Calendario 2024: días festivos y puentes en Colombia
Este 7 de agosto se conmemora la batalla de Boyacá, la lucha más importante para la independencia del país
El 7 de agosto, Simón Bolívar resistió ante los soldados españoles. Su último enfrentamiento fue en el Puente de Boyacá, cuando las tropas colombianas resistieron en un combate y obligaron al virrey Juan Sámano a huir a Santa Fé, con lo que la ciudad quedó en manos de los pobladores de la Gran Colombia. La lucha independentista fue un hito en la historia del país, y como en casi todos los casos, otorgó a los americanos un día festivo. Desde 1888 se incluyó en el calendario oficial y es ahora uno de los descansos obligados. En agosto, este día y la asunción de la Virgen, el 19 de agosto, son los únicos días oficiales en los que los colombianos no irán a las aulas y las oficinas.
En 2024 se ajustó el calendario de descansos a 18 días, a la segunda parte del año aún quedan siete feriados. Varios de ellos se mueven al lunes para que estudiantes y trabajadores puedan sacarle provecho a un fin de semana largo, tal como se determina en la Ley 51 de 1983, o Ley Emiliani. En ella se establece que “todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado en los días de fiesta de carácter civil o religioso”, por lo que los días libres son obligatorios. De lo contrario debe haber una remuneración adicional, la que determina al Código Sustantivo del Trabajo.
Enero
Lunes 1 de enero: Año Nuevo
Lunes 8 de enero: Día de los Reyes Magos
Marzo
Newsletter
Lunes 25 de marzo: Día de San José
Jueves 28 de marzo: Jueves Santo
Viernes 29 de marzo: Viernes Santo
Mayo
Miércoles 1 de mayo: Día del Trabajo
Lunes 13 de mayo: Día de la Ascensión
Junio
Lunes 3 de junio: Corpus Christi
Lunes 10 de junio: Día del Sagrado Corazón
Julio
Lunes 1 de julio: Día de San Pedro y San Pablo
Sábado 20 de julio: Día de la Independencia de Colombia
Agosto
Miércoles 7 de agosto: Batalla de Boyacá
Lunes 19 de agosto: Asunción de la Virgen
Octubre
Lunes 14 de octubre: Día de la Raza
Noviembre
Lunes 4 de noviembre: Día de todos los Santos
Lunes 11 de noviembre: Día de la Independencia de Cartagena
Diciembre
Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
Miércoles 25 de diciembre: Navidad
¿Qué pasa si me piden trabajar en día festivo?
Aunque los días ya mencionados son de descanso obligatorio para los trabajadores, hay algunos comercios y negocios en los que se requiere continuar con la operación de forma regular. En estos casos se debe otorgar un pago adicional. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, “cuando el Empleador disponga que el trabajador labore en días dominicales o festivos, la remuneración de este día dominical o festivo está conformado por el valor de un día laboral ordinario, más el adicional del 75% del valor del día, por el solo hecho de trabajar en domingo o festivo, en atención a lo normado por el Artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo”.
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