El Defensor del Pueblo advierte de carencias ante la llegada de menores migrantes a Canarias
La institución señala en su informe anual la responsabilidad de la Fiscalía, Policía, Cruz Roja y el Gobierno autonómico en la identificación de los niños
Hay menores de edad en centros de adultos y adultos en centros de menores. El Defensor del Pueblo ha plasmado en su informe anual una realidad que parece haberse normalizado en España y que sigue sin solución: falla la identificación y acogida a los menores migrantes. La llegada de más de 40.000 migrantes a Canarias ha dejado en las islas a más de 5.300 niños y adolescentes y un desafío monumental de identificación, atención y acogida que muestra sus costuras cada día.
Las fallas en la identificación llevan viéndose meses y de forma paradójica. Por un lado, el Gobierno de Canarias se declara colapsado por la cantidad de niños que acoge y exige un cambio legislativo para obligar a otros territorios a compartir responsabilidades. Pero, por otro lado, el sistema supuestamente garantista con los niños deja tales brechas que han aparecido menores de edad en toda la Península. Niños que habían sido trasladados desde el archipiélago como si fueran adultos. Solo la Comunidad de Madrid, según fuentes conocedoras de la situación, ha recibido casi un millar de supuestos menores que llegaron de Canarias a la capital como mayores de edad que ha tenido acoger en sus centros de menores.
El Defensor del Pueblo señala en su informe cómo todos los actores involucrados — desde la Fiscalía a Cruz Roja, pasando por la Policía —, contribuyen a una situación en la que los menores migrantes acaban desprotegidos.
Una de las cuestiones en las que repara Ángel Gabilondo es en la primera identificación en el puerto, el primer filtro que acaba marcando el destino de los que llegan sin documentación y “cuya minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad”.
En este sentido, el defensor mantiene que la Policía Nacional, que debe comunicar la presencia de supuestos menores y trasladarlos a los servicios de protección, necesita “instrucciones precisas” sobe el alcance la cuestión. También señala la importancia de que los agentes estén asistidos por intérpretes y personal especializado en infancia “que les permita tomar una primera decisión”.
Gabilondo no la menciona específicamente, pero señala a Cruz Roja, la organización que presta la primera asistencia en puerto. El defensor recuerda que la organización humanitaria, subvencionada por el Ministerio de Migraciones, tiene entre sus funciones “la detección e identificación de menores de edad”, además de la coordinación con las fuerzas de seguridad, los servicios sanitarios y de protección de menores. A estos últimos, la institución les recomienda que deberían estar también a pie de muelle.
Por último, y como viene siendo habitual en otros informes, el Defensor del Pueblo señala a la Fiscalía y su tendencia a reclamar procedimientos de determinación de la edad a aquellos chicos en los que la minoría de edad no resulte dudosa y a aquellos que, además de reivindicar que no son adultos, tienen documentación que lo corrobora.
La Fiscalía reclama una nueva ley que regule el procedimiento para la determinación de la edad de los menores extranjeros no acompañados, pero el defensor mantiene que hasta que ese nuevo protocolo no sea una realidad, la jurisprudencia del Supremo “mantiene el criterio de que si la persona interesada aporta un acta de nacimiento o un pasaporte que no han sido impugnados no es razonable considerarla indocumentada [y someterle a las pruebas]”. A pesar de ello, el Defensor del Pueblo asegura que recibe numerosas quejas en las que “se pone de manifiesto que este criterio jurisprudencial no siempre se aplica”.
El capítulo de menores es extenso en el informe, y advierte de las demoras para documentar a los niños o la falta de condiciones en los centros de acogida.
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