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El Supremo pregunta a la Fiscalía si debe aplicar la amnistía y mantiene la orden de detención a Puigdemont

La Sala Penal consulta a las partes sobre el alcance de la medida de gracia a los encausados del ‘procés’ y del ‘caso Tsunami Democràtic’

Carles Puigdemont, en Bruselas el 31 de mayo, un día después de que el Congreso aprobara la ley de amnistía.
Carles Puigdemont, en Bruselas el 31 de mayo, un día después de que el Congreso aprobara la ley de amnistía.OLIVIER MATTHYS (EFE)
Reyes Rincón

Apenas cinco horas después de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicara este martes la ley de amnistía, marcando así su entrada en vigor, el Tribunal Supremo ha activado los trámites para decidir si aplica la medida de gracia. La Sala Penal ha pedido este martes a la Fiscalía, el resto de acusaciones y las defensas que informen sobre si hay que aplicar la amnistía en cada una de las tres causas abiertas en el alto tribunal vinculadas al procés: el procedimiento que se sigue contra Carles Puigdemont, Toni Comín, Lluís Puig y Marta Rovira, los cuatro procesados que están huidos de la justicia española; la causa ya juzgada y sentenciada por la que Oriol Junqueras y otros tres exconsejeros catalanes siguen cumpliendo una pena de inhabilitación por malversación; y la instrucción de Tsunami Democràtic, en la que se investiga a Puigdemont por terrorismo. Las resoluciones dictadas son bastantes similares entre sí, aunque la firmada por el magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del procés, deja entrever que el juez aprecia resquicios en la ley que podrían frenar su aplicación. Llarena, además, pregunta si debe mantener las órdenes de detención nacional dictadas los procesados y le recuerda a la policía que, de momento, estas órdenes siguen vigentes, por lo que si los encausados entran en España deberán ser detenidos.

El Supremo tiene ahora dos meses para decidir si aplica directamente la amnistía, si eleva una cuestión ante el Tribunal de Justicia de la UE o el Constitucional o si rechaza de plano aplicar la medida de gracia a todos o a algunos de los encausados. Las resoluciones enviadas este martes por el Supremo se limitan a preguntar la opinión de las acusaciones (la Fiscalía, la Abogacía del Estado y Vox) y a las defensas, pero esas providencias contienen algunas pistas de las dudas que alberga la Sala Penal sobre si los encausados en el procés y en Tsunami Democràtic pueden verse beneficiados por la ley. La providencia del juez Llarena, a quien le corresponde decidir sobre los implicados en el procés que están huidos, recuerda que el artículo 1 de la ley establece los requisitos para exonerar de responsabilidad criminal los delitos perpetrados en el contexto del proceso independentista catalán, “pero excluyendo, siempre y en todo caso, los supuestos de hecho que el propio legislador recoge en su artículo 2″, que es el que regula las excepciones a la medida de gracia. Entre esas excepciones, Llarena pone el foco en una: “Los actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea”.

El instructor recuerda también que el preámbulo de la ley señala que “corresponde al poder legislativo el establecimiento de los criterios para ser beneficiado por la amnistía y corresponde al poder judicial identificar a las concretas personas comprendidas en el ámbito de aplicación establecido por el legislador”. Es decir, que una vez que el Congreso ha aprobado la norma y el BOE la ha publicado, son los jueces quienes tienen que decidir qué encausados concretos se ven beneficiados por la amnistía y cuáles no. Y da instrucciones precisas a la Fiscalía y a las defensas sobre qué aspectos deben incluir en su informe: si la amnistía debe aplicarse o no a los distintos delitos que se atribuyen a los encausados (malversación y desobediencia en el caso de Puigdemont, Comín y Puig, y solo desobediencia en el de Rovira) y si se deben mantener “o modificar” las medidas cautelares acordadas contra ellos. De momento, las órdenes de detención siguen vigentes, recuerda Llarena, que ordena a la policía que arreste a los encausados si entran en España, lo que impide, por ahora, que Puigdemont y el resto de procesados viajen a Cataluña sin riesgo a ser detenidos.

El juez advierte a las partes de que sus informes deben incluir “una particular referencia” a si los hechos que se atribuyen a los encausados se entienden comprendidos en las previsiones de la ley para los delitos de desobediencia y malversación de caudales públicos, así como a si pueden considerarse excluidos de la amnistía “por la específica previsión del legislador recogida en su artículo 2.e”, que es el que impide aplicar la medida de gracia a los hechos que hayan causado un daño económico a la UE. El instructor pone así sobre la mesa los dos apartados de la ley que pueden poner en peligro la amnistía para Puigdemont: el posible perjuicio financiero para la Unión y los límites que la propia norma fija para beneficiar a los encausados por malversación.

La ley establece que se amnistiará este delito si el desvío de fondos estuvo destinado a financiar actos vinculados al procés y “siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento”, entendido este como “beneficio personal de carácter patrimonial”. Fuentes del tribunal llevan semanas advirtiendo de que los magistrados tienen que estudiar el encaje de este precepto en la jurisprudencia del Supremo, que señala que el enriquecimiento no se produce solo cuando hay un lucro personal sino también cuando genera otro tipo de beneficios. Los fiscales que participaron el juicio del procés se amparan en esa jurisprudencia para rechazar que la amnistía se aplique al delito de malversación, pero esa no es, de momento, la postura oficial del Ministerio Público.

Respecto al daño a los intereses de la UE, los fiscales del procés sostienen que el uso de fondos públicos para financiar un proceso secesionista dentro de un Estado que forma parte de la Unión repercute negativamente en los intereses financieros comunitarios, por el riesgo de fractura territorial y la consiguiente disminución de los ingresos y fondos que forman parte de su presupuesto. No obstante, otras fuentes jurídicas y fiscales consideran que este hipotético daño nunca se produjo y que, por tanto, esa excepción de la ley de amnistía no es aplicable en este caso.

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Informe sobre Junqueras

El tribunal que juzgó y sentenció la causa del procés, encabezado por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, ha reaccionado también a la entrada en vigor de la amnistía. Los jueces han dictado una providencia que da un plazo de cinco días a la Fiscalía, la acusación popular y las defensas para que se pronuncien sobre la aplicación de la norma a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, los cuatro exconsejeros catalanes a los que el alto tribunal condenó por malversación y a los que el Gobierno indultó la pena de cárcel, pero que siguen teniendo pendiente la de inhabilitación. El informe que envíen las partes, añade el tribunal, deberá concretar “las consecuencias derivadas de lo previsto en los artículos 1 y 2 de la Ley al regular los hechos amnistiables y sus exclusiones”.

La sala pide también que se pronuncie el abogado de la exconsejera Clara Ponsatí, quien, tras permanecer huida en Bélgica durante seis años, se presentó ante el Supremo en marzo de 2023, después de que una reforma penal pactada por el Gobierno y ERC eliminara el delito de sedición, por el que también se le perseguía y que podía acarrearle altas penas de cárcel. Ahora sólo está procesada por desobediencia.

La magistrada instructora del caso Tsunami Democràtic, Susana Polo, también ha dado traslado a las partes para que informen en el plazo de 10 días sobre si se debe aplicar la norma y cerrar la instrucción que afecta a Puigdemont y al diputado de ERC en el Parlament Rubén Wagensberg. Ambos están investigados por un supuesto delito de terrorismo, otra de las excepciones que contempla la ley de amnistía en determinados casos, por lo que las acusaciones y las defensas deberán fijar su postura sobre si los hechos que se le atribuyen al expresidente catalán y al parlamentario republicano caben bajo el paraguas de la medida de gracia.

Sobre Tsunami Democràtic ha pedido igualmente informe a las partes el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, que instruye la causa para los encausados no aforados, entre ellos, la secretaria general de ERC Marta Rovira y el jefe de gabinete de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay. El instructor da 10 días de plazo a las acusaciones y las defensas para que digan si creen que debe aplicar la medida de gracia a los investigados, a los que atribuye un delito de terrorismo.

Guerra en la Fiscalía

Tras recibir la providencia del Supremo, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha reunido este mismo martes a los fiscales que participaron en el juicio del procés para tratar de coordinar la actuación ante el alto tribunal. El encuentro, según las fuentes consultadas, ha evidenciado la guerra abierta en el Ministerio Público en torno a la aplicación de la ley de amnistía. García Ortiz ha pedido a los fiscales Javier Zaragoza y Javier Moreno (los otros dos que participan en el caso no han asistido) un informe que responda a la petición formulada por el Supremo, pero los fiscales han insistido en el documento que le enviaron la semana pasada, en el que además de sostener que la amnistía no era aplicable al delito de malversación que se atribuye a los líderes del procés, incluyeron una crítica rotunda a la ley con argumentos más políticos que jurídicos.

García Ortiz, según fuentes conocedoras de la reunión, ha advertido que ese era un informe “genérico” y que la respuesta al Supremo debe ser más concreta. Zaragoza y Moreno han quedado en presentarlo, aunque han avanzado que mantendrán su postura contraria a amnistiar a los encausados por malversación. Si el fiscal general no comparte ese criterio, tendrá que hacer otro informe jurídico defendiendo su postura y los fiscales del procés podrían invocar que se activara el artículo 27 del Estatuto del Ministerio Fiscal, que prevé que si un fiscal discrepa de la orden que reciba de un superior será la junta de fiscales la que decida. García Ortiz no ha avanzado cuál es su posición, pero fuentes de su entorno señalan que, en principio, es partidario de aplicar la ley a todos los hechos vinculados al procés, por lo que las fuentes consultadas dan por hecho que los fiscales que han llevado la acusación contra los líderes independentistas se resistirán a obedecerle y exigirán la convocatoria de la Junta de Fiscales.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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