suponía un indulto general, que estaba prohibido expresamente por la Constitución y además no se podía aprobar a través de una ley, sino que era competencia del Gobierno. A continuación, el informe de los letrados señalaba la posible solución para el éxito de la iniciativa: “La Mesa del Congreso podría tanto inadmitir a trámite la proposición de ley si entiende que la misma entra en contradicción palmaria y evidente con la Constitución, como solicitar su reformulación, en la medida en que podrían existir otras figuras dentro de la Constitución, como por ejemplo la amnistía, que respetarían el espíritu perseguido por la proposición de ley”.

El artículo 1 de aquella proposición señalaba: “Quedan rehabilitados de las penas accesorias de separación del servicio o pérdida de empleo, o de las sanciones de la separación del servicio y sus efectos, los Guardias Civiles a quienes, en aplicación del Código Penal militar o del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, fueron condenados o sancionados por su actividad para el reconocimiento del derecho de asociación profesional en la Guardia Civil”.

La iniciativa no se pudo tramitar. Pero si el grupo de Unidas Podemos hubiera presentado una proposición de ley de amnistía para los guardias civiles sancionados o condenados por reivindicar su derecho a la libre asociación, esta iniciativa habría sido plenamente constitucional, según la secretaría general del Congreso.

El letrado mayor era en 2018 Carlos Gutiérrez Vicén, nombrado en 2014 cuando el PP disponía de mayoría absoluta en los órganos de Gobierno de la Cámara, y que acaba de dejar por su propia voluntad ese cargo tras casi 10 años en el puesto. Bajo el mandato de Carlos Gutiérrez Vicén, sin embargo, también se rechazó en marzo de 2021 la tramitación de una proposición de ley de amnistía presentada por los grupos catalanes donde se defendía el derecho de autodeterminación y el perdón para todos los encausados por el procés independentista. En ese informe de 2021 se argumentaba que si la Constitución prohibía los indultos generales en su artículo 62.1, con más motivo rechazaría la amnistía; y se señalaba además que no tenía encaje legal porque el Código Penal aprobado en 1995 había eliminado la amnistía como causa de extinción de la responsabilidad penal.

El PSOE se alió entonces con el PP y Vox en la Mesa, frente a los tres votos de Unidas Podemos, y se apoyó en ese informe jurídico para evitar siquiera la mera tramitación de la iniciativa para su inicial discusión, a la que se opuso hasta julio de 2023, cuando las elecciones dejaron en manos de siete diputados de Junts la investidura de Pedro Sánchez.

En la proposición de ley que mañana verá la Mesa del Congreso, firmada por el PSOE y que respaldarán seis grupos de la mayoría de la investidura de Sánchez, se ha introducido una disposición adicional que reforma el Código Penal para introducir de nuevo la amnistía dentro de las causas de extinción de la responsabilidad penal, eliminando así uno de los argumentos de la secretaría general del Congreso para informar contra la amnistía a los encausados del procés.

El informe jurídico de la secretaría general del Congreso en 2018 analiza con detalle el criterio del Tribunal Constitucional sobre la admisión a trámite de iniciativas legislativas que presenten dudas sobre su constitucionalidad. Ese informe se detiene en dos leyes que el PP intentó frenar presentando sendos recursos contra su tramitación. Por un lado, el nuevo Estatuto de Euskadi, que consideraba a esta comunidad un “Estado libre asociado” a España, conocido como Plan Ibarretxe y que, tras ser aprobado por el Parlamento vasco, el Congreso de los Diputados rechazó en febrero de 2005 con los votos de PP y PSOE. Y de otro lado, el Estatuto de Cataluña, que pese a ser tramitado y aprobado con retoques en el Congreso, fue rectificado por el Constitucional tras anular 14 de sus 243 artículos.

La doctrina del Constitucional

El Tribunal Constitucional estableció, sobre las tramitaciones de los estatutos de Euskadi y Cataluña y con diversos argumentos, que no se podía impedir el arranque parlamentario de esas iniciativas porque la Mesa del Parlamento no podía hacer un análisis previo de su constitucionalidad, sino que tenía que limitarse a considerar si la propuesta cumplía con los requisitos formales y legales para dar vía libre a su tramitación.

Desde 1995, según ese informe, el Tribunal Constitucional entiende “que las funciones de calificación y admisión por la Mesa de las iniciativas legislativas se circunscriben exclusivamente, por la naturaleza de estas, a la mera comprobación del cumplimiento de exigencias formales”. El análisis de la secretaria general del Congreso añade: “Al amparo de esta jurisprudencia parece difícil inadmitir una iniciativa legislativa a causa de su inconstitucionalidad material”. La Mesa actual, de hecho, aceptó por unanimidad hace una semana permitir en el futuro un debate sobre un proyecto de Vox para discriminar a los inmigrantes originarios de países de cultura musulmana, una iniciativa que varias asociaciones pro derechos humanos consideran abiertamente xenófoba y contraria a los pactos internacionales.

El Tribunal Constitucional rechazó un recurso del Gobierno de José María Aznar contra la tramitación del nuevo Estatuto de Euskadi por el Parlamento de Vitoria con el siguiente argumento: “La eventual inconstitucionalidad de los actos parlamentarios solo es relevante cuando concluyen con una resolución, disposición o acto que se integra en el ordenamiento (y deberá verificarse con motivo del juicio de constitucionalidad que eventualmente se inste respecto de esa disposición, resolución o acto), o cuando, sin finalizar el procedimiento en el que se insertan, producen una lesión inmediata de derechos fundamentales de los sujetos legitimados para participar en el procedimiento”. El PP presentó otro recurso similar contra la tramitación en el Congreso de los Diputados del Estatuto de Cataluña aprobado por el Parlamento catalán. El Tribunal Constitucional rechazó el recurso con argumentos parecidos: “De acuerdo con nuestra doctrina excede, empero, del ámbito de la facultad de las Mesas de las Asambleas Legislativas de calificar y admitir a trámite las iniciativas el control, siquiera preliminar, de su constitucionalidad”.

El informe jurídico del Congreso de 2018, que volverá a estar ahora sobre la Mesa este martes, señala además que numerosas resoluciones posteriores del Tribunal Constitucional “han vuelto a reiterar las limitaciones que las Mesas de las Cámaras tienen en el trámite de calificación para valorar la legalidad material o la conformidad con la Constitución o con el ordenamiento jurídico de las iniciativas legislativas”. Al amparo de esta jurisprudencia, el criterio de la secretaría general del Congreso de los Diputados era claro: “Parece difícil inadmitir una iniciativa legislativa a causa de su inconstitucionalidad material”. Aunque parecía difícil, el Congreso inadmitió solo tres años después la proposición de ley de amnistía de los grupos catalanes. Ahora, la Mesa del Congreso, con una mayoría absoluta progresista, parece dispuesta a admitir la nueva iniciativa del grupo socialista para beneficiar a los encausados del procés, aunque aún le faltan meses para su aprobación definitiva.

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J.P.GANDUL
<![CDATA[Análisis de la futura ley de amnistía, una norma de borrón y cuenta nueva]]>https://elpais.com/espana/2023-11-14/analisis-de-la-futura-ley-de-amnistia-una-norma-de-borron-y-cuenta-nueva.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-14/analisis-de-la-futura-ley-de-amnistia-una-norma-de-borron-y-cuenta-nueva.htmlTue, 14 Nov 2023 04:40:00 +0000La “proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social en Cataluña” que registró el lunes el PSOE, y que cuenta con el respaldo de los grupos parlamentarios que votarán el jueves la investidura de Pedro Sánchez, admite en su exposición de motivos la excepcionalidad que supone amnistiar a cientos de personas que cometieron delitos vinculados al proceso soberanista por los que han sido condenados, procesados o imputados.

A diferencia del texto legal que presentaron los partidos independentistas en el Congreso hace dos años, la futura ley de amnistía no señala las causas judiciales concretas que se podrán acoger a la medida de gracia, sino los delitos que se beneficiarán de la iniciativa legislativa.

La norma, que ensalza la Constitución de 1978 como “un texto homologable” al de los países del entorno español, “que garantiza los derechos fundamentales individualmente considerados y preserva los derechos ideológicos y políticos de todos”, deberá aplicarse en un plazo máximo de dos meses tras aprobarse en las Cortes. Al tratarse de una ley orgánica, necesita el respaldo de la mayoría absoluta de la Cámara (176 diputados). Lo que sigue analiza el contenido principal de la proposición de ley más controvertida y contestada de la reciente etapa democrática en España.

El perímetro de la ley

El preámbulo del texto que se ha registrado en el Congreso de los Diputados señala: “La presente ley orgánica amnistía los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable, vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017 (declarados ambos inconstitucionales en las sentencias del Tribunal Constitucional 31/2015, de 25 de febrero, y 114/2017, de 17 de octubre), que se hubiesen realizado entre el 1 de enero de 2012, año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista, y el 13 de noviembre de 2023. La amnistía abarca no solo la organización y celebración de la consulta y el referéndum, sino también otros posibles ilícitos que guardan una profunda conexión con los mismos, como pueden ser, a modo de ejemplo, los actos preparatorios, las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables, incluyendo también la asistencia, colaboración, asesoramiento o representación de cualquier tipo, protección y seguridad a los responsables, así como todos los actos objeto de la presente Ley que acreditan una tensión política, social e institucional que esta norma aspira a resolver de acuerdo con las facultades que la Constitución confiere a las Cortes Generales”.

Un relato de los hechos que olvida la sentencia del Supremo

“Los hechos enmarcados en el denominado proceso independentista, impulsado por las fuerzas políticas al frente de las instituciones de la Generalitat de Catalunya (President, Parlament y Govern) y apoyados por parte de la sociedad civil, así como los representantes políticos al frente de un buen número de los ayuntamientos de Catalunya, tuvieron como precedente el intenso debate sobre el futuro político de Catalunya abierto a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, de 28 de junio. Además, desembocaron en una serie de movilizaciones intensas y sostenidas en el tiempo, así como en mayorías parlamentarias independentistas. Estos hechos comportaron una tensión institucional que dio lugar a la intervención de la Justicia y una tensión social y política que provocó la desafección de una parte sustancial de la sociedad catalana hacia las instituciones estatales, que todavía no ha desaparecido y que es reavivada de forma recurrente cuando se manifiestan las múltiples consecuencias legales que siguen teniendo, especialmente en el ámbito penal”.

La “legítima” aplicación del artículo 155 de la Constitución, que no se cita por su nombre

“En este tiempo, las Cortes Generales han tenido un papel preponderante a la hora de configurar la respuesta de la soberanía popular a ese proceso independentista. Un papel que esta ley orgánica reafirma al reconocer su competencia y legitimidad para hacer una evaluación de la situación política y promover una serie de soluciones que deben ofrecerse en cada contexto, de acuerdo con el interés general”.

Una solución “excepcional” por “la convivencia y el interés general

El preámbulo de la proposición de ley recoge en distintos momentos la justificación de una norma que se considera “excepcional”. “Con esta ley orgánica de amnistía, las Cortes Generales acuden de nuevo a un mecanismo constitucional que refuerza el Estado de derecho para dar una respuesta adecuada más de 10 años después del comienzo del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca establecer las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro (…) Con la aprobación de esta ley orgánica, por tanto, lo que el legislador pretende es excepcionar la aplicación de normas vigentes a unos hechos acontecidos en el contexto del proceso independentista catalán en aras del interés general, consistente en garantizar la convivencia dentro del Estado de derecho, y generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el progreso cultural y social tanto de Cataluña como del conjunto de España, sirviendo al mismo tiempo de base para la superación de un conflicto político”.

Peligro de agravamiento del problema con los juicios a los encausados

“La aprobación de esta ley orgánica se entiende, por tanto, como un paso necesario para superar las tensiones referidas y eliminar algunas de las circunstancias que provocan la desafección que mantiene alejada de las instituciones estatales a una parte de la población. Unas consecuencias, además, que podrían agravarse en los próximos años a medida que se sustancien procedimientos judiciales que afectan no solo a los líderes de aquel proceso (que son los menos), sino también a los múltiples casos de ciudadanos e incluso a empleados públicos que ejercen funciones esenciales en la administración autonómica y local y cuyo procesamiento y eventual condena e inhabilitación produciría un trastorno grave en el funcionamiento de los servicios en la vida diaria de sus vecinos y, en definitiva, en la convivencia social”.

Todos los caminos son legítimos, salvo la unilateralidad

“Debe tenerse presente que en nuestro ordenamiento constitucional no tiene cabida un modelo de democracia militante, esto es, un modelo en el que se imponga no ya el respeto, sino la adhesión positiva al ordenamiento. Las metas a perseguir dentro del marco constitucional son plurales. No obstante, todos los caminos deben transitar dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional”.

Defensa de la Constitución que tanto censura el independentismo

“Desde el año 1978, España cuenta con un texto constitucional homologable al de los países de nuestro entorno, que garantiza los derechos fundamentales individualmente considerados y preserva los derechos ideológicos y políticos de todos, y que establece para los poderes públicos la obligación de interpretar las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales ratificados, tal y como reconoce la propia Constitución. De acuerdo con este marco, una ley de amnistía solo puede fundamentarse en la solidez del sistema democrático, que demuestra así su capacidad de conciliación a través de un acto soberano de las Cortes Generales, cuya legitimidad encuentra fundamento en dos pilares de distinta naturaleza: por un lado, la constitucionalidad de la medida y, por otro, la necesidad de abordar una situación excepcional en pro del interés general, apostando por un futuro de entendimiento, diálogo y negociación entre las distintas sensibilidades políticas, ideológicas y nacionales. Una sociedad que pretende avanzar desde un punto de vista democrático debe tener la capacidad de favorecer y ubicar entre sus prioridades la convivencia, el diálogo, el respeto y el eventual entendimiento entre las diferentes posiciones y reivindicaciones políticas democráticas (...) Y es que, en coherencia con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y con la Carta Europea de Derechos Fundamentales, es necesario recordar que la Constitución española de 1978 consagra el pluralismo político como uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico (artículo 1), configura los partidos políticos como cauce de expresión de la voluntad popular y como instrumento fundamental para la participación política (artículo 6), el principio de legalidad, la seguridad jurídica y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (artículo 9) y garantiza el derecho fundamental a la libertad ideológica (artículo 16), así como los derechos a la libertad de expresión y de información (artículo 20), el derecho de reunión y manifestación pacífica y sin armas (artículo 21) y el derecho de asociación (artículo 22)”.

Reforma del Código penal para recuperar la amnistía como causa de extinción de responsabilidad

“Disposición adicional primera. Se modifica el apartado 1 del artículo 130 del Código Penal, que queda redactado con el siguiente tenor:

«1. La responsabilidad criminal se extingue:

1.º Por la muerte del reo.

2.º Por el cumplimiento de la condena.

3.º Por la remisión definitiva de la pena, conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 87.

4.º Por la amnistía o el indulto.

5.º Por el perdón de la persona ofendida, cuando se trate de delitos leves perseguibles a instancias de la persona agraviada o la ley así lo prevea. El perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto la autoridad judicial sentenciadora deberá oír a la persona ofendida por el delito antes de dictarla.

En los delitos cometidos contra personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que afecten a bienes jurídicos eminentemente personales, el perdón de la persona ofendida no extingue la responsabilidad criminal.

6.º Por la prescripción del delito.

7.º Por la prescripción de la pena o de la medida de seguridad.»

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Fernando Hernández Puente
<![CDATA[Análisis del documento del pacto PSOE-Junts: un relato con olvidos, divergencias y falta de claridad sobre el ‘lawfare’ en la amnistía]]>https://elpais.com/espana/2023-11-10/analisis-del-documento-del-pacto-psoe-junts-un-relato-lleno-de-olvidos-un-verificador-y-falta-de-claridad-sobre-el-lawfare-en-la-amnistia.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-10/analisis-del-documento-del-pacto-psoe-junts-un-relato-lleno-de-olvidos-un-verificador-y-falta-de-claridad-sobre-el-lawfare-en-la-amnistia.htmlFri, 10 Nov 2023 04:40:00 +0000PSOE y Junts formalizaron el jueves un acuerdo que facilita la próxima investidura de Pedro Sánchez. El pacto incluye la aprobación de una ley de amnistía para todos los encausados por el procés y una mesa de negociación en la que participen ambos partidos con un verificador internacional y que aborde dos cuestiones: el encaje de Cataluña en España y la financiación de la comunidad autónoma. Este es el texto completo oficial del acuerdo formal que rubricaron ambas formaciones y un análisis de los puntos clave del mismo.

El acuerdo

El Partido Socialista Obrero Español y Junts per Catalunya constatan que la situación política actual permite alcanzar un acuerdo para abrir una nueva etapa y contribuir a resolver el conflicto histórico sobre el futuro político de Catalunya, incluso partiendo de posiciones divergentes, desarrollar una dinámica para su resolución en términos diferentes a los de la última legislatura y procurar la gobernabilidad durante la XV legislatura atendiendo a la composición de las Cortes Generales resultante de las elecciones celebradas el 23 de julio de 2023.

1. Antecedentes

Una parte importante de la sociedad catalana ha protagonizado en los últimos años una gran movilización en favor de la independencia. Este período no puede comprenderse sin la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010, a raíz fundamentalmente de un recurso del PP contra el Estatut aprobado por el Parlament, por las Cortes Generales y en referéndum.

Con la aprobación de un nuevo Estatut, la sociedad catalana, que lo refrendó, buscaba tanto el reconocimiento de Catalunya como nación como la solución a las limitaciones del autogobierno y a los déficits acumulados. Reivindicaciones y demandas con un profundo recorrido histórico y que han adoptado diferentes formas desde que los Decretos de Nueva Planta abolieron las constituciones e instituciones seculares de Catalunya. Unas reivindicaciones donde las cuestiones lingüísticas, culturales e institucionales han tenido un papel destacado, especialmente en periodos en los que estas fueron objeto de una limitación legal severa e incluso de una prohibición o persecución activa. La complejidad histórica y política de estas cuestiones ha conllevado que una parte relevante de la sociedad catalana no se haya sentido identificada con el sistema político vigente en España.

La sentencia del TC del año 2010 conllevó que hoy Catalunya sea la única comunidad autónoma con un estatuto que no ha sido votado íntegramente por su ciudadanía. Como reacción, se produjo una gran manifestación de protesta y, desde 2015, se han ido repitiendo mayorías absolutas parlamentarias independentistas en el Parlament en las sucesivas elecciones autonómicas, así como movilizaciones masivas de signo independentista. En ese período, se aprobaron diferentes propuestas por parte del Parlament y del Govern de Catalunya en materia fiscal, así como la solicitud de delegación de la competencia para la autorización de referendos o la organización de una consulta al amparo de una ley autonómica. Lamentablemente, los gobiernos de entonces no favorecieron la negociación política y ninguna de estas propuestas, hechas desde la lealtad y el marco legal vigente, fue considerada.


Tras estos hechos, las instituciones catalanas promovieron, primero, una consulta popular el 9 de noviembre de 2014 y, después, un referéndum de independencia el 1 de octubre de 2017 —ambos suspendidos y posteriormente anulados por el TC— con una participación masiva en favor de la independencia de Catalunya. El intento del Gobierno de impedir el referéndum dio lugar a unas imágenes que nos impactaron a todos dentro y fuera de nuestras fronteras.

Todo ello llevó a la aprobación del artículo 155 de la CE, mediante la cual se decretó la disolución del Parlament, la destitución del Gobierno catalán y la convocatoria anticipada de elecciones, que volvieron a dar mayoría absoluta a los partidos independentistas. Y a raíz de lo acontecido se iniciaron múltiples causas judiciales, muchas de ellas aún sin resolver, que afectan a un gran número de personas.

Dichas causas judiciales han tenido una incidencia política relevante, al igual que diversas resoluciones de organismos internacionales, como el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

2. Oportunidad histórica

Este relato sintético de hechos acredita objetivamente las profundas divergencias que han existido y que han dado lugar a un conflicto que solo la política en democracia puede encauzar para buscar una solución, dado que, seis años después, la cuestión de fondo sigue sin resolverse. Y, a pesar de las discrepancias estructurales que existen dada la distancia entre nuestros proyectos nacionales, estamos preparados para abrir una nueva etapa en la que, a partir del respeto y el reconocimiento del otro, se busque una solución política y negociada al conflicto.

PSOE y Junts asumen que a partir del resultado de las elecciones generales del 23 de julio existe una oportunidad que deben y tienen la voluntad de aprovechar de forma responsable. La resolución debe ser negociada y acordada y por lo tanto corresponde intentarlo a los actores a los que las urnas les han dado esta posibilidad.

Por ello, PSOE y Junts apuestan por la negociación y los acuerdos como método de resolución de conflictos y acuerdan buscar un conjunto de pactos que contribuyan a resolver el conflicto histórico sobre el futuro político de Catalunya.

Estos acuerdos deben responder a las demandas mayoritarias del Parlament de Catalunya que, de acuerdo al Estatut (que tiene carácter de ley orgánica), representa legítimamente al pueblo de Catalunya.

Acuerdos

El PSOE y Junts reconocen sus profundas discrepancias y son conscientes de la complejidad y de los obstáculos del proceso que se disponen a emprender. Por un lado, Junts considera legítimo el resultado y el mandato del referéndum del 1 de octubre, así como la declaración de independencia del 27 de octubre de 2017. Por el otro, el PSOE niega toda legalidad y validez al referéndum y a la declaración, y mantiene su rechazo a cualquier acción unilateral. Al mismo tiempo, constatan que se pueden alcanzar acuerdos importantes sin renunciar a las respectivas posiciones.

Para la consecución de estos acuerdos, y dadas las profundas discrepancias sobre la forma final de la resolución del conflicto, además de las desconfianzas mutuas reconocidas por ambos, el PSOE y Junts han acordado dotarse de un mecanismo entre ambas organizaciones, internacional, que tenga las funciones de acompañar, verificar y realizar seguimiento de todo el proceso de negociación y de los acuerdos entre ambas formaciones a los que se llegue.

Es en ese marco en el que ambas partes tendrán que acordar, en su caso:

• La metodología de la negociación para dotar al proceso de certidumbre, en la que el mecanismo de acompañamiento, verificación y seguimiento del que se han dotado, desarrollará la negociación entre las partes. En ese espacio se negociará, se acordará y se abordarán los disensos, así como las disfunciones que surjan en el desarrollo de los acuerdos.

• Los contenidos de los acuerdos a negociar a partir de las aspiraciones de la sociedad catalana y de las demandas de sus instituciones, que en términos generales se agrupan en dos grandes ámbitos permanentes: las de la superación de los déficits y limitaciones del autogobierno y las relativas al reconocimiento nacional de Catalunya. En ese sentido y en la primera reunión de negociación a celebrar este mes de noviembre, se planteará, entre otras cuestiones y de forma no exhaustiva:

o En cuanto al ámbito del reconocimiento nacional, Junts propondrá la celebración de un referéndum de autodeterminación sobre el futuro político de Catalunya amparado en el artículo 92 de la Constitución. Por su parte, el PSOE defenderá el amplio desarrollo, a través de los mecanismos jurídicos oportunos, del Estatut de 2006, así como el pleno despliegue y el respeto a las instituciones del autogobierno y a la singularidad institucional, cultural y lingüística de Catalunya.

o Y en el ámbito de los déficits y limitaciones del autogobierno, Junts propondrá de entrada una modificación de la LOFCA [Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas] que establezca una cláusula de excepción de Catalunya que reconozca la singularidad en la que se organiza el sistema institucional de la Generalitat y que facilite la cesión del 100% de todos los tributos que se pagan en Catalunya. Y, por su parte, el PSOE apostará por medidas que permitan la autonomía financiera y el acceso al mercado de Catalunya, así como un diálogo singular sobre el impacto del actual modelo de financiación sobre Catalunya. En este ámbito, también se abordarán los elementos esenciales de un plan para facilitar y promover el regreso a Catalunya de la sede social de las empresas que cambiaron su ubicación a otros territorios en los últimos años.

• La Ley de Amnistía, para procurar la plena normalidad política, institucional y social como requisito imprescindible para abordar los retos del futuro inmediato. Esta ley debe incluir tanto a los responsables como a los ciudadanos que, antes y después de la consulta de 2014 y del referéndum de 2017, han sido objeto de decisiones o procesos judiciales vinculados a estos eventos. En este sentido, las conclusiones de las comisiones de investigación que se constituirán en la próxima legislatura se tendrán en cuenta en la aplicación de la ley de amnistía en la medida que pudieran derivarse situaciones comprendidas en el concepto lawfare o judicialización de la política, con las consecuencias que, en su caso, puedan dar lugar a acciones de responsabilidad o modificaciones legislativas.

• La ampliación de la participación directa de Catalunya en las instituciones europeas y demás organismos y entidades internacionales, particularmente en los asuntos que tienen especial incidencia en su territorio.

• La investidura de Pedro Sánchez, con el voto a favor de todos los diputados de Junts.

• La estabilidad de la legislatura, sujeta a los avances y cumplimiento de los acuerdos que resulten de las negociaciones en los dos ámbitos permanentes señalados en el punto segundo.


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<![CDATA[Una maniobra judicial que amenaza con dejar a Puigdemont fuera de la ley de amnistía]]>https://elpais.com/espana/2023-11-07/una-maniobra-judicial-que-amenaza-con-dejar-a-puigdemont-fuera-de-la-ley-de-amnistia.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-11-07/una-maniobra-judicial-que-amenaza-con-dejar-a-puigdemont-fuera-de-la-ley-de-amnistia.htmlTue, 07 Nov 2023 06:45:33 +0000La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria en la judicatura, con 1.355 jueces asociados de los 5.408 miembros de la carrera, ha dedicado graves descalificaciones a la futura ley de amnistía que el PSOE negocia con Junts a cambio de sus votos para la investidura de Pedro Sánchez.

La asociación que refleja el sentir de los jueces conservadores en España aseguró, sin conocer el contenido de la futura norma, que la ley de amnistía sería “el principio del fin” de la democracia, al “romper las reglas de la Constitución de 1978 y volar por los aires el Estado de derecho”.

Uno de los jueces asociado a la APM es Manuel García-Castellón, titular del juzgado número 6 de la Audiencia Nacional, encargado de instruir algunas de las causas penales que se verán afectadas por la futura ley de amnistía, entre ellas la que afecta al Tsunami Democràtic.

Esta plataforma impulsada por dirigentes independentistas en Cataluña convocó protestas, que resultaron violentas, en autopistas y aeropuertos contra la sentencia del Supremo de octubre de 2019 en la causa del procés. Los siete magistrados del tribunal condenaron a penas de cárcel a la mayoría de la cúpula del Gobierno catalán, excepto al expresidente Carles Puigdemont, huido a Bruselas.

El 30 de octubre de 2019 se abrió una causa judicial para investigar aquellas protestas convocadas por Tsunami Democràtic y a sus organizadores.

El juez instructor, Manuel García-Castellón, tras recibir el pasado viernes un informe policial sobre hechos ocurridos cuatro años antes —ampliatorio de otro informe recibido en abril pasado que decía cosas parecidas—, decidió firmar el lunes siguiente un auto donde imputa al expresidente Carles Puigdemont por un supuesto delito de terrorismo con una posible muerte (un ciudadano francés murió tras sufrir un ataque al corazón en la terminal 2 del aeropuerto, de la que fue evacuado en helicóptero, durante las horas de la protesta de Tsunami Democràtic).

El juez tomó la decisión de imputar a una decena de independentistas y de calificar los hechos como terrorismo, sin esperar a recibir el informe que había pedido a la Fiscalía el pasado viernes para conocer su criterio sobre los pasos a seguir en la investigación.

García Castellón, según admite en su propio auto, no tiene pruebas sólidas de la existencia de terrorismo ni de la vinculación de la muerte del ciudadano francés con los hechos investigados. “En el marco de esta acción se produjo el fallecimiento de una persona, tal y como recogieron los medios de comunicación en aquel momento”, señala el juez para pedir a continuación a la unidad investigadora que la diga “si esta muerte resulta objetivamente imputable a los responsables de la organización”. Elude García Castellón escribir en su auto, por desconocimiento o por olvido, que los mismos medios de comunicación que informaron sobre la muerte de un ciudadano francés tras los altercados del aeropuerto señalaron días después que el Sistema de Emergencias Médicas de Cataluña desvinculó el fallecimiento de las protestas; y AENA aseguró, por su parte, que el suceso ocurrió en la terminal 2, que tenía los accesos viarios abiertos.

Tampoco parece tener claro el instructor qué papel desempeñó Puigdemont en la supuesta trama terrorista: “Podría haber participado en la organización, extremos que deberán esclarecerse en la investigación”. Ni siquiera otros aspectos sobre los hechos ocurridos hace cuatro años que configuran ahora la principal imputación por un supuesto delito terrorista: “La instrucción deberá esclarecer la relación existente entre el llamamiento a la huelga por Tsunami Democràtic y los disturbios ocasionados esa misma jornada y, en su caso, determinar si los resultados lesivos en las personas y los bienes resultan objetivamente imputables a los investigados”.

La imputación por terrorismo firmada por García-Castellón y la investigación de la muerte del ciudadano francés que ha encargado ahora cuatro años después de iniciada la causa penal coinciden con la negociación que el PSOE y Junts mantienen abierta en Bruselas sobre la futura ley de amnistía para garantizar la investidura de Pedro Sánchez, el autor intelectual del “principio del fin de la democracia”, según la Asociación Profesional de la Magistratura.

La futura proposición de ley de amnistía, según fuentes próximas a los negociadores, incluiría dentro de los delitos amnistiables vinculados al proceso soberanista los hechos investigados por García-Castellón sobre el Tsunami Democràtic. Pero señalaría una excepción a esa amnistía: cuando se trate de terrorismo con resultado de muerte o graves heridas. Justo la excepcionalidad que figura en la causa que ahora acaba de reactivar el magistrado García Castellón, sin escuchar a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, quien ha anunciado la presentación de un recurso de apelación contra las imputaciones y donde rechazará la calificación de terrorismo para los hechos investigados.

El mismo día que el juez García-Castellón impulsaba una nueva causa por terrorismo contra el expresidente Puigdemont, nueve vocales (elegidos por el PP) de los 17 que integran el Consejo General del Poder Judicial votaban a favor de una declaración cuyo borrador inicial denunciaba “la abolición del Estado de derecho en España”. Era su manera de protestar, tras llevar cinco años con el mandato caducado, contra la posible amnistía de los dirigentes independentistas catalanes condenados, procesados o imputados por el procés. Esos vocales, muchos de ellos jueces, saben que entre las funciones del CGPJ, según la ley que lo regula, no está la de informar sobre proposiciones de ley como la que están negociando PSOE y Junts. Por eso forzaron la convocatoria de un pleno para hacer algo similar a lo que les prohíbe la ley y de paso denunciar la “abolición del Estado de derecho en España”.

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Toni Albir
<![CDATA[Podemos se querella contra la cúpula de Interior del PP de Rajoy por el acoso policial al partido de Iglesias que todavía sigue impune]]>https://elpais.com/espana/2023-10-30/podemos-se-querella-contra-la-cupula-de-interior-del-pp-de-rajoy-por-el-acoso-policial-al-partido-de-iglesias-que-todavia-sigue-impune.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-10-30/podemos-se-querella-contra-la-cupula-de-interior-del-pp-de-rajoy-por-el-acoso-policial-al-partido-de-iglesias-que-todavia-sigue-impune.htmlMon, 30 Oct 2023 18:47:35 +0000La investigación del caso Tándem, una mafia policial dirigida por el comisario José Manuel Villarejo que actuó durante años al margen de la ley, destapó numerosas maniobras policiales ordenadas por la cúpula política del Ministerio del Interior bajo mandato del PP, cuyo objetivo era desprestigiar, con pruebas falsas, al partido Podemos y a sus principales líderes.

Podemos presentó este lunes en la Audiencia Nacional una querella contra una decena de altos cargos del Interior entre 2015 y 2016, entre ellos el ministro Jorge Fernández Díaz, y su número dos, el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez. La querella llega ocho meses después de que EL PAÍS destapara una parte importante de las pruebas en que basa Podemos su denuncia: los mensajes telefónicos de Francisco Martínez dirigidos, entre otros, a periodistas y altos mandos policiales.

Esos hechos siguen estando, a día de hoy, sin castigo judicial y ni siquiera el juez instructor, Manuel García Castellón, ha abierto una investigación sobre los mismos.

Podemos señala en su querella que los altos cargos del PP en el Ministerio del Interior y los mandos policiales de su confianza utilizaron “métodos ilegales” para desprestigiar a la formación de Pablo Iglesias con el objetivo de, “una vez celebradas las elecciones, evitar o dificultar cualquier posible pacto de investidura que desalojara del Gobierno” al Partido Popular.

Los mensajes de WhatsApp de Francisco Martínez, secretario de Estado de Seguridad entre 2012 y 2016, se incorporaron hace casi un año al sumario del caso Kitchen —causa en la que está procesada toda la cúpula de Interior de aquel momento por espionaje ilegal al extesorero del PP, Luis Bárcenas— y permitieron conocer algunas de las maniobras policiales puestas en marcha por el Ministerio del Interior contra Podemos. “Dichos mensajes permiten verificar de modo directo algunos de los delitos cometidos, y en otros casos permiten, mediante aplicación de las máximas de la experiencia y criterios lógicos, deducir otros hechos igualmente delictivos, que vienen a su vez corroborados por otros elementos indiciarios y por hechos periféricos objetivamente contrastados. Por tanto, en modo alguno nos encontraríamos ante simples conjeturas o sospechas”, señala Podemos en su querella.

Las maniobras dirigidas desde la cúpula política de Interior y ejecutadas por los mandos policiales acreditan, según esos wasaps de Francisco Martínez, pero también de los audios de la corrupción que EL PAÍS hizo públicos hace más de un año, y de las agendas del comisario José Manuel Villarejo cuyo contenido trascendió hace dos años, como desde 2015 se ordenó una investigación exhaustiva para conocer si los diputados de Podemos tenían antecedentes policiales o judiciales y filtrarlos a determinados medios de comunicación; como se difundió un informe sobre la supuesta financiación ilegal de esa formación política o incluso la existencia de cobros ilegales en paraísos fiscales de su líder, entonces Pablo Iglesias, cuyo pagador era el régimen de Nicolás Maduro en Venezuela.

La querella detalla las pruebas que ya existen en el sumario del caso Tándem y que no han dado lugar a ninguna imputación de los altos cargos de Interior. Podemos sostiene que aquellas maniobras policiales tenían como única finalidad filtrar las pruebas falsas a determinados medios de comunicación, algo que queda acreditado por las publicaciones de aquellos dos años, principalmente en periódicos que el Ministerio del Interior de entonces consideraba afines al Partido Popular. Podemos denuncia que la difusión de esas noticias falsas se llevó a cabo “a través de una red de periodistas que, en menor o mayor grado, colabora directa o indirectamente con la organización criminal, alineándose en todo caso con sus fines”.

Entre las pruebas que detalla la querella figuran las que siguen [los textos de las conversaciones se reproducen de manera literal]:

-Investigación ilegal de antecedentes penales y policiales de diputados de Podemos.

Un periodista de El Mundo, según los mensajes telefónicos que figuran en el sumario, se interesa por “un listado de diputados de Podemos con antecedentes policiales y judiciales”. El secretario de Estado de Interior, Francisco Martínez, se compromete a preguntar por ese listado y horas después llama al comisario jefe de la UCAO, Enrique García Castaño.

Francisco Martínez. De aquellos de Podemos que tenían antecedentes... Pudiste confirmar algo. (…) Sería muy interesante saberlo... Y si han estado en temas abertzales, temas de extremismo violento, etc

Enrique García. Josetxu Arrieta, el unico que tiene pertenencia a ETA

F. M. De quién???

E. G. El último que aparece en las fotos que te mande, los moros con esos nombres nada

F. M. Estuvo condenado?

E. G. Si

F. M. Y los demás nada??

E. G. Nada?

F. M. Digo q si los demás están limpios... Tampoco violencia callejera, anarcas, etc???

F. M. Lo vuelvo a mirar, pero creo que no

F. M. Cagüenlaputa. Alguno tiene que ser chungo

E. G. Vamos a ver

F. M. Mira con ojos atentos

E. G. Te parece poco todo lo que tienen, [Germán] Castiñeira tiene que tener lo quehaya, porque los trabajó mucho tiempo. Le pregunto

F. M. Pregúntale pf

Al día siguiente, Martínez insiste.

Francisco Martínez. No me mandas nada…

E. G. El cabrón de German me dice que esta tarde, porque mirar los 69, se

saca pero hay que mirar uno a uno y claro deja rastro…

F. M. Ya es por la tarde...

E. G. Ya

F. M.T lo ha mandado??

E. G. Estoy esperando

F. M. Qué hay de lo mío???

E. G. Estoy apretandole, esta acojonado y yo no puedo dejar rastro

F. M. Joooooooooder

-Investigación ilegítima al entonces líder y secretario general de Podemos, Pablo Iglesias Turrión. Construcción y difusión del apócrifo Informe PISA (Pablo Iglesias, Sociedad Anónima).

Podemos detalla en la querella como el entonces secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, habla con el policía Andrés Gómez Gordo, ex alto cargo en el Gobierno de Dolores de Cospedal en Castilla-La Mancha, sobre datos bancarios de Pablo Iglesias relacionados con un informe sobre financiación ilegal de Podemos del que nadie se hizo cargo, pero que la policía presentó como denuncia ante el Tribunal de Cuentas. La conversación del 23 de julio de 2015 por mensajes telefónicos es la que sigue:

Andrés Gómez Gordo. Q no se filtre nada de lo del coletas!!!! Luego.... Un saludo

Francisco Martínez. Por mi no, pero no puedo responder de otros....

A. G. G. Pues puede ser chunga la información…

F. M. Ok eso se lo advierto y entonces no lo sacará... Pero no es chungo, ¿verdad?

A. G. G. Yo estuve en ING y ese importe no consta ni nada parecido...

A. G. G. Pero esto último no lo digas xfa.

F. M. No, claro que no.

A. G. G. Ya debes de tener eso, lo envié anoche. Un saludo

F. M. Visto...! Es muy bueno. Aunque las cantidades son pequeñas

A. G. G. Si

A. G. G. El detalle de la novia y la ex hay q sacarlo!! Jajaaa

F. M. Sí, eso sin duda… Y convendría saber de dónde sale la pasta

A. G. G. No tiene otros ingresos q los de las productoras, la UE y anteriormente la Universidad incluso a través del Banco de España. Tenía razón Inda las nóminas de la universidad eran de 1.500 a 4.000 y solo tiene una de 900 q es la q sacó.

La querella desgrana más pruebas de los delitos cometidos por mandos policiales bajo las órdenes de los cargos políticos del PP en el Ministerio del Interior. Podemos considera que estos hechos serían constitutivos de los delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, malversación, prevaricación, falsedad documental y contra las instituciones del Estado.

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bernardo pérez
<![CDATA[Nunca una investigación periodística mereció tanto la pena]]>https://elpais.com/sociedad/2023-10-28/nunca-una-investigacion-periodistica-merecio-tanto-la-pena.htmlhttps://elpais.com/sociedad/2023-10-28/nunca-una-investigacion-periodistica-merecio-tanto-la-pena.htmlSat, 28 Oct 2023 03:30:00 +0000EL PAÍS ha caminado mucho en estos últimos cinco años para llegar muy lejos, aunque nunca pudo imaginar hasta dónde era posible. La Redacción empeñó una parte de su esfuerzo profesional en investigar si España había sufrido, como otros países del mundo, un problema grave de abusos a menores en la Iglesia. El Defensor del Pueblo, previo encargo del Congreso de los Diputados, ha puesto ahora letra y número oficial a la trágica verdad que EL PAÍS fue contando en dolorosas entregas durante los últimos cinco años de empeño periodístico.

440.000 víctimas menores de edad han sufrido abusos en la Iglesia —la mitad a manos de curas— durante los últimos 80 años, según la estimación del estudio encargado por el Defensor del Pueblo. Casi nadie escuchó, protegió o defendió a las víctimas en todo este tiempo. La inmensa mayoría de sus verdugos nunca fueron castigados. La Iglesia ocultó a conciencia los delitos cometidos en su seno.

Las señales de humo siempre estuvieron vivas, pero casi nadie supo ver el fuego.

EL PAÍS informó el 14 de octubre de 2018, con el estilo reservado a las grandes noticias, que la Iglesia española había silenciado durante décadas los casos de pederastia. Llegar a esa pobre conclusión, pues era imposible conocer la magnitud del problema, costó cientos de llamadas a la Iglesia española, un territorio blindado por la opacidad, un lugar donde el poder se diluye entre diócesis y congregaciones hasta llegar a Roma.

La Conferencia Episcopal, supuesto Gobierno de la Iglesia en España, evitó a EL PAÍS desde el principio con la excusa de que quienes conocían el “minoritario” problema de los abusos a menores eran las diócesis: “No podemos informar sobre esos asuntos; primero por respeto a las víctimas y después porque somos un órgano colegiado, la información depende de las diócesis, que solo responden ante el Papa”.

No se puede acusar a nadie de mentir si cree firmemente en lo que dice. De las 70 diócesis a las que preguntaron los periodistas de EL PAÍS para conocer cuántos abusos había registrados en sus archivos, solo contestaron 12 con evasivas y datos insuficientes.

La inmensa mayoría de los obispos consultados no necesitó mentir, simplemente levantó un muro de silencio para ahuyentar a los periodistas de EL PAÍS. El camino de esa investigación periodística se llenó así muy pronto de puentes rotos y agujeros negros.

Este periódico apenas había prestado atención durante sus primeros 42 años de existencia a un problema que causaba un impacto devastador en miles de víctimas. A juzgar por lo publicado en EL PAÍS, la pederastia en la Iglesia española era poco menos que una dolorosa anécdota.

Los artículos escritos hasta 2018 sobre ese asunto sumaban varios cientos de páginas donde se informaba de algunas sentencias de los tribunales de justicia —el Centro de Documentación Judicial registró, en 40 años, 33 condenas con 80 víctimas en un país con 23.000 parroquias y 18.000 sacerdotes—. El periódico también recogió otras denuncias que con el tiempo habían caído en el olvido.

La curiosidad de los periodistas abrió nuevas puertas, descubrió algunos secretos y destapó años de infamia en el seno de la Iglesia, con bochornosos encubrimientos a pederastas o sospechosos traslados de abusadores para alejar miles de kilómetros el problema.

Ese trabajo sin pausa nunca fue suficiente para llegar tan lejos. Las víctimas fueron la clave, ellas prendieron la mecha que permitió iluminar un siniestro pasado, el mismo que habían ocultado hasta entonces incluso a sus familiares. Sin las víctimas, la investigación periodística estaba abocada al fracaso, pese a sus escandalosas revelaciones. Ni la Iglesia, por estrategia de autodefensa, ni la clase política, enfrascada en otros sucesos, parecían dispuestas a moverse para buscar soluciones al problema.

Un buzón abierto en una cuenta de correo al que las víctimas podían enviar sus testimonios se convirtió durante meses en el principal archivo vivo de cientos de delitos ocultos durante décadas que habían quedado sin castigo. Los periodistas llamaron, y cuidaron, a cientos de personas que habían enviado antes por escrito su experiencia. Muchas se atrevieron a contar después en EL PAÍS el infierno que habían vivido.

La Iglesia reaccionó tarde y con desgana al aluvión de casos destapados por el periódico. La Conferencia Episcopal tomó algunas medidas de aparente transparencia, pero apenas se preocupó de investigar aquellos sucesos.

EL PAÍS, con tanta precisión como perseverancia, acumuló en un archivo del horror todos los hechos conocidos, investigados, contrastados y publicados. Un listado de la maldad que entregó al papa Francisco, quien se preocupó por el problema español y pidió colaboración para quitar el velo a aquella realidad tan oscura.

La política intervino finalmente en 2022, cuando el Congreso encargó al Defensor del Pueblo una investigación a fondo. Muchos muros levantados por la Iglesia para ocultar el infierno habían sido derribados para entonces por la acción periodística de EL PAÍS y de otros medios que se sumaron a la denuncia. Pero faltaba el impulso final de una investigación oficial con suficientes recursos de conocimiento, talento y rigor para fabricar la radiografía más completa de la pederastia en la Iglesia.

Nunca un esfuerzo periodístico mereció tanto la pena, aunque llegara 40 años tarde.

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CRISTÓBAL CASTRO
<![CDATA[PSOE y Sumar negocian permitir el uso de lenguas cooficiales en todos los actos del Congreso]]>https://elpais.com/espana/2023-09-04/psoe-y-sumar-negocian-permitir-el-uso-de-lenguas-cooficiales-en-todos-los-actos-del-congreso.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-09-04/psoe-y-sumar-negocian-permitir-el-uso-de-lenguas-cooficiales-en-todos-los-actos-del-congreso.htmlMon, 04 Sep 2023 03:40:00 +0000La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, reservó un párrafo del primer discurso dirigido a los diputados para proclamar solemnemente su “compromiso con el castellano, el catalán, el euskera y el gallego”. “Quiero anunciarles que esta presidencia permitirá la utilización de todos esos idiomas en el Congreso desde esta sesión constitutiva”. Su compromiso no pudo hacerse efectivo en ese momento y el nuevo bloque parlamentario (PSOE, Sumar, PNV, EH Bildu, BNG, Junts y ERC) que la aupó a la presidencia de la Cámara trabaja desde entonces en una reforma del Reglamento que lo haga posible.

Sumar ha redactado una propuesta que sirve de base para la negociación y que establece “el derecho de las diputadas y diputados del Congreso a que sus escritos, intervenciones y actuaciones parlamentarias, orales o escritas, en pleno, comisión o diputación permanente se realicen en cualquiera de las lenguas que tengan carácter en alguna comunidad autónoma de acuerdo con la Constitución y el correspondiente Estatuto de Autonomía”. Sumar detalla en su propuesta que los servicios de la Cámara “procederán a la interpretación simultánea en castellano de las intervenciones en pleno, comisión o diputación permanente que se desarrollen en una lengua oficial diferente del castellano”.

Los negociadores son conscientes de las complejidades que entraña hacer realidad el compromiso de Armengol. En sus conversaciones, han llegado ya al acuerdo de permitir el uso de las lenguas cooficiales en todos los plenos que celebre el Congreso, y extender esa práctica de manera progresiva al resto de las actividades parlamentarias del Congreso de los Diputados. El diálogo entre todos los grupos intenta resolver los problemas de funcionamiento que puede acarrear extender el uso de las lenguas cooficiales en plenos y comisiones a las iniciativas por escrito. El Congreso es una cámara que produce cada año decenas de leyes, en algunas de las cuales las discusiones más complejas tienen que ver con el significado de una palabra o el género de un adjetivo. Algunos de los negociadores entienden que incorporar el uso de las lenguas cooficiales a los escritos de las iniciativas parlamentarias puede complicar el trabajo legislativo. La propuesta de Sumar establece que los “documentos presentados en lengua oficial diferente al castellano serán traducidos al castellano por los servicios de la Cámara”.

Salvando este inconveniente, los legisladores de los partidos que votaron unidos a la presidenta Armengol pretenden aplicar en el Congreso de los Diputados un uso de las lenguas cooficiales mucho más extendido del que ahora está vigente en el Senado, la Cámara territorial.

Las elecciones del 23-J dejaron al PP con mayoría absoluta en el Senado. Este partido rechaza el uso de lenguas cooficiales en el Congreso con el siguiente argumento: “Poner traducción simultánea en una sala donde todos comparten una lengua, el castellano, no es de sentido común, supondrá un coste enorme y una gran ralentización del proceso”.

El Senado modificó en 2005 su reglamento, como ahora pretende hacer el Congreso, para permitir el uso de las lenguas cooficiales, pero solo en las sesiones de la Comisión General de las Comunidades Autónomas, que apenas se reúne, mediante traducción simultánea de catalán, valenciano, euskera y gallego. Cinco años después, el Senado volvió a reformar su reglamento para permitir el uso de esas lenguas durante el debate de las mociones en pleno, que se celebran los martes y los miércoles. Y se estableció la posibilidad de que las iniciativas se publicasen en castellano y en las lenguas cooficiales correspondientes. El Senado destinó 280.000 euros en su último presupuesto anual para garantizar el uso de las lenguas cooficiales conforme a las pautas anteriores.

Sumar fue el grupo parlamentario que adelantó esta iniciativa para el uso de las lenguas cooficiales en el Congreso de los Diputados. Un año antes, su socio de Gobierno, el PSOE, rechazó junto a PP, Vox y Ciudadanos una iniciativa parecida que presentó Unidos Podemos y los aliados parlamentarios del Ejecutivo de coalición. El PSOE justificó entonces que las lenguas cooficiales solo deberían usarse en el Senado como cámara de representación territorial y que el castellano era la única lengua de entendimiento común que debía utilizarse en el Congreso.

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Claudio álvarez
<![CDATA[Una decena de sentencias del Constitucional marca los límites de la negociación sobre el ‘plan Urkullu’]]>https://elpais.com/espana/2023-09-02/una-decena-de-sentencias-del-constitucional-marca-los-limites-de-la-negociacion-sobre-el-plan-urkullu.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-09-02/una-decena-de-sentencias-del-constitucional-marca-los-limites-de-la-negociacion-sobre-el-plan-urkullu.htmlSat, 02 Sep 2023 03:40:00 +0000El PSOE buscará en las próximas semanas los apoyos necesarios para lograr la investidura de Pedro Sánchez, y los partidos que tienen la llave (24 votos) para que esa investidura prospere son todos independentistas: PNV, EH Bildu, ERC y Junts per Catalunya. El proceso negociador está empezando y a las exigencias de los partidos secesionistas catalanes —derecho de autodeterminación y amnistía para los encausados del procés— se ha sumado ahora la propuesta de reforma del modelo territorial planteada por el lehendakari Iñigo Urkullu, del PNV. Su plan consiste en plantear al Estado un pacto para “reinterpretar” la Constitución sin necesidad de reformarla y de manera que España avance hacia un Estado “plurinacional” en el que las “comunidades históricas” tengan “capacidad de decidir pactada”, un eufemismo del derecho de autodeterminación. Los socialistas consideran que la propuesta del lehendakari es legítima y están dispuestos a dialogar sobre ella, aunque remarcan que no la comparten y que los límites de la negociación están marcados por la Constitución.

El Tribunal Constitucional ha establecido, a través de una decena de sentencias dictadas en los últimos 15 años, los límites que establece la Ley Fundamental respecto a esta antigua reivindicación de los nacionalistas tanto en el País Vasco como en Cataluña: la soberanía propia.

La Constitución sólo reconoce un titular de soberanía: el conjunto del pueblo español. Y el Tribunal Constitucional se ha apoyado en esa máxima para anular sucesivas decisiones de los gobiernos vasco y catalán tendentes a promover procesos independentistas en sus territorios. El Constitucional impidió en 2008 al lehendakari Juan José Ibarretxe convocar una consulta soberanista en el País Vasco; en 2014, anuló la resolución del Parlament que en 2013 había declarado a Cataluña “sujeto político y jurídico soberano”; en 2015, anuló la consulta del 9 de noviembre de 2014 (aunque esta llegó a celebrarse). Y en diciembre de ese mismo año 2015 declaró también nula la resolución con la que, un mes antes, el Parlament había dado luz verde a la ruptura con el resto de España. A esas sentencias siguió la catarata de resoluciones para poner freno a la recta final del procés. Las conclusiones del tribunal han sido siempre dos: que una parte de España no puede decidir por el todo; y que las reglas de juego colectivas pueden cambiarse —con una reforma de la Constitución—, pero no ignorarse.

En 2017, en la sentencia que anulaba la ley del referéndum del Parlament, el Constitucional declaró: “Para ninguno de los pueblos de España existe un derecho de autodeterminación, entendido como derecho a promover y consumar su secesión unilateral del Estado en el que se constituye España. Tal derecho, con toda evidencia, no está reconocido en la Constitución”. El fallo citaba una decena de sentencias previas, promulgadas desde 2008. Estos son sus principales argumentos:

Una consulta sólo es posible con la participación “de todo el cuerpo electoral español”. “Se ha convocado pues un referéndum sin recabar la preceptiva autorización del Estado”, señalaba el tribunal. Pero es que además, remarcaba, “este concreto tipo de consulta no aparece previsto ni en la Constitución ni en la ley orgánica a la que remite el art. 92.3 de la Constitución”. “A ello ha de añadirse, con trascendencia muy superior, que la consulta sobre la “autodeterminación” de Cataluña habría de afectar de lleno a la antes aludida identidad y unidad del sujeto titular de la soberanía y que por tanto, conforme a nuestra jurisprudencia, no podría ser objeto de otro tipo de referéndum que el previsto, con participación de todo el cuerpo electoral español, en el artículo 168.3 de la Constitución”.

Una ley contra los principios constitucionales. “La ley del referéndum de autodeterminación es, con toda evidencia, inconstitucional y lo es en su conjunto al contrariar, de modo explícito, principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y democrático de derecho, y la propia supremacía de la Constitución”.

El pueblo de Cataluña no es titular de un poder soberano. “Ni el pueblo de Cataluña es titular de un poder soberano, exclusivo de la Nación española constituida en Estado, ni puede, por lo mismo, ser identificado como un sujeto jurídico que entre en competencia con el titular de la soberanía nacional; tampoco los ciudadanos de Cataluña pueden confundirse con el pueblo soberano concebido como la unidad ideal de imputación del poder constituyente y como tal fuente de la Constitución y del Ordenamiento”.

Los españoles son los únicos que pueden ser llamados a decidir. “El referéndum de autodeterminación vinculante que la Ley 19/2017 [la del referéndum de independencia] regula y convoca es tan coherente con la inconstitucional premisa de la soberanía del pueblo de Cataluña de la que parte, como inconciliable con la unidad de la Nación española en la que se fundamenta la Constitución”, proseguía la sentencia. “Aun en el supuesto de que la votación no hubiera implicado la independencia de Cataluña, aquella unidad de la Nación, y la del Estado en que la misma se constituye, habría quedado cancelada ya de manera irremisible. La Nación en cuya unidad la Constitución se sustenta es la de todos los españoles, como ciudadanos libres e iguales en derechos. Son los únicos que, en hipótesis, podrían ser llamados a decidir sobre la permanencia y el destino del Estado común (artículo 168 de la Constitución) sin que el poder constituyente del que son titulares únicos siguiera mereciendo ese nombre en el supuesto de que tal decisión se atribuyera a solo una fracción del pueblo español″.

Lo que a todos afecta debe ser decidido por todos. “Lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos; lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de todos”.

Un Parlamento autonómico situado al margen del Derecho. “El Parlamento de Cataluña ha pretendido, mediante la Ley 19/2017, cancelar de hecho, en el territorio de Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se avinieran o acomodaran al dictado de su nuda voluntad. No otra cosa supone la apodíctica afirmación tanto de su condición de representante de una “soberanía” inexistente en derecho, como de la supremacía jerárquica de unas normas dictadas sin otra base que la de su arbitrio. La Cámara, al obrar de este modo, se ha situado por completo al margen del Derecho, ha entrado en una inaceptable vía de hecho, ha dejado declaradamente de actuar en el ejercicio de sus funciones constitucionales y estatutarias propias y ha puesto en riesgo máximo, para todos los ciudadanos de Cataluña, la vigencia y efectividad de cuantas garantías y derechos preservan para ellos tanto la Constitución como el mismo Estatuto”.

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Javier Herández
<![CDATA[Zapatero y Rajoy, contra el ‘plan Ibarretxe’ en 2005: “Si vivimos juntos, juntos debemos decidir”]]>https://elpais.com/espana/2023-08-31/zapatero-y-rajoy-contra-el-plan-ibarretxe-en-2005-si-vivimos-juntos-juntos-debemos-decidir.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-08-31/zapatero-y-rajoy-contra-el-plan-ibarretxe-en-2005-si-vivimos-juntos-juntos-debemos-decidir.htmlThu, 31 Aug 2023 05:59:20 +0000La propuesta del nuevo Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi que aprobó el Parlamento vasco a finales de 2004 —el conocido como plan Ibarretxe, por el apellido del lehendakari que lo impulsó, del PNV— proclamaba la “identidad propia” y el derecho de autodeterminación del “pueblo vasco”, proponía un estatus de “libre asociación con el Estado español” y dejaba la puerta abierta a la independencia si así lo decidían los vascos en una “consulta”. Esa propuesta llegó al Congreso de los Diputados en febrero de 2005 y ni siquiera pasó el trámite del debate de totalidad, donde fue rechazado: 313 votos en contra (PSOE, PP, Coalición Canaria e Izquierda Unida), 29 a favor (PNV, Eusko Alkartasuna, ERC, Nafarroa Bai y BNG) y dos abstenciones (Iniciativa Per Catalunya).

Tres años después, el Gobierno vasco hizo un último intento secesionista al aprobar una ley para convocar una consulta popular sobre el “derecho a decidir”. El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero recurrió aquella ley y el Constitucional la anuló en una sentencia unánime dictada el 11 de septiembre de 2008. La sentencia sostenía que el titular del derecho a decidir es el pueblo español y no una parte del mismo. Preguntar por el derecho a decidir “afecta al fundamento mismo del orden constitucional y eso sólo puede plantearse mediante una propuesta de reforma de la Constitución”, remarcaba el tribunal.

Lo que sigue resume las principales intervenciones en el pleno del Congreso que rechazó en 2005 la tramitación del nuevo Estatuto de Euskadi.

Lehendakari Juan José Ibarretxe: “La Constitución tiene instrumentos para encajar el derecho a decidir de los vascos”. “Apostamos por un futuro que dice sí al derecho de la sociedad vasca a decidir. Apostamos por un futuro que dice sí al pacto entre Euskadi y España. En Euskadi queremos más autogobierno para vivir mejor, para mejorar el nivel de bienestar de los vascos y vascas. Reivindicamos, por tanto, la capacidad de decidir como el cauce central de una sociedad vasca plural, y así será el futuro del autogobierno en Euskadi. Esta es una propuesta para convivir, no es una propuesta para romper. El nuevo Estatuto no habla en términos de romper, sino de convivir; no en términos de imposición, sino en términos de libre asociación. Hoy ni siquiera tus hijos viven contigo si no comparten tu proyecto. Euskadi no es una parte subordinada del Estado español. No estamos ante un problema jurídico. Estamos ante un problema de voluntad política. Estamos convencidos de que la Constitución española, en función de los instrumentos a los que he hecho yo antes referencia (disposición adicional primera, derogatoria segunda y Estatuto de Autonomía de Gernika en la disposición adicional), tiene instrumentos para encajar el derecho de los vascos a decidir nuestro propio futuro”.

Mariano Rajoy (PP): “Desde la primera palabra hasta el punto final, todo el texto se olvida de la Constitución”. “El estatuto político de Euskadi proclama la soberanía del pueblo vasco, otorga nacionalidad vasca a sus habitantes, asume competencias exclusivas del Estado en relaciones exteriores, en justicia, en economía, en Seguridad Social, en educación; en una palabra, desmantela toda la arquitectura del Estado español (…) El caso es que todo el documento, desde la primera palabra hasta el punto final, se olvida de la Constitución española. Nos han traído, ni más ni menos, el proyecto de constitución para una Euskadi libre asociada al Estado español. ¿Qué pretenden, proclamar su independencia con nuestras bendiciones?”

José Luis Rodríguez Zapatero (presidente del Gobierno, del PSOE): “La relación del País Vasco con el resto de España la decidirán todos los vascos, no la mitad, y todos los españoles”. “Si vivimos juntos, juntos debemos decidir. Esa es la expresión de una profunda convicción democrática y esta idea expresa la posición del Gobierno ante el debate que nos trae aquí. Esta propuesta pretende una nueva relación entre Euskadi y el conjunto de España y su sustento teórico se centra en el derecho a decidir del pueblo vasco. Creo con tanto fervor como cualquiera en la expresión que representa la voluntad popular y creo con tanto fervor que esa voluntad popular hay que llevarla a cabo con todas sus consecuencias, y por eso afirmo que la relación del País Vasco con el resto de España la decidirán todos los vascos, no la mitad, y todos los españoles. Nuestra unión como país no es un tributo a la historia; nuestra unión como país no es un apego a una bandera; nuestra unión se sustenta en la fuerza más poderosa que ha conocido nuestro devenir y el de todos los pueblos: los valores de la razón, la libertad, la ciudadanía de iguales, el pluralismo, la supremacía del Derecho, de las garantías, el pacto colectivo, la limitación del poder. Defiendo la integridad territorial de España porque es integridad de los derechos de los ciudadanos. Solo así todas y todos disfrutaremos de una libertad integral, de una igualdad integral, de un pluralismo real”.

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Luis Magán
<![CDATA[Un diálogo imposible entre quien pretende “derogar el sanchismo” y quien acusa a su adversario de “insolvencia y mala fe”]]>https://elpais.com/espana/2023-08-30/un-dialogo-imposible-entre-quien-pretende-derogar-el-sanchismo-y-quien-acusa-a-su-adversario-de-insolvencia-y-mala-fe.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-08-30/un-dialogo-imposible-entre-quien-pretende-derogar-el-sanchismo-y-quien-acusa-a-su-adversario-de-insolvencia-y-mala-fe.htmlWed, 30 Aug 2023 06:00:51 +0000Pedro Sánchez (PSOE) y Alberto Núñez Feijóo (PP) se enfrentan este miércoles a una de las representaciones más complejas de sus carreras políticas. Son adversarios irreconciliables, pero a las diez de la mañana no tendrán que dibujar una sonrisa cuando vuelvan a encontrarse con mucha luz aunque sin taquígrafos. Ambos líderes políticos se reunirán en una sala discreta del Congreso de los Diputados, terreno neutral para la cita principal de la ronda de contactos que el líder conservador ha puesto en marcha como candidato a una investidura que está, en principio, abocada al fracaso.

Sánchez y Feijóo han demostrado en los últimos 15 meses sobradas condiciones para el desacuerdo. El diálogo entre quien presume de querer “derogar el sanchismo” y quien acusa a su adversario de “insolvencia o mala fe” parece imposible. Y, sin embargo, el líder del PSOE aceptó la invitación de Feijóo para una investidura, a pesa de que su partido la considera una “pérdida de tiempo”.

El presidente en funciones quiso demostrar respeto hacia este trámite a sabiendas de la inutilidad de la cita. Y el candidato popular a la investidura pidió la entrevista a Sánchez para demostrar que intenta un diálogo y busca un acuerdo.

Lo que sigue resume algunos de los choques principales entre ambos dirigentes políticos en los últimos meses.

Abril de 2022. La primera reunión ya salió mal. El presidente Pedro Sánchez felicitó a Alberto Núñez Feijóo cuando el 2 de abril de 2022 fue elegido presidente del PP por una mayoría apabullante. El 98,3% de los delegados le apoyó para sustituir a Pablo Casado, decapitado por denunciar la supuesta corrupción de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.

Sánchez dedicó entonces al nuevo líder del PP un tuit de buenas intenciones: “En estos tiempos complejos, trabajar con unidad y responsabilidad por el bien común de la ciudadanía debe ser una prioridad de todos y todas”.

Lo siguiente fue una reunión en el Palacio de la Moncloa, donde Sánchez y Feijóo mostraron la esencia de un diálogo de sordos. El presidente puso a Feijóo algunos deberes que la formación conservadora no había sido capaz de aprobar en los tres años anteriores. Le ofreció pactos de Estado sobre 11 materias y le dibujó una fecha límite, junio de 2022, para renovar el Poder Judicial —tres años bloqueado por el PP de Pablo Casado—. Feijóo también llevó propuestas sobre bajada de impuestos y otras medidas económicas contra la crisis que Sánchez desoyó.

El dirigente gallego no ocultó su decepción al salir de aquella primera cita: “No tengo ninguna buena noticia para la economía familiar, ni para los trabajadores, ni para las rentas medias y bajas, ni para las empresas”. Feijóo lamentó que el presidente no aceptará ninguna de sus propuestas y pese a que anunció que negociarían la renovación del Poder Judicial, ese compromiso acabó en el mismo callejón sin salida donde se encontraba.

Unos meses después, Feijóo sacó una conclusión sobre Sánchez: “El desprestigio de las instituciones no había ocurrido antes; Sánchez las ocupa con un desparpajo difícil de superar”, declaró a mediados de agosto en la primera y única, entrevista concedida a EL PAÍS durante todo su mandato. Se refería Feijóo a los nombramientos del presidente para la Fiscalía General del Estado (su exministra de Justicia) o para el CIS (un veterano militante socialista). En esa misma entrevista, Feijóo descalificaba a Sánchez por pactar con Bildu, un partido que no había denunciado los casi 1.000 asesinatos de ETA.

Octubre de 2022. Segunda y última reunión a la fuerza. Un pacto efímero roto por teléfono. La segunda reunión entre Sánchez y Feijóo vino forzada por el bloqueo que el PP de Feijóo mantenía sobre la renovación del Gobierno de los jueces. El presidente del Consejo del Poder Judicial y del Supremo, Carlos Lesmes, dimitió como protesta por la falta de acuerdo entre los partidos políticos. Ese movimiento forzó a Sánchez a negociar una reunión con Feijóo para resolver la crisis. Hablaron unos días, se intercambiaron nombres y propuestas y los equipos de ambos parecían dispuestos a resolver el grave problema de la falta de renovación del Gobierno de los jueces. Pero Feijóo rompió el diálogo por teléfono cuando confirmó con Sánchez que se iba a reformar el Código Penal para derogar el delito de sedición. El líder conservador acusó a Sánchez de traición, y el presidente del Gobierno denunció a Feijóo por incumplir la Constitución.

Debates parlamentarios, insultos mayores. Los debates del Senado agravaron la relación entre ambos dirigentes en los primeros meses de 2023. En uno de esos debates, Feijóo acusó a Sánchez de ser “más generoso con los verdugos [de ETA] que con las víctimas [del terrorismo]”. El presidente sugirió que el PP no quiso nunca el fin de ETA y recordó la infamia que supuso la teoría de la conspiración del 11-M que airearon los dirigentes conservadores contra el PSOE.

Sánchez recordó a Feijóo sus coqueteos con el narcotraficante Marcial Dorado, y el líder del PP acusó al presidente en funciones de la quiebra de Cajamadrid porque durante años fue miembro de la Asamblea General, un órgano sin ninguna responsabilidad en la gestión. Uno y otro se acusaron durante la campaña electoral de mentir a los ciudadanos y siguen haciéndolo después, cuando las urnas han dejado un parlamento tan fragmentado que la formación de un Gobierno amenaza con ser el ejercicio más difícil de la reciente etapa democrática.

Sánchez y Feijóo no fueron capaces de sellar un acuerdo importante en 15 meses de relación institucional. Hoy regresan a lo que previsiblemente será un nuevo diálogo de sordos condenado al fracaso.

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Eduardo Parra
<![CDATA[Todos los obstáculos para una ley de amnistía que vale una investidura]]>https://elpais.com/espana/2023-08-27/todos-los-obstaculos-para-una-ley-de-amnistia-que-vale-una-investidura.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-08-27/todos-los-obstaculos-para-una-ley-de-amnistia-que-vale-una-investidura.htmlSun, 27 Aug 2023 03:40:00 +0000Con el futuro político de España bloqueado por el resultado electoral del pasado 23 de julio —las dos principales fuerzas políticas, PP y PSOE, se quedaron lejos de la mayoría absoluta— la tramitación de una futura ley de amnistía, reclamada por los partidos independentistas catalanes, se ha convertido en una de las claves para deshacer el nudo que dejaron las urnas.

ERC y Junts pretenden amnistiar “todos los actos de intencionalidad política tipificados como delitos o faltas administrativas, vinculados a la lucha democrática por la autodeterminación de Cataluña” llevados a cabo desde el 1 de enero de 2013 hasta hoy.

Ambas formaciones defienden que se haga borrón y cuenta nueva sobre al menos 13 causas abiertas a independentistas en distintos órganos (Supremo, Audiencia Nacional, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Tribunal de Cuentas y los juzgados de Barcelona, Figueres y Tortosa) relacionadas con distintos procesos declarados ilegales, desde la consulta participativa promovida por el Gobierno de Artur Mas en octubre de 2014 hasta el referéndum ilegal celebrado el 1 de octubre de 2017.

Sumar, el socio de Gobierno del PSOE, ha organizado a un grupo de juristas para estudiar el encaje constitucional de la ley de amnistía que quieren ERC y Junts, las dos formaciones independentistas clave en la posible investidura de Pedro Sánchez.

Su primer veredicto es favorable a tramitar la ley que reivindican los independentistas: “El artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no se ha derogado y mantiene que la amnistía es uno de los supuestos de incidente previo al juicio oral”, señalan. Ese artículo, que Sumar esgrime para justificar la constitucionalidad de una futura ley de amnistía, establece la extinción de la responsabilidad criminal por distintos motivos, entre ellos, la prescripción, el indulto o la amnistía.

El legislador ha retocado muchas veces la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recuerdan los expertos de Sumar, pero nunca derogaron este artículo 666 que sigue vigente y donde se recoge la posibilidad de una amnistía. Los letrados del Congreso rebaten este argumento recordando que mientras el Código Penal de la dictadura (1973) recogía la posibilidad de extinción de responsabilidad penal mediante la amnistía (artículo 112), el Código Penal de la democracia de 1995 (artículo 130) “no contempla como causa de extinción de la responsabilidad criminal la amnistía, sino solo el indulto que, además, solo puede tramitarse y concederse de manera individual”.

La iniciativa legislativa que reivindican los partidos independentistas catalanes cuenta con el informe en contra de los letrados del Congreso. Ese dictamen sostiene que la proposición de ley de amnistía presentada por los grupos independentistas en marzo de 2021 era inconstitucional porque su formulación suponía, de hecho, un indulto general expresamente prohibido por la Ley Fundamental.

El PSOE, contra la amnistía

El PSOE basó en esta opinión de los letrados del Congreso su rechazo a la iniciativa legislativa en marzo de 2021. Pero ahora coquetea con la idea de apoyar una ley de amnistía aunque, de momento, se resiste a llamarla de esa manera.

Pedro Sánchez, el martes, en La Moncloa.

El presidente en funciones, Pedro Sánchez, aseguró la semana pasada que solo el Tribunal Constitucional puede resolver si una ley de amnistía encaja en la Constitución. “En este caso”, señala un magistrado, “el Gobierno podría pensar en algo parecido a lo ocurrido con la Ley del Aborto, que estuvo más de 10 años pendiente de resolución en el Tribunal Constitucional y mientras tanto se aplicó sin ningún problema”. Preguntado por la posibilidad de aceptar la tramitación de una ley de amnistía como pretenden Junts y ERC, Sánchez repite estos días: “El diálogo es el método, el marco es la Constitución”.

Exministro de Justicia: “La amnistía es el olvido, el indulto es el perdón”. Juan Carlos Campo, que fue ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez y es hoy magistrado del Tribunal Constitucional por designación del Ejecutivo, declaró en 2019 que una ley de amnistía no cabía en la Constitución: “La amnistía es el olvido. Aquí”, dijo en referencia a la posibilidad de aprobar indultos por los líderes del procés, “no hay olvido, hay perdón para construir un futuro mejor”.

El Gobierno aprobó los indultos a los presos del procés y reformó el Código Penal para derogar el delito de sedición —sustituido por el de desórdenes públicos con un castigo inferior— y crear dos tipos atenuados de malversación sin ánimo de lucro. Todas esas reformas estaban encaminadas a rebajar las penas a los participantes en el procés. Pero ahora Junts y ERC quieren todavía más y exigen el olvido total sobre el desafío independentista ilegal que ambos partidos siguen defendiendo.

El poder omnímodo del Parlamento. “La amnistía no está prevista en la Constitución”, explican desde Sumar, “pero el Parlamento tiene un poder omnímodo para regular cualquier materia siempre que no infrinja un principio constitucional, las objeciones que se plantean respecto a la interferencia en la labor de los tribunales de justicia, principio de separación de poderes y principio de igualdad de todos los ciudadanos, son igualmente predicables del indulto, del que no se discute su viabilidad. Una cosa son los indultos, acto del Ejecutivo y que la Constitución prohíbe cuando son generales, y otra cosa es la amnistía, que es un acto del legislativo, un argumento de peso a su favor es que nadie ha dicho que se deba aplicar la disposición derogatoria de la Constitución para la Ley de Amnistía del 77 que establece que las leyes anteriores a la Constitución que sean contrarias a ella quedan derogadas y esto nunca se ha considerado. El Tribunal Constitucional ha aceptado tácitamente la constitucionalidad de la amnistía. La viabilidad de la amnistía es más de oportunidad política que un problema jurídico”.

El exmagistrado del Constitucional Juan Antonio Xiol defendió esta tesis durante una entrevista en Catalunya Radio: “Una vez aprobada la amnistía en el Parlamento, el Constitucional podría considerar que va en contra de algunos principios básicos de la Constitución o de algún derecho fundamental, por eso habría que matizar muy bien el contenido del texto porque el problema, básicamente, es político”.

“¿Por qué no amnistiar a Bárcenas o a Griñán si sus actos tuvieron intencionalidad política?”. Varios magistrados expertos en Derecho Penal y Constitucional consultados por EL PAÍS señalan el artículo 117 de la Constitución como otro de los obstáculos para validar una ley de amnistía: “El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes”.

Una ley de amnistía impediría la aplicación de este precepto constitucional, subraya uno de esos magistrados. “El principio de exclusividad jurisdiccional en un Estado de derecho como el nuestro es uno de los basamentos sin los cuales el edificio se desmorona”. Y añade: “Si admitimos la constitucionalidad de la amnistía siempre que esté marcada por la intencionalidad política, ¿por qué Rajoy no puede amnistiar a Bárcenas, que se llevó dinero, igual que Puigdemont? Lo que pasa es que lo ha aplicado a un fin distinto, que es la organización y convocatoria de un referéndum, pero se ha llevado dinero. Bárcenas quería conseguir que la financiación ilegal del PP colocara a este partido en una situación de prevalencia política. ¿Por qué Pedro Sánchez no puede amnistiar a Chaves o a Griñán?. Si en todos esos casos hay intencionalidad política, si todo eran decisiones emanadas del Parlamento”.

El debate de 1977

Perdón a los actos de intencionalidad política. El Congreso de los Diputados aprobó el 14 de octubre de 1977 una proposición de Ley de Amnistía (presentada por los grupos de Unión de Centro Democrático, Socialista, Comunista, Minoría Vasco- Catalana, Mixto y Socialistas de Cataluña) por 196 votos a favor, 18 abstenciones, dos en contra y uno nulo. La norma establecía la amnistía para “todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad a1 15 de diciembre de 1976 y para todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el 15 de diciembre de 1976 y el 15 de junio de 1977, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España y todos los actos de idéntica naturaleza realizados hasta el 6 de octubre de 1977, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas”.

Antonio Carro (Alianza Popular). “Una democracia no puede amnistiar continuamente a sus destructores”. “La amnistía es una institución de excepción en todo Estado de derecho. (...) La amnistía era obligada para todos los demócratas que, al cambiar el régimen, se hallaban cumpliendo condena por hechos o actos que constituyen el ejercicio legítimo de libertades o derechos (...) pero llegado el 15 de junio, en que se produjeron las elecciones generales y que se produce la legitimación democrática del nuevo sistema político español, las cosas cambian, porque, a partir de este momento, hay que reconocer que en España ya no hay posibiIidad de delitos políticos. ¿A qué viene, qué legitimidad tiene la nueva amnistía que hoy nos proponéis? Si ofrecierais al país una garantía de que esta amnistía es la última, que después de esta amnistía aplicaríais la ley sin tolerancia, estaría dispuesto a sacrificar mis dudas y temores en aras del unánime consenso parlamentario. Nos abstendremos porque una democracia responsable no puede estar amnistiando continuamente a sus propios destructores”.

Marcelino Camacho (Minoría Comunista). “Pieza capital de la reconciliación”. “La pieza capital de esta política de reconciliación nacional tenía que ser la amnistía. ¿Cómo podríamos reconciliarnos los que nos habíamos estado matando los unos a los otros si no borrábamos ese pasado de una vez para siempre? La amnistía es una política nacional y democrática, la única consecuente que puede cerrar ese pasado de guerras civiles y de cruzadas. Queremos abrir la vía a la paz y a la libertad”.

Txiqui Benegas (Grupo Socialista): “Reparamos las injusticias de un régimen autoritario”. “Ninguna democracia se puede construir manteniendo presos, exiliados y represaliados, producto de una dictadura que se pretende superar. Hoy solamente estamos cumpliendo con un profundo deber de demócratas, con un ineludible compromiso con la libertad, que no es más que intentar reparar —si reparación cabe— los daños, los perjuicios, las injusticias provenientes de un régimen autoritario que no dudo en calificar como uno de los más implacables del siglo XX contra sus adversarios políticos. Ninguna democracia se puede construir manteniendo presos, exiliados y represaliados, producto de una dictadura que se pretende superar. La Ley de Amnistía para nosotros significa el final de una época y el principio de otra en que deberán ser respetadas las reglas democráticas establecidas por la voluntad popular, y quien no las respete, quien sistemáticamente las viole, quien pretenda crear un caos de violencia deberá soportar el peso de la ley y las sanciones que el ordenamiento democrático establezca para la salvaguarda de la libertad y de los derechos de los ciudadanos”.

Rafael Arias Salgado (UCD): “Presupuesto ético político de la democracia”. “Creemos que la amnistía es necesaria siempre que se persiga sentar las bases de una nueva convivencia, y hoy estamos tratando de hacer realidad una vieja y sentida aspiración que jamás ha llegado a echar sólidas raíces en la historia de España: la definitiva institucionalización de un Estado democrático de derecho, que ampare la libertad de todos y en el que todos, en el respeto a los demás, lleguen a encontrar su sitio. La amnistía es el presupuesto ético político de la democracia”.

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MASSIMILIANO MINOCRI
<![CDATA[El Constitucional se prepara para avalar la ley que prohíbe al CGPJ nombrar cargos judiciales]]>https://elpais.com/espana/2023-08-07/el-constitucional-se-prepara-para-avalar-la-ley-que-prohibe-al-cgpj-nombrar-cargos-judiciales.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-08-07/el-constitucional-se-prepara-para-avalar-la-ley-que-prohibe-al-cgpj-nombrar-cargos-judiciales.htmlMon, 07 Aug 2023 03:40:00 +0000La justicia sufre un deterioro colosal en España como consecuencia del bloqueo impuesto por el PP en la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Una reforma legal de 2021 prohíbe a este organismo, integrado por jueces y juristas de reconocido prestigio, nombrar cargos judiciales —magistrados del Tribunal Supremo, presidentes de audiencias o de tribunales superiores― a medida que se producen vacantes en los distintos órganos por finales de mandato, jubilaciones o fallecimientos. Esta limitación afecta ya a un centenar de nombramientos, aunque la situación más grave se da en el Supremo, donde 21 de los 79 magistrados de este tribunal no han podido ser sustituidos tras jubilarse, lo que repercute en el funcionamiento normal de algunas de las salas más afectadas por las bajas.

La prohibición legal de hacer nombramientos cuando el mandato del Consejo General del Poder Judicial está finalizado fue una idea del Gobierno (PSOE y Unidas Podemos) para forzar al PP a llevar a cabo la renovación. Pero la medida, aprobada de urgencia por el Congreso de los Diputados a través de una proposición de Ley, no tuvo los efectos esperados. El bloqueo para la renovación continua mientras el problema de la falta de magistrados en el Supremo por la imposibilidad de nombrar cargos judiciales se ha ido agravando con el paso del tiempo.

El Tribunal Constitucional tiene previsto votar en septiembre la ponencia elaborada por la magistrada María Luisa Balaguer, que propone rechazar el recurso de la derecha parlamentaria (PP y Vox) y avalar la constitucionalidad de la reforma legal aprobada en marzo de 2021. Si la ponencia sale adelante, quedará fijada siempre la posibilidad constitucional de prohibir el nombramiento de cargos judiciales si el CGPJ, como ocurre desde finales de 2018, tiene el mandato caducado.

El texto de esa ponencia, según indican a EL PAÍS fuentes conocedoras del mismo, respalda la norma que prohíbe los nombramientos y propone rechazar los recursos de la derecha parlamentaria. El único reparo constitucional a la reforma legal de 2021 afectaba a los nombramientos de magistrados del Constitucional por parte del CGPJ, que también estaban prohibidos. Pero a finales de 2022, se aprobó una modificación de la norma que salvaba del veto de los nombramientos al Tribunal Constitucional, lo que permitió renovar este órgano con el nombramiento de dos magistrados por parte del Consejo General del Poder Judicial, aunque con algunos meses de retraso.

El futuro aval del Constitucional a la prohibición legal vigente haría todavía más necesaria una renovación del Poder Judicial a la que el PP se ha negado durante cinco años, pese a que tanto su anterior líder, Pablo Casado, como el actual, Alberto Núñez Feijóo, amagaron con la posibilidad de llegar a un acuerdo para los nombramientos, aunque luego rectificaron alegando supuestos incumplimientos por parte del Ejecutivo. Para romper las negociaciones y justificar su negativa a renovar el consejo, el PP llegó a esgrimir desde insultos al Rey por parte de uno de los socios del Gobierno hasta la reforma penal de los delitos de sedición o malversación.

Por su parte, PSOE y Sumar han sopesado impulsar una reforma de la ley del Poder Judicial que permita, en determinadas circunstancias, renovar el CGPJ con mayoría absoluta, y no con la mayoría cualificada de tres quintos que se exige ahora y que permite al PP bloquear durante el tiempo que quiera los cambios que la Constitución impone. Pero ni PSOE ni Sumar se han pronunciado tras las elecciones generales del 23-J sobre si quieren activar esta iniciativa parlamentaria, muy cuestionada en Bruselas, cuando se inicie el nuevo curso tras la constitución de las Cortes el próximo 17 de agosto.

La composición del Consejo General del Poder Judicial ha reflejado desde 1985 la sensibilidad ideológica presente en las Cortes, de manera que, por ejemplo, cuando el PP ganó las elecciones por mayoría absoluta, como ocurrió a finales de 2011, se trasladó esa misma proporción al Gobierno de los jueces. 11 de los 20 vocales elegidos por el Congreso y el Senado en 2013 eran de tendencia conservadora, avalados por los diputados y senadores populares.

La renovación del CGPJ debería haberse efectuado en 2018, según los tiempos marcados en la Constitución. Pero eso no ha ocurrido porque el PP bloqueó la renovación y mantienen vigente la composición de 2013, con una mayoría absoluta de vocales conservadores a los que el Gobierno de coalición retiró por ley el poder de nombrar a cargos judiciales en los distintos órganos.

El PP de Alberto Núñez Feijóo prometió en la pasada campaña electoral del 23-J derogar la reforma legal si formaba Gobierno para permitir así que el Consejo General del Poder Judicial, incluso con el mandato caducado, pudiera hacer los 21 nombramientos del Tribunal Supremo y así acabar con el atasco en este órgano clave para el funcionamiento de la administración de Justicia.

El PP también planeaba reformar la ley del Poder Judicial para que los 12 jueces que integran el CCGPJ fueran elegidos directamente por los jueces, y no por el Congreso y el Senado, como ocurre ahora. Las Cortes eligen a 12 vocales jueces de una selección que previamente han hecho los propios jueces. De hecho, hay cerca de 40 candidatos jueces a la renovación del actual CGPJ que lograron en su día los avales necesarios de sus compañeros para la selección que luego deberían haber hecho y votado las Cámaras.

El bloqueo en la renovación afecta principalmente a la sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, muy mermada por la jubilación de un tercio de sus magistrados. Esta situación provoca que cada año se dicten 1.000 sentencias menos (un 25%) y, por tanto, se produzca un atasco considerable en la resolución de conflictos que enfrenta a los ciudadanos con la administración pública. Entre los temas pendientes de resolver por esta sala se encuentra los indultos concedidos por el Gobierno a los dirigentes independentistas del procés catalán.

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Samuel Sánchez
<![CDATA[La España de las autonomías avanza a golpe de investiduras inciertas desde hace 30 años]]>https://elpais.com/espana/2023-08-06/la-espana-de-las-autonomias-avanza-a-golpe-de-investiduras-inciertas-desde-hace-30-anos.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-08-06/la-espana-de-las-autonomias-avanza-a-golpe-de-investiduras-inciertas-desde-hace-30-anos.htmlSun, 06 Aug 2023 03:30:00 +0000El Estado de las autonomías avanza desde hace 30 años a golpe de investiduras inciertas. En España, las comunidades han mejorado su financiación, han asumido más competencias y han reforzado su autogobierno gracias en parte a cesiones de los gobiernos centrales de PSOE y PP en etapas donde no tenían mayoría absoluta en las Cortes. Cuando los dos partidos mayoritarios han precisado de los votos de nacionalistas vascos o catalanes, estas fuerzas políticas has puesto un precio a su apoyo imprescindible y logrado avances para Cataluña, Euskadi y el resto de las autonomías.

Ahora se repite la historia. Los 25 diputados de dos partidos independentistas vascos ―PNV (5) y EH Bildu (6)― y dos catalanes ―ERC (7) y Junts (7)― decidirán con su voto el futuro político de España. De ellos depende la continuidad del actual Gobierno de coalición (PSOE-Unidas Podemos/Sumar) o la repetición electoral. Portavoces de las cuatro formaciones nacionalistas han rechazado ya la otra opción posible: la investidura de Alberto Núñez Feijóo (PP).

Estos cuatro partidos separatistas pretenden obligar al candidato socialista, Pedro Sánchez, a garantizar una serie de reformas legales para mejorar la situación de esas dos autonomías y de algunos dirigentes de los partidos que las gobiernan. Aceptar una parte de las reivindicaciones de las formaciones nacionalistas catalanas ―referéndum de autodeterminación o ley de amnistía― supondría incumplir la Constitución; otras peticiones son asumibles por cualquiera de los candidatos a la investidura.

La enrevesada situación parlamentaria se complica porque Carles Puigdemont, expresidente catalán y líder de Junts, está imputado por los delitos de desobediencia y malversación por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Además, el jefe de Junts, partido clave para la investidura de Sánchez, es un prófugo, algo que nunca había ocurrido en la reciente etapa democrática. Si el PSOE quiere revalidar el poder tiene que negociar con Puigdemont, un político cuyo futuro, si regresa a España, está más cerca de la cárcel que del Parlamento.

Desde hace 30 años, nacionalistas vascos y catalanes utilizan su poder en las votaciones para arañar competencias, dinero o inversiones para sus territorios. En muchos casos, esos avances o mejoras beneficiaron también al resto de las autonomías. Lo que sigue resume las tres últimas décadas de negociaciones con gobiernos de PSOE y PP. En todas esas conversaciones para facilitar investiduras, los partidos nacionalistas lograron cobrar parte del precio que pusieron a su apoyo.

Julio 1993. La cesión del 15% del IRPF a las autonomías que reclamó Pujol

El PSOE de Felipe González consiguió en 1993 una victoria electoral insuficiente. Se quedó a 17 diputados de la mayoría absoluta lograda en las tres elecciones generales anteriores (1982, 1986 y 1989). El presidente fue investido aquel año gracias a los votos afirmativos de CiU (17 diputados) y PNV (5). Unos meses antes, Jordi Pujol había reclamado una reforma legal para ceder a Cataluña la gestión del 15% del IRPF.

Felipe González y Jordi Pujol, en 1995.

Durante la sesión de investidura, el portavoz parlamentario de CiU, Miquel Roca, justificó su rápido apoyo a González en la necesidad de dar estabilidad al Gobierno en momentos de crisis y negó que hubiera obtenido contraprestación alguna del Ejecutivo socialista. Sin embargo, el Ejecutivo socialista anunció solo un mes después de la investidura que los presupuestos de 1994 incluirían la cesión del 15% del IRPF a todas las comunidades. El ministro de Administraciones Públicas, Jerónimo Saavedra, comunicó antes la decisión al presidente de la Generalitat de Cataluña, Jordi Pujol, en una cita de agosto.

Mayo de 1996. Pacto del Majestic. Competencias y otras ventajas para Cataluña a cambio de votar a Aznar

El PP de José María Aznar ganó las elecciones generales de marzo de 1996, pero se quedó a 20 diputados de la mayoría absoluta. Logró el apoyo a su investidura gracias a los diputados de CiU y PNV, quienes tres años antes habían respaldado con su voto al socialista Felipe González en una situación parecida.

Macià Alavedra, Rodrigo Rato, Jordi Pujol, José María Aznar, Josep Antoni Duran Lleida, Joaquim Molins, Josep Maria Sánchez Llibre y Mariano Rajoy, antes de la firma del pacto del Majestic entre el PP y CiU en 1996.

Para conseguir el apoyo de los convergentes, Aznar pactó el precio a pagar en las conversaciones del hotel Majestic: aceptó la eliminación de la figura del gobernador civil, la cesión de competencias sobre tráfico, el traspaso de la gestión de los puertos de interés general a las autonomías y la reforma de las leyes del suelo y de costas. El portavoz parlamentario de CiU, Joaquim Molins, recordó durante la sesión de investidura que España era “un Estado plurinacional, pluricultural y plurilingüístico” y que Cataluña consideraba que su lengua y cultura era “distinta y empezó a formarse hace mil años”. A continuación, el diputado convergente agradeció a Aznar la supresión de la figura de los gobernadores civiles y el resto de los acuerdos: “Nunca hasta ahora nadie se había atrevido a llevar a la práctica desde el poder esa medida. Lo felicito, señor Aznar, por ello”.

El líder del PP replicó que los acuerdos con CiU eran todavía “más positivos” porque, “salvo en los factores diferenciales”, eran “acuerdos generalizables” al resto de las autonomías. “Creo que eso, desde la posición política de su señoría, y de la mía, es un acierto de los acuerdos que conviene resaltar”.

Diciembre de 2001. El PP aprueba el nuevo modelo de financiación autonómica. El “mejor sistema que hemos tenido nunca”, según CiU

En 2001, el Ejecutivo de José María Aznar (PP) gozaba de mayoría absoluta en el Congreso tras las elecciones generales celebradas un año antes. El PP pactó con CiU un nuevo modelo de financiación que trasladaba a las comunidades 1.800 millones de euros más de lo que recibían entonces, con cesión de un porcentaje de determinados impuestos estatales. El cambio fue bendecido por los nacionalistas catalanes: “Es sin duda un paso adelante, es el mejor modelo que hemos tenido nunca, con una mejora cualitativa y cuantitativa porque aporta más recursos al sistema de financiación autonómica en sentido global, y en el caso particular de mi grupo, en Cataluña”, afirmó en el pleno del Congreso el diputado de CiU Heribert Padrol i Munté.

El nuevo sistema permitió a las comunidades financiarse mediante la recaudación de tributos cedidos sobre Patrimonio, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, sobre el Juego, sobre Determinados Medios de Transporte, sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos; una tarifa autonómica del IRPF; la cesión del 35% de la recaudación por IVA; la cesión del 40% del Impuesto sobre la cerveza, vino y bebidas fermentadas; la cesión del 40% del impuesto sobre hidrocarburos; la cesión del 40% del impuesto sobre labores del tabaco, y la cesión del 100% del impuesto sobre la electricidad además de la creación de un Fondo de Suficiencia.

Ese mismo año, Aznar se reunió con el presidente navarro, Miguel Sanz (UPN), y le prometió traspasar a esa comunidad las competencias de tráfico. El compromiso del presidente del PP lo cumplió el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, 22 años después. En marzo se hizo efectivo el traspaso a Navarra de esas competencias de tráfico ante las críticas del PP.

2006. Nuevo Estatuto de Cataluña pactado entre Artur Mas y José Luis Rodríguez Zapatero

El PSOE recuperó en 2004 el poder perdido en 1996. José Luis Rodríguez Zapatero fue investido presidente con los 164 escaños que logró el PSOE en las elecciones generales y gracias al apoyo de IU (5), ERC (8), Coalición Canaria (3), BNG (2) y Chunta Aragonesista (1). Unos meses antes, en un mitin celebrado en Barcelona, Zapatero prometió aprobar el nuevo Estatuto que saliera del Parlamento catalán. “El debate entonces era si íbamos a apoyar un nuevo Estatuto catalán o no. No era sobre el contenido de ese Estatuto”, explicó años después Zapatero a EL PAÍS. “La frase literal es cierto que podía haberla matizado mejor. Pero el sentido era evidente. Pascual Maragall proponía una reforma del Estatut y el PSOE tenía que tomar posición. Lo que pasa es que luego la frase ha ido transmutándose y ya todo el mundo piensa que dije que apoyaría cualquier Estatuto. No. Es verdad que el tenor literal que utilicé da lugar a que se pueda interpretar así. Es evidente que hay que medir cada coma de lo que se dice en los mítines… Pero el sentido es que yo sí estaba por la reforma del Estatuto, obviamente dentro de la Constitución”.

Zapatero y Mas, en La Moncloa, tras el pacto sobre el Estatuto de Cataluña, en enero de 2006.

El Parlamento catalán aprobó en 2006 su nuevo Estatuto de Autonomía. El Ejecutivo tripartito de izquierdas (PSC, ICV y ERC), presidido por Pascual Maragall, sacó adelante la norma tras un acuerdo in extremis entre José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del Gobierno, y Artur Mas, líder de CiU y entonces jefe de la oposición en Cataluña.

El Estatuto de 2006 fue ratificado en referéndum con el 73,9% de los votos a favor y una participación del 48,9% de los catalanes. El texto recogía en su preámbulo que el Parlamento autónomo consideraba a Cataluña una nación y se remitía en muchos de sus artículos a la Constitución española. El PP sacó urnas a la calle contra ese Estatuto y lo recurrió ante el Tribunal Constitucional. Este organismo, muy dividido, estimó parcialmente el recurso al considerar inconstitucionales 14 artículos e imponer una interpretación determinada a otros 27. La sentencia declaró “sin eficacia jurídica interpretativa la referencia del preámbulo a Cataluña como nación”, que se mantuvo. “La Constitución”, señalaba el fallo, “no conoce otra que la nación española”. El tribunal consideró inconstitucional la parte del artículo 6 que señalaba que el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las administraciones públicas y los medios de comunicación públicos de Cataluña. La palabra “preferente” fue eliminada del texto por la sentencia. Además, en uno de sus fundamentos jurídicos, establecían que el Estatuto no podía establecer el deber de conocimiento de la lengua catalana, y en otro recordaba que las lenguas reconocidas como vehiculares en la enseñanza eran el castellano y el catalán, y no solo el catalán.

Julio de 2009. Zapatero aprueba el nuevo sistema de financiación. El Gobierno catalán aplaude: “Estamos federalizando el Estado con liderazgo desde Cataluña”

Con un Gobierno tripartito en Cataluña (PSC, ERC e ICV), el Congreso aprobó en 2009 una nueva Ley de Financiación Autonómica que mejoraba en 11.000 millones de euros los recursos que llegaban a las comunidades y aumentaba el porcentaje de los impuestos cedidos. El PP se opuso al nuevo modelo porque era “un traje a la medida de Cataluña”. ERC e ICV alabaron en el Congreso el cambio legislativo: “Lo que estamos haciendo con el nuevo modelo es federalizar el Estado con liderazgo desde Cataluña”, señaló el portavoz de ICV, Joan Herrera.

Marzo de 2012. Indulto de dos militantes de Unió, uno de ellos ex alto cargo de la Generalitat de Cataluña.

Mariano Rajoy (PP) logró mayoría absoluta a finales de 2011 y no necesitó a los partidos nacionalistas para su investidura. CiU y ERC votaron en contra y el PNV se abstuvo.

Mas y Rajoy, en La Moncloa en 2014.

El PP ayudó con su abstención en marzo de 2012 al Gobierno de Artur Mas (CiU) a aprobar sus presupuestos autonómicos. Ese mismo mes, el Consejo de Ministros presidido por Rajoy aprobó el indulto de un ex alto cargo de la Generalitat de Cataluña y de un empresario, ambos militantes de Unió Democrática, condenados por prevaricación y malversación de fondos públicos a penas de cuatro años y medio y dos años y tres meses de cárcel.

Solo unos meses después, la buena relación entre CiU y PP saltó hecha añicos. Sucedió cuando el entonces presidente catalán, Artur Mas, acosado por la crisis económica que situó a la Generalitat al borde de la quiebra, pidió a Rajoy un pacto fiscal para mejorar la financiación de Cataluña y el jefe del Gobierno central se lo negó. Sin pacto fiscal, Artur Mas convocó unas elecciones anticipadas, envuelto en la bandera soberanista. Allí comenzó la deriva independentista del Gobierno catalán que aún hoy sigue viva.

Abril de 2018. El PP aprueba los Presupuestos con el voto del PNV a cambio de subir las pensiones un 1,6%

Mariano Rajoy revalidó el poder en 2016 gracias a una tormentosa investidura que fracturó al PSOE entre quienes se abstuvieron, obedeciendo el mandato de su Comité Federal, y quienes votaron en contra. “Una cosa es la investidura y otra muy distinta es gobernar”, contó después Rajoy para referirse a un mandato (2016-2018) donde apenas pudo aprobar leyes. El PP logró sacar adelante el presupuesto de 2018 gracias al voto a favor del PNV, quien exigió a cambio subir las pensiones de acuerdo al IPC de aquel año. Solo unos meses después de aprobar los Presupuestos, Rajoy salió del Gobierno por la fuerza de una moción de censura presentada por el PSOE, la primera que prosperó en democracia, gracias en parte al apoyo del PNV.

2020-2023. Gobierno de PSOE-Podemos. Traspaso de prisiones a Euskadi; indultos a ocho condenados del ‘procés’; se deroga la sedición y se reforma la malversación

Pedro Sánchez llegó al Gobierno gracias al apoyo de Unidas Podemos, ERC, PDeCAT, Compromís, EH Bildu, Nueva Canaria y PNV a la moción de censura presentada contra Mariano Rajoy, presidente de un partido, el PP, que había sido condenado unas semanas antes por corrupción. Sánchez se mantuvo en el Gobierno tras las elecciones de 2019 gracias al apoyo del PNV y la abstención de ERC y Bildu.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (en el centro), durante el Consejo de Ministros que aprobó los indultos a los condenados por el 'procés'.

El Ejecutivo de coalición traspasó en octubre de 2021 al Gobierno vasco las competencias sobre la gestión de las prisiones. PP, Ciudadanos y Vox se opusieron a esta medida porque serviría para “sacar a la calle a los terroristas”. En noviembre, el Gobierno central firmó un acuerdo para traspasar la competencia de Tráfico a Navarra, un compromiso antiguo del Gobierno de José María Aznar (PP).

El Consejo de Ministros del 22 de junio de 2021 aprobó “por utilidad pública” nueve indultos parciales para los presos del procés, dirigentes independentistas de ERC y Junts. “Merece mucho la pena intentarlo. Queremos cerrar de una vez por todas la división y el enfrentamiento. La sociedad española demuestra hoy su grandeza. Es el momento de volver a la política”, declaró el presidente Sánchez para justificar su decisión.

Los indultos no resolvieron el problema a todos los encausados por el procés. Algunos seguían huidos, como el expresidente Carles Puigdemont, y otros pendientes de juicio en Cataluña. El Gobierno aceptó una propuesta de ERC para reformar el Código Penal con dos medidas tendentes a aliviar la situación de los independentistas catalanes imputados en causas relacionadas con el desafío del 1 de octubre: la derogación de la sedición y la reforma de la malversación para abaratar la pena a quienes no se hubieran lucrado personalmente con el desvío de dinero público. La reforma legal apenas tuvo consecuencias porque el Tribunal Supremo interpretó que los nuevos modos de malversación creados no encajaban en los hechos por los que fueron condenados los independentistas. Por otro lado, la derogación del delito de sedición permitirá a Puigdemont librarse de esa acusación si regresa a España. Solo podrá ser juzgado por los delitos de malversación y desobediencia.

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Carles Ribas
<![CDATA[El éxito en la gestión del voto por correo desmonta la teoría de la conspiración que aireó el PP]]>https://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-22/el-exito-en-la-gestion-del-voto-por-correo-desmonta-la-teoria-de-la-conspiracion-que-aireo-el-pp.htmlhttps://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-22/el-exito-en-la-gestion-del-voto-por-correo-desmonta-la-teoria-de-la-conspiracion-que-aireo-el-pp.htmlFri, 21 Jul 2023 05:54:49 +0000La empresa pública Correos ha resuelto de manera satisfactoria el mayor desafío electoral al que se ha enfrentado en la reciente etapa democrática por la convocatoria extraordinaria del 23-J. De los 2,6 millones de electores que solicitaron el voto por correo, más del 93% lo había hecho efectivo hasta el jueves, uno de los porcentajes más altos registrados en todo tipo de elecciones desde 2005.

La compañía se encontró en su agenda de manera imprevista la tarea de organizar unas elecciones generales en una situación excepcional: un porcentaje alto de la población está de vacaciones, lo que ha triplicado las peticiones de voto por correo respecto a la anterior convocatoria del 28 de mayo pasado. Correos asumió el triple del trabajo con una parte de la plantilla de vacaciones. Además, la distribución de la documentación electoral se complicó porque muchos potenciales votantes fijaban el punto de entrega en su lugar de vacaciones y no en su domicilio habitual.

La compañía sostiene que desde el 30 de mayo (53 días antes de las elecciones generales del 23-J) comenzaron a planificar los trabajos necesarios para la cita electoral, entre los que se incluía la contratación de miles de personas para reforzar el servicio.

La siembra de la duda

En medio de todo el proceso, el PP, a través de su candidato a presidente, Alberto Núñez Feijóo, levantó una grave sospecha durante el mitin del día 12 en Murcia: “Le pido a los carteros de España que trabajen al máximo, mañana, tarde y noche y, aunque no tengan los refuerzos suficientes, que sepan que custodian algo que es sagrado de los españoles, que es su voto. Les pido que, con independencia de sus jefes, repartan todos los votos antes de que venza el plazo, para que los españoles podamos votar. Me comprometo a que si no les pagan las horas extra, en el primer Consejo de Ministros les pagaré todas las horas extras”.

La realidad de aquel día desmentía la insinuación de Feijóo. 19.400 trabajadores reforzaban ya la plantilla de Correos y no había una sola prueba de que los jefes de los empleados hubieran obstaculizado o dado órdenes de no entregar los votos por correo.

EL PAÍS preguntó al PP a qué se refería Feijóo con su denuncia, y la formación conservadora se remitió a las declaraciones a Telemadrid de un sindicalista de CC OO, Regino Martín, que hablaba en calidad de portavoz del sindicato en Correos.

Martín declaró el día 11: “Si no hay carteros para llevar la documentación y no hay apertura de oficinas para que el ciudadano o la ciudadana pueda emitir el voto, es evidente que Correos no está tomándose en serio el voto por correo y, entendemos que, antes dudábamos y ahora pensamos que es cierto, el presidente de Correos no está facilitando el voto y el Gobierno no parece estar encariñado con que la gente vaya a votar (…) Se prevé no abrir el 15 y el 16 las oficinas, solo el 15 (…). En estas condiciones, el ciudadano va a estar muy apretado para poder votar y no va a llegar a votar. Por eso Correos no informa a los medios, por eso Correos miente y por eso Correos no informa a los sindicatos. Se está fomentando la abstención. Lo dije hace mes y medio en nombre del sindicato mayoritario y hay una caza de brujas en Correos para que no lo digamos. Correos no está entusiasmado con que la gente vaya a votar”.

La denuncia rechazada

Esas declaraciones del sindicalista de Comisiones Obreras, atribuyendo una intencionalidad política al Gobierno y al presidente de Correos para obstaculizar el voto por correo, se convirtieron solo 24 horas después en una denuncia por escrito del PP a la Junta Electoral Central. Citando las declaraciones de Regino Martín (CC OO), la denuncia señalaba: “Hemos tenido conocimiento del malestar existente entre los sindicatos de Correos al cuestionar públicamente que muchos de estos electores finalmente no puedan ejercer de manera efectiva su derecho al voto”. El PP denunciaba que la recepción de las papeletas se estaba realizando “con un retraso más que notorio, pudiendo perjudicar el resultado electoral”, que “el refuerzo de personal de Correos (19.000 profesionales) no ha ayudado a agilizar el proceso”, y solicitaba “cuantas medidas considere necesarias para garantizar de manera efectiva el ejercicio de derecho al voto a cuantos electores así lo hayan solicitado y que el mismo no se vea conculcado por un anómalo funcionamiento de la Administración”. A continuación, puede consultar el texto íntegro de la denuncia.

El presidente de la Junta Electoral, el magistrado Miguel Colmenero, recabó informes de la Oficina del Censo Electoral y de la propia compañía de Correos y rechazó el día 13 la reclamación del Partido Popular: “Vistas las medidas que están adoptando ambos organismos para facilitar el ejercicio del voto por correo y los problemas que puede suscitar la modificación de los plazos establecidos para la solicitud y entrega del voto por correo, no procede adoptar en este momento ninguna otra medida adicional”.

Resolución de la Junta Electoral Central sobre la denuncia del Partido Popular contra Correos

Feijóo acudía entonces a entrevistas en radios y televisiones donde le preguntaban si iba a impugnar las elecciones del 23-J. El candidato del PP contestó así en Es.Radio: “Nosotros no queremos contemplar ese escenario porque sería un escenario de una enorme trascendencia política y jurídica. Pero nosotros hemos empezado a mandar un mensaje a los carteros que, por responsabilidad personal, por profesionalidad, si tienen que trabajar por encima del horario, con independencia de no tener el compromiso de cobrar esas horas, que lo hagan… No pueden quedar votos en las carterías, eso no puede ocurrir. No quiero pensar en una situación en que pueda haber personas que no puedan votar porque no le ha llegado la papeleta. España no puede meterse en esta senda”. Más adelante, Vox también contribuyó a difundir el eventual descrédito del voto por correo.

El secretario general de CC OO, Unai Sordo, aclaró el 14 de julio que el sindicato no compartía las declaraciones de Regino Martín sobre una supuesta intencionalidad política del Gobierno en la gestión del voto por correo. “Es un mensaje muy peligroso y deslegitimador de un proceso electoral (…) nos desvinculamos de cualquier teoría conspiranoica y trumpista que defienda que se quiere condicionar el resultado o la participación electoral del voto por correo”. Sordo insistió en que había que reforzar la plantilla de Correos para el proceso electoral y que estaba convencido de que eso iba a ocurrir, pero recalcó que el sindicato se desligaba “de cualquier tipo de teoría de la conspiración que se está instalando en una parte del espectro político español”.

Los datos y los resultados

Los datos finales de todo el proceso de tramitación de los 2,6 millones de peticiones de voto por correo acreditan el éxito de la operación más compleja que ha vivido nunca la compañía en las peores condiciones posibles. Las oficinas de Correos, salvo algunas excepciones, han funcionado con normalidad y sin grandes aglomeraciones ni largas esperas.

El sindicalista que aireó la teoría de que el Gobierno no estaba “encariñado” con el voto por correo de los ciudadanos y que el presidente de Correos fomentaba la abstención con su gestión, rechazó, en conversación con EL PAÍS, rectificar sus palabras tras conocer el resultado final del proceso.

“Ha sido la enorme presión sindical de todos los sindicatos, no solo de CC OO, que somos mayoritarios con el 43%, la que ha movido un poco la rueda, porque estaba bastante parada. Y en segundo lugar, los profesionales de Correos, que tiene una plantilla tremenda que a pesar de la falta de medios durante prácticamente 41 días, se ha puesto a mover la rueda como han hecho siempre, hemos tramitado 17 procesos electorales, en elecciones generales desde 1978, los hemos sacado todos a pesar de los gestores.

―¿Quiere decir que los empleados no han obedecido a sus jefes para poder sacar adelante este trabajo?

―No es desobedecer, pero tenemos vocación de servicio público. Podíamos haber hecho una huelga, montar un pollo, no queríamos montar una huelga contra el derecho a que el ciudadano pueda ejercer el voto, no lo hicimos, creemos que es un derecho constitucional clave y, por tanto, a pesar de que no había refuerzos, a pesar de que no se estaba atendiendo y a pesar de que no se estaban poniendo medios, con la lengua fuera siempre hemos sacado el proceso.

Regino Martín se niega a rectificar sus palabras y tan solo admite que Feijóo “estuvo un poco desafortunado” cuando pidió a los carteros que entregaran los sobres a los electores “independientemente de sus jefes”. La teoría de este sindicalista de CC OO es que el presidente de Correos tomó las medidas necesarias solo a partir del día 11, sometiendo a la plantilla a un sobreesfuerzo innecesario. “El presidente de Correos ha gestionado muy mal esta historia y ha metido en un lío al Gobierno”.

La compañía contesta que comenzó el proceso de contratación de refuerzos el 8 de junio, 45 días antes de la cita con las urnas, recurriendo a las bolsas de empleo de Correos, a personas con experiencia en la compañía y a los 84.000 aspirantes al último proceso de consolidación de empleo. Correos añade que desde el 3 de julio se tomaron medidas organizativas para facilitar el voto por correo mediante extensiones de horarios y apertura de oficinas en días festivos: “Se realizaron repartos extraordinarios de documentación electoral los sábados 8 y 15 de julio, el domingo 16 y el lunes 17 (en aquellas localidades que era festivo local) participando en ellas 5.700 carteros y 896 unidades de distribución. El día 11 se ampliaron horarios en las zonas más concurridas en 275 oficinas, y desde el día 13 todas las oficinas que cerraban a las 20.00 ampliaron hasta las 22.00. El día 12 se comunicó que 2.075 oficinas de todo el país abrirían durante el fin de semana del 15 y 16 de julio…”.

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PACO PUENTES
<![CDATA[Una semana de engaños en campaña]]>https://elpais.com/espana/2023-07-14/una-semana-de-enganos-en-campana.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-07-14/una-semana-de-enganos-en-campana.htmlFri, 14 Jul 2023 18:11:22 +0000Envuelto todavía en la euforia tras su cara a cara con Pedro Sánchez, el candidato Alberto Núñez Feijóo denunció en su mitin del miércoles en Alicante las “mentiras del sanchismo” y reflexionó sobre el valor de la verdad: “Mentir sobre los temas mollares, sobre la columna vertebral de una nación, es una mentira que no tiene perdón”. Solo un minuto después de proclamar esta sentencia inapelable, el aspirante atacó al Gobierno por su intromisión en otros poderes del Estado: “Si tú controlas el Consejo General del Poder Judicial, ¿cómo va a actuar el Consejo con independencia para dictar sentencia conforme a las leyes que se aprueban en las Cámaras?”. El público aplaudió.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al contrario de lo que sugirió Feijóo, está controlado desde 2013 por una mayoría absoluta de vocales conservadores elegida por el Gobierno de Mariano Rajoy (PP) y aceptada por el PSOE. Esa mayoría lleva casi cinco años con el mandato caducado ante el veto a la renovación que aplica el PP, sin cuyos votos es imposible el cambio.

Cuando en 2018 hubo un principio de acuerdo entre Pablo Casado y Pedro Sánchez para renovar el órgano de gobierno de los jueces, el candidato pactado para presidir el CGPJ y el Supremo, el magistrado Manuel Marchena, renunció al puesto tras conocer que el PP presumía de haberle colocado ahí para controlar “por la puerta de atrás” la sala encargada de investigar a políticos corruptos.

El actual Consejo General del Poder Judicial de mayoría conservadora ha aprobado numerosos informes —“sentencias”, según la definición errónea de Feijóo— sobre proyectos de ley tramitados por el Gobierno. El último informe, que salió adelante por unanimidad en marzo pasado, respaldaba la Ley Orgánica Integral contra la Trata y Explotación de Seres Humanos con ponencia compartida por una vocal elegida por el PP y otra por el PSOE.

La denuncia de Feijóo sobre el supuesto control del Poder Judicial por parte del PSOE no es la única información manipulada que circula por la campaña electoral. Hay exageraciones o verdades a medias que los candidatos desparraman en entrevistas, mítines o debates. El partido favorito en las encuestas (PP) utiliza a veces la desinformación contra el partido en el Gobierno (PSOE) y este recurre en ocasiones al engaño para defenderse.

Lo que sigue es un resumen de algunas “mentiras mollares sobre la columna vertebral de la nación” que han colonizado la campaña del 23-J:

Pensiones: de la congelación que sí votó Sánchez al no del PP a la revalorización

Sánchez y Feijóo se enredaron en el cara a cara del lunes a cuenta de las pensiones. El candidato del PP le afeó que votara como diputado del grupo socialista en el Congreso el decreto ley de 2010 que suspendía la revalorización de las pensiones contributivas para 2011. Sánchez contestó que era mentira, pero las actas del Congreso acreditan que sí voto a favor de la congelación de pensiones contributivas que impulsó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en plena crisis económica.

Feijóo presumió de que su partido siempre había votado a favor de la revalorización de las pensiones de acuerdo al IPC y el debate se convirtió en trifulca.

— Sánchez. “Pero si ustedes siempre han votado en contra”.

— Feijóo. “¡Ay, Dios mío! Pero, señor Sánchez, ¿qué le pasa ahora? Hemos votado a favor del incremento de las pensiones (…) ¿Pero por qué le molesta tanto el que nosotros hayamos votado a favor de la revalorización de las pensiones? No me diga que usted no lo sabe. Mire, revalorización de las pensiones de acuerdo con el IPC, garantía de la sostenibilidad de las pensiones y desde luego no tomarle el pelo a los pensionistas”.

El candidato Feijóo defendió con vehemencia que su partido votó sí. Pero en realidad votó no a la ley que desarrolló el acuerdo de la Comisión del Pacto de Toledo formalizado en noviembre de 2020 por todos los grupos, entre ellos el PP. La comisión parlamentaria aprobó la siguiente recomendación: “Mantenimiento del poder adquisitivo mediante la revalorización anual de sus pensiones en base al IPC real, así como su garantía por ley y su preservación mediante la adopción de medidas para asegurar el futuro equilibrio social y financiero del sistema”.

Aquel acuerdo dejaba en papel mojado la reforma de las pensiones de 2013, aprobada por el PP en solitario, donde no se garantizaba el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas, pues vinculaba la evolución de las percepciones a los ingresos y gastos del sistema, de manera que cuando hubiera déficit no se podría subir por encima del 0,25%. Si la inflación era superior a ese índice, los pensionistas perdían poder adquisitivo cada año.

El Congreso de los Diputados aprobó a finales de 2021, con el voto en contra del PP, la ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, cuyo artículo principal establecía lo siguiente:

“1. Las pensiones contributivas de la Seguridad Social mantendrán su poder adquisitivo en los términos previstos en esta ley.

2. A estos efectos, las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior.

3. Si el valor medio al que se refiere el apartado anterior fuera negativo, el importe de las pensiones no variará al comienzo del año”.

El Partido Popular se opuso a esta reforma en los plenos del Congreso y el Senado celebrados en diciembre de 2021, a escasos meses de que Feijóo asumiera el liderazgo de la formación conservadora. El diputado del PP Tomás Cabezón Casas, ponente de su grupo en la tramitación de la Ley, lo explicó así: “No podemos apoyar esta reforma. No lo vamos a apoyar porque debilita la sostenibilidad de las pensiones, ataca al futuro de los jóvenes y es contraria a lo que España necesita”. Nueve meses después, el PP respaldó en el Senado una moción del PSOE para “reiterar el apoyo” a la ley que los mismos populares habían rechazado en las dos Cámaras en diciembre de 2021 por no garantizar la sostenibilidad del sistema.

La quiebra de Cajamadrid y del “consejero Sánchez” que nunca lo fue

Núñez Feijóo sugirió que Pedro Sánchez había tenido parte de culpa en la quiebra de Cajamadrid dado que fue consejero de esta entidad bancaria. Y que el principal responsable del fiasco de las cajas fue el PSOE porque gobernaba aquellos años y desde el Banco de España no se hizo nada para evitar el desmoronamiento.

El rescate multimillonario de Bankia —resultado de la fusión de Cajamadrid con Bancaja y otras cinco cajas menores— se produjo bajo la presidencia de Rodrigo Rato, al que el PP de Mariano Rajoy situó en 2010 al frente de esa entidad financiera tras forzar la salida de Miguel Blesa, que a su vez había sido colocado a dedo por su amigo José María Aznar 14 años antes.

El PP siempre tuvo mayoría en el consejo de administración de Cajamadrid. Los dos presidentes que Aznar y Rajoy designaron al frente de la entidad acabaron procesados y condenados por distintos delitos. Blesa se quitó la vida en una cacería meses después del juicio donde le impusieron seis años de prisión y Rato pasó casi dos años en la cárcel y está procesado en otra causa por su gestión en Cajamadrid.

Pedro Sánchez nunca perteneció al consejo de administración de Cajamadrid. Como concejal socialista de Madrid, junto a otros ediles de su partido, del PP y del resto de formaciones representadas en los ayuntamientos, formó parte de la Asamblea General de Cajamadrid (320 miembros) entre 2004 y 2009. Este órgano se reunía dos veces al año y carecía de competencias de gestión.

El PP intenta atacar desde 2015 a Sánchez, lo saca en las distintas campañas y en determinados debates, recordando la participación del líder socialista en ese órgano de Cajamadrid que Feijóo confunde con el consejo de administración.

Los apoyos a los pactos de Estado contra la violencia de género: de la abstención de Podemos en 2017 al no de Vox en 2021

Sánchez y Feijóo lideran dos partidos que han firmado siempre el pacto de Estado contra la violencia de género. Sus discrepancias tienen que ver, entre otros aspectos, con la postura que adoptan ante este problema los partidos que apoyan al PSOE y al PP en distintos gobiernos.

Núñez Feijóo quiso destacar en su debate con Sánchez que Podemos no apoya el Pacto de Estado contra la violencia de género, evitando referirse a Vox, el único partido que ha votado contra un Pacto de Estado en esta materia.

Feijóo no habló de ninguna fecha concreta, aunque hay dos pactos de Estado aprobados en los últimos seis años. El 28 de septiembre de 2017, con Gobierno del PP, se impulsó uno en el que Podemos, ya con representación en el Congreso, se abstuvo. “Este pacto aporta cosas, pero no son suficientes y además carece de un compromiso económico tangible y un calendario que garantice su aplicación”, señalaron los dirigentes de Podemos. Vox no consiguió ningún escaño en las elecciones generales de 2015.

Cuatro años después, el 25 de noviembre de 2021, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, todos los grupos parlamentarios excepto Vox firmaron la renovación del pacto de Estado de 2017, con 200 medidas y 1.000 millones de presupuesto en cinco años.

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Jaime Villanueva
<![CDATA[Hechos probados | El papel mojado de los pactos para que gobierne la fuerza más votada]]>https://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-12/hechos-probados-el-papel-mojado-de-los-pactos-para-que-gobierne-la-fuerza-mas-votada.htmlhttps://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-12/hechos-probados-el-papel-mojado-de-los-pactos-para-que-gobierne-la-fuerza-mas-votada.htmlWed, 12 Jul 2023 05:53:18 +0000Alberto Núñez Feijóo, candidato del PP a la presidencia del Gobierno, ofrece ahora al socialista Pedro Sánchez firmar un acuerdo para garantizar la investidura de la fuerza más votada tras las elecciones del próximo 23 de julio. Propone este pacto para evitar una alianza con Vox, el partido ultra situado a su derecha que cuestiona principios básicos de la democracia y de la Constitución.

Feijóo ofrece este pacto —tercero que intenta el PP en democracia— convencido de que “no se puede gobernar perdiendo”. Sin embargo, como jefe de la formación conservadora durante el último año, ha impulsado gobiernos en decenas de ayuntamientos donde la fuerza más votada era el PSOE.

Además, el PP gobernó en Andalucía entre 2018 y 2022 tras perder las elecciones con los peores resultados de su historia. Y en 2019 repitió el modelo en Madrid, Castilla y León y Murcia. “Nosotros no gobernaremos perdiendo”, afirmó Feijóo el pasado lunes. Sin embargo, lo harán en Extremadura dentro de unos días.

Lo que dice la ley

La ley electoral que regula el funcionamiento de los ayuntamientos permite que, si nadie consigue la mayoría absoluta de los votos en primera votación, gobierne la lista con más papeletas. Sin embargo, para lograr la investidura en la mayoría de las comunidades y en el Estado (y lograr la investidura) hay que buscar acuerdos para obtener mayorías suficientes (absoluta en primera votación o más síes que noes en segunda votación).

Los antecedentes

El PP no es el único partido que aprovecha los acuerdos con formaciones de ideología parecida para ganar poder sin ganar las elecciones. El PSOE inició estas prácticas en los primeros comicios democráticos de la capital de España.

Madrid, abril de 1979. Enrique Tierno Galván sacó en 1979 menos votos que el candidato de UCD, José Luis Álvarez, pero los mismos concejales. Apoyado en el PCE, logró ser elegido alcalde sin mucho ruido político por lo ocurrido. El candidato de UCD denunció entonces, con escasa repercusión, “el frentepopulismo en detrimento de la democracia que ignora el resultado de las elecciones”. El líder del PCE, Santiago Carrillo, llegó a denunciar entonces las maniobras de UCD para ganar la Alcaldía de Madrid a cambio de prometer a los comunistas la presidencia de la diputación provincial.

El nuevo alcalde de Madrid por el PSOE, Enrique Tierno Galván (tercero por la derecha), saluda desde el balcón del Ayuntamiento en la Plaza de la Villa de Madrid durante su toma de posesión, flanqueado por Alonso Puerta (segundo derecha) y Ramón Tamames (segundo izquierda) y José Barrionuevo (derecha), el 14 de abril de 1979.

El partido de Adolfo Suárez, víctima de los acuerdos de la izquierda en la capital de España, se vengó en Aranjuez (Madrid) dando sus votos a la ORT para impedir un alcalde del PSOE, la fuerza más votada. Todo el mundo entendía el pacto entre las fuerzas de izquierda para hacer alcalde a Tierno Galván en Madrid y a cientos de socialistas en ayuntamientos de toda España.

España vivió entre 1975 y 2011 un bipartidismo casi absoluto. El PP apenas podía aspirar a gobernar en ayuntamientos y comunidades si no conseguía mayoría absoluta porque el resto de partidos minoritarios solía ponerse de acuerdo con el PSOE para frustrar sus intentos de investidura.

Madrid, 1991. El socialista Joaquín Leguina perdió las elecciones autonómicas. Ganó Alberto Ruiz-Gallardón, pero Izquierda Unida se alió con el PSOE para dejar al PP en la oposición. El dirigente popular se lamentó: “Sería desastroso un Gobierno en minoría absoluta sin el compromiso de IU. Si el PSOE queda hipotecado por las tesis comunistas volveríamos a 1979″. Ruiz-Gallardón ganó las siguientes elecciones autonómicas (1995) con mayoría absoluta. Casi 28 años después, el PP sigue gobernando en la Comunidad de Madrid.

Canarias, 2007. El socialista Juan Fernando López Aguilar, ministro de Justicia en el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, fue candidato de su partido a la presidencia de Canarias en 2007. Ganó las elecciones, pero gobernó Coalición Canaria (la segunda fuerza en las urnas) gracias al apoyo del Partido Popular. Mariano Rajoy (PP) propuso entonces una reforma de la ley electoral para impedir que un partido con menos del 30% de los votos pudiera gobernar. La propuesta beneficiaba al PP —recuperaría los gobiernos de Baleares y Cantabria―, aunque evitaría que el PSOE perdiera Canarias.

Navarra, 2007. Aquel año, el PP agitaba la polémica por el supuesto pacto que los socialistas navarros iban a cerrar con los nacionalistas de Geroa Bai para impedir un Gobierno de UPN, los más votados en las elecciones que ejercían de socios de la formación conservadora. Pero los socialistas navarros renunciaron a ese pacto, por imposición de la dirección nacional del PSOE, y con su abstención facilitaron la investidura del candidato de UPN.

País Vasco, 2009. Pactar con los nacionalistas vascos estaba mal visto. De hecho, el acuerdo entre socialistas y populares contra la deriva independentista del Gobierno del PNV en Euskadi propició, solo dos años después, el primer lehendakari socialista, Patxi López, con los votos de PSE (25) PP (13) y de UPyD (1), pese a que la fuerza más votada en aquellas elecciones fue el PNV.

Agosto de 2014. A escasos meses de las elecciones municipales y autonómicas, el PP ofreció un pacto de Estado para reformar la ley electoral de manera que se garantizase la alcaldía al candidato con más del 40% de los votos, siempre que sacase una ventaja clara a la segunda fuerza política. La propuesta fue rechazada por el PSOE.

2015. Tras ganar las elecciones de 2011 por mayoría absoluta, Mariano Rajoy se encontró tras los comicios de finales de 2015 lastrado por la corrupción de su partido, con un resultado inmanejable. En la ronda de consultas con el rey Felipe VI, ya en enero de 2016, el candidato del PP renunció a presentar su candidatura a la investidura. Rajoy aclaró que no tenía votos suficientes para ganar porque se quedó muy lejos de la mayoría absoluta. El expresidente del Gobierno explicó entonces, y lo hizo algunos años después, cuando el problema lo tenía el PSOE, que una cosa es lograr la investidura y otra gobernar.

Las frases

El caso es que Rajoy solo pudo salir investido algunos meses después tras la repetición de las elecciones y gracias a la abstención del PSOE, lo que desencadenó una profundísima crisis en el partido y la destitución de su entonces secretario general, Pedro Sánchez, quien dimitió como diputado para no dar el Gobierno al PP.

Algunos años después, Sánchez derribó a Rajoy en una moción de censura tras la sentencia que condenaba a la formación conservadora por corrupción. El nuevo Gobierno, sin mayoría para aprobar leyes o presupuestos, se disolvió en unos meses y las elecciones generales dejaron una situación muy complicada, con el PSOE como primera fuerza pero muy lejos de la mayoría absoluta.

Pedro Sánchez fracasó en la sesión de investidura, pero propuso un pacto de Estado para acabar con el bloqueo, consistente en modificar el artículo 99.1 de la Constitución de manera que se permitiese gobernar a la fuerza más votada si nadie lograba reunir votos suficientes. Sánchez justificó su propuesta en la “estabilidad del sistema” y para que “nunca más volviera a ocurrir el bloqueo en España”.

Ni Pablo Casado (PP) ni Pablo Iglesias (Podemos) aceptaron la propuesta. “Va contra lo que han votado los españoles, porque cuando quieren un Gobierno de partido único le dan mayoría absoluta. Ya lo hicieron con Felipe González y con Aznar. Pero si los ciudadanos votan a diferentes fuerzas políticas, lo que están diciendo es que no quieren un Gobierno de partido único, quieren que nos pongamos de acuerdo. Parece poco serio querer reformar la Constitución para cambiar la voluntad de los ciudadanos españoles”, sentenció Iglesias.

El Partido Popular olvidó entre 2018 y 2023 defender una reforma legal para que la fuerza más votada pudiera gobernar aun sin tener la mayoría suficiente en el Parlamento para sacar adelante la investidura. Y el PSOE, tras repetir elecciones y pactar un Gobierno en minoría con Podemos, olvidó su reforma de la Constitución al comprobar el escaso apoyo del resto de partidos.

Feijóo recupera ahora la idea cuando todas las encuestas pronostican que su partido será la fuerza más votada en las próximas elecciones generales. Su oferta de pacto de Estado basada en un compromiso político firme ―”Nosotros no gobernaremos perdiendo”― contrasta con los hechos de su partido en decenas de instituciones municipales y alguna comunidad autónoma. Perdieron las elecciones y gobiernan con el apoyo de Vox, el mismo partido al que parecen no querer como aliados tras las elecciones del día 23.

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Fernando Hernández / Álvaro García
<![CDATA[Hechos probados | ¿Está descontrolada la ocupación? Ni un fenómeno frecuente ni en aumento]]>https://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-09/hechos-probados-esta-descontrolada-la-okupacion-ni-un-fenomeno-creciente-ni-en-aumento.htmlhttps://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-09/hechos-probados-esta-descontrolada-la-okupacion-ni-un-fenomeno-creciente-ni-en-aumento.htmlSun, 09 Jul 2023 03:40:00 +0000España tiene 26 millones de viviendas y 48 millones de habitantes. El año pasado se registraron cerca de 17.000 denuncias por ocupaciones ilegales, un daño cierto sobre el 0,06% del total del parque inmobiliario. Hay casi cuatro millones de viviendas vacías en el país. De esas 17.000 denuncias, apenas el 5% fueron ocupaciones ilegales de casas habitadas o segundas residencias (allanamiento de morada); el 95%, es decir, la inmensa mayoría, se registraron en casas, edificios o locales desocupados (usurpación). Son todos datos recabados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Ministerio del Interior.

El Partido Popular y Vox han convertido este problema en uno de los ejes principales de su campaña electoral, prometiendo desalojos en 24 horas y máxima protección al propietario.

Las frases

Los datos

El fenómeno de la ocupación ilegal no se ha disparado en los últimos años, a juzgar por los datos conocidos del Instituto Nacional de Estadística, el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio del Interior.

Condenas y procesos judiciales a la baja

El Instituto Nacional de Estadística (INE) detalla cada año el número de condenas en España por tipo de delito. El allanamiento de morada y la usurpación son las dos modalidades de ocupación ilegal recogidas en el Código Penal. El INE muestra que, durante el mandato del Gobierno de Mariano Rajoy (PP), se produjo un crecimiento de las condenas por allanamiento de morada (castigado con penas de cárcel de seis meses a dos años) y usurpación (pena de multa de tres a seis meses si la ocupación es pacífica y hasta dos años de cárcel si es violenta). El aumento de las ocupaciones se debió, en parte y según diversos informes remitidos al Congreso, a la crisis económica —más de seis millones de parados en el peor momento, hoy son menos de tres millones—. Esas condenas disminuyeron durante la presente legislatura, con un Gobierno de coalición entre PSOE y Unidas Podemos.

Las condenas por allanamiento de morada (ocupación de casas habitadas o segundas residencias) fueron 357 en 2016, mientras que en 2021 (últimas cifras disponibles) bajaron a 230. Respecto al delito de usurpación (ocupación de casas vacías), se registraron 4.302 sentencias condenatorias en 2021 mientras que solo cuatro años antes fueron 6.757.

Las denuncias registradas por ocupaciones ilegales, que no siempre acaban en un procedimiento judicial, disminuyeron en 2022 un 3,2% respecto al año anterior (de 17.274 pasaron a 16.726).

Los juzgados registraron en 2022 hasta 2.748 procedimientos por ocupación ilegal de viviendas, un 20% menos que en 2021, según el Consejo General del Poder Judicial.

En el primer trimestre de 2023 se celebraron 629 juicios posesorios por ocupación ilegal de viviendas, un 20% menos que el trimestre anterior.

Sin embargo, Vox y PP alertan estos días sobre el aumento espectacular del problema y de situaciones muy poco frecuentes de ocupación ilegal de un inmueble como si fueran habituales: una persona que baja a comprar el pan, sale al cine o se va fuera un fin de semana y cuando vuelve le han ocupado su casa.

Los allanamientos de morada suponen menos del 5% del total de las entradas ilegales en propiedades de otros.

El Ministerio del Interior elaboró en 2020 un protocolo donde señalaba: “Confundir ambos tipos delictivos —allanamiento de morada y usurpación— de forma deliberada y reiterativa solo persigue difundir informaciones erróneas a la opinión pública”. En ese mismo documento detallaba las pautas de actuación de la policía ante esos hechos delictivos:

  • Allanamiento de morada (Artículo 202 del Código Penal: 1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. 2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses): “Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado actúan conforme al ordenamiento jurídico vigente, de forma urgente en caso de allanamiento de morada, que comprende tanto las primeras como las segundas residencias, siempre que se tenga permiso del morador y este haya presentado una denuncia”.
  • Usurpación (artículo 245 del Código Penal: 1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, la pena de prisión de uno a dos años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado. 2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses): “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) también actúan en el caso de las usurpaciones de inmuebles, residenciales o no, pero que no son morada. En este caso, el proceder de las FCS está sujeto a la autoridad judicial, con una orden judicial previa, además de la intención manifiesta del propietario de recuperar su propiedad”.

Jueces especializados en instruir casos de allanamiento de morada sostienen que el desalojo de viviendas en estos supuestos es muy rápido, e incluso aclaran que la policía puede actuar sin orden judicial si se está produciendo un delito flagrante (la entrada ilegal en la vivienda en ese momento).

La Fiscalía General del Estado aclara que consultó a los registradores de la propiedad sobre los plazos en que podían emitir un certificado urgente a los propietarios para acreditar en su denuncia ante la policía la posesión de la casa. Y la contestación fue que en menos de siete horas podían facilitar ese documento.

Los mismos jueces añaden que el problema de la tardanza en expulsar a quienes han ocupado inmuebles vacíos (delito de usurpación) no se debe a la falta de instrumentos legales para llevar a cabo el desalojo, sino a la falta de medios en los juzgados, muy atascados de por sí, para ir más rápido.

Caso práctico: 13 días desde la denuncia hasta el desalojo

Las quejas más recurrentes ante el problema de la ocupación ilegal de inmuebles se refieren a la tardanza en los desalojos en las usurpaciones de viviendas vacías.

El último caso de ocupación de un inmueble vacío que desencadenó alarma social y en el que intervino la empresa Desokupa, especializada en forzar desalojos por encargo de los dueños sin mandato judicial, se resolvió por el juzgado en apenas tres meses desde la entrada ilegal en el inmueble y 13 días después de la presentación de la denuncia por los propietarios.

El inmueble, según el atestado remitido al Congreso desde el Ministerio del Interior, fue ocupado en la noche del 22 al 23 de diciembre de 2022. “El pasado 3 de abril de 2023 fue interpuesta denuncia en el Puesto Principal de Majadahonda (Comunidad de Madrid) por uno de los miembros de la junta directiva de la mercantil titular del inmueble con motivo de la usurpación de dicho inmueble. El pasado 16 de abril, mediante auto judicial, la Guardia Civil procedió al desalojo del inmueble sin producirse incidente alguno, con un total de veintitrés personas en su interior en ese momento, dos de ellos menores, los cuales salieron de las viviendas con sus pertenencias y sin oponer resistencia”.

Leyes y medidas cautelares que protegen al propietario

El artículo sobre el delito de usurpación con violencia (ocupación ilegal de un inmueble no habitado) fue modificado por el Gobierno socialista en 2010 para imponer de uno a dos años de prisión a estas conductas, antes solo castigadas con multa.

El Partido Popular reformó en 2015 el Código Penal para rebajar el delito de usurpación sin violencia de menos grave a leve. Esta modificación legal, que pasó inadvertida en su día, permitía archivar la denuncia a instancia del ministerio fiscal “por razones de oportunidad” sin hacer diligencias de investigación e impedía al juez ordenar detenciones a los ocupantes pacíficos de un inmueble vacío.

Pero la Fiscalía General del Estado dictó ese mismo año una circular donde ordenaba que en estos casos de ocupación ilegal pacífica de una propiedad vacía no se pidiera el archivo, sino que se prosiguiera la causa hasta la celebración de juicio.

El 15 de septiembre de 2020, la Fiscalía General del Estado dictó una nueva instrucción sobre los delitos de usurpación y allanamiento de morada en la que detallaba los pasos a seguir para garantizar la máxima celeridad en la actuación contra ocupaciones ilegales de viviendas: “En primer término y con carácter general, se estimará pertinente solicitar la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble en aquellos supuestos en los que se aprecie sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación y se verifique además la existencia de efectos perjudiciales para el legítimo poseedor que razonablemente justifiquen la necesidad de poner fin a la situación antijurídica antes de la terminación del procedimiento, restaurando así el orden jurídico vulnerado a la mayor brevedad”.

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<![CDATA[Hechos probados | ¿Va bien o mal la economía? La recesión que no llegó a un país con más empleo que nunca]]>https://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-07/hechos-probados-va-bien-o-mal-la-economia-la-recesion-que-no-llego-a-un-pais-con-mas-empleo-que-nunca.htmlhttps://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-07-07/hechos-probados-va-bien-o-mal-la-economia-la-recesion-que-no-llego-a-un-pais-con-mas-empleo-que-nunca.htmlFri, 07 Jul 2023 06:09:22 +0000Estados Unidos encaró en 1992 una campaña electoral alimentada por victorias militares en la Guerra del Golfo. Con ese capital bélico en su haber, el presidente George Bush creyó que ganaría fácilmente en las urnas. Sin embargo, el deterioro de la economía fue más decisivo que la guerra e inclinó la balanza a favor del candidato demócrata, Bill Clinton. Su jefe de campaña, James Carville, apostó por un lema —”es la economía, estúpido”— para derrotar a Bush a cuenta del precio de las hipotecas, los datos del empleo o el coste de la vida. El lema de Carville se ha convertido en el ejemplo más utilizado en todo el mundo para explicar la importancia de la economía en cualquier campaña electoral.

“Es la economía, estúpido” lleva presente en la contienda española desde hace un año. Ocurrió cuando algún indicador reflejó una cierta ralentización del crecimiento y los líderes del PP, junto a supuestos expertos futurólogos, se lanzaron a elucubrar sobre el inminente hundimiento o estancamiento de la economía debido a la mala gestión del Gobierno. Desde entonces, se manipulan sin decoro los datos, interpretados de manera engañosa para sostener pronósticos pesimistas carentes de rigor. La recesión es el lobo que muchos anunciaron pero que nunca llegó. Aunque muchos organismos internacionales advirtieron sobre las consecuencias para la economía global del aumento de incertidumbre. Para apuntalar ese panorama tan negro se ocultaron con frecuencia los datos positivos. Los cimientos del bulo económico se levantaron así sobre una realidad enterrada a conciencia.

CRISIS

De la “profundísima crisis económica” al mayor crecimiento de la UE

Las frases

Los datos

Los datos mensuales, trimestrales o anuales de organismos nacionales e internacionales han desmentido los pronósticos sesudos de políticos y aprendices de economistas con firma en medios de comunicación. España ha recuperado ya el Producto Interior Bruto (PIB) anterior al comienzo de la pandemia, aunque ha sido el penúltimo país de la UE en recorrer ese camino; ha crecido a niveles altos en cada uno de los dos últimos ejercicios (5,5%), y en el primer trimestre de 2023 ha logrado un aumento del 0,6%, uno de los mayores impulsos de toda la Unión Europea en este periodo. En tasa de crecimiento interanual, España firma hoy el mejor resultado (+3,8%) respecto a los grandes países de la Unión Europea (Italia, +1,9%; Francia +0,9%; Alemania -0,5%). Esta recuperación ha tardado dos años y medio en materializarse tras la caída del PIB del 11% en 2020, la más grave de todos los países europeos por el desplome del sector servicios.

Más información

EMPLEO

Récord de trabajadores ocupados… incluso sin contar fijos discontinuos

España nunca tuvo tantos trabajadores ocupados, según todos los indicadores oficiales. Ni tantos afiliados a la Seguridad Social. Las cifras del paro registrado en las oficinas del Servicio Público de Empleo son las mejores en muchos años. Pero el PP ha levantado un manto de sospecha sobre esas cifras, sugiriendo una burda manipulación basada en la figura de los fijos discontinuos.

Las frases

Los datos

La Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2018 (último del Gobierno de Mariano Rajoy) registró un 15,28% de paro, con 19.334.100 personas ocupadas y 3.490.100 desempleadas. La Encuesta de Población Activa del primer trimestre de 2023 (última conocida del mandato del Ejecutivo de Pedro Sánchez) registró un 13,26% de paro (dos puntos menos que al inicio de su mandato) con 20.452.800 ocupados (1.118.000 más que la mejor cifra alcanzada por el PP) y con 3.127.000 personas desempleadas (363.000 menos que cinco años antes).

El paro registrado en las oficinas del Servicio Estatal de Empleo (SEPE) pasó de 3.252.130 desempleados en mayo de 2018 a 2.739.110 en mayo de 2023, lo que significa una reducción de medio millón de parados registrados en los últimos cinco años.

En cuanto al registro de afiliados a la Seguridad Social, España pasó de 19 millones en mayo de 2018 a 20,7 millones en mayo de 2023.

El Banco de España señala los puntos fuertes y débiles del mercado de trabajo y confirma su buena salud: “La creación de empleo se ha acelerado a comienzos de 2023, en un contexto de reducción de las horas trabajadas por ocupado. La afiliación a la Seguridad Social mostró avances mensuales desestacionalizados del 0,2% en enero y del 0,3% en febrero, en ambos casos por encima de las tasas observadas en los últimos meses de 2022. El dinamismo del empleo se habría intensificado en el último mes del primer trimestre. Por ramas de actividad, este repunte del empleo —mayor que el esperado— fue bastante generalizado, destacando el buen comportamiento de la afiliación en el sector de la construcción en enero y en las ramas de servicios en febrero”.

Estas cifras positivas se producen pese a que España, como el resto del mundo, sufrió un colosal destrozo en su mercado de trabajo a causa de la pandemia. El Gobierno cerró el país durante meses (de marzo a junio de 2020) para frenar los contagios y reducir las muertes. Esa medida congeló una parte importante de la actividad económica hasta el punto de que en abril de 2020 el número de afiliados a la Seguridad Social bajó hasta los 18,4 millones. El Gobierno recurrió al presupuesto público para financiar los salarios de cientos de miles de trabajadores de empresas privadas confinados en sus casas. Y dedicó decenas de miles de millones de euros —hasta 40.000 millones, según el presidente del Gobierno— a fabricar un escudo social con todo tipo de ayudas directas o indirectas —al transporte público, a la compra de alimentos, al alquiler de viviendas, al suministro de gasolina, al consumo energético— para reducir el daño ocasionado por la inactividad económica primero, y por la guerra de Ucrania después.

El argumentario del PP para desmentir los éxitos de creación de empleo en España contrasta con los hechos. La orden que regula la manera de contabilizar a los trabajadores fijos discontinuos data de 1985 y no se ha modificado. La reforma laboral, pactada con sindicatos y patronal, combatió la temporalidad favoreciendo que muchos de esos contratos se convirtieran en fijos discontinuos, con derechos idénticos a los contratos indefinidos.

Los datos

El Ministerio de Trabajo informó en abril, a través de una respuesta parlamentaria, de que en España había 443.078 trabajadores con contrato fijo discontinuo inactivos, que no cuentan como parados. Ese dato lo utilizó Feijóo para cuestionar todavía más la reducción de parados: “Dicen que supera medio millón de personas los fijos discontinuos, es muy complicado decir qué bien va el empleo, pero si tenemos que disminuir entonces ya no va tan bien (…). Si restamos medio millón de fijos discontinuos el empleo ya no va tan bien”.

Una resta que no impide la suma. El saldo de creación de empleo sigue siendo muy positivo aún con la resta propuesta por el líder del PP. A finales de junio, los afiliados a la Seguridad Social sumaban 20,9 millones. Si se descontasen los 500.000 fijos discontinuos inactivos aún quedarían 20,4 millones, 1,5 millones más de los que dejó el Gobierno de Mariano Rajoy, una cifra récord nunca alcanzada hasta ahora en España.

INFLACIÓN

La inflación disparada, controlada, pero menos…

El Índice de Precios al Consumo (IPC) bajó al 1,9% en junio frente al mismo mes del año pasado, según el dato adelantado por el INE. Es la menor tasa desde abril de 2021, aunque se debe al efecto base: como en el mismo periodo del año pasado los precios estaban disparados, la comparación interanual resulta mucho más favorable a primera vista. La inflación subyacente —que no tiene en cuenta los alimentos frescos y la energía— sigue alta (5,9%). En julio de 2022, la tasa había tocado techo en España, con un 10,9%.

Las frases

La bajada de los precios de la energía y la moderación de los precios de los alimentos contribuyeron a lograr un dato por debajo del 2%, el objetivo fijado por el Banco Central Europeo: “Una extraordinaria noticia”, según el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. “Somos la primera economía de la Unión Europea que lo consigue. Estamos controlando los precios como nadie, es un éxito de país”.

Los datos

DEUDA

La hipoteca de España: 1,5 billones de euros

Mariano Rajoy (PP) llegó al Gobierno en diciembre de 2011 con una idea fija que repetía en todas sus intervenciones: no se puede gastar más de lo que se ingresa. Heredó la peor crisis financiera en décadas, un paro desbocado y agujeros en todos los frentes que ponían a España al borde del rescate. La deuda de todas las administraciones públicas que se encontró sumaba 743.000 millones de euros en un periodo caracterizado por la crisis de la deuda soberana, que supuso un rescate al sector financiero español. Descabezado por la moción de censura que presentó el PSOE, Rajoy dejó el Ejecutivo en junio de 2018 con una deuda de 1.166.000 millones de euros. En seis años y medio, la deuda con un Gobierno del PP creció en 423.000 millones de euros.

Pedro Sánchez llevó la deuda a 1.526.000 millones de euros (abril 2023): en poco menos de cinco años ha aumentado el endeudamiento de España en 360.000 millones de euros. En este tiempo, el Gobierno tuvo que hacer frente a la peor pandemia de la historia que obligó a paralizar durante meses buena parte de la actividad económica, y a la guerra de Ucrania que todavía continúa y que fue causante, en parte, de un aumento de la inflación en todos los países de la Unión Europea.

Las frases

Esa ratio es de las más altas de Europa tras Grecia (171,3 %), Italia (144,4 %) y Portugal (113,9 %).

Los datos

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<![CDATA[“La ‘ley trans’ del PP pondrá condiciones a la rectificación en el registro. No a la autodeterminación sin más”]]>https://elpais.com/espana/2023-07-03/la-ley-trans-del-pp-pondra-condiciones-a-la-rectificacion-en-el-registro-no-a-la-autodeterminacion-sin-mas.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-07-03/la-ley-trans-del-pp-pondra-condiciones-a-la-rectificacion-en-el-registro-no-a-la-autodeterminacion-sin-mas.htmlMon, 03 Jul 2023 03:45:00 +0000Ejerce la política desde hace 11 años, cuando entró a trabajar como vocal asesor del Gabinete del entonces presidente Mariano Rajoy. Ha sido consejero de Cultura de la Comunidad de Madrid en el Gobierno de Cristina Cifuentes y actualmente es diputado en la Asamblea de Madrid. Como senador, Jaime de los Santos (45 años, historiador y novelista) ha sido la voz del PP contra las leyes del solo sí es sí y trans. Alberto Núñez Feijóo le designó secretario nacional de Cultura hace un año y le ha incluido ahora en la lista al Congreso por Madrid.

Pregunta. ¿Cómo lleva que su partido haya pactado gobiernos municipales y autonómicos con Vox, un partido que arroja a la papelera símbolos del colectivo LGTBI al que usted pertenece?

Respuesta. No me gusta que nadie borre o pretenda borrar los símbolos, porque creo que son importantes. Pero también es importante que el presidente nacional de mi partido dijera que los derechos del colectivo LGTBI son y siempre serán sagrados para el Partido Popular, como la defensa de las mujeres, en especial en lo que se refiere a esa lacra que es la violencia machista. Lo importante es que los compañeros del Partido Popular no van a permitir en ningún caso que se pierda ninguna de las conquistas sociales que nos hemos dado.

P. ¿Qué sintió al ver el pasado miércoles instituciones donde gobiernan sin el símbolo del colectivo LGTBI en sus fachadas?

R. Lamento profundamente que los actuales presidentes de algunas sedes legislativas hayan prescindido de un símbolo que lo que hace es unir y que, sobre todo, es un signo no solamente para quienes formamos parte del colectivo LGTBI, sino para todos y para todas.

P. ¿El Vox que deploraba María Guardiola antes de rectificar en Extremadura es distinto al Vox que ha entrado en el Gobierno valenciano, el que ha pactado un acuerdo programático en Baleares o el que ha entrado de la mano del PP en Toledo o Valladolid?

R. A mí, Vox no me gusta en nada y no me ha gustado nunca. Y no voy a decir que nunca me gustará, porque yo sí creo en las evoluciones de todos y de todas. A mí no me gusta escuchar a Vox negando la violencia machista. A mí no me gusta que Vox, con determinados posicionamientos, vuelva a hacerme sentir pequeño por ser parte del colectivo LGTBI. Pero también sé que los hombres y mujeres del Partido Popular que tienen la responsabilidad de gobernar respaldados por el grupo Vox en la oposición o dentro del Gobierno, no van a permitir que se traspase ni una sola línea roja, especialmente en lo que a derechos sociales se refiere.

A mí no me gusta que Vox vuelva a hacerme sentir pequeño por ser parte del colectivo LGTBI

P. ¿Qué le parece la ley contra la violencia de género que aprobó el Gobierno socialista en 2004?

R. Me parece que era una buena ley, que ponía de manifiesto la necesidad que teníamos como sociedad de defender a las mujeres que sufren una lacra como es la violencia machista por el simple hecho de ser mujeres. Ya en 1999 la ONU habla clarísimamente de lo que es la violencia de género: la que se ejerce sobre las mujeres por el simple hecho de ser mujeres. Todo este corpus legislativo que en el Convenio de Estambul de 2011 todavía obligaba más a los Estados a ser rotundos respecto de esta realidad, en 2017 cristaliza con un pacto de Estado contra la violencia machista a instancias del Partido Popular, que recibió el apoyo de todos menos precisamente de Podemos y Bildu, los socios del Gobierno de Sánchez.

P. Sabe usted que esa Ley de Violencia de género incluye una relevante discriminación positiva, avalada por el Constitucional, para elevar la pena mínima en función de si la violencia la comete un hombre o la comete una mujer, y que desde medios de comunicación, digamos afines al PP, y desde Vox plantean que esa ley vulnera la presunción de inocencia y hay que derogarla. ¿Qué les diría?

R. Les pediría que leyeran las conclusiones del Convenio de Estambul, en las que las instituciones europeas dejan muy clara cuál es la lacra de la violencia machista y por qué necesita de acciones especiales. La protección de las mujeres está por encima de cualquier otra cuestión.

P. Su partido, con Rajoy al frente, recurrió la ley del matrimonio homosexual. ¿Fue un error?

R. Absoluto. También es cierto que cuando en 2011, el 20 de noviembre, Mariano Rajoy Brey consigue una mayoría absoluta de 182 escaños, no cambia ni en una coma esa ley de matrimonio igualitario. Le voy a recordar que en 2006, poco después de que el Partido Popular presentara ese erróneo recurso, el que entonces era presidente del PP gallego y de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, acudió a la primera boda entre personas del mismo sexo en Galicia y en unas declaraciones a Europa Press, dijo: “Pues mire, yo vengo a esta boda como amigo de los contrayentes porque, ¿saben qué pasa?, que es que el PP, si en algo cree, es en la libertad y estos dos hombres en su libertad, han decidido casarse”.

P. ¿Y por qué Feijóo no intentó evitar que el PP recurriera la ley?

R. Lo hizo, pero de forma interna, y no fue el único. Créame que levantó la voz para intentar frenar aquello. Lo importante es que hoy estamos donde estamos.

P. Su partido también recurrió la ley de plazos del aborto, aunque luego no la cambió en sus aspectos fundamentales cuando pudo hacerlo con una mayoría absoluta. ¿Fue un error recurrir o fue un error no cambiarla?

R. Para mí fue un error llevar esa ley de plazos al Constitucional. Pero lo cierto es que ni se alteró, ni el actual presidente del Partido Popular, que lo ha dicho de forma contundente, va a hacer ningún cambio al respecto, excepto en lo que se refiere a las menores.

P. Después de opinar que fue un error recurrir esas leyes que avanzaban en derecho sociales, no sé si entiende que su partido no sabe acomodarse a los tiempos, que siempre llega tarde a los avances sociales porque los recurre y luego acaba asumiéndolos cuando gobierna…

Jaime de los Santos, en un momento de la entrevista.

R. Creo que en mi partido conviven muchas sensibilidades, como en otros partidos, porque si quiere hablamos de las dos almas socialistas respecto de la ley del solo sí es sí o de la ley trans. Lo importante, y créame que lo digo convencido, es llegar. A mí me parece que llegar pronto, a veces, es mejor, pero lo importante es que nunca se den pasos atrás en la consecución de derechos.

P. Ha declarado que los tratamientos irreversibles a personas transexuales le parecen una salvajada...

R. Lo que me parece una salvajada es que a un menor se le someta a una transición en la que median tratamientos hormonales y o incluso castraciones, sin que haya, en aras de la malentendida despatologización, un acompañamiento sanitario, social e, insisto, paterno y materno. Por supuesto que sí.

P. Hay una sentencia del Tribunal Constitucional de 2019 que dice que es inconstitucional el artículo que prohibía cambiar la mención registral a los menores de edad con suficiente madurez y que se encontraban en una situación estable de transexualidad.

R. Aquí nadie está negando a los menores su derecho…

P. La ley de 2007 explicaba que para hacer la rectificación registral previamente tenía que haber un diagnóstico de disforia de género y dos años de hormonación… En la ley trans aprobada en 2022 no hay condiciones para la rectificación registral, no hay que hormonarse durante dos años, ni presentar un certificado médico.. ¿Por qué esta ley es peor que la de 2007?

R. Con esta libertad registral queda en entredicho, por ejemplo, la relatora especial de la ONU para violencia machista, que nos recuerda dos cuestiones. Una, que la carta de la ONU no habla de derecho de autodeterminación sin límites, como tampoco lo hace el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y es más, habla de la obligación que tienen los países de generar esos márgenes para que todos y todas tengamos los mismos derechos. Por eso dice ella, que yo comparto, cuidado con legislar a favor de unos si lo que se está haciendo es robar derechos al resto.

P. ¿Cuál es el modelo del PP? ¿Volver a la ley de 2007?

R. El modelo de 2007 es un buen punto de partida…

P. O sea, el PP defiende que nadie, ya sea mayor o menor de edad, pueda rectificar su género en el registro sin condiciones…

R. Lo que tienen que tener esas personas es el acompañamiento psicosocial necesario y paterno o materno o paterno y materno, si son menores, para tomar una decisión… Lo que nosotros negamos es que un menor pueda someterse a una realidad tan trascendente de forma individual e independiente.

P. Bueno, de forma individual e independiente, no. Tienen que ir, según la ley, con sus padres, y si estos se niegan, hay una mediación judicial posterior. Y los más pequeños necesitan esa autorización judicial. La OMS sentenció en 2018 que la transexualidad no era una enfermedad...

Feijóo intentó de forma interna frenar el recurso contra la ley del matrimonio homosexual

R. ¡Ojo! Psiquiátrica, pero el hecho de que en muchos casos requiera tratamientos hormonales o distintas terapias o cirugías, no lo saca del hecho sanitario. Hay que tener mucho cuidado con la palabra, la despatologización no nos puede hacer obviar algo tan trascendente como el hecho sanitario en una persona que decide hacer una transición de hombre a mujer o de mujer a hombre. Por eso esta ley es de una frivolidad imperdonable, porque pretende sacar de algo tan complejo a psicólogos, psiquiatras, endocrinos, cirujanos...

P. El PP aceptaría que una persona mayor de 16 años pueda ir mañana al registro a cambiar su género y su nombre sin haberse hormonado previamente durante dos años ni tener que presentar un certificado médico...

R. ¿Solamente con su deseo y su palabra?

P. Sí.

R. No, no nos vale, ya se lo he dejado meridianamente claro. Si yo, Jaime de los Santos me presento en un registro civil y digo “Hola, soy mujer”, no, no nos vale. Ni nos vale a nosotros, ni le vale al feminismo, ni le vale al ordenamiento internacional.

P. Cuando Feijóo habla de derogar la ley trans...

R. E inmediatamente iniciar los trámites para aprobar una nueva.

P. ¿Como la de 2007?

R. Una nueva ley trans. Ni yo ni el señor Feijóo le vamos a adelantar cuáles van a ser los puntos principales porque requerirá un análisis en profundidad y el consenso mayor posible de todas las fuerzas.

P. En cualquier caso, ¿será una ley donde se pongan condiciones a la rectificación registral?

R. Sin duda. Se lo voy a poner más fácil: no a la autodeterminación de género sin más. Como, insisto, dice la carta de las Naciones Unidas y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

P. ¿Ante los efectos perversos que vaticina y que, según usted, hemos podido ver en el Reino Unido, pedirá a Feijóo que acelere la tramitación de esta nueva ley?

R. Inmediatamente. Sí. Le pediría que en sus 100 primeros días iniciara la tramitación de una nueva ley.

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Claudio Álvarez
<![CDATA[La peor consecuencia de un despropósito legislativo que casi nadie supo ver]]>https://elpais.com/espana/2023-06-08/la-peor-consecuencia-de-un-desproposito-legislativo-que-casi-nadie-supo-ver.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-06-08/la-peor-consecuencia-de-un-desproposito-legislativo-que-casi-nadie-supo-ver.htmlThu, 08 Jun 2023 03:40:00 +0000Los 15 magistrados de la Sala Penal que preside Manuel Marchena en el Tribunal Supremo han validado este miércoles en 27 sentencias la peor consecuencia de un despropósito legislativo: hasta ayer 1.120 agresores sexuales han visto rebajada su pena, de los que 114 han salido en libertad antes de los previsto.

La llamada ley del solo sí es sí, concebida durante tres años por el ministerio de Igualdad de Irene Montero, analizada y corregida en parte por el ministerio de Justicia de los socialistas Juan Carlos Campo y Pilar Llop, amparada por el Congreso de los Diputados y el Senado, informada por el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Fiscal, entró en vigor sin que ninguna de estas instituciones advirtiese sobre un olvido que facilitó la masiva rebaja de penas a un tercio de los presos por agresión sexual.

Ninguna de esas instituciones fue capaz de alertar sobre las consecuencias que tendría aprobar una norma que bajaba las penas mínimas previstas en el anterior Código Penal al subsumir en un solo delito los dos anteriores: abuso y agresión sexual; y que además olvidaba una disposición transitoria quinta, copiada en todas las reformas del Código Penal aprobadas desde 1995, cuya aplicación habría podido evitar la reducción de castigos de cárcel en una buena parte de los casos. Esa disposición transitoria establece que cuando la pena impuesta a un delincuente sea imponible con arreglo a las horquillas de penas de la nueva ley, el castigo se mantendrá y no procederá una rebaja.

El Gobierno había promovido una nueva ley para proteger más y mejor a las mujeres, pero en ocho meses de aplicación sólo ha provocado rebajas de penas en cadena a cientos de agresores sexuales.

La gestión política del despropósito legislativo aumentó todavía más el daño a la reputación del Ejecutivo de coalición. Montero reaccionó tras la aprobación de la nueva norma despreciando la opinión de algunos abogados que empezaron a alertar sobre las excarcelaciones de violadores como consecuencia de la entrada en vigor de la nueva Ley. La ministra contestó que ni un solo violador saldría de la cárcel ni se producirían rebajas de condenas. Lo proclamó con rotundidad sólo unos días antes de comenzar el incesante goteo de sentencias reduciendo penas de agresores sexuales. Por eso su error se magnificó todavía más.

El Gobierno tardó cuatro meses en reaccionar a la sangría diaria de pronunciamientos de tribunales en toda España confirmando los efectos nocivos para las víctimas de la entrada en vigor de la norma. Una ley para proteger a las mujeres agredidas que ponía en la calle a sus verdugos o acortaba su tiempo en prisión.

La parte socialista del Ejecutivo promovió entonces una reforma del texto legal que desencadenó otra bronca política de grandes dimensiones y tremendo ruido con Unidas Podemos, defensor de la ministra Montero.

El grupo parlamentario socialista tuvo que aprobar con el apoyo del PP la reforma de la ley del solo sí es sí para aumentar las penas mínimas. El presidente Pedro Sánchez soportó las invectivas y el voto en contra de su socio de Gobierno. Montero y varias dirigentes del ministerio de Igualdad acusaron a jueces de Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de aplicar mal la ley con las rebajas de condenas. La Fiscalía General del Estado se puso de su parte y recurrió la mayoría de esas decisiones judiciales. Montero esperó que esos recursos le permitieran salir indemne del despropósito legislativo perpetrado unos meses antes.

Pero la interpretación unánime del Supremo ha cortado de raíz cualquier posibilidad de que la aplicación de la ley fuera menos lesiva para las víctimas y menos favorable para los verdugos.

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<![CDATA[García-Page: “El PP elevó la tensión política hasta límites insospechados. A mí me han espiado”]]>https://elpais.com/espana/2023-06-03/garcia-page-el-pp-elevo-la-tension-politica-hasta-limites-insospechados-a-mi-me-han-espiado.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-06-03/garcia-page-el-pp-elevo-la-tension-politica-hasta-limites-insospechados-a-mi-me-han-espiado.htmlSat, 03 Jun 2023 03:40:00 +0000Emiliano García-Page (Toledo, 54 años) venció el domingo en Castilla-La Mancha con más votos (483.500) y más porcentaje (45,06%) que cuando logró una holgada mayoría absoluta en las elecciones de 2019. Sin embargo, el escrutinio y reparto de escaños de la noche del domingo amenazó seriamente su continuidad, garantizada de madrugada por la mínima (17 escaños del PSOE frente a los 16 que sumaron los 12 del PP y los 4 de Vox). García Page, muy crítico con algunas políticas de Pedro Sánchez, es un verso suelto dentro del PSOE. Ahora se ha convertido en el barón socialista con más poder institucional.

Pregunta. ¿Llegó a dar por perdido el Gobierno en algún momento de la noche?

Respuesta. Lo paradójico con la ley tramposa que dejó [María Dolores de] Cospedal [expresidenta de Castilla-La Mancha entre 2011 y 2015] es que puedes subir en votos, sacar prácticamente la mitad del voto de todo el electorado y, sin embargo, quedarte fuera del Gobierno. Hubo un momento, efectivamente, en el que lo veíamos complicado. Era increíble porque estábamos subiendo en votos y en porcentaje. Es evidente que es una ley que se planteó para ganar siempre el PP, aunque lo que ha conseguido es que ganemos nosotros.

Emiliano García-Page, presidente de Castilla-La Mancha, en el palacio de Fuensalida, en Toledo, el jueves.

P. Sostiene que los resultados del 28-M son un mensaje de los electores enviado a Pedro Sánchez, pero entregado a alcaldes y presidentes autonómicos socialistas que han perdido el poder. Pero en su caso eso no ha ocurrido así, sino todo lo contrario porque ha mejorado los resultados de hace cuatro años, que ya eran buenísimos…

R. Pero es un hecho puntual y no anula una teoría básica. Yo creo que hemos tenido en España varias olas, tanto el PSOE como el PP. Por tanto, no lo personalizo en Pedro Sánchez. Lo que digo es que cuando se caldea mucho el ambiente a nivel nacional influye por completo la temperatura media en todas las regiones. Tuvimos una ola en el [año] 95, la época de Luis Roldán, con una crisis económica también aguda y mucho paro. Una segunda ola en el 11, con la crisis económica en la que estábamos, con muchísimos más parados que ahora. Estos días se van a conocer unas cifras récord de reducción del paro. La economía no es ni mucho menos la que quisiéramos, pero desde luego no tiene ni mucho menos el riesgo de quiebra o de recesión que algunos aventuraban. Al contrario, incluso funciona mejor que la media europea. En realidad, la gente tiene una perspectiva económica de que las cosas van a ir a mejor muy por encima de lo que pasó en las otras dos oleadas.

P. Pero esta ola parece la más extraña de todas porque hay menos paro que nunca en los últimos 20 años y, sin embargo…

R. Es, a mi juicio, la ola que menos se preveía hace unos meses en el ámbito local y regional. ¿Por qué? Porque los alcaldes, cuando hablas con ellos o con los presidentes autonómicos, te dicen: “Es que estamos abriendo empresas, es que la gente está encontrando empleo, es que los comercios funcionan, las terrazas están llenas…”. Simple y llanamente había confianza en que, viendo bien el panorama económico, la gente separaría unas elecciones de otras. Y no ha pasado porque hay una enorme sobredosis de tensión política. Además, a eso ha jugado siempre el Partido Popular. No sé si saben estar en otro estado natural que eso. Siempre que el PP ha querido ir a por La Moncloa, carga la tensión todo lo que puede. Si a la situación de tensión máxima política que se vive, si a esa sensación se le uniera la de crisis económica y mucho más paro, etcétera, obviamente el golpe hubiera sido todavía mayor. Si además hubiera habido un fenómeno de corrupción… pero este Gobierno puede presentar probablemente la nómina más limpia de cargos imputados de toda la democracia. Es triste que de la corrupción solo se hable cuando sale y no para poner en valor cuando no está. Con tantos antecedentes, tendría que valorarse la limpieza del Gobierno. No me consta ningún ministro, ningún secretario de Estado, ningún director general que esté afectado por una causa penal cuando se viene todavía hablando de exministros de otros gobiernos imputados o procesados.

P. El PP convirtió a ETA en el eje de su campaña a raíz de la presentación en las listas de Bildu de candidatos condenados por terrorismo. Usted mismo fue víctima de esa estrategia electoral porque el PP sacó una camioneta de propaganda que circuló por distintos pueblos de Castilla-La Mancha con una foto suya junto al coordinador general de EH-Bildu Arnaldo Otegi. ¿Qué le pareció?

R. El PP busca excitar las entrañas, las pasiones más bajas. Hay una herida todavía en carne viva y eso a muchísima gente le irrita y le da más prioridad que a cualquier cosa. Una cosa es celebrar que los exetarras o la derivada política de ETA participen en la política, que yo también lo celebro y me parece bien. Y otra cosa es estar de acuerdo con lo que dicen o lo que hacen y lo que representan. Quizás no es el momento de decirlo, pero yo lo he llevado mal, muy mal, porque la verdad es que a veces parecemos unas hermanitas de la caridad, ¿no? Cuando se celebra un éxito que es colectivo, como fue el fin de ETA, no recuerdo ni un acto solemne de celebración. Estaba gobernando el PSOE en España y en el País Vasco y prácticamente despachamos el asunto con una rueda de prensa o un comentario en los pasillos del Congreso. Algo tan importante como eso había que haberlo solemnizado. Había que haber dejado claro que fue una victoria. Muchas veces he pensado qué habría hecho Aznar o Alianza Popular si el fin de ETA hubiera llegado con ellos gobernando. Por supuesto, nos hubieran metido a todos los socialistas en las filas de Bildu. Sé que la dirección nacional del PP avalaba la campaña sucia que me han hecho, incluso en temas muy personales. A mí, obviamente, me ofendía. Lo que pasa es que no me conocen. Yo tengo suficiente fuerza, y la que no tenía, la ensayé y practiqué cuando me tocó hacer la oposición a Cospedal, cuando sufrí todavía muchos más ataques y más sucios. Todavía está por verse algún episodio que no tardará en aflorar y que tiene que ver con el trabajo de Cospedal. A mí me hubieran ofendido y me hubieran hecho más daño si me hubieran puesto en una foto con Cospedal. El camión no me ha hecho mucho daño personal; aquí nadie se lo cree. Es al revés. Yo creo que les ha quitado votos a ellos. Yo encima fui un objetivo directo de ETA durante una época muy dura. Y me dolía por mis hijos y por mi entorno, que lo llevaban con pesar. En lo personal, yo creo que han intentado desmoralizar, lo que pasa es que conmigo no tienen nada que hacer en ese terreno. La gente que no tiene moral no puede dañar la mía.

El presidente de Castilla-La Mancha, en un momento de la entrevista.

Pregunta. ¿Es la primera vez que usted sufre este tipo de ataques?

Respuesta. No, no, no, qué va. En pleno covid, cuando estábamos pidiendo, yo como presidente, que la gente se pusiera mascarillas, el PP sacó una foto de encapuchados de ETA diciendo: estas son las mascarillas de Page. Estamos hablando de la número dos del PP. Aquí siempre han practicado una política muy salvaje desde el punto de vista de las formas y desde el punto de vista de los ataques. Y sin límite ninguno. Me ha ido dejando poso, sobre todo a partir de la época de Cospedal, que consiguió sacar la bilis. Parecía que en el kit de campaña de un candidato del PP iba un depósito de cianuro. Elevó el listón de la violencia política hasta límites insospechados. A mí me han espiado y han espiado a mis hijos, si es que se dice pronto. Llegó un momento en Castilla-La Mancha que yo no podía leer ningún periódico, ni el horóscopo del periódico, porque desde los pies de foto hasta los créditos de dirección eran insultos a Page. Pero todos, cuando digo todos es todos. Alucinante. Yo sí que creo que le he hecho un favor al PP y de paso a España, que es sacar de la política a Cospedal. Bueno, yo y las primarias suyas, porque realmente hubiera sido un problema. A mí cuando me dicen qué opinan ustedes de Feijóo, pues como mi elemento de comparación más inmediato es Cospedal, pues sale ganando Feijóo y mucho.

P. ¿Por qué dice que lo han espiado?

R. Durante un tiempo sospeché que me hacían seguimientos con cámaras. Incluso cuando llevaba a mis hijos, que entonces eran menores, al colegio.

P. ¿Puede acordar el Gobierno con Bildu la ley de vivienda, la de Memoria Histórica o el decreto de medidas anticrisis?

R. Todo lo que no toque a la soberanía nacional o a cesiones democráticas tiene una lectura mucho mejor. Tengan en cuenta que si el voto de Bildu no va a ayudar a Sánchez, es que está ayudando por acción o por omisión a Feijóo. El voto no es neutral, no es incoloro, e incluso no expresándose, no votando. Y a partir de ahí, lo que algunos plantean desde el PP es que el PSOE no hable nada con Bildu. Claro. Lo que quiere decir es que esos votos automáticamente van a ayudar a la mayoría de derechas por omisión. Por tanto, eso resulta cínico o hay un planteamiento de entendimiento entre las grandes fuerzas políticas para excluir de cualquier conversación a Bildu, que desde luego sí que tendría que existir a los efectos de los temas de soberanía y de los valores democráticos. Lo demás, seguramente hay que esperar a que pase más tiempo, pero desde luego una cosa es dejar de votar por Bildu y otra cosa muy diferente es presumir de tenerlos en el bloque de investidura. Yo he escuchado cosas que no me han gustado, sinceramente. Decir y defender que seguiremos en alianza con Bildu, creo que es lo más contraindicado en campaña y no hubiera pasado nada en campaña por haber dicho no solo que Bildu se equivocó, sino que eso para nosotros es inaceptable. No hubiera pasado nada.

P. Lo dijo Sánchez en Vitoria a los dos días…

R. No hubiera pasado absolutamente nada. Porque no es bueno para la convivencia, por mucho que lo quieran vestir de amnesia o de que hay que perdonar. Por una lógica elemental, si nosotros descubrimos en una lista de otros partidos a un asesino, pero un asesino no de naturaleza terrorista, o a un ladrón, un defraudador, un violador, lo hubiéramos frito en la campaña por tener a quienes ya han sido asesinos. Es que me parece en sí mismo inmoral. Tienen derecho a votar y a presentarse. De acuerdo. Pero nosotros no tenemos que opinar que eso está bien.

P. La presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso acusó a Sánchez el 26 de mayo de intentar perpetrar un pucherazo electoral. Y el martes, Ayuso dijo que se han convocado elecciones generales en julio para que falten interventores y apoderados y así, a las bravas, cambiar las cosas. ¿Le parece aceptable?

R. Me parece una barbaridad. El sistema electoral español es muy fiable, y además lo viene siendo desde el comienzo, porque podía haber habido un momento de grave error al ser novatos en la democracia al principio. No, no lo veo, no. No lo veo. Me parecen una barbaridad ese tipo de comentarios.

P. ¿No ve ningún problema en que las elecciones sean el 23 de julio?

R. Es una fecha muy impertinente y muy incómoda para todo el mundo, pero también para el que se presenta, lógicamente. Creo que cualquier fecha a partir del 23 de julio también sería incómoda, porque yo creo que prima más la necesidad de aclarar el mapa nacional. Lo que quedaba de aquí a diciembre iba a ser una barbacoa enorme. Y esto no puede ser porque no es bueno para el país y ni siquiera ya era bueno para gestionar con normalidad la presidencia de la Unión Europea. Porque no se puede tener el patio tan revuelto cuando realmente se trata de ofrecer una imagen de país. Después de esta dana del domingo pasado, es evidente que el presidente dice que es una ola que evidentemente no iba a amainar. El convencimiento que tiene él y que tengo yo también, no iba a amainar. Al contrario, la ola podía degenerar en un tsunami más ancho. No siendo una decisión cómoda y no creo que estuviera prevista muy de antemano, creo que es la única que quedaba posible.

García-Page, en el palacio toledano de Fuensalida.

P. ¿Qué le parece la gestión del Gobierno de coalición?

R. Desigual… por dos lados. Desigual en cuanto a la responsabilidad de unos y de otros. El PSOE ha empujado el carro y, excluiría a la vicepresidenta Yolanda Díaz, los demás no empujaban, iban en el carro pero eran carga, que no es lo mismo tirar del carro que ir subido el carro. Y en segundo lugar desigual porque yo creo que las políticas sociales son, en su inmensa mayor parte, más que defendibles, con avances importantes. Y, sin embargo, creo que hemos pagado cara la servidumbre de los apoyos territoriales, no solo del independentismo. Es evidente que, independientemente de que puedan participar en política, no pueden ser los que decidan por el resto de los españoles. Y hemos dado en más de una ocasión esa imagen, sí, quizá forzada, porque en esa situación no había ya mucho más margen de maniobra. Yo nunca creí que fuera posible un entendimiento, una coalición de fondo PSOE-PP. No soy partidario de eso. Además, creo que tiene que haber dos modelos distintos: el PSOE y el PP. La parte que más nos ha contaminado son los debates que a veces ha provocado Podemos, que son de un egoísmo impresionante. Y luego el hecho de que se ha presumido abiertamente y con naturalidad de pactos en vez de decir que no había más remedio; se ha presumido como si fuera positivo. Y cuando una cosa no te queda más remedio que hacerla, la gente agradece que se hable así de claro. No le puedes vender a la gente peras por manzanas.

P. El PSOE no ha sido una opción para los casi dos millones de votantes de Ciudadanos que se han ido al PP y, sin embargo, usted consiguió aquí en Castilla-La Mancha fichar a gente que procedía de Ciudadanos. ¿El PSOE ha renunciado al centro?

R. Bueno, yo creo que ambos partidos, el nuestro y el PP, en esa dialéctica frentista, no es que hayan renunciado a ganar el centro, es que están jugando a que no lo haya, a que no haya centros. Me parece un error. El centro se va a terminar quedando en el punto de sacar la pelota en el campo de fútbol. Eso va a ser el centro en España como sigamos así. Y me parece que no se corresponde con la radiografía real de la gente. Tenemos sociedades poliédricas. Hay gente que coincide conmigo cuando hago un análisis fiscal o cuando, por ejemplo, hablo del medio ambiente y gente que, sin embargo, no coincide conmigo cuando hago un planteamiento de convivencia religiosa o de tradición. Y el que no entienda que la gente es más poliédrica es que no está entendiendo la realidad. Eso yo no sé si lo llamaría centro, lo que yo diría es que hay muchísima gente que está en un voto dinámico. No es un voto estático, es que puede cambiarlo permanentemente.

P. Si el PSOE pierde el Gobierno en las próximas elecciones del 23 de julio, ¿Pedro Sánchez debe dimitir como secretario general?

R. Puedo decírselo con un monosílabo, pero solo el día 24 de julio.

P. ¿Por qué esa prevención?

R. Pues porque cuando se está en campaña electoral no se puede hacer nada que dé por hecho una derrota.

P. ¿Aspira a suceder a Pedro Sánchez como secretario general?

R. De ninguna manera. No.

P. Si tuviera que aconsejar a Sánchez sobre el tipo de campaña que hacer en las elecciones generales, ¿qué le diría?

R. No soy quién para dar consejos a nadie, cada maestrillo tiene su librillo. Pero la primera norma que tendría es no hacer nunca un ataque de tipo personal ofensivo. Las calificaciones personales son muy rechazadas por la opinión pública. Y en segundo lugar, haría una campaña en positivo poniendo en valor todas las cosas que están funcionando bien, sobre todo en el ámbito social, en el ámbito económico, cosas que podrían estar en riesgo si gana la alternativa. Hay muchas cosas que a lo mejor la gente no las tiene en la cabeza, que las da por consolidadas como irreversibles, pero que realmente están en riesgo, desde legislaciones laborales hasta políticas sociales de primer orden o legislaciones de derechos. En la urna tienes que defender lo que has hecho. Creo que le convendría cambiar el eslogan este de “vota lo que piensas”. Porque es dar por hecho que sabemos lo que piensa la gente. Aunque el domingo ha quedado bastante claro. Creo que hay que acudir al alma social del Gobierno. La gente lo que quiere saber es si gobernando uno va a ponerse más en riesgo la sanidad pública, la educación pública, las pensiones. Para que la gente no tenga que votar con las entrañas tienes que dirigirte al corazón, a la cabeza y a su bolsillo, porque la gente tiene que votar lo que le conviene. No es que se trate de defender al PSOE frente a la extrema derecha; las políticas que hacemos es lo que hay que defender.

P. Sánchez ha denunciado que los medios dominados por la derecha en España construyen relatos falsos y airean barbaridades contra el PSOE que impiden que esos logros sociales de los que usted habla lleguen a la opinión pública. ¿Esa línea de ataque contra determinados medios de comunicación es aconsejable para esta campaña? ¿Usted ha sufrido el problema que denuncia Sánchez aquí en Castilla-La Mancha?

R. No veo sustanciales diferencias entre el comportamiento de los medios en estas elecciones y el de las anteriores. Yo creo que el único debate que sí tiene un alcance político de fondo es el debate sobre los medios públicos. Televisión Española tiene un comportamiento muy sensato, muy ponderado, muy incluyente, a diferencia de otras épocas, o como tuvimos aquí con la televisión cuando la controlaba Cospedal o Nacho Villa, que era terrorismo informativo, claro, y encima pagado por todos. Pero quitando ese debate que sí tiene alcance político, porque sobre eso influye el voto de la gente, hay determinadas cosas que la gente no va a arreglar con el voto. No le puedes decir a la gente que arregle la composición de los medios privados. Evitaría todo lo que son excusas. No hay que ponerse las vendas antes de ver qué pasa porque creo que hay un margen para que el electorado reaccione. Van a votar entre dos millones y dos millones y medio más de personas que ahora. Seguro que una parte del electorado que a lo mejor está ahora callado o está un poco aturdido, pero que, sin embargo, cuando se trate de defender la sanidad, la educación, los valores sociales, las legislaciones avanzadas de vanguardia, lo va a salir a defender.

P. ¿Le da miedo el futuro en caso de que gobiernen la derecha y la ultraderecha?

R. No le tengo miedo al futuro. Este país ha salido de muchos momentos mucho más duros que el que estamos viviendo ahora. Miren, yo me he encontrado mucha gente en el Partido Popular que conmigo se ha portado de manera inmisericorde y quizá más duros que lo pueda ser Vox. Lo que sucede es que si Vox se pasa cuatro pueblos en su gestión o en sus rupturas, va a movilizar un cambio clarísimamente socialdemócrata. Hay un consenso de base socialdemócrata muy potente y, por tanto, lo que pueden conseguir es lo contrario, una reacción a la vuelta de poco… Es más, si gobernaran el PP y Vox, no les doy un ciclo de más de cuatro años.

Emiliano García-Page, el jueves en el palacio de Fuensalida en Toledo.


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Samuel Sánchez
<![CDATA[El peor precedente para la batalla nacional]]>https://elpais.com/espana/2023-05-28/el-peor-precedente-para-la-batalla-nacional.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-05-28/el-peor-precedente-para-la-batalla-nacional.htmlSun, 28 May 2023 23:11:16 +0000El PSOE se desangró este domingo con una colosal pérdida de gobiernos municipales y autonómicos tras una campaña dominada por el ruido y la confusión. Sus posibilidades de repetir el éxito de 2019 eran remotas: sacó 1,6 millones de votos al peor PP de los últimos 20 años. La desaparición de Ciudadanos —consumada en estas elecciones— dejaba ese capital electoral —1,9 millones de votos— en manos del PP. Sumar ese botín permite ahora al partido conservador derrotar al PSOE. Si se analiza el resultado global del 28-M como una primera vuelta de la partida nacional, los socialistas parten con una desventaja evidente (760.000 votos menos que el PP), aunque mantienen un porcentaje de voto (28%) levemente inferior al de cuatro años antes en los comicios municipales (29%) pero similar al de las últimas elecciones generales. Si se atiende a los efectos prácticos de esos resultados, la depresión socialista es mayor: han perdido las alcaldías de grandes ciudades (Sevilla, Valencia, Zaragoza o Valladolid) y, sobre todo, dejarán de gobernar en al menos seis autonomías (Comunidad Valenciana, Extremadura, Aragón, La Rioja, Cantabria y Baleares).

El resultado de las elecciones municipales celebradas en España durante los últimos 40 años de democracia ha anticipado los cambios en el Gobierno de la nación. José María Aznar llegó al poder en 1996. Solo un año antes, el PP fue el partido más votado en los comicios locales. El socialista José Luis Rodríguez Zapatero alcanzó el Gobierno en su primer intento de 2004; el PSOE recuperó un año antes la hegemonía municipal. Mariano Rajoy fue presidente al tercer intento (2011), solo unos meses antes su partido logró sacar 2,2 millones de votos al PSOE en las elecciones municipales.

Un ministro miraba hace varios meses estos precedentes electorales con una cierta esperanza ante la convocatoria del 28-M: “Nuestros datos nos dicen que estamos en condiciones de ganar o empatar con el PP en el resultado global de las elecciones municipales, donde la gestión es lo principal y nuestros alcaldes lo han hecho bien. Si eso es así, significa que hay partido y podemos conservar el Gobierno de la nación”. Esa teoría, aplicada a los resultados registrados ayer, deja al PSOE con escasas posibilidades de revalidar el Ejecutivo central solo cinco años después de recuperarlo. Aunque la distancia en número de votos es inferior a la que el PSOE obtuvo hace solo cuatro años respecto al PP, la desventaja en poder institucional es colosal. La dispersión del voto en varias candidaturas a la izquierda del PSOE ha terminado por apuntalar la derrota más dolorosa para la formación de Pedro Sánchez, cuya especial implicación en esta campaña le convierte en uno de los principales perdedores del 28-M.

Una campaña electoral donde el ruido nacional ocultó los debates y las promesas de los candidatos ha dejado al PSOE en una situación desesperada. Los anuncios de inversiones sociales milmillonarias que hizo el presidente del Gobierno durante la precampaña y la campaña se difuminaron como humo en el aire frente al estruendo provocado por el escándalo de la inclusión en las listas de Bildu de condenados por terrorismo o de las tres operaciones policiales contra el fraude del voto por correo que salpicaban al PSOE de mitin a mitin. Un dirigente socialista se lamentaba así el último día de campaña: “Hemos demostrado que sabemos ganar elecciones, que sabemos gobernar porque España ha salido de las peores adversidades de estos cuatro años con un potente escudo social y más empleo que nunca... pero no sabemos mandar”.

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Samuel Sánchez
<![CDATA[Igualdad prevé en la nueva ley contra el racismo multas de hasta medio millón y penas de cárcel más duras por discriminar a colectivos]]>https://elpais.com/sociedad/2023-05-25/la-ley-contra-el-racismo-de-igualdad-preve-multas-de-hasta-medio-millon-y-mas-carcel-por-discriminar-a-colectivos.htmlhttps://elpais.com/sociedad/2023-05-25/la-ley-contra-el-racismo-de-igualdad-preve-multas-de-hasta-medio-millon-y-mas-carcel-por-discriminar-a-colectivos.htmlThu, 25 May 2023 05:25:53 +0000Desde hace más de un año, el Ministerio de Igualdad está trabajando en un texto para configurar las bases de la que podría ser la futura ley antirracista. En uno de esos borradores —porque existen, al menos, tres—, al que EL PAÍS ha tenido acceso, el área de Irene Montero propone multas que van desde los 300 hasta los 500.000 euros e incluye modificaciones en el Código Penal. A lo largo de las 80 páginas de ese documento, el texto pasa por prácticamente todas las áreas —educativa, sanitaria, judicial o estadística—, y señala desde medidas preventivas y formativas hasta sanciones o planes que llegan hasta las empresas. Por ejemplo, establece que aquellas compañías “de más de 250 trabajadores deberán elaborar un plan, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, que contemple medidas de acción para prevenir, eliminar y corregir toda forma de discriminación racial o forma conexa de intolerancia por razón de las causas previstas en esta ley, en el ámbito del empleo”. Entre las “infracciones graves”, el borrador de la norma contempla la de “proferir expresiones (...) que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio basado en el racismo...”, en la que podrían encajar los gritos contra el jugador de Real Madrid Vinicius Jr. por algunos aficionados desde las gradas del estadio valenciano de Mestalla el domingo.

El anteproyecto de ley orgánica contra el racismo, la discriminación racial y formas conexas de intolerancia empezó a redactarse hace más de un año. En marzo del año pasado se abrió el trámite de consulta pública previa a la elaboración de un proyecto normativo, con el objetivo de recoger la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma. Ese periodo se cerró el 10 de mayo. Activistas, organizaciones, asociaciones y otras personas físicas y jurídicas enviaron sus aportaciones y, desde entonces, no se ha dado ningún paso más.

Sí ha vuelto a hablarse de la normativa con más ahínco en los últimos días, tras los insultos al futbolista. Irene Montero, desde entonces, ha instado varias veces a “acelerar” la tramitación de esa norma a su socio de Gobierno. La última, el miércoles, en Sevilla, donde reclamó al PSOE “implicarse de una vez” con la tramitación de la norma que, según la ministra, “permite ir a la raíz del problema”.

Sin embargo, no parece estar sobre la mesa el comienzo de la tramitación de esta legislación, que no aparece incluida en el Plan Anual Normativo. La parte socialista del Gobierno no tiene constancia de ella y, por tanto, tampoco previsión de llevar al Consejo de Ministros este texto que tiene como objetivo “prevenir y, en su caso, sancionar y reparar la discriminación racial y las formas conexas de intolerancia para el fomento de la igualdad y del respeto a la diversidad y a la dignidad de la persona, así como reconocer la existencia del racismo estructural”. Para ello el borrador contempla medidas “destinadas a prevenir, eliminar, sancionar y corregir el racismo, la discriminación racial y las formas conexas de intolerancia en los sectores público y privado”, según desarrolla el texto.

¿Cuáles son esas medidas y cambios que propone el texto? Aquí, algunas de esas propuestas y modificaciones que figuran en el articulado.

La modificación del Código Penal

El anteproyecto de ley del Ministerio de Igualdad plantea reformar el Código Penal en cuatro artículos (314, 511, 512 y 570) para extender y ampliar los castigos de cárcel en caso de que las conductas delictivas vayan dirigidas a colectivos y no a personas determinadas; e incluye entre los comportamientos punibles la negación de genocidios.

Discriminación en el empleo. El artículo 314 del Código Penal castiga con hasta dos años de cárcel “una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su situación familiar, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social…”. La reforma propuesta por Igualdad castiga además los casos en los que esas conductas de “segregación laboral” afecten a una pluralidad de personas, en cuyo caso “las penas se impondrán en su mitd superior”.

Denegación de prestaciones. Cuando haya una discriminación en la prestación de ayudas públicas que afecte a una pluralidad de personas, Igualdad propone añadir una pena de cárcel mayor, con posibilidad de elevar el castigo si las víctimas son “niños, niñas o adolescentes”, lo que implica una reforma del Código Penal. Profesionales, empresarios que nieguen una prestación por razones de ideología, religión, sexo, creencias o raza a una pluralidad de personas verán la pena prevista en el artículo 511 ampliada en su mitad superior. Y también se impondrán las penas previstas en su mitad superior para las organizaciones que fomenten o promuevan o inciten de forma pública al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una determinada por razón de pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, la religión o las creencias de la víctima.

Delitos de genocidio o de lesa humanidad. También se agravan las penas previstas (hasta dos años de cárcel) para quienes nieguen estos delitos. El borrador establece que se impondrán en su mitad superior a quienes “de forma pública justifiquen, nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas o bienes protegidos en caso de conflicto armado o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo”, por los motivos discriminatorios de los que habla esta norma.

Infracciones y sanciones

El texto establece que las infracciones en materia de discriminación racial e intolerancia asociada “se calificarán como leves, graves o muy graves”. A qué grado corresponde se dirimirá con “la debida adecuación y proporcionalidad con la gravedad del hecho constitutivo de la infracción”, y el importe de la multa “deberá fijarse de modo que a la persona infractora no le resulte más beneficioso su abono que la comisión de la infracción”. En cualquier caso, el borrador fija que “las sanciones se determinarán con arreglo” a criterios como “la intencionalidad de la persona infractora”, la “naturaleza de los daños causados” o “la repercusión social” que haya tenido.

Leves. Entre ellas está el uso de “expresiones vejatorias racistas contra las personas en la prestación de servicios públicos o privados, cuando ello no sea constitutivo de infracción penal”, y las multas van de los 300 a los 10.000 euros.

Graves. Acarrean sanciones de entre 10.001 y 40.000 euros. Algunas de estas infracciones graves serían “recabar datos de carácter personal en los procesos de selección” de empleo que constituyan discriminación, o “rehusar una oferta de compra o arrendamiento, o rehusar el inicio de las negociaciones o de cualquier otra manera, impedir o denegar la compra o arrendamiento de una vivienda” por motivos discriminatorios.

Muy graves. Con multas de entre 40.001 y 500.000 euros. Entre estas estarían “las represalias, entendidas como el trato adverso que reciba una persona como consecuencia” de haberse quejado precisamente de un trato discriminatorio, o “la negativa a atender o asistir a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación racista, por quien, por su condición o puesto, tenga obligación de atender a la víctima, cuando no constituya infracción penal”.

Estas infracciones prescribirán al año si son leves, a los tres años si son graves y a los cuatro años si son muy graves.

Datos y estadísticas

El borrador recoge que “el Estado tiene una obligación de análisis y evaluación del racismo estructural”, que este se debe “abordar a través de políticas proactivas con perspectiva de género e interseccional” y que para ello “se debe disponer de datos precisos y comparables para que los poderes públicos y los ciudadanos puedan evaluar la magnitud y la naturaleza del racismo estructural sufrido y para diseñar, implementar y evaluar las políticas”. Para lograrlo, apunta el texto, “es necesario desglosar los datos en función del origen étnico” porque “la recogida de datos fiables y comparables a escala nacional es un requisito previo esencial para una acción eficaz”.

Así, fija que las administraciones y los poderes públicos recojan estadísticas en sus respectivos ámbitos. Por ejemplo, lo establece para el Ministerio del Interior —”publicará con una periodicidad anual el número de personas respecto al total que han solicitado protección internacional y que han sido reconocidas como refugiadas en España por motivo de persecución por razón de racismo, discriminación racial o formas conexas de intolerancia”—, para el Instituto Nacional de Estadística —realizará cada cinco años una encuesta para evaluar el racismo estructural, al menos en el ámbito del empleo, educativo, vivienda y salud—, o para el Centro de Investigaciones Sociológicas, que “elaborará anualmente estudios sociológicos [...] con el fin de conocer el alcance de la cifra sumergida de hechos de delitos de odio, discriminación racial e intolerancia asociada no denunciada”. También para el ámbito educativo, sanitario, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Formación

El documento contempla educación y formación para profesores del sistema público o para “las Carreras Judicial y Fiscal”, en las que “las pruebas selectivas para el ingreso y la promoción contemplarán el estudio obligatorio sobre racismo, racismo estructural, discriminación racial o étnica y formas conexas de intolerancia, desde una perspectiva de género e interseccional”.

Fuerzas policiales

Para la Policía Nacional, la Guardia Civil y las policías autonómicas, el borrador propone, entre otras cuestiones, prohibir “expresamente el uso de perfiles raciales o étnicos sin una justificación objetiva en las actividades de control, vigilancia e investigación”. Y para garantizar que no se usen, las fuerzas policiales deberán elaborar un “protocolo de identificación”, a incorporar en la Estrategia contra el racismo, que garantice que esa prohibición se cumple. El Ministerio del Interior deberá incluir de forma obligatoria en los programas de formación del personal de seguridad privada técnicas para evitar los perfiles raciales.

Sanidad

En un breve articulado, el borrador hace alusión al fomento de “la investigación científica para analizar la forma en la que el racismo estructural tiene un impacto en la salud y para profundizar en la comprensión del racismo estructural como una cuestión de salud pública”, también desde esa perspectiva se habla de salud mental, y “se pondrá especial énfasis en las necesidades en materia de salud específicas de las mujeres, como la salud sexual y reproductiva, entre otras”.

Educación

El texto establece la inclusión de los contenidos necesarios “que permitan el conocimiento de las causas, extensión, evolución, naturaleza y efectos” de todas las formas de discriminación en este ámbito. Así, por ejemplo, modificaría la ley de educación para introducir de forma específica la necesidad de considerar el “estudio y respeto de otras culturas”, como “la del pueblo gitano, de las personas africanas y afrodescendientes, del pueblo judío y la de otros grupos y colectivos”, y también al conocimiento de hechos históricos “que han atentado gravemente contra los derechos humanos como el Holocausto judío” o “el Holocausto gitano”.

Además, fija que la comunidad educativa preste “la debida atención” a aquellos alumnos que pudiera ser discriminados y la elaboración de “un informe bienal, motivado y de acceso público” en el que se evalúe “la presencia y grado de representación de las personas pertenecientes a los grupos poblacionales, religiosos o étnicos que sufren con más asiduidad la discriminación racial e intolerancia asociada”.

También establece un porcentaje para fijar cuándo en los centros se produce “segregación racial”: “Cuando el porcentaje de personas migrantes, gitanas, africanas, afrodescendientes, u otros grupos poblacionales o étnicos que sufren con más asiduidad la discriminación racial es superior al 50%, entendiéndose que si es superior al 30% hablamos de concentración escolar”.

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Manu Fernandez
<![CDATA[Villarejo sostiene que Interior evitó husmear en 4.000 cuentas de catalanes en Andorra para proteger a Juan Carlos I]]>https://elpais.com/espana/2023-05-10/villarejo-sostiene-que-interior-evito-husmear-en-4000-cuentas-de-catalanes-en-andorra-para-proteger-a-juan-carlos-i.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-05-10/villarejo-sostiene-que-interior-evito-husmear-en-4000-cuentas-de-catalanes-en-andorra-para-proteger-a-juan-carlos-i.htmlWed, 10 May 2023 05:37:38 +0000El Ministerio del Interior puso en marcha en 2014, bajo mandato del Gobierno del PP, una operación de extorsión a directivos y dueños de la Banca Privada de Andorra para conseguir pruebas de la fortuna que ocultaba en esa entidad el expresidente catalán Jordi Pujol a cambio de impedir la intervención del banco por riesgo de blanqueo de capitales. La extorsión, según las pruebas acumuladas durante la investigación judicial de este caso, dio resultado y la información obtenida por el ministerio, a cuyo mando estaba Jorge Fernández Díaz, fue filtrada a un medio de comunicación antes incluso de presentar denuncia contra el exdirigente independentista catalán.

La BPA fue intervenida por las autoridades andorranas un año después de la filtración de la cuenta de Pujol. Su filial en España, Banco de Madrid, fue intervenida también en 2015 por el Banco de España. Una jueza andorrana imputó hace casi un año al expresidente Mariano Rajoy, a los exministros de Hacienda, Cristóbal Montoro; e Interior, Jorge Fernández Díaz, al exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, y al exdirector general de la Policía, Ignacio Cosidó, por supuestas coacciones al Gobierno del Principado de Andorra y por un delito de falsedad documental para obtener datos bancarios de la entidad donde Pujol guardaba parte de su dinero. La denuncia de los propietarios del banco de Andorra señala conversaciones con policías, agregados de Interior de la embajada de España en Andorra, donde les piden información reservada de uno de sus clientes, el expresidente Pujol, a cambio de parar supuestamente medidas disciplinarias contra el banco.

Este suceso forma parte de las operaciones policiales que Interior puso en marcha para desacreditar al independentismo catalán en pleno desafío rupturista y que la comisión de investigación creada en el Congreso de los Diputados quiere estudiar con detalle a partir de este miércoles, cuando comparecerá el excomisario José Manuel Villarejo antes de que lo haga uno de los dueños de la BPA, Higini Cierco.

Villarejo mantuvo en febrero de 2017 una reunión con el exjuez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón. En esa conversación, grabada por el excomisario, Villarejo le cuenta a Garzón que, en realidad, la mayor parte de la fortuna de Pujol la guardaba en el banco AndBank, pero el Ministerio del Interior no quiso tirar de ese hilo —no detalla si también previa extorsión— porque descubrieron que los clientes catalanes de esa entidad tenían movimientos con una cuenta suiza, Soleado, donde el rey Juan Carlos podía tener su fortuna oculta al fisco español.

La cuenta Soleado era gestionada por Arturo Fassana, el mismo que en agosto de 2008 administró y ocultó en Suiza los 100 millones de dólares que Juan Carlos I recibió como regalo del rey de Arabia Saudí.

El exjuez Baltasar Garzón ordenó en mayo de 2009 una comisión rogatoria a Suiza para registrar el despacho de Arturo Fassana, gestor de los patrimonios de varios cabecillas de la red Gürtel, entre ellos Francisco Correa. La documentación requisada en aquella operación aparece con numerosa información tachada para que no se pueda identificar a muchos de los clientes de Fassana en una cuenta llamada Soleado, donde agrupaba a numerosos españoles, millonarios y defraudadores.

La conversación vuelve entonces al origen de las maniobras de Interior en Andorra para conseguir información contra dirigentes independentistas catalanes.

La investigación judicial acreditó en 2019 que, como decía Villarejo a su interlocutor en 2017, la mayor parte de la fortuna oculta de los Pujol se movió en el Andbank, la entidad que Interior no quiso investigar, según el excomisario, porque podía salpicar a la fortuna oculta de Juan Carlos I en Suiza. Ninguna investigación ha acreditado hasta el momento que en esas cuentas citadas por Villarejo se escondieran datos que condujeran a la cuenta de Soleado en Suiza, gestionada por la misma persona que se ocupó de los 100 millones que Juan Carlos I ocultó a la Hacienda española y acabó donando a su entonces amante, Corinna Larsen.

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<![CDATA[Los juristas ven muy difícil ilegalizar a Bildu o anular sus candidaturas]]>https://elpais.com/espana/elecciones-municipales/2023-05-16/los-juristas-ven-muy-dificil-ilegalizar-a-bildu-o-anular-sus-candidaturas.htmlhttps://elpais.com/espana/elecciones-municipales/2023-05-16/los-juristas-ven-muy-dificil-ilegalizar-a-bildu-o-anular-sus-candidaturas.htmlTue, 16 May 2023 03:40:00 +0000El Partido Popular y Vox han resucitado en campaña electoral un viejo debate respecto a la posibilidad de ilegalizar Bildu y anular sus listas electorales tras conocer que 44 de sus candidatos fueron condenados por terrorismo, siete de ellos con delitos de sangre. La Sala Especial del 61 del Tribunal Supremo se reunió en 2011 ante la demanda presentaba por la Abogacía del Estado y apoyada por la Fiscalía General del Estado durante la última etapa de Gobierno del PSOE para anular las candidaturas de Bildu a las elecciones municipales al entender que se trataba de una formación sucesora de Batasuna, ilegalizada en 2003 en aplicación de la Ley de Partidos Políticos, y que su declarado “rechazo a la violencia” no era más que un movimiento táctico para eludir las prohibiciones vigentes. El Tribunal Constitucional, en una sentencia aprobada por seis votos a favor y cinco en contra, anuló esa decisión del Supremo: “A diferencia de lo sucedido en supuestos similares anteriores (en 2003, 2004, 2005, 2007 y 2009), en este caso no existen elementos que acrediten la existencia de vínculos personales, de orden financiero o de apoyo material entre ETA y el partido ilegalizado Batasuna y la coalición aquí recurrente, lo que fue relevante en aquellos casos”.

Desde la entrada en vigor de la Ley de Partidos Políticos en 2002 se extremaron las cautelas para evitar que las mismas personas que habían formado parte de las listas de Batasuna, formación ilegalizada en marzo de 2003, pudieran integrar otras candidaturas en distintos procesos electorales. EL PAÍS revisó en 2003 las candidaturas a las elecciones municipales de mayo y descubrió al menos 245 listas vascas y navarras con al menos 896 candidatos que ya se presentaron antes por Batasuna. Muchas de esas listas fueron impugnadas y anuladas por el Supremo en aplicación de la Ley de Partidos Políticos.

EL PAÍS sometió las listas de Bildu de 2011 a un ejercicio similar y encontró solo dos candidatos de entre varios miles que presentaba la formación política vasca y que habían integrado antes otras formaciones ilegalizadas.

Por eso el Tribunal Constitucional admitió el recurso de amparo presentado por Bildu, que pudo concurrir así a las elecciones. Desde entonces, esta formación se ha presentado a los distintos comicios sin problemas judiciales conocidos ni impugnaciones por parte del Gobierno ni denuncias de los partidos de oposición pese a que en algunos de los comicios, como los municipales de 2019, sí presentaron en sus listas a una veintena de condenados por terrorismo.

ETA abandonó definitivamente la lucha armada en octubre de 2011. Bildu concurrió desde entonces a las distintas elecciones, pero nunca como ahora había presentado en sus listas a tantos condenados por terrorismo (44) o con delitos de sangre (7).

Cuando el Supremo decidió anular las candidaturas de Bildu a las elecciones municipales de 2011, los magistrados argumentaron así su decisión: “Para impedir que quienes las conforman en sedicente condición de independientes (pero realmente meros testaferros de ETA) puedan, primero, en condición de candidatos, acceder a una información política y administrativa que una vez en manos del grupo terrorista pudiera ser empleada para sus fines delictivos, y luego, en condición de electos, tomar posesión de sus cargos, ocupar eventualmente el poder en administraciones territoriales, y en tal condición establecer una línea de gobierno favorecedora de los fines terroristas de ETA. Así las cosas, la anulación de las candidaturas es no solo una medida adecuada en cuanto que proporcionada, sino más aún, una medida obligada”.

Esa argumentación no serviría para el supuesto actual dado que ETA abandonó la lucha armada hace casi 12 años. Un magistrado del Supremo que participó en la Sala del 61, califica de “disparate” la idea de ilegalizar ahora Bildu o anular las candidaturas integradas por condenados por terrorismo. “La Ley Electoral señala como causa de inelegibilidad el estar cumpliendo condena, pero señala que esta prohibición legal desaparece una vez cumplida la pena de cárcel e inhabilitación. Y parece que estos 44 candidatos tienen cumplidas ambas penas”, señala. Respecto a la posibilidad de ilegalizar a Bildu en aplicación del artículo 9.3 de la Ley de Partidos Políticos (“incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas”), el magistrado del Supremo señala: “Las causas de ilegalización se fijan en el apartado 9.2 y ahí no hay posibilidad de ilegalizar un partido si no es en un contexto de lucha terrorista y de identificación con esos ideales terroristas. Cuando se hizo esa Ley, el problema que planteaba es que fijaba unos indicios para facilitar al juez la labor de cómo tenía que interpretar la norma. Si es un partido que tiene regularmente como candidatos a personas que están siendo investigadas o han sido condenadas por delitos de terrorismo es un indicio muy poderoso de que es un partido que promueve la violencia, pero lo que hay que demostrar previamente es que el partido promueve la violencia, y Bildu hoy no hay pruebas de que la promueva porque no hay terrorismo de ETA”.

El artículo 9.2 al que se refiere este magistrado del Supremo, señala una serie de causas de ilegalización basadas en la actividad de organizaciones terroristas:

“Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave:

a) Vulnerar sistemáticamente las libertades y derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas, o la exclusión o persecución de personas por razón de su ideología, religión o creencias, nacionalidad, raza, sexo u orientación sexual.

b) Fomentar, propiciar o legitimar la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o para hacer desaparecer las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, del pluralismo y de las libertades políticas.

c) Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general, o contribuir a multiplicar los efectos de la violencia terrorista y del miedo y la intimidación generada por la misma”.

Otro magistrado que también participó en la Sala del 61 del Supremo y apoyó la anulación de candidaturas de partidos sucesores de Batasuna no tiene tan claro que sea esencial la existencia de ETA para ilegalizar formaciones que lleven en sus listas a condenados por terrorismo: “El Tribunal debería decidirlo a través de los hechos concretos y siempre que se presente la demanda de ilegalización por parte de la Abogacía del Estado. Qué nombres son, en cuantas listas, es la primera vez o es la única vez. El artículo 9.3 no habla de que sea obligatoria que la organización terrorista esté viva, solo habla de condenados por terrorismo en las candidaturas de una determinada formación. Pero hay muchos matices que el Tribunal debería en su día valorar y creo que ahora dar una opinión jurídica sobre eso es arriesgado”.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional deberá responder en los próximos días a la consulta de la Asociación de Víctimas Dignidad y Justicia respecto a si los 44 condenados por terrorismo que figuran en las listas de Bildu cumplen todos los requisitos legales. La Fiscalía estudiará si todos ellos cumplieron las penas de cárcel e inhabilitación, algo que confirma Covite, el colectivo de víctimas del terrorismo del País Vasco que denunció estos hechos.

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Javier Etxezarreta
<![CDATA[El PP defiende en el Congreso una ley que permite a la derecha judicial copar el Consejo General del Poder Judicial]]>https://elpais.com/espana/2023-05-15/el-pp-defiende-en-el-congreso-una-ley-que-permite-a-la-derecha-judicial-copar-el-consejo-general-del-poder-judicial.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-05-15/el-pp-defiende-en-el-congreso-una-ley-que-permite-a-la-derecha-judicial-copar-el-consejo-general-del-poder-judicial.htmlMon, 15 May 2023 03:40:00 +0000El Partido Popular defiende el martes en el pleno del Congreso una proposición de ley para cambiar el sistema de elección de vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de manera que los jueces elijan directamente a 12 vocales sin la participación del Parlamento. La norma vigente desde 1985 establece que las Cortes tienen la última palabra en la elección de los 20 vocales del CGPJ: ocho juristas de reconocido prestigio y 12 jueces.

El sistema propuesto por el PP a través de la proposición de ley reúne tres condiciones principales: ”Los vocales de procedencia judicial (12) serán elegidos por y entre todos los jueces y magistrados”; “la elección se llevará a cabo mediante voto personal, igual, directo y secreto”; “la papeleta deberá contener una lista abierta de candidatos y los jueces marcarán un máximo de seis nombres”.

Estas condiciones favorecen a las asociaciones judiciales mayoritarias y, especialmente, a la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, con casi 1.400 asociados, seguida de la centrista Francisco de Vitoria (843) y de la progresista Jueces para la democracia (462). Esta iniciativa legislativa tiene escasos visos de prosperar y llega tras cuatro años y medio de bloqueo por parte del PP, que ha impedido una renovación obligada por la Constitución, que habría dejado el Poder Judicial en manos de una mayoría de vocales de sensibilidad progresista.

El órgano de gobierno de los jueces mantiene desde 2013 una mayoría absoluta de vocales conservadores, cuando el PSOE votó junto al PP la renovación del CGPJ en las Cortes. El nombramiento del nuevo CGPJ, pendiente desde 2018, es imposible si no se reúnen los 3/5 de votos de ambas cámaras, algo que ahora es imposible sin la colaboración de la derecha (PP) o la ultraderecha (Vox).

El comisario de Justicia de la Unión Europea, Didier Reynders, defiende desde hace meses que la renovación del Consejo General del Poder Judicial se haga de acuerdo a la ley vigente, que establece que el Congreso y el Senado tienen la última palabra. Y reclama que a continuación se reforme la norma en vigor para que los jueces elijan directamente a los vocales de extracción judicial —y no como ahora, que solo hacen una preselección sobre la que deciden las Cortes—. El PP ha decidido no seguir la pauta de Reynders y exigir la reforma de la ley antes de la renovación para que las Cortes no puedan decidir ya sobre 12 de los 20 nombres del CGPJ, que serían elegidos directamente por los jueces.

Con el sistema propuesto por el PP a través de su proposición de ley, la derecha judicial coparía la mayoría absoluta de los puestos del CGPJ, tal y como ocurrió al comienzo de la democracia. Entonces, los 12 vocales de extracción judicial elegidos en las elecciones de mayo de 1980 pertenecían a la Asociación Profesional de la Magistratura (mayoritaria en el sector con mucha diferencia respecto al resto, tanto en ese momento como ahora). En 1985, el PSOE aceptó una enmienda del diputado Juan María Bandrés para que los 20 vocales del CGPJ fueran elegidos por el Congreso y el Senado.

El único artículo de la proposición de ley del PP que plantea la posibilidad de buscar fórmulas que garanticen la presencia de las distintas asociaciones y, sobre todo, de los jueces no asociados, es el 574.2: “El reglamento contemplará todas las medidas necesarias para garantizar la mayor proporcionalidad en la representación entre miembros asociados y no asociados de la carrera judicial”. La proposición de ley no detalla ningún mecanismo para hacer posible que el 41% de la carrera judicial tenga presencia en el Congreso si la elección es abierta sobre una lista de candidatos donde cada juez puede señalar a seis nombres. El PP no tiene ninguna esperanza en que su proposición de ley prospere, pero si llegara a aprobarse se establecerían sistemas para favorecer esos equilibrios.

El PP prometió cambiar el sistema de elección del CGPJ en 2011, cuando ganó las elecciones generales por mayoría absoluta, para que los jueces eligieran a los jueces. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, llegó a redactar un anteproyecto de ley que establecía una serie de equilibrios para evitar que, por ejemplo, la Asociación Profesional de la Magistratura pudiera obtener más de tres de los 12 puestos del CGPJ reservados a los jueces y para que los jueces no asociados tuvieran representación. El presidente Mariano Rajoy metió en el cajón aquel texto. El PP renunció a aprobar esa ley para la que tenía votos suficientes, con la excusa de que el PSOE no la apoyaba y necesitaba un gran consenso.

Ahora, el PP de Alberto Núñez Feijóo les ha prometido a los fiscales conservadores en una cena coloquio que si llega a gobernar cambiará el sistema de elección de vocales con una reforma legal similar a la que mañana someten a votación en el pleno del Congreso, tal y como adelantó EL PAÍS.

El Gobierno rechaza esta iniciativa y solo contempla una renovación del CGPJ con la ley vigente, además de un compromiso para estudiar una futura reforma del sistema de elección. Unidas Podemos, socio de Gobierno del PSOE, defiende una reforma legal que permita renovar el CGPJ sin la mayoría de tres quintos que ahora se requiere en el Congreso y el Senado.

Las salas de Gobierno de los distintos tribunales de Justicia, integradas por los presidentes de los distintos órganos judiciales y un número similar de miembros elegidos por la carrera judicial, celebraron elecciones en 2019. La conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM) ganó en casi todas las elecciones y en algunas de ellas de manera apabullante. En el Tribunal Supremo logró 224 votos, todos los emitidos porque las demás asociaciones no tuvieron ningún apoyo. En la Audiencia Nacional se produjo un hecho similar con 146 votos de la APM por ninguno el resto de asociaciones. En los tribunales superiores de justicia de las 17 comunidades autónomas, vence en todas, salvo en cuatro.

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CGPJ
<![CDATA[Fiscales conservadores animan a Feijóo a desmontar leyes del Gobierno de Sánchez]]>https://elpais.com/espana/2023-05-02/fiscales-conservadores-se-alian-con-feijoo-para-atacar-al-gobierno-en-una-reunion-privada.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-05-02/fiscales-conservadores-se-alian-con-feijoo-para-atacar-al-gobierno-en-una-reunion-privada.htmlTue, 02 May 2023 03:40:00 +0000El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, acometerá si gobierna una contrarreforma urgente a través de un proyecto de ley que aborde diversas materias para derogar algunas de las normas aprobadas por el Gobierno de Pedro Sánchez. El líder popular trasladó esta idea a medio centenar de fiscales afiliados a la mayoritaria asociación conservadora durante una cena celebrada el 18 de abril en el hotel Claridge de Madrid. ”Recuperaremos el delito de sedición, que se puede llamar de otra forma, como deslealtad constitucional, y el de referéndum ilegal”, anunció.

El encuentro permitió a fiscales con cargos relevantes en el Tribunal Supremo atacar con dureza al Gobierno, mostrar su apoyo a las ideas del líder del PP y preguntarle por las medidas que aplicaría para resolver la supuesta “falta de democracia en los procedimientos legislativos” de los últimos años o ante el problema de cohesión territorial que vive España como consecuencia, indicaron, de la “alianza de los socialistas con los filoetarras de Bildu”.

Uno de los fiscales que intervino, Antonio Narváez, magistrado del Tribunal Constitucional hasta hace unos meses, llegó a expresar su deseo, a título personal, de que Feijóo llegue a la presidencia del Gobierno. Narváez puso bajo sospecha los procesos electorales en los que interviene la empresa Indra y vaticinó problemas en la aplicación de la ley trans.

EL PAÍS ha resumido la hora y media de conversación entre Feijóo y los fiscales tras consultar a diversas fuentes conocedoras de lo ocurrido en esa cita.

Cristina Dexeus, decana de los fiscales de la Audiencia Provincial de Barcelona y anfitriona del encuentro como presidenta de la Asociación de Fiscales, presentó a Feijóo como un político clave para el futuro de España, presidente de un partido “que puede influir en reformas legislativas e incluso en un futuro puede tener capacidad de decisión para mejorar la Administración de justicia”. Dexeus aseguró que Feijóo tenía un “buen bagaje” por los cargos técnicos desempeñados y las cuatro mayorías absolutas logradas en Galicia. La presidenta de la Asociación de Fiscales confesó que compartía una frase de Feijóo leída en una entrevista: “Se me erizan los pelos cuando escucho el himno de España”.

Feijóo: “Agradezco a los fiscales que restablecieran el orden constitucional”. El líder del PP agradeció el trabajo de los fiscales “que estando en puestos clave y recibiendo todo tipo de presiones, restablecieron el orden constitucional que algunos políticos quebraron”. En la sala se encontraba la exfiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, que llevó la acusación junto a otros tres compañeros en el juicio del Tribunal Supremo contra los dirigentes catalanes impulsores del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 (1-O).

Consuelo Madrigal, en La Zarzuela en 2016.

Consuelo Madrigal, exfiscal general del Estado: “Hay una perversión del procedimiento legislativo”. “En España existe el imperio del decreto ley, pero hay otro problema más grave y es el de las proposiciones de ley que se presentan y que se tramitan a través de enmiendas donde los deseos de los grupos minoritarios se convierten en ley”. Madrigal, que fue la primera en intervenir durante la cena de Feijóo con los fiscales, se refería a la derogación del delito de sedición y a la reforma del delito de malversación mediante una proposición de ley que evitó los informes preceptivos del Poder Judicial o del Consejo de Estado y donde se incorporaron a última hora las enmiendas presentadas por ERC para rebajar la pena a dirigentes independentistas. La aplicación de la reforma por el Supremo no ha reducido la pena a los condenados por el 1-O al entender que esas enmiendas no son de aplicación al caso. Y señaló: “Esta perversión del procedimiento legislativo va unida a una perversión de la institución que hemos vivido en los últimos años. ¿Cómo se puede revertir? ¿Cómo volver a procedimientos legislativos serios, informados, democráticos? ¿Cómo devolver el normal funcionamiento a la institución si se tiene la tentación de hacer lo mismo que hicieron ellos para reequilibrar, si caemos en el mismo procedimiento? ¿Cómo sería posible una regeneración benéfica para todos?”.

Feijóo: “No podemos aguantar toda una legislatura para cambiar esos decretos leyes”. “Limitaremos el uso de decretos leyes cuando no incorporen medidas que vayan a entrar en vigor de manera inmediata. Hay determinadas leyes que hay que derogar muy rápido, de forma inmediata. No será un proyecto de ley limitado a una sola materia, sino muy amplio. No podemos aguantar toda una legislatura para cambiar un montón de decretos leyes aprobados por este Gobierno sin apenas tramitación”, explicó Feijóo. El líder del PP aseguró a los fiscales que Sánchez había aprobado en cuatro años más decretos leyes que los gobiernos de Felipe González en 14 años de mandato.

EL PAÍS preguntó al PP sobre este plan legislativo de su líder para derogar leyes del actual Gobierno mediante una norma única y urgente. “No consta nada por el estilo”, declararon fuentes próximas al equipo de Feijóo. Si el presidente del PP llega a La Moncloa, “analizará las leyes vigentes y verá cuáles tienen margen de mejora”, como la ley trans o la ley de vivienda, según esas mismas fuentes. “Una derogación no es una retirada absoluta, sino una renovación de una ley”, insisten en el equipo del líder del PP, donde, en todo caso, subrayan que no tienen por costumbre “revelar lo que Feijóo manifiesta en reuniones privadas”.

El líder del PP remarcó en esa “reunión privada” con fiscales algunos de los argumentos que repite cada día contra el Gobierno: “El populismo está dañando la política y está en el Gobierno. Sin ERC y Bildu no hay leyes. Nunca en España tuvieron un rol tan determinante los independentistas. Nunca se reformó el Código Penal en un mes, ni se derogaron delitos imprescindibles en cualquier democracia para garantizar la integridad de la nación. Nunca vi un Gobierno tan dividido. Antes había dos partidos y ahora hay tres y uno de ellos dividido en 18 partidos. Ahora son 20 partidos en el Gobierno. Nunca se han visto pronunciamientos desde un Gobierno contra el Consejo del Poder Judicial y hablando de ‘fachas con togas’ o el ‘golpe de las togas”.

Antonio Narváez juraba como magistrado del Constitucional en 2014.

Antonio Narváez, fiscal de Sala del Supremo: “Se perfila una coalición del PSE con los filoterroristas de Bildu”. Exmagistrado del Tribunal Constitucional, Antonio Narváez ejerce ahora como fiscal de Sala de lo Contencioso en el Supremo. En su intervención durante la cita con Feijóo se refirió al problema “de la cohesión territorial” y de “Cataluña fundamentalmente”, un asunto sobre el que Narváez se había inhibido durante la tramitación en el Constitucional de una decena de recursos de dirigentes independentistas condenados. La defensa de los altos cargos catalanes había recusado a Narváez por una conferencia pronunciada en Granada donde equiparó lo ocurrido en Cataluña a un golpe de Estado.

También alertó Narváez en la cena con Feijóo sobre uno de los principales problemas que tiene España en Euskadi porque, según explicó, en las próximas elecciones al Parlamento vasco “se está perfilando una estrategia de coalición, con Bildu que es una organización filoterrorista, con el apoyo del Partido Socialista de Euskadi y lo que quede de Podemos”.

Feijóo: “Al problema de Cataluña y Euskadi, yo añadiría Navarra”. “Al problema territorial que plantea el fiscal Narváez yo añadiría Navarra, donde Bildu ya pactó con el PSE. Estuve en Cintruénigo con alumnos a los que preocupaba la política. Hablamos de ETA y solo a uno de ellos le sonaba Miguel Ángel Blanco y el más listo de todos ellos dijo que había dos bandos y el que más había matado había sido el de ETA y que estaba en contra de ETA. Era un colegio concertado. ETA dejó de matar en 2011. De los casi 900 asesinatos hay 300 sin clarificar con 2.500 heridos y los chavales de 16 y 17 años no lo saben. Tenemos un problema muy serio”.

Fiscal Antonio Narváez: “El Gobierno ha deteriorado las instituciones”. “Coincido plenamente con el planteamiento que ha hecho Alberto [Núñez Feijóo] sobre la modificación de la estructura del Consejo del Poder Judicial. El problema es si habrá voluntad política de hacerlo porque ya tuvimos una amarga experiencia en 2014 en que con mayoría absoluta del PP no se modificó la ley”. Tras este reproche, Narváez criticó al Gobierno de Pedro Sánchez por el “deterioro de las instituciones, desde el Constitucional hasta el Tribunal de Cuentas... incluso se habla de alguna industria como Indra, que es la que controla informáticamente los procesos electorales”. Con esa afirmación, Narváez lanzaba sospechas parecidas a las acusaciones de dirigentes del PP sobre la limpieza de los próximos procesos electorales, dado que el Gobierno controlaba a través de personas de su confianza el consejo de Indra. Esta empresa se ha encargado en los últimos 30 años de distintos procesos electorales en España y siempre ha estado presidida por personas de confianza de los distintos gobiernos del PP y del PSOE.

Fiscal Narváez: “Ojalá” Feijóo llegue al Gobierno. El fiscal Narváez explicó a Feijóo que corregir esa “deriva” era bastante “complicado por la red de araña” que supuestamente estaba tejiendo el Gobierno y le pidió que explicara cuáles eran sus planes en el “caso hipotético” de que llegara a la presidencia del Gobierno: “Personalmente, digo que ojalá y ya me significo, ya no estoy en el Tribunal Constitucional y me puedo significar como ciudadano”. Narváez ejerce ahora como fiscal en el Supremo en la sala de lo Contencioso que analiza los recursos contra decisiones del Gobierno. Para concluir su intervención, el fiscal vaticinó los problemas que causaría la aplicación de la ley trans.

Alberto Núñez Feijóo, en abril en el Senado.

Feijóo: “Han ocupado el Constitucional, la Fiscalía General del Estado, el CNI, el CIS”. El líder del PP está dispuesto a modificar las leyes para evitar la ocupación política de las instituciones, según su respuesta a Narváez. El Gobierno de Pedro Sánchez nombró a dedo, como han hecho todos los gobiernos de la democracia, a los principales responsables del CNI y del CIS, y a los magistrados del cupo del Ejecutivo en el Constitucional.

Feijóo también recordó que la autodeterminación de género se hacía antes tras dos años de tratamiento prescrito por un médico mientras ahora con la ley trans bastaba con unos minutos para manifestar una voluntad en el registro.

Feijóo: “Tenemos un SMS del Gobierno negando que fueran a reformar el delito de sedición. Nos mintieron”. Feijóo explicó a los fiscales por qué no es posible la renovación del Poder Judicial, cuyos miembros llevan ya cuatro años con el mandato caducado ante la negativa del PP a pactar la nueva composición. Los últimos líderes del PP, tanto Pablo Casado antes como Feijóo ahora, pusieron todo tipo de excusas para negarse a cumplir con el mandato constitucional de renovar el Consejo General del Poder Judicial, de manera que lleva cuatro años con una mayoría conservadora que no se corresponde con lo que marca la ley. “Cuando estábamos negociando la renovación, algunas informaciones periodísticas aseguraban que el Gobierno negociaba con ERC la reforma del delito de sedición. Preguntamos y el Gobierno lo desmintió. Tenemos un SMS donde nos decían que era una elucubración periodística. Le pregunté a Sánchez si iba a modificar el delito de sedición y me dijo que eso no tenía que ver con la renovación, que eran cosas distintas, aunque para mí tenía relación directa. Después de 20 minutos, le volví a preguntar ‘¿vais a modificar el delito de sedición si o no?’ Y la respuesta fue sí. Y con eso no podíamos aceptar la renovación. Lo que ha pasado con el Código Penal es una gran cacicada en beneficio de políticos, que son los únicos que pueden cometer los delitos de sedición y malversación. Tenemos una propuesta para reformar el Consejo General del Poder Judicial. De los 20 vocales, tiene que haber una cuota que elijan los jueces y otra cuota las Cortes. No sé sí son 10 y 10, o 12 y 8, eso se puede negociar”.

Feijóo: “La crisis económica está larvada. Me río yo de la bajada del 9% que os hicieron hace años”. Feijóo aseguró que la crisis económica “está larvada” hasta que la Unión Europea imponga medidas de control presupuestario a los Estados. Para ilustrar la magnitud que, según Feijóo, tiene el problema económico, señaló: “Me río yo de la bajada de sueldo a los fiscales del 9% con el Gobierno de Zapatero”. Y los fiscales le corrigieron: “Fue el 11%”. El Gobierno socialista aprobó en 2010 una rebaja media de los sueldos de los funcionarios del 5%. “Tenemos una deuda del 110% del PIB y tenemos que bajar hasta el 60%. Me da miedo solo de pensarlo. Tenemos 1,5 billones de deuda. Hay una crisis económica enorme. Estamos en la última fiesta, pero Europa no va a poner reglas fiscales hasta 2024 y van a dar cinco años para los ajustes”.

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<![CDATA[David Lucas, secretario de Estado de Agenda Urbana: “Hemos impulsado más de 65.000 viviendas en cinco años. Alcaldes y presidentes del PP lo saben”]]>https://elpais.com/espana/2023-04-28/david-lucas-secretario-de-estado-de-agenda-urbana-hemos-impulsado-mas-de-65000-viviendas-en-cinco-anos-alcaldes-y-presidentes-del-pp-lo-saben.htmlhttps://elpais.com/espana/2023-04-28/david-lucas-secretario-de-estado-de-agenda-urbana-hemos-impulsado-mas-de-65000-viviendas-en-cinco-anos-alcaldes-y-presidentes-del-pp-lo-saben.htmlFri, 28 Apr 2023 05:56:30 +0000David Lucas, secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, fue alcalde de Móstoles (segundo municipio más poblado de la Comunidad de Madrid, con 210.000 habitantes) entre 2015 y 2018. En febrero de 2020 entró a formar parte del Gobierno de Pedro Sánchez como secretario general de Agenda Urbana y Vivienda. Ha sido uno de los autores intelectuales de la ley por el derecho a la vivienda que se aprobó este jueves en el Congreso de los Diputados.

Pregunta. Los presidentes autonómicos del PP han anunciado que no aplicarán la declaración de zonas tensionadas, el instrumento que permitirá controlar los precios de los alquileres. ¿Existe algún mecanismo en la ley que permita obligar a estas comunidades insumisas a cumplir con los objetivos fijados en la norma?

Respuesta. Vamos a intentar hacer ver a estas comunidades que los instrumentos de los que se ha dotado la ley de vivienda para la declaración de esas zonas tensionadas van a favor de los arrendatarios para que no se produzca un incremento desproporcionado de los precios, pero también que van a favor de los arrendadores porque van a tener la seguridad de que los precios que pongan en estas viviendas van a estar a precio de mercado si estamos hablando de grandes tenedores, y en el caso de los pequeños propietarios, precios referenciados al precio del contrato anterior y además con unas bonificaciones importantes que les van a permitir hacer atractivo el alquiler de viviendas a personas con dificultades, como pueden ser los jóvenes para acceder al mercado del alquiler, o tener bonificaciones mayores si hacen posible que los precios puedan ser más atractivos.

P. Cree que con esta explicación puede convencer, por ejemplo, a la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, que ya ha cargado contra esta ley anunciando que no la aplicará y la recurrirá. ¿Qué le diría para convencerla?

R. Madrid es una de las áreas de España más tensionadas. Una ciudad donde se ha producido un incremento muy importante de los precios del alquiler. En algunas zonas han crecido de manera especulativa y le haría reflexionar sobre por qué no quiere aplicar esa norma que va a beneficiar a aquellas familias que tengan más dificultades económicas para que no se produzca un incremento de los precios como el que se ha producido. Le diría también que esta ley es necesaria para que la vivienda sea un derecho y no solo un bien de mercado. Y le diría a la presidenta de la comunidad autónoma que si no lo hace, qué explicaciones le dará a sus ciudadanos y ciudadanas cuando vean otras zonas donde se están conteniendo los precios y en Madrid, no.

Los precios del alquiler han crecido en algunas zonas de Madrid de manera especulativa”

P. ¿Qué ha pasado en España para que en los dos últimos decenios se haya desplomado la construcción de vivienda barata y protegida de manera que hoy de cada 10 viviendas que se construyen en España sólo una sea protegida, cuando en los ochenta y noventa del pasado siglo llegaron a ser el 40%?

R. Vino la crisis de finales de la primera década [del siglo XXI], que duró. Y luego, posteriormente los gobiernos del PP no apostaron por la vivienda pública. Si ven los gráficos publicados en nuestro observatorio, verán que el impulso de la vivienda social, asequible y protegida, ha tenido unos repuntes cuando gobernaba el PSOE y ha caído cuando gobernaba el PP. Desde 2018 a ahora estamos trabajando para revertir esa situación, con más presupuesto, con el Plan de Vivienda Asequible, con colaboraciones con comunidades y ayuntamientos que nos permiten construir parque público de vivienda.

P. El PP les acusa de haber anunciado un plan de 100.000 viviendas y no haber hecho ninguna en estos cinco años de Gobierno de Pedro Sánchez...

R. El PP utiliza una demagogia desmedida. Tenemos en marcha el Plan de Vivienda que contempla el impulso de 100.000 viviendas. La mayor parte de esas viviendas están conveniadas y acordadas con comunidades y ayuntamientos, muchas de ellas con el PP.

P. ¿Qué significa que la mayor parte están conveniadas y acordadas?

R. Son convenios firmados con estas comunidades a través del plan estatal de vivienda 2018-2021 o el que hemos puesto este año 2022-2025, o a través de convenios específicos directamente con ayuntamientos. De esas 100.000 viviendas, hay un 65%, unas 65.000 viviendas que ya están en marcha, algunas construidas ya y otras en construcción.

P. Entiendo que esos acuerdos han sido, entre otros, con dirigentes del PP en comunidades y ayuntamientos. Y sin embargo el PP les acusa de no haber hecho ni una sola vivienda. ¿Ha hablado usted con alcaldes y presidentes del PP estos días sobre esta cuestión?

R. He tenido oportunidad de encontrarme con alguno y alguna y se lo he dicho. No voy a decir nombres pero les he trasladado que es sorprendente que no salgan a decir que los convenios se están firmando con sus comunidades y ayuntamientos. Me parece sorprendente que puedan decir que no se han impulsado esas viviendas porque gobiernos del PP, y son muchos, que han firmado con el Estado no pueden hacer esa afirmación. La demagogia es gratuita por parte de los líderes nacionales, el silencio es preocupante por parte de los líderes regionales y locales. Pero ellos saben que las viviendas se han firmado y se están impulsando y son partícipes también de la financiación y la edificación.

P. ¿Por ejemplo, han acordado o firmado convenios con los gobiernos de Ayuso en Madrid y Moreno Bonilla en Andalucía?

R. Sí, claro. Y además, se pueden comprobar en la página web del ministerio las viviendas que se han ido firmando con ellos, tanto en el Plan de Recuperación como en los planes estatales.

“Hemos acordado convenios con los Gobiernos de Ayuso en Madrid y Moreno Bonilla en Andalucía”

P. ¿Esas 65.000 viviendas se van a entregar durante esta legislatura?

R. Algunas se han entregado, otras se están impulsando ahora. Desde la firma de los acuerdos se tiene un plazo de entrega aproximado de cinco años. Las del Plan de Recuperación, de Transformación y Resiliencia se tienen que entregar antes de 2026, las firmadas en el plan estatal de vivienda tienen una fecha de entrega a cinco años desde su firma, y se han venido firmando desde 2018. Las que se estan regularizando por Sareb son 13.000 viviendas, de las cuales la mayor parte ya están en proceso de regularización. Lo que tienen que entender es que las viviendas no son tornillos, no se fabrican de un día para otro, es mucho más complejo. Además de las que impulsa la entidad pública Sepes, que son unas 15.000 viviendas y que también están en desarrollo.

P. ¿Y cómo ayuda exactamente el Estado en estas 65.000 viviendas?

R. La mayor parte del dinero lo pone el Estado. Por ejemplo, en el plan de vivienda de Recuperación, Transformación y Resiliencia lo que hace el Estado es poner 50.000 euros por vivienda. Cuando hablamos del plan estatal hablamos de una fórmula parecida. Desde los ochenta hasta 2020 se han construido cerca de dos millones de viviendas por la administración pública, pero qué ha ocurrido, que esas viviendas la mayor parte han sido viviendas en régimen de propiedad. Y esas viviendas desgraciadamente por la normativa anterior lo que hacían es que cuando se terminaba un periodo de tiempo se podían descalificar y vender [como vivienda de precio libre]. Con lo cual, no hemos tenido nunca un parque de viviendas públicas o un parque de viviendas protegidas que pudiera ir dando salida a las necesidades de las personas vulnerables.

P. ¿Y la ley de vivienda cómo resuelve ese problema?

R. Desde la aprobación de la ley, las nuevas viviendas que se califiquen como vivienda protegida se podrán vender, pero siempre en las mismas condiciones que se adquirieron. No van a perder la calificación de vivienda protegida y si alguien las quiere vender tendrá que adquirirlas una persona que tuviera las mismas condiciones que la persona original que las compró. Además, con las 183.000 viviendas de alquiler que ha anunciado el presidente del Gobierno vamos a suplir un déficit, porque en España no se habían construido parques públicos de alquiler.

P. ¿Y si los gobiernos municipales y autonómicos deciden no recalificar suelo para vivienda protegida y recalifican suelo sólo para vivienda libre?

R. La ley de vivienda incrementa los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida, pasando del 30% hasta el 40% en los suelos urbanizables. Y, además, al menos el 50% de estas cantidades, la mitad, tienen que ser en alquiler.

P. ¿La nueva ley de vivienda es un chollo para los okupas y una pesadilla para los propietarios?

R. No lo es, en absoluto. A partir de la promulgación de la ley lo que va a pasar es que esas familias vulnerables, con niños menores, que tienen dependientes, ancianos o víctimas de violencia y que están en viviendas de grandes tenedores, antes de ponerlas en la calle, cuando están en procedimientos civiles, antes de que eso ocurra se tiene que poner en conocimiento de la administración autonómica para que se pueda establecer un procedimiento de mediación y arbitraje, nada más. Antes de la interposición de la demanda de desahucio. ¿Qué significa esto? Si no llegan a un acuerdo, la administración podrá hacer dos cosas: suplir la parte del alquiler que no puede afrontar o pagar el alquiler. Y para eso hemos vinculado los recursos del plan estatal de vivienda. Si no hay acuerdo, se puede interponer la demanda de desahucio y continúa el proceso. Otra cosa es los delitos que van por vía penal...

P. ¿Las okupaciones ilegales, lo que se denomina allanamiento de morada o usurpación?

R. Esos allanamientos que están reflejados en el Código Penal siguen tratándose de la misma manera, no hay ninguna modificación al respecto. La ley de vivienda establece sólo un mecanismo de protección para las personas que son vulnerables económicas y sólo cuando están en viviendas de grandes tenedores, que tengan 10 o más viviendas, estos supuestos no abarcan a los pequeños propietarios, al 85% de pequeños propietarios que existen en España. Nos ha reiterado muchas veces el Comité de Derechos Económicos y Sociales de Naciones Unidas que tenemos que establecer soluciones para que las familias vulnerables no se vean en la calle sin una solución habitacional que pueda prestarle la administración.

Los allanamientos que están reflejados en el Código Penal siguen tratándose de la misma manera”

P. ¿A qué obedece esta oferta en víspera electoral y por entregas de decenas de miles de viviendas por parte del presidente del Gobierno, una oferta cargada de dudas sobre las fechas de ejecución, la disponibilidad de terrenos del ministerio de Defensa o de las propias viviendas de la Sareb?

R. Es la culminación de un trabajo duro que se ha hecho durante la legislatura. Cuando llegamos en 2018, este ministerio sólo tenía planificadas 1.690 viviendas. No había más, había un déficit absoluto. La movilización de viviendas de Sareb ya se estaba trabajando por parte del ministerio y ahora se hace un esfuerzo para movilizar esas viviendas. O con suelos que hemos identificado con el Ministerio de Defensa que están disponibles ahora para poder reurbanizarlos y dedicarlos a zonas residenciales para obtener mayor parque de vivienda. Hacemos un ejercicio de responsabilidad ante un déficit histórico.

P. ¿Usted, que ha sido alcalde de Móstoles, cree que la nueva ley facilita las políticas de vivienda?

R. Lo que hace esta ley es garantizar derechos, y establecer referencias importantes en materia de vivienda, le da instrumentos a los ayuntamientos para establecer mecanismos que movilicen las viviendas vacías, porque moviliza más suelo protegido, para hacer posible más vivienda en alquiler y para dotar de instrumentos para proteger a las familias vulnerables. Yo que he sido alcalde, a veces no tenía instrumentos ni recursos para buscar soluciones para esas familias vulnerables. Tampoco tenía instrumentos para evitar la especulación en zonas de mi municipio con precios disparados. Con esta ley se protegen los parques públicos, no se podrán vender, estaremos todos más seguros.

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David Fernández
<![CDATA[Juan Carlos I: hechos probados]]>https://elpais.com/espana/2021-12-19/juan-carlos-i-hechos-probados.htmlhttps://elpais.com/espana/2021-12-19/juan-carlos-i-hechos-probados.htmlSun, 19 Dec 2021 04:40:00 +0000El inspector de policía Manuel Morocho es capaz de encontrar delitos detrás de una cuenta de resultados, un extracto bancario o una licitación pública. Es licenciado en Económicas y tiene fama de insobornable. Los condenados por el caso Gürtel, una extensa trama de corrupción que acabó con el Gobierno de Mariano Rajoy (PP), leían hace años los informes de Morocho como si fueran sentencias inapelables de cárcel. Este policía viajó en mayo de 2009 a Ginebra (Suiza) con la misión de buscar el botín de Gürtel. Una decena de políticos y empresarios españoles, enredados en la trama corrupta, ocultaba más de 100 millones de euros en varios bancos suizos.

El inspector Morocho entró junto a su comisario jefe en las oficinas de Rhône Gestión, situadas en un imponente edificio a orillas de la embocadura del río Ródano. El dueño de esa sociedad, Arturo Gianfranco Fasana, detenido unos días antes en el aeropuerto de Barajas (Madrid), confesó al juez que se ganaba la vida gestionando fortunas españolas, entre otras, la del cabecilla de Gürtel, Francisco Correa.

Aquel día de mayo de 2009, Morocho registró la fortaleza de los secretos financieros sin saber lo que encontraría. Llevaba un mandato judicial, pero estaba marcado con líneas rojas de la fiscalía suiza: Fasana sólo estaba obligado a entregar información relacionada con los investigados.

Y así se hizo. El material requisado se incorporó, censurado, al sumario: los listados de millonarios españoles con dinero oculto en Suiza, que Fasana agrupó en una cuenta denominada “Soleado”, se llenaron de tachones. Decenas de nombres —supuestos defraudadores fiscales— fueron borrados porque no tenían relación con la trama investigada.

Uno de los empresarios cuyo nombre no fue eliminado de aquella documentación acudió al diario EL PAÍS en 2011 para desmentir las acusaciones que le vinculaban con pagos millonarios a Correa por un negocio inmobiliario. El empresario admitió en el despacho del director del periódico que entre los clientes de Fasana en Suiza estaba él mismo, pero también “media aristocracia española y el rey Juan Carlos”. No aportó datos ni pruebas para acreditar lo que decía sobre el emérito.

Ocho años después de aquel episodio, el fiscal ginebrino Yves Bertossa registró las oficinas de Fasana a orillas del río Ródano y encontró la documentación de los manejos financieros presuntamente irregulares de Juan Carlos I entre 2008 y 2018. Fasana era, también, el gestor de la fortuna oculta del rey de España.

La grabación clave que destapó el escándalo. Esa investigación de Bertossa se cerró el pasado lunes sin culpables después de tres años de registros, interrogatorios y comisiones rogatorias que no lograron acreditar un delito de blanqueo de capitales por el supuesto cobro de comisiones ilegales en las obras del AVE a la Meca.

La causa se había iniciado en el verano de 2018 a raíz de conocerse las grabaciones de una reunión celebrada tres años antes en Londres entre el comisario José Manuel Villarejo y Corinna Larsen, examante de Juan Carlos I. En ese encuentro, la mujer habló de la fortuna que el rey emérito ocultaba en el extranjero, aunque en realidad ese dinero había pasado ya a sus manos, y dio algunos nombres de posibles testaferros. El fiscal ginebrino tiró de aquel hilo y localizó documentación suficiente para probar los ingresos multimillonarios que se ocultaron a las autoridades españolas y por los que no se pagaron impuestos.

El rey de Arabia Saudí, Abdalá bin Abdulaziz, donó 100 millones de dólares en agosto de 2008 al rey de España Juan Carlos I y éste depositó aquella fortuna en el banco Mirabaud de Suiza a nombre de la fundación Lucum, registrada en Panamá. En abril de 2010, Fasana ingresó en esa cuenta un nuevo regalo al emérito procedente del sultán de Bahréin, Hamad bin Isa Al Jalifa: 1.895.250 dólares.

Sospechas de la Agencia Tributaria sobre evasores fiscales. La Agencia Tributaria de España empezaba a denunciar por aquellos años actividades fraudulentas de evasores fiscales consistentes en la creación de sociedades pantalla en paraísos fiscales “para ocultar aún más la verdadera identidad del titular de los fondos y así evitar la aplicación de la directiva europea del ahorro de 2005″.

Esa normativa pretendía combatir el blanqueo de capitales y señalaba en su artículo 6: “Los Estados miembros prohibirán a sus entidades de crédito y financieras mantener cuentas anónimas [...] Los Estados miembros exigirán, sin excepciones de ningún tipo, que los titulares y beneficiarios de cuentas anónimas o libretas de ahorro anónimas queden sujetos cuanto antes a las medidas de diligencia debida con respecto al cliente y, en cualquier caso, antes de que se haga uso alguno de dichas cuentas o libretas de ahorro”. Pero si el dinero se ponía a nombre de una fundación registrada en Panamá, identificar al dueño volvía a resultar casi imposible.

Los impuestos nunca pagados por las donaciones recibidas. Juan Carlos I nunca declaró esas donaciones a la Agencia Tributaria de España. De haberlo hecho, según los cálculos facilitados a este diario por el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), debería haber pagado 51.821.608 euros por el impuesto de donaciones correspondiente al regalo del rey de Arabia Saudí. Si a esta cantidad se le añade la resultante de la donación efectuada por el sultán de Bahréin, los impuestos impagados del rey emérito superarían los 53 millones de euros.

Aunque parezcan tarifas excesivas (el 80% de lo recibido) se corresponden con la aplicación de la legislación fiscal vigente en la Comunidad de Madrid en agosto de 2008. Además de gravar más la donación por tener su origen en personas sin parentesco con Juan Carlos I, el impuesto introduce otro factor multiplicador que lo encarece en función del patrimonio preexistente de quien recibe el regalo del dinero.

“Donación irrevocable” a la examante. El rey Juan Carlos, apremiado por el banco Mirabaud que le guardaba su fortuna y temía que se descubriera la anomalía, se desprendió del dinero en 2012 mediante el traspaso de todos los fondos — “donación irrevocable”, según explicaría muchos años después— a una cuenta de Corinna Larsen en el Banco Gonet de Bahamas.

Larsen sostiene en la demanda que interpuso en el Tribunal Superior de Justicia británico, todavía pendiente de resolución, que Juan Carlos I quiso reanudar en 2012 su relación sentimental con ella, rota tres años antes, y le propuso matrimonio en varias ocasiones, hasta que en 2014 le reclamó el dinero que le había regalado antes. Ella se negó a devolverlo porque, según su versión, eso le podía acarrear consecuencias penales si alguien concluía que había actuado de simple testaferro del Monarca.

El riesgo de perder la inviolabilidad. Juan Carlos I abdicó el 2 de junio de 2014 y perdió el 19 de junio —cuando se hizo efectiva la renuncia— el escudo legal que el artículo 56 de la Constitución concede a los monarcas en ejercicio: “La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”.

El emérito siguió viajando en jets privados por el mundo, en vuelos caros que no se pagaba de su bolsillo, porque no podía, sino que eran sufragados por la Fundación Zagatka de su primo lejano Álvaro de Orleans.

La sospecha de que los fondos millonarios de esa Fundación pertenecen en realidad a Juan Carlos I nunca se ha podido probar y Álvaro de Orleans lo ha negado ante el propio fiscal.

Los 198.000 euros que el rey emérito tenía como asignación anual en los presupuestos de la Casa Real se le quedaron escasos para mantener su nivel de vida. También recurrió a su amigo Allen Sanginés-Krause, el empresario mexicano que admitió en septiembre de 2020 a los fiscales anticorrupción de España que había regalado cerca de un millón de euros a Juan Carlos I entre 2016 y 2018.

Al igual que había hecho cuando todavía era inviolable con las donaciones del rey de Arabia Saudí y el sultán de Bahréin, tampoco declaró estos regalos al fisco español, según reconoció él mismo al presentar ante la Agencia Tributaria sendas regularizaciones en diciembre de 2020 (678.393 euros por los regalos de Sanginés-Krause) y en febrero de 2021 (4.395.901 euros por los vuelos que le pagó la fundación Zagatka de Álvaro de Orleans).

Juan Carlos I saldó sus deudas con Hacienda cuando ya conocía que la Fiscalía del Supremo le investigaba y cuando había podido leer en la prensa algunos pormenores de esas pesquisas. Para que una regularización fiscal sea válida tiene que ser espontánea, según la ley.

El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) sostiene que la regularización de Juan Carlos I es incorrecta, pues se hizo a sabiendas de que la investigación abierta podría concluir con una querella de la fiscalía por delito fiscal. La cantidad que habría defraudado el rey emérito superaba los 120.000 euros en cada ejercicio. Sin embargo, la Fiscalía del Supremo sostiene que las notificaciones hechas al abogado de Juan Carlos I eran genéricas, no detallaban las causas de la investigación abierta y, por tanto, entienden que la regularización es correcta y evita la imputación.

Suiza remitió el pasado miércoles los últimos datos sobre movimientos en las cuentas de la Fundación Zagatka en los años 2014 y 2015. La Fiscalía ha pedido ahora a los peritos de la Oficina Nacional de Investigación al Fraude (ONIF) que informen sobre la nueva documentación. Fuentes conocedoras de esta causa señalan que no esperan sorpresas en la información remitida desde Suiza y mantienen la idea de archivar en las próximas semanas la investigación abierta por estas rentas no declaradas en su día pero regularizadas después por Juan Carlos I.

Un escondite fiscal en las islas del Canal. En octubre de 2020, un sospechoso movimiento de dinero desde Jersey a España alertó a las autoridades del Servicio de Blanqueo de Capitales (Sepblac), que comunicaron la existencia de un trust (fideocomiso) registrado en las islas del Canal —paraíso fiscal— a principios de los noventa, entre cuyos titulares aparecía el nombre de Juan Carlos I. El trust fue creado con una cantidad importante de dinero —superior a los 10 millones de euros— por Manuel Prado y Colón de Carvajal. Ese instrumento financiero mantenía todavía en 2020 unas reservas cuantiosas de dinero, según fuentes conocedoras de la investigación.

Colón de Carvajal, fallecido en 2009 y amigo del rey Juan Carlos, fue condenado en 2004 y 2006 a dos años y un año de prisión, respectivamente, —sólo pasó dos meses en la cárcel— por apropiación indebida en relación con el caso Kio. El grupo Torras-Kio desvió 12 millones de euros a una cuenta en Suiza abierta a nombre de Prado y Colón de Carvajal. La primera sentencia detallaba cómo el empresario Javier de la Rosa aprovechó los cambios que se desencadenaron como consecuencia de la invasión de Kuwait por Irak en 1990 para desviar fondos multimillonarios de Torras, propiedad de KIO, sacándolos al extranjero para ingresarlos en una cuenta de Prado y Colón de Carvajal “quien aceptó recibirlos para después darles un destino que no se conoce”.

Ingente documentación remitida por las autoridades británicas está siendo analizada desde hace meses por el equipo de fiscales del Tribunal Supremo, que investiga si Juan Carlos I está detrás de los últimos movimientos de dinero detectados en el trust creado por Colón de Carvajal a principios de los noventa. La documentación remitida acredita la presencia del rey emérito durante los primeros años de vida de la sociedad registrada en Jersey, según la investigación, pero esa pista se pierde hace ya muchos años.

Los fiscales han investigado a la persona que se quedó al frente de esa sociedad cuando murió Prado y Colón de Carvajal por si puede aportar información sobre el dinero ingresado en España en 2020 e identificar a su destinatario real. Se trata de Joaquín Romero-Maura, a quien los fiscales intentaron interrogar en la residencia geriátrica donde reside. Pero la gestión fue infructuosa debido a la situación en la que se encuentra el supuesto testaferro de Prado y Colón de Carvajal, según fuentes de la investigación.

Juan Carlos I ha desmentido a través de su entorno cualquier vínculo con ese trust de Jersey desde que se conoció la investigación de la Fiscalía, la tercera que se abría contra el rey emérito. Esta causa sigue viva tras aprobarse a principios de diciembre una prórroga de seis meses para que los expertos puedan analizar toda la documentación remitida desde Suiza, aunque es muy probable que no lleguen a agotar el plazo.

Tres años después de que jueces y fiscales comenzarán a desentrañar los secretos financieros de Juan Carlos I, los procesos abiertos han destapado múltiples irregularidades en la actuación de quien fue rey de España desde el 22 de noviembre de 1975 hasta el 18 de junio de 2014. La inviolabilidad, que le protegía de ser juzgado por sus actos durante ese periodo, la prescripción de los delitos y las dos regularizaciones extraordinarias que hizo después de su abdicación le han salvado de una imputación segura por fraude fiscal multimillonario.

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ALI HAIDER